Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/04/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 2292

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 3 DE ABRIL DE 2017

men horario de cuarenta 40 horas semanales de labor, de conformidad con las previsiones de los artículos 111 inciso b, 114 y 165 - estos dos últimos modificados por la Ley N 14.815 y por el Decreto N 523/06 - y 23 de la Ley N 10.430, Texto Ordenado Decreto N 1.869/96 y su Decreto Reglamentario N 4.161/96, por los motivos expuestos en la parte considerativa.
ARTÍCULO 2º. El gasto que demande la medida dispuesta por la presente, será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley Nº 14.879 - Sector Público Provincial no Financiero - Administración Provincial - Organismos Descentralizados Jurisdicción 08 - Entidad 21 Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, en la Categoría de Programa y partida presupuestaria que se indica:
Programa 001 Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Subprograma 002: Fiscalización y Servicios al Contribuyente Finalidad 1 Función 5 Fuente de Financiamiento 1.3
Partida Principal 1 Partida Subprincipal 2 Régimen Estatutario 01
Agrupamiento Ocupacional 14: SECRETARIOS PRIVADOS Y ASESORES
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano -, dar al Boletín Oficial y al SINBA, notificar. Cumplido, archivar.
Gastón Fossti Director Ejecutivo C.C. 3.861

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N 689
La Plata, 14 de marzo de 2017.
VISTO que en el expediente N 21.100-411.167/05 con su agregado N 21.100292.534/16 se tramita la republicación y aumento del monto ofrecido públicamente mediante Resolución Ministerial N 1.735/05 y N 116/11, a quien brinde información tendiente a establecer el paradero y lograr la detención del prófugo Alejandro Javier SALABERRY GABARAIN, cuya captura fue ordenada por la muerte de Cristian AGUSTI IPP N
08-00-175940-04, y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 2.052/98 y su modificatorio, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia, como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;
Que de conformidad a lo previsto por el Decreto N 997/03 el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;
Que por intermedio de la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Planificación, Gestión y Evaluación, se han recabado los antecedentes del caso;
Que mediante Resolución Ministerial N 1.735 de fecha 11 de noviembre de 2005 se ofreció públicamente recompensa entre la suma de pesos cinco mil $ 5.000,00 y pesos treinta mil $ 30.000,00 a las personas que aporten información fehaciente que permita lograr la localización y detención de los prófugos Carlos Marcelo DE LOS SANTOS y Alejandro Javier SALABERRY GABARAIN;
Que mediante Resolución Ministerial N 116/11 de fecha 12 de enero de 2011 se incrementó públicamente dicha recompensa entre la suma de pesos veinte mil $
20.000,00 y pesos setenta mil $ 70.000,00;
Que la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 7 del Departamento Judicial Mar del Plata a fojas 90 informa que con fecha 11 de marzo de 2014 se resolvió condenar a Carlos Marcelo DE LOS SANTOS, encontrándose detenido a disposición del Juzgado de Ejecución Penal N 1;
Que el Señor Subsecretario de Planificación, Gestión y Evaluación considera viable incrementar la recompensa ofrecida públicamente a quienes brinden información que permita lograr la localización y detención del prófugo Alejandro Javier SALABERRY GABARAIN, fijándose un monto entre la suma de pesos cincuenta mil $ 50.000,00 y pesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00 de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde y el resultado que se logre;
Que la Dirección General de Administración ha tomado la intervención de su competencia fojas 112;
Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquellas podrán hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 7 del Departamento Judicial Mar del Plata o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, haciendo saber que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento;
Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea transmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y local del lugar donde se produjo el hecho, para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá copia de la presente y su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires;
Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Resolución Ministerial N 2.390/07;
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N
14.853 y los Decretos N 2.052/98 y N 997/03;

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Por ello, EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. INCREMENTAR el monto de la recompensa públicamente ofrecida mediante Resolución Ministerial N 1.735/05 y N 116/11, entre la suma de pesos cincuenta mil $ 50.000,00 y pesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00 para quienes aporten información fehaciente que permita lograr la localización y detención del prófugo Alejandro Javier SALABERRY GABARAIN, cuyos datos de filiación y hecho reprochado obran en el Anexo de la presente IPP N 08-00-175940-04.
ARTÍCULO 2. El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información en los términos del Decreto N 2.052/98, la Resolución Ministerial N 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.
ARTÍCULO 3. Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos anteriores podrán presentarse con reserva de identidad ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 7 del Departamento Judicial Mar del Plata o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, debiendo asegurar la confidencialidad a la información y la reserva de la identidad de las personas.
ARTÍCULO 4. Remitir copia de la presente con su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires, para que arbitre las medidas necesarias a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local del lugar de donde se produjo el hecho localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón.
ARTÍCULO 5. Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial.
Comunicar a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 7 del Departamento Judicial Mar del Plata. Comunicar a la Subsecretaría de Planificación, Gestión y Evaluación, a la Dirección General de Administración y a la Unidad de Comunicación Institucional. Cumplimente con ello la Dirección de Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas, dejando debida constancia en este expediente. Cumplido, pase a la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y, posteriormente, archivar.
Cristian Adrián Ritondo Ministro de Seguridad ANEXO
PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA
ALEJANDRO JAVIER SALABERRY GABARAIN
BUSCADO

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000 a PESOS CIENTO CINCUENTA MIL $ 150.000, de conformidad a lo previsto por el Decreto N 2.052/98 y su modificatorio, a las personas que aporten información fehaciente que permita lograr la localización y detención de Alejandro Javier SALABERRY GABARAIN, argentino, DNI N 28.842.452, nacido el 18 o 19 de marzo de 1981 en la localidad de Mar del Plata, hijo de Humberto Aníbal y/o Domingo José Lorenzo y de Mirta Ofelia Plaza y/o Liliana Cristina Gabarain, con último domicilio registrado en calle República de Cuba N 2466 de la localidad de Mar del Plata y posiblemente en calle Paso N 825 de la localidad de Ciudadela, ambos de la provincia de Buenos Aires.
La orden de captura ha sido dictada por sospecharse su participación en la comisión de los hechos prima facie calificados como homicidio agravado, cometido contra un miembro de fuerza de seguridad pública, robo calificado por el empleo de arma de fuego y homicidio agravado por ser cometido contra un miembro de la fuerza de seguridad pública en grado de tentativa hecho acaecido el día 27 de octubre de 2003 en la localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón.
Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 7 del Departamento Judicial Mar del Plata IPP N 08-00-175940-04.
Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de cualquier Departamento Judicial de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 7 del Departamento Judicial Mar del Plata sita en Almirante Brown N 2046, Mar del Plata, teléfonos 0223 495 -7075 /493 -0407
internos 237/251 o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/04/2017 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date03/04/2017

Page count36

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