Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/05/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 3444

LA PLATA, VIERNES 12 DE MAYO DE 2017

BOLETÍN OFICIAL

todos sus termino, la Resolución N 796.120 del 20 de agosto de 2014, y en tal sentido dejar establecido que se deberá intimar a los derechohabientes, que en plazo perentorio de 10 días, proponer forma de pago de la deuda impuesta, bajo apercibimiento de instar su recupero judicialmente. En el supuesto de no recepcionarse, propuesta de pago, la Dirección de Planificación y Control de Gestión-Sector Recupero de Deudasdeberá proceder a la confección del pertinente título ejecutivo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Revocar el art. 3 de la Resolución N 796.120 a tenor de lo normado en el artículo 114 del Decreto-Ley 7.647/70, atento los argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 2: Intimar a la derechohabiente, a que en el plazo perentorio de 10 días, formule propuesta de pago de la deuda reclamada, bajo apercibimiento de instar su recupero judicialmente. La intimación deberá efectuarse mediante la publicación de edictos de conformidad con el art. 66 del Decreto-Ley 7.647/70.
ARTÍCULO 3: En el supuesto de no recepcionarse propuesta de pago, la Dirección de Planificación y Control de Gestión-Sector Recupero de Deudasdeberá proceder a la confección del pertinente título ejecutivo por el saldo pendiente de pago a fin de instar su recupero del acervo sucesorio.
ARTÍCULO 4: Formular denuncia penal, a fin de determinar la autoría material de las extracciones indebidas efectuadas sobre el beneficio pensionario correspondiente a la Sra. PORTE Gloria Susana, por el monto de $16.529,88.
ARTÍCULO 5: Registrar, cumplido, siga el trámite que por derecho corresponda.
Sector Gestión y Recupero de Deudas/Departamento de Relatoría -Christian Alejandro Gribaudo, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 2918-65634-95 la Resolución N 860.581 del 16/11/2017.VISTO, el expediente N 2918-65634-95 iniciado en vida por Mario GENTILE, en virtud de la existencia de cargo deudor a favor de este IPS en concepto de haberes percibidos indebidamente por el causante de autos, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 391331 se otorga Jubilación por Edad Avanzada a Mario GENTILE, advirtiéndose con posterioridad que el mismo resultaba titular de otro beneficio en el orden nacional, el cual había sido otorgado en primera instancia;
Que advertida la incompatibilidad contemplada en el art. 60 del Decreto-Ley N
9.650/80, se dispone por Acta N 2946 la revocación del acto de otorgamiento del beneficio provincial, se declara legítimo el cargo deudor impuesto y la aceptación de la propuesta de pago formulada por el Sr. GENTILE, mediante la afectación del 20% del haber mensual que percibía como beneficiario de ANSeS;
Que con posterioridad al dictado de dicho acto administrativo, no se registra actividad útil, tendiente al recupero de las sumas adeudadas;
Que de foja 83 se desprende que el 1 de octubre de 2012 acaece el deceso del Sr.
Mario GENTILE;
Que del informe producido a foja 86 vlta., resulta que no se ha instado el proceso sucesorio del causante de autos;
Que ello así, y habiéndose notificado el acto de imposición de deuda ver foja 81, desconociéndose la existencia de derechohabientes, corresponde proceder a la notificación e intimación de los mismos mediante publicación de edictos conf. art. 66 del Decreto-Ley N 9.650/80, a fin de que en el plazo de 20 días propongan forma de pago de la deuda impuesta, bajo apercibimiento de instar su recupero judicialmente;
Que a foja 91 luce dictamen de la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;
Que a foja 89 y 90 toma intervención Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha1
06/03/2017, según consta en el Acta N 3351;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Intimar a los derecho-habientes de Mario GENTILE a que en el plazo perentorio de veinte 20 días presenten propuesta de pago del monto adeudado a este Instituto de Previsión Social.ARTÍCULO 2. Establecer que en caso de transcurrir el plazo citado en el punto 1 del presente acto sin haberse efectuado propuesta de pago, se deberá arbitrar el trámite tendiente a la confección del pertinente Título Ejecutivo, el que deberá ser reclamado en el marco del proceso sucesorio a instarse, conforme argumentos vertidos en la parte considerativa del presente acto.ARTÍCULO 3. Dar intervención oportunamente a la Comisión de Investigaciones Especiales C.I.E., a fin de evaluar la instrucción de sumario administrativo a los agentes intervinientes, en virtud de la irregular tramitación de las actuaciones, en la medida que las mismas sean pasibles de instar acciones disciplinarias.ARTÍCULO 3. Notificar a los interesados que contra las resoluciones de este Organismo se podrá interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20
días de notificadas artículo 74 del Decreto-Ley N 9.650/80, T. O. 1994.ARTÍCULO 4. Registrar. Pasar las actuaciones al Departamento Técnico Administrativo -Área Edictospara que por su intermedio se notifique a los derechohabientes del causante de autos. Hecho seguir su trámite como por derecho corresponda. Cumplido, archivar.
Departamento Técnico/Sector Orden del Día - Christian Alejandro Gribaudo, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
Celina Sandoval, Jefe Dpto. Técnico Administrativo Instituto de Previsión Social.
C.C. 5.049 / may. 9 v. may. 15

