Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/12/2016 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ANEXO I
PARTIDOS
RAMALLO
PUNTA INDIO
GENERAL BELGRANO
GENERAL JUAN MADARIAGA
TRES LOMAS
VILLA GESELL
AZUL
SAN FERNANDO
GENERAL SAN MARTÍN
TORDILLO
GENERAL LAVALLE
ROJAS
PILA
LEZAMA
JUNÍN
HURLINGHAM
CORONEL DORREGO
SAN VICENTE

3 de Diciembre 6 de Diciembre 8 de Diciembre 8 de Diciembre 11 de Diciembre 14 de Diciembre 16 de Diciembre 18 de Diciembre 18 de Diciembre 19 de Diciembre 20 de Diciembre 20 de Diciembre 21 de Diciembre 22 de Diciembre 27 de Diciembre 28 de Diciembre 29 de Diciembre 30 de Diciembre
JUAN A. PRADERE
PATRICIOS
DE LA GARMA
GUERRICO
RAWSON
JUAN B. ALBERDI
TRIUNVIRATO
BERMÚDEZ
ESTACIÓN LA NIÑA
BALNEARIO MARISOL
LA INVENCIBLE
LAS PIPINAS
LUJÁN DEL RÍO
JUAN COUSTÉ
FARO
CARDENAL CAGLIERO
ESTACIÓN F. QUIROGA
URIBELARREA
HIPÓLITO VIEYTES
DUFAUR

NUEVE DE JULIO
1 ROJAS
1 CORONEL DORREGO 2
CORONEL DORREGO 2
CORONEL DORREGO 2
TORNQUIST
2

de de de de de de
Patronal Fundación Patronal Fundación Aniversario Fundación Fundación Fundación Creación Aniversario Creación Fundación Fundación Fundación Fundación Fundación Aniversario Fundación
Diciembre Diciembre Diciembre Diciembre Diciembre Diciembre
FLORENTINO
5 de Diciembre AMEGHINO
PATAGONES
5 de Diciembre NUEVE DE JULIO
8 de Diciembre ADOLFO GONZALES 8 de Diciembre CHAVES
PERGAMINO
8 de Diciembre CHACABUCO
8 de Diciembre LEANDRO N. ALEM 8 de Diciembre LINCOLN
9 de Diciembre LINCOLN
9 de Diciembre NUEVE DE JULIO
11 de Diciembre CORONEL DORREGO 11 de Diciembre SALTO
12 de Diciembre PUNTA INDIO
13 de Diciembre PUNTA INDIO
13 de Diciembre VILLARINO
13 de Diciembre CORONEL DORREGO 14 de Diciembre PATAGONES
16 de Diciembre NUEVE DE JULIO
18 de Diciembre CAÑUELAS
18 de Diciembre MAGDALENA
23 de Diciembre SAAVEDRA
27 de Diciembre
PÁGINA 10187

Subsecretaría de Transporte ejercer la fiscalización de la actividad privada prestataria del servicio público y planificar, controlar, operar y promocionar el transporte público de pasajeros y de carga, y en particular dentro de su propia estructura a la Dirección Provincial de Fiscalización de Transporte controlar el ejercicio de los servicios de transporte de pasajeros por parte de los prestadores autorizados, constatando las infracciones e impulsando la aplicación de sanciones según el régimen de faltas previsto y efectuar por sí o por medio de terceros, el control técnico y fiscalización de los vehículos y el material rodante afectados a la prestación de los servicios de transporte de pasajeros y de la calidad de la actividad del transporte de cargas;
Que corresponde en esta instancia establecer las pautas básicas para el desempeño de los funcionarios que habrán de realizar las tareas de fiscalización, todo ello a fin de optimizar el resultado de la gestión;
Que con la misma finalidad se ha implementado la capacitación de los agentes destinados a efectuar el control, los que han sido instruidos en las temáticas de Verificación Técnica Vehicular, Seguridad Vial y Transporte de Pasajeros y de Cargas;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 360 de fecha 18 de abril de 2016;
Por ello, EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ANEXO II
LOCALIDADES
CARLOS MARÍA NAÓN
CARABELAS
APARICIO
IRENE
SAN ROMÁN
VILLA SERRANA
LA GRUTA
BLAQUIER

