Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/06/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

al agente NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ, Legajo 166.163. ARTÍCULO 3º: Notificar el presente al imputado, confiriéndole vista de las actuaciones de conformidad a lo prescripto por el art. 20.1 del Apéndice del Decreto 3.260/08, reglamentario de la Ley 13.767, para que en el plazo de cinco días 5 hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de notificación del presente, ejercite el derecho de presentarse a formular descargo y a ofrecer la prueba que estime corresponder, por sí o por medio de apoderado, haciéndole saber que los actuados se encuentran en el Departamento Instrucción de la Dirección de Sumarios de la Contaduría General de la Provincia, calle 46 entre 7 y 8 - 1 Piso, Corredor D, Oficina 142, de La Plata. ARTÍCULO 4º: De forma. Asimismo se deja constancia que cuenta con un plazo de cinco días 5 días, contados a partir de la fecha de notificación del presente, para que ejercite el derecho de presentarse a formular descargo y a ofrecer la prueba que estime corresponder, por sí o por medio de apoderado a cuyo fin se dispone la reserva de las actuaciones en el Departamento Instrucción de la Dirección de Sumarios de la Contaduría General de la Provincia, calle 46 entre 7 y 8, 1º piso de La Plata. Queda Ud; notificado. Fdo. Dra. Alejandra N. Zorzinoni, Instructora Sumariante.
Contaduría General de la Provincia.
C.C. 7.363 / jun. 23 v. jun. 29

Provincia de Buenos Aires H. TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hácese saber por el término de cinco 5 días al señor Daniel Oscar MOREAL
que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 23 de marzo de 2017, en el Expediente N 4-009.0-2015 de la Municipalidad de Baradero estudio de cuentas del Ejercicio 2015, cuya parte pertinente dice: La Plata, 23 de marzo de 2017, Resuelve: Artículo Cuarto: Por los fundamentos expuestos en el considerando octavo, aplicar sendos llamados de atención a , al Director General Médico del Hospital Municipal, Sr. Daniel Oscar MOREAL, y al artículo 16 inciso 1 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Artículo Octavo: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando sexto, apartado 4, con formulación de cargo por la suma de $
368.134,10, por el que responderá el en solidaridad con el y con el Director General Médico del Hospital Municipal, Sr. Daniel Oscar MOREAL artículo 16 inciso 3 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Artículo Décimo Cuarto: Notificar a los Sres. Daniel Oscar MOREAL, y del llamado de atención que se les formula en el artículo cuarto.
Artículo Décimo Séptimo: Notificar a los Sres. y Daniel Oscar MOREAL y del cargo que se les formula en los artículos séptimo, octavo y noveno y fijarle plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755. Artículo Vigésimo Cuarto: Rubricar Firmado: Eduardo Benjamín Grinberg Presidente; Gustavo Ernesto Fernández, Miguel Oscar Teilletchea Vocales; ante mí: Ricardo César Patat, Director General de Receptoría y Procedimiento.
La Plata, 09 de junio de 2017.
C.C. 7.350 / jun. 26 v. jun. 30

Provincia de Buenos Aires H. TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hácese saber por el término de cinco 5 días a la señora Elda Graciela FRATICELLI que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 5 de abril de 2017, en el Expediente N 4-033.0-2015 de la Municipalidad de Ensenada estudio de cuentas del Ejercicio 2015, cuya parte pertinente dice: La Plata, 5 de abril de 2017, Resuelve: Artículo Décimo Séptimo: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando sexto, apartado 9, con formulación de cargo por la suma de $ 33.954,01 por el que responderá el Intendente Municipal, en solidaridad con la , Sra. Elda Graciela Fraticelli y el artículo 16 inciso 3 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias. Artículo Vigésimo Primero: Notificar a los Sres. , Elda Graciela Fraticelli y
del cese de las reservas dispuesto por el artículo vigésimo, y a los del cese de su responsabilidad respecto del tema abordado en el considerando sexto apartado 3. Artículo Vigésimo Quinto: Notificar a los Sres. , Elda Graciela Fraticelli de los cargos que se les formula en los artículos séptimo, octavo, noveno, décimo, undécimo, duodécimo, décimo tercero, décimo cuarto, décimo quinto, décimo sexto y décimo séptimo, y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9, a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que pro-

