Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/07/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Comunicar la presente sentencia al Departamento Ejecutivo y al H. Concejo Deliberante de la Municipalidad de Zárate.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XVII Zárate, de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veinticinco fojas; firmarlo en un ejemplar;
publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas, reservar este expediente en Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en los artículos noveno y décimo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 22/11/2016
N de Expediente: 4-125.1-2012
Ente u Organismo: AGUAS DE ZÁRATE - SAPEM
Ejercicio: 2012
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar lo actuado por Aguas de Zárate S.A.P.E.M. y la Municipalidad de Zárate, ejercicio 2012, con relación a los estados contables auditados por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, con estricta sujeción a los elementos auditados detallados en el Resultando XII, y a los requerimientos documentales exigidos por la División Relatora, y con los alcances que en cada considerando se exponen.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de las infracciones e incumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo apartados 3, 4 y 7 y tercero punto 6.3.
ARTÍCULO TERCERO: Disponer que las autoridades del Organismo tomen nota de lo mencionado en el considerando tercero, acápites 4.2, 5.1, 5.2, 5.4 y 6.2.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto disponer la aplicación de amonestaciones a las Sras. Norma Aurora Tejeda y Mariana Andrea Conturbi y al Sr. Miguel Ángel Hernández Artículo 16, inciso 2 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por lo fundamentos expuestos en el considerando cuarto aplicar multas de $ 3.500,00 al Intendente Municipal, Sr. Osvaldo Raúl Cáffaro, de $ 3.500,00
al Presidente del Directorio Sr. Claudio Hugo Massarini, de $ 3.500,00 al Director, Sr.
Guillermo Gabriel Marchi y de $ 3.500,00 al Director Sr. Néstor Norberto Pagliari artículo 16 inciso 4 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando tercero, apartado 1.2.3 con formulación de cargo por la suma de $ 599,05 por el que responderán en forma solidaria los integrantes del Directorio de la Sociedad, Sres. Claudio Hugo Massarini, Guillermo Gabriel Marchi y Néstor Norberto Pagliari, y el Intendente Municipal, Sr. Osvaldo Raúl Cáffaro artículo 16 inciso 3º de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando tercero, apartado 7.1 con formulación de cargo por la suma de $ 1.801,13 por el que responderán en forma solidaria los integrantes del Directorio de la Sociedad, Sres. Claudio Hugo Massarini, Guillermo Gabriel Marchi y Néstor Norberto Pagliari, y el Intendente Municipal, Sr. Osvaldo Raúl Cáffaro artículo 16 inciso 3º de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando tercero, apartado 8 con formulación de cargo por la suma de $ 40.958,46 por el que responderán en forma solidaria los integrantes del Directorio de la Sociedad, Sres. Claudio Hugo Massarini, Guillermo Gabriel Marchi y Néstor Norberto Pagliari, y el Intendente Municipal, Sr. Osvaldo Raúl Cáffaro artículo 16 inciso 3º de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a los Sres. Claudio Hugo Massarini, Guillermo Gabriel Marchi, Néstor Norberto Pagliari, y Osvaldo Raúl Cáffaro de los cargos que se les formulan en los artículos sexto, séptimo y octavo, y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y Juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869
y sus modificatorias 10.876 y 11.755 .
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a los Sres. Claudio Hugo Massarini, Guillermo Gabriel Marchi, Néstor Norberto Pagliari, y Osvaldo Raúl Cáffaro de las multas que se les formulan en el artículo quinto y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, 1865/4 a la orden del Sr.
Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755. Para
LA PLATA, LUNES 31 DE JULIO DE 2017