LA PLATA, MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2016

Fundación Fundación Aniversario Aniversario Aniversario Fundación Fundación Fundación Patronal Aniversario Patronal Patronal Patronal Aniversario Aniversario Fundación Aniversario Patronal Fundación Fundación Fundación Aniversario Fundación Fundación Fundación Fundación Fundación
Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N 252
La Plata 17 de noviembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 2417-994/2016, el Decreto Ley Nº 16.378/57 Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros, los Decretos Nº 6.864/58, Nº 2.608/89, la Ley Nº 10.837 y el Decreto Nº 4.460/91, la Ley Nº 14.803 y sus modificatorias y el Decreto Nº 360/16, y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Ley Nº 16.378/57 Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros, se establece el régimen normativo que regula el transporte de pasajeros en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, atribuyendo a la Subsecretaría de Transporte, el ejercicio de la policía del transporte, la fiscalización de todos los medios y servicios de transporte y el contralor sobre el cumplimiento de las leyes en la materia;
Que los Decretos Nº 6.864/58 y Nº 2.608/89 reglamentan los procedimientos de inspección, fiscalización y sanción de los servicios de transporte de pasajeros terrestre y fluvial; en virtud de los cuales se desarrolla el accionar de la Autoridad de Aplicación en el contralor de los servicios, la comprobación de las infracciones, su juzgamiento y la ejecución de las sanciones;
Que asimismo, la Ley Nº 10.837 Régimen Legal de Transporte Automotor de Cargas y su Decreto reglamentario Nº 4.460/91, asignan a la autoridad de transporte las facultades de policía respecto del transporte de cargas en jurisdicción provincial;
Que la Ley Nº 14.803 modificada por Leyes Nº 14.805, Nº 14.815 y Nº 14.832, establece los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los asuntos del Poder Ejecutivo, asignando competencia en la fiscalización de los servicios de transporte al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos;
Que por Decreto Nº 360 de fecha 18 de abril de 2016, se aprueba la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, especificándose las acciones que competen a cada una de las áreas que lo componen, correspondiendo a la
ARTÍCULO 1º. Determinar que el contralor de los servicios de transporte de pasajeros y de cargas en el ámbito jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires, será ejercido por la Dirección de Control Técnico de la Dirección Provincial de Fiscalización de Transporte en ejercicio del poder de policía del transporte conferido por la normativa vigente, a través de los agentes capacitados al efecto.
ARTÍCULO 2º. Los agentes fiscalizadores deberán ser previamente capacitados en las materias de transporte y seguridad vial, e instruidos en el uso de la tecnología aplicable para la constatación de las infracciones.
ARTÍCULO 3º. Los agentes inspectores o fiscalizadores dependientes de la Dirección de Control Técnico, verificarán el cumplimiento de la normativa vigente, labrando las actas de inspección y/o de comprobación en caso de verificarse infracciones o faltas a las normas de transporte, y adoptarán las medidas necesarias a los fines de garantizar la seguridad de los usuarios.
ARTÍCULO 4º. Los fiscalizadores deberán desempeñarse observando las normas de ética y anteponiendo a sus acciones los principios de probidad y buena fe propios de la función pública.
ARTÍCULO 5º. Aprobar la nómina de agentes que han sido capacitados conforme lo estipulado en los artículos 1º y 2º de la presente resolución, reuniendo las condiciones de idoneidad para desempeñarse en carácter de inspectores para fiscalizar los servicios de transporte de pasajeros y de cargas en la Provincia de Buenos Aires, la que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6. Registrar, comunicar, publicar, pasar al Departamento Fiscalización y por este último notificar a las cámaras y empresas del sector. Cumplido, Archivar.
Lisandro J. Perotti Subsecretario de Transporte ANEXO I
NÓMINA DE AGENTES FISCALIZADORES DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE
Nombre y Apellido
Documento
Legajo
Juan Cruz ÁLVAREZ
Carlos Raúl LENCINA
Marcelo Javier GONZÁLEZ
Luis Alejandro SÁNCHEZ TURI
Guido SERAFINI Amílcar Gabriel RABE Guillermo Daniel VARVASINO
José María VALENTI
Luciano ROIG
Pablo KALTENBACH
Luis LAO
Luis BALLADARES
Serafín SOLUSTRI
Luis MILLA
María Florencia PETRAGLIA
Patricio LEYS

24.167.091
16.532.043
14.846.201
16.100.021
25.410.210
22.360.828
20.058.794
24.347.063
28.171.470
25.476.945
10.149.771
16.626.764
10.076.143
28.350.704
25.597.142
28.259.443

962029
277043
289874
292807
339149
963232
290384
962915
963751
316020
263120
294989
212464
964541
962895
963077
C.C. 217.070

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 1.040
La Plata, 29 de noviembre de 2016.
VISTO el expediente N 2400-2875/16 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, la Ley N 14.812 y el Decreto N 1.495/16, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.812 declaró la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/12/2016 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date13/12/2016

Page count27

Edition count3428

First edition02/07/2010

Last issue09/08/2024

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