LA PLATA, JUEVES 29 DE JUNIO DE 2017

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mueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Artículo Trigésimo: Rubricar Firmado: Eduardo Benjamín Grinberg Presidente; Gustavo Ernesto Fernández, Miguel Oscar Teilletchea Vocales; ante mí: Ricardo César Patat, Director General de Receptoría y Procedimiento. La Plata, 09 de junio de 2017.
C.C. 7.351 / jun. 26 v. jun. 30

Provincia de Buenos Aires H. TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hácese saber por el término de cinco 5 días al señor Hugo Marino SÁNCHEZ ORTIZ que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 5 de abril de 2017, en el Expediente N 4-022.0-2015 de la Municipalidad de Castelli estudio de cuentas del Ejercicio 2015, cuya parte pertinente dice: La Plata, 5 de abril de 2017, Resuelve: Artículo Duodécimo: Por los fundamentos que se indican en el Considerando Quinto, Apartado i, desaprobar los egresos allí citados, formulando cargo de $ 18.390,00, por el que deberán responder, en forma solidaria, el y el Agente Municipal, Sr. Hugo Marino SÁNCHEZ ORTIZ Artículo 16 de la Ley 10869 y sus modificatorias. Artículo Décimo Cuarto: Notificar a y Hugo Marino SÁNCHEZ ORTIZ lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales 1865/4 multas Pesos y/o 108/9 cargos Pesos, ambas a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva su ejecución artículos 159 de la Constitución Provincial y 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, hacerles saber que la Sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a éste H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Artículo Décimo Cuarto: Notificar a y Hugo Marino SANCHEZ ORTIZ lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90
días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales 1865/4 multas Pesos y/o 108/9 cargos Pesos, ambas a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva su ejecución artículos 159 de la Constitución Provincial y 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, hacerles saber que la Sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a éste H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Artículo Décimo Sexto: Rubricar Firmado: Eduardo Benjamín Grinberg Presidente; Gustavo Ernesto Fernández, Miguel Oscar Teilletchea Vocales; ante mí: Ricardo César Patat, Director General de Receptoría y Procedimiento. La Plata, 09 de junio de 2017.
C.C. 7.352 / jun. 26 v. jun. 30

Provincia de Buenos Aires H. TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hácese saber por el término de cinco 5 días a los señores Oscar Jorge DI
LANDRO, Juan Carlos IBARRA y Ana María MOTTINO que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 14 de marzo de 2017, en el Expediente N 3-050.0-2015 de la Municipalidad de General Rodríguez estudio de cuentas del Ejercicio 2015, cuya parte pertinente dice: La Plata, 14 de marzo de 2017,
Resuelve: Artículo Sexto: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Cuarto y en base a lo allí expuesto, formular cargo por y por $ 90.079,11 la Agente Municipal Ana María Mottino. Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10869 y sus modificatorias. Artículo Séptimo:
Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Quinto Apartado a y en base a lo allí expuesto, formular cargo por $ 85.529,15, por el que deberán responder el ex Intendente Oscar Jorge Di Landro en solidaridad con el Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias Artículo Octavo: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Quinto Apartado b y en base a lo allí expuesto, formular cargo por $ 34.491,88; por el que deberán responder el ex Intendente Oscar Jorge Di Landro en solidaridad con y el
Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias Artículo Décimo: Declarar que el agente municipal Juan Carlos Ibarra, no deberá considerarse exento de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga. Artículo Undécimo: Notificar a Juan Carlos Ibarra, de lo resuelto por el Artículo anterior. Artículo Duodécimo: Notificar a , Ana María Mottino, Oscar Jorge Di Landro y de las sanciones que particularmente se les imponen a cada uno de ellos en los Artículo Cuarto a

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/06/2017 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date29/06/2017

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