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el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y Juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr.
Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159
de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a las Sras. Norma Aurora Tejeda y Mariana Andrea Conturbi y al Sr. Miguel Ángel Hernández de las amonestaciones que se les aplican en el artículo cuarto.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Notificar a los Sres. Osvaldo Raúl Cáffaro, Claudio Hugo Massarini, Guillermo Gabriel Marchi y Néstor Norberto Pagliari de lo dispuesto por el artículo tercero.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Dejar constancia que el examen de cuentas por parte del H. Tribunal de Cuentas, no implica liberación de otras responsabilidades para los titulares y autoridades de la sociedad respecto de aspectos controlados por otros organismos que pudieran afectar los derechos y obligaciones de la Municipalidad de Zárate a partir de su participación societaria.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Comunicar la presente sentencia al Departamento Ejecutivo y al H. Concejo Deliberante de la Municipalidad de Zárate.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XVII Zárate, de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veintisiete fojas; firmarlo en un ejemplar;
publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas, reservar este expediente en Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en los artículos noveno y décimo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 22/11/2016
N de Expediente: 4-220.0-2014
Ente u Organismo: Municipalidad de ITUZAINGÓ
Ejercicio: 2014
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar la procedencia formal del recurso deducido por los Sres. Alberto Daniel Descalzo, Carlos Alfredo De Ángelis, Marcelo Rafael Nadal, Flavio Francisco Castiglione, Alfredo Francisco Almeida, Marcelo Raúl Chiaradía, Roberto José Albalat y Guillermo Edgardo Baca y las Sras. Daniela Mariel Rivas, Adriana Noemí Nadal, Sonia Elena Giménez, María Fernanda Campo, Silvana Mariel Kulka y María del Carmen Ismael referido a los cargos formulados por los artículos octavo, noveno, décimo, undécimo, duodécimo, décimo tercero, décimo cuarto, décimo quinto, décimo sexto y décimo séptimo, considerandos segundo apartados 2 y 4, octavo apartados 2, 6, 11.1, 11.2, 12, 14 y 18 y noveno apartado 3 del fallo dictado el 28 de abril de 2016, y disponer el pase de las actuaciones a la D. Relatora a los fines del artículo 39 de la Ley 10.869 y sus modificatorias considerando primero del presente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de lo manifestado en el considerando segundo respecto de la identificación de los funcionarios que presentaran el recurso que se analiza.
ARTÍCULO TERCERO: Declarar abstracto por falta de interés agraviado, el escrito presentado por el Sr. Carlos Alfredo De Ángelis, y la improcedencia formal a su respecto considerando tercero del presente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XX Ituzaingó de este H. Tribunal de Cuentas y a la Municipalidad de Ituzaingó.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar al Sr. Carlos Alfredo De Ángelis lo dispuesto en el artículo tercero de la presente sentencia.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución N 18/16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de cinco 5 fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas y remitir las presentes actuaciones al Relator actuante, conforme lo dispuesto en el artículo primero.
Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 22/11/2016
N de Expediente: 4-033.0-2011
Ente u Organismo: Municipalidad de ENSENADA
Ejercicio: 2011
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: De acuerdo a lo manifestado en el considerando único, inciso 1 confirmar el cargo de $ 34.770,92 que se mantuviera por el artículo tercero considerando tercero de la sentencia de fecha 08/10/15 por el que deberá responder el Intendente Sr. Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora Municipal Sra.
Graciela Liliana Ranieri.
ARTÍCULO SEGUNDO: De acuerdo a lo manifestado en el considerando único, inciso 2 confirmar el cargo de $ 92.491,64 que se mantuviera por el artículo cuarto considerando cuarto de la sentencia de fecha 08/10/15 por el que deberá responder el Intendente Sr. Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora Municipal Sra.
Graciela Liliana Ranieri.
ARTÍCULO TERCERO: De acuerdo a lo manifestado en el considerando único, inciso 3 modificar el cargo de $ 18.374,50 que se mantuviera por el artículo séptimo considerando séptimo de la sentencia de fecha 08/10/15, dejándolo sin efecto hasta la suma de $ 13.172,97 y manteniéndolo por $ 5.201,53, por el que deberá responder el Intendente Sr. Mario Carlos Secco en solidaridad con la Contadora Municipal Sra. Graciela Liliana Ranieri.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/07/2017 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date31/07/2017

Page count41

Edition count3428

First edition02/07/2010

Last issue09/08/2024

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