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA
Puerto La Plata, 25 de abril de 2017.
POR 5 DÍAS - VISTO: El Expediente 0000-000041/17-000 Publicidad Espacios Libres CGPL.
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento de Concesiones y Permisos de Uso de los Espacios Portuarios del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata en su art. 10 establece la obligación de publicar anualmente los espacios disponibles y también los espacios cuyos períodos de otorgamiento se encuentran próximos a vencer.
Que el art. 10 del reglamento dispone que la publicación anual de dichos predios se deberá efectuar en el Boletín Oficial por el término de 5 cinco días y en la página Web del Puerto La Plata.
Que se hace necesario intimar a los permisionarios cuyos permisos fueron otorgados por las autoridades Nacionales o Provinciales con renovación periódica para que den cumplimiento a lo establecido en el art. 10 de la Reglamentación vigente.
Que de conformidad con lo estatuido en el art. 26 inc. a y d del Estatuto aprobado por el Decreto N 1.596/99, le confiere al Presidente del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata facultades suficientes para el dictado de la presente disposición.
Por todo ello, EL PRESIDENTE, DISPONE:
ARTÍCULO 1º: Publicar en el Boletín Oficial y en la página Web del Puerto La Plata por el término de cinco 5 días de acuerdo al art. 10 del Reglamento de Concesiones y Permisos de Uso de los Espacios Portuarios del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata aprobado en Reunión de Directorio del día 11 de diciembre de 2012 bajo Resolución 19/12, el llamado para promover la presentación de propuestas tendientes a ocupar, los predios disponibles en sectores operativos y comerciales del Puerto La Plata aptos para actividades afines a la operativa portuaria y los espacios cuyo período se encuentren próximos a vencer. Asimismo intimar a los permisionarios cuyos permisos fueron otorgados por las autoridades Nacionales o Provinciales con renovación periódica para que den cumplimiento a lo establecido en el art. 10 de la Reglamentación vigente.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, publíquese, notifíquese, cumplido, archívese.
José María Dodds Presidente CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA
Invita a los interesados a presentar propuestas tendientes a ocupar, de acuerdo a la normativa vigente, los siguientes predios disponibles ubicados en jurisdicción del Puerto La Plata: 18.236,53 m - Zona de Uso Comercial Urbano Berisso: Avda. 60 e/ 145
148/149; 6.420 m - Zona de Uso Comercial Industrial Berisso: Baradero e/ Hormigonera Platense y Senda de Cañerías YPF; 7.403,15 m - Zona Comercial Industrial Berisso:
Avda. del Petróleo Lindero al Canal de Reunión Este; 8.277,50 m Zona Operativa Sitio 18 y 19; 42.981 m - Zona Uso Comercial Urbano Ensenada: Muro de Circunvalación y Zona de Talleres entre Calle Italia y Calle Canal de Reunión; 19,6 Hs. Cabecera Río Santiago Oeste - Ensenada; 22 Hs. Monte Santiago - Berisso.
A los mismos fines notifica, en los términos de los artículos 10 y 11 del reglamento de espacios portuarios del consorcio, los predios cuyo permiso o concesión se encuentran próximos a vencer: Calle Baradero y Génova 25 m; Lote 5 Isla Santiago Este Berisso 41.200 m; Cañería desde Dock Central hacia Petroquímica sobre Canal Lateral Oeste 1.317,50 m; Calle Cabecera frente Dique de Maniobras Berisso 8.432,29 m; Canal Lateral Este Cegado 7.800 m Berisso.
Asimismo se intima a los siguientes permisionarios, cuyos permisos de uso fueron otorgados gratuitamente y con renovación tácita por administraciones anteriores, a que regularicen su permiso de ocupación dando cumplimiento a la normativa vigente.
Universidad Tecnológica Nacional: Pare Lote 8 A y B s/ calle 60 y 124 77.623,13 m;
YPF S.A. Ampliación Playa de Estacionamiento: Lote 20 50.080,80 m; YPF S.A. - Lote 19 Fuera de Muros 16.048,20 m; YPF S.A. - Playa de Acopio Carbón: Lote 22 20.062,90
m; YPF S.A. Instalación Industriales: Lotes 21 y 21 bis fuera de muros 65.271,52 m;
YPF S.A. Destilería Instalación Chimenea y Pasadera: Lote 16 c/ parte de 21 A, B y C 50.929,49 m; Echalar Miguel: Lotes 89 y 90 Isla Santiago Este Berisso 81.600 m;
Consejo Escolar: Escuela EGB N 15 Sector Río Santiago Calle G. Gaggino y Santa Fe 1.500 m; Junta Parroquial y Acción Católica: Galpón Nº 10 - Río Santiago Este Calle G. Gaggino e/ Santa Fe y Córdoba 200 m; Obras Sanitarias de la Prov. de Buenos Aires:
Calle Baradero y Canal de Desage Berisso 94,20 m.
Próximos a vencer con particularidades:
Anifled Construcciones Circ. V. Secc. E Manz. 21Y Fracc. I Parc. 10 Berisso 1.685 m; Club de Futbol Infantil 12 de Septiembre Circ. V Secc. E Maz. 21y Parc.
4, 5 y 6 Berisso 4.807,38 m; Cooperativa de Trabajo Taller Naval Margen Este del Gran Dock Central - Calle La Portada N 4120 Berisso 7.347,69 m; YPF OPESSA 122
y 60 Berisso 1.285,70 m.
Finalmente se encuentra a disposición de cualquier interesado los predios disponibles en Isla Santiago Este Paulino, debiendo ajustarse a la legislación vigente y presentar proyectos bajo la modalidad de eco turismo.
Por todo lo expuesto se elevan las presentes actuaciones para la toma de su conocimiento y demás fines que estime corresponder.
A todos los efectos deberán presentarse en la Gerencia de Asuntos Legales en el horario de 9 a 17.
C.C. 5.278 / may. 9 v. may. 15

MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ
POR 3 DÍAS - La Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante Decreto Municipal Nº 886/16, dispuso la inscripción registral a su nombre el inmueble, ubicado en la planta

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/05/2017 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date12/05/2017

Page count27

Edition count3408

First edition02/07/2010

Last issue12/07/2024

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