Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/09/2015 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

para el profesional individual tanto en lo referente al escrito como en la documentación anexa, agregando una declaración jurada en donde conste que no se han inscripto como profesionales independientes en ningún otro Departamento Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Los contadores integrantes de un estudio no podrán a su vez figurar integrando otro estudio a los efectos de ejercer la función de síndico en toda la Provincia. Se exigirá además que los estudios de contadores estén integrados por un mínimo de tres contadores y que la mayoría de ellos tengan una antigedad en la matrícula no inferior a los cinco años, computada al treinta y uno de diciembre del corriente año. Cualquier modificación en la integración del estudio deberá ser comunicada a esta Excma. Cámara de Apelación, la que merituará si corresponde la exclusión del mismo de las listas teniendo en cuenta la afectación de la capacidad operativa e idoneidad del estudio.
Vencido el plazo para formalizar la inscripción la Cámara confeccionará dos listas con los postulantes, previa merituación de sus antecedentes profesionales, académicos y experiencia en el ejercicio de la sindicatura: la primera de ellas con los contadores y la restante con los estudios de profesionales. A su vez, en una y otra categoría se agruparán a aquellos candidatos que posean títulos universitarios de especialización en la materia a quienes se les dará preferencia conforme lo dispone el artículo doscientos cincuenta y tres inciso primero de la Ley veinticuatro mil quinientos veintidós. Dicha preferencia será determinada en función del número de inscriptos en cada categoría, tomando en consideración la cantidad de vacantes a completar. En el caso de los estudios de contadores, se otorgará preferencia a aquéllos en que la mayoría de los profesionales que lo componen presenten los referidos títulos.
Las listas así conformadas serán exhibidas en la Secretaría de la Presidencia de este Excmo. Tribunal y en la delegación local del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, a partir del día 15 de octubre de dos mil quince y hasta el 30 del mismo mes y año, ambos inclusive. Durante ese plazo podrán presentarse ante la Secretaría de Presidencia los pedidos de reconsideración o impugnaciones por parte de quienes hubieran presentado su solicitud en tiempo hábil. Estos pedidos serán resueltos antes del día 20 de noviembre de dos mil quince. Una vez determinada la integración definitiva de estas listas, la Cámara fijará la fecha en que habrá de realizarse el acto público de desinsaculación de Síndicos categorías A y B, titulares y suplentes, para cada uno de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de este Departamento Judicial, como así también establecerá el número de inscriptos en cada categoría que conformarán dichas nóminas, las preferencias que se asignarán a aquellos que posean títulos universitarios de especialización en la materia y determinará la forma de publicidad de las listas resultantes del sorteo y la oportunidad de su oficialización.
II.- Abrir la inscripción para confeccionar la lista de Enajenadores prevista en el artículo doscientos sesenta y uno de la Ley veinticuatro mil quinientos veintidós. La nómina se compondrá de Martilleros, Bancos Comerciales o de Inversión, intermediarios profesionales en la enajenación de empresas o cualquier otro experto o entidad especializada, quienes deberán presentar la respectiva solicitud por escrito ante la Secretaría de la Presidencia del Tribunal, a partir del día quince de septiembre de dos mil quince y hasta el día treinta del mismo mes y año, ambos inclusive. Los martilleros deberán observar en el escrito los recaudos 1 a 9 y 14 a 16, exigidos para la inscripción de síndicos, al que acompañarán un certificado del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial Morón, en el que conste la antigedad mínima de seis años en la matrícula cumplida al treinta y uno de diciembre del corrientey su pago al día, que posee casa abierta al público y dirección de la misma, así como también que no se encuentre suspendido e inhabilitado para el ejercicio profesional o con causas o denuncias pendientes de resolución ante el Tribunal de la entidad.
Los bancos comerciales o de inversión solicitarán su inscripción mediante presentación emanada del organismo social o funcionario capaz de obligar a la entidad, debiendo acompañar los instrumentos idóneos para acreditar la legitimación del presentante. En dicha solicitud constará: 1 nombre de la entidad; 2 domicilio social; 3 casa central: 4
constitución del domicilio procesal en los términos del artículo cuarenta del C.P.C.C.; y deberán acompañar fotocopias certificadas del estatuto social y de la resolución del Banco Central de la República Argentina que lo autoriza a operar en las referidas categorías prevista por la Ley de Entidades Financieras.
Tratándose de otras personas físicas o jurídicas especializadas en la enajenación de empresas deberán observar para su presentación los requisitos establecidos en los párrafos precedentes en tanto sean compatibles con su naturaleza, como así también consignar cualquier otro dato que permita su adecuada individualización y adjuntar los certificados o documentos que acrediten su idoneidad y experiencia en la materia.
Vencido el plazo previsto para recibir las solicitudes, con las que sean admitidas por el Tribunal se confeccionarán dos listas, la primera de ellas se compondrá con los martilleros y demás expertos y entidades admitidas, y la segunda, con los bancos comerciales o de inversión; ambas se integrarán a los listados de síndicos.
III.- Abrir la inscripción para confeccionar la lista de Evaluadores prevista en el artículo doscientos sesenta y dos de la Ley veinticuatro mil quinientos veintidós texto ordenado por Ley veinticinco mil quinientos ochenta y nueve. La nómina se compondrá de bancos de inversión, entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, o estudios de auditoría con más de diez años de antigedad, los que deberán solicitar su inclusión ante la Secretaría de Presidencia de la Cámara a partir del día quince de septiembre de dos mil quince y hasta el 30 del mismo mes y año ambos inclusive.
Los bancos de inversión, las entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina y los estudios deberán observar en tal presentación similares recaudos a los exigidos en el punto II.- del presente para la inscripción de enajenadores.
Con las solicitudes admitidas se procederá de manera similar a la prevista para los enajenadores.
IV.- Disposiciones comunes: a el trámite es personal, excepto para estudios de contadores que podrán hacerlo por uno de sus integrantes; b no serán admitidas las solicitudes que en el acto de su presentación no observen todos los recaudos exigidos en el presente para integrar cada listado, ni aquéllas que lo sean vencidos los plazos establecidos; c las que no cumplan con la totalidad de los requisitos podrán ser rechazadas sin necesidad de intimación previa alguna; d los inscriptos deberán poner en conocimiento del Tribunal, cualquier cambio en los datos denunciados; e los colegios y entidades de profesionales comunicarán a la Cámara toda suspensión e inhabilitación en el ejercicio profesional dispuesta a sus matriculados.

LA PLATA, MIÉRCOLES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2015

PÁGINA 7771

V.- Poner el presente en conocimiento del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, del Colegio de Martilleros y Corredores del Departamento Judicial Morón y del Banco Central de la República Argentina para que procedan en la órbita de su competencia a hacer adecuada difusión. Asimismo, publíquese por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en un diario de amplia difusión en la jurisdicción, lo aquí resuelto.
Con lo que, siendo las 12,30 horas, se da por concluido el Acuerdo que suscriben los Señores Jueces, por ante mí, doy fe. Fdo.: Dres. Liliana Graciela Ludueña, Eugenio Alberto Rojas Molina, Jose Eduardo Russo, Juan Manuel Castellanos, Felipe Augusto Ferrari, Roberto Camilo Jorda Ante mí: Dr. Ricardo Luis Viola.
CERTIFICO: que el presente es copia de su original que obra en el Libro de Acuerdos Extraordinarios de la Excelentísima Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón, a fojas ochenta y dos a fojas noventa y uno; en fe de ello, expedido el presente testimonio en la ciudad de Morón, a los veinticinco días del mes de agosto de dos mil quince. Ricardo Luis Vila, Secretario de Presidencia.
C.C. 10.873 / sep. 15 v. sep. 17

REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Nº 2
Del Partido de General San Martín POR 3 DÍAS - San Martín, agosto de 2015. El Registro Notarial de Regularización Dominial Nº 2 del Partido de General San Martín, a cargo de la Escribana Liliana Inés Bernardo, en virtud de lo dispuesto por la Ley 24.374, cita y emplaza por el término de 30
días a los titulares de dominio y/o a quien se considere con derecho a los inmuebles que se detallan a continuación, todos del Partido de General San Martín.
1 2147-047-25/2010. Catastro: III-K-52-29; Buenos Aires 7797, José León Suárez.
Titular de Dominio: BOTANA de GROSSI MARÍA INÉS.
2 2147-047-22/2011. Catastro: V-B-55-7; Godoy 4745, Villa Progreso. Titular de Dominio: HOOD FRANCISCO JOSÉ.
3 2147-047-06/2010. Catastro: III-M-57-12; Las Calas 7432, Loma Hermosa. Titular de Dominio: GLANSAL SACIFI.
4 2147-047-33/2010. Catastro: II-L-92-5; Bahía Blanca 3976, Villa Ballester. Titular de Dominio: PETRELLI HERALDO TITO AURELIO.
5 2147-047-05/2012. Catastro: III-G-7-30; Bolívar 151, Villa Ballester. Titular de Dominio: CERRATO MIGUELINA.
6 2147-047-559/1997. Catastro: II-I-43C-15; Sarmiento 6249, Villa Ballester. Titular de Dominio: RAMIREZ RAMÓN e IRALA de RAMÍREZ TERESA TOMASA.
7 2147-047-1118/98. Catastro: III-G-69-26a; 9 de julio 5339, Villa Ballester. Titular de Dominio: SOMMERSI AMELIA MARGARITA.
8 2147-047-44/2011. Catastro: III-P-37-3; Alvear 2382, Villa Maipú. Titular de Dominio: PELS PABLO, PELS HUGO, HIRSCH PELS ARTURO CARLOS, DAVID de PELS
RAQUEL, GOLDSCHMIDT HUGO, GLODSCHMIDT ISIDORO.
9 2147-047-01/2015. Catastro: II-J-15-18B; Alvear 1441, Villa Ballester. Titular de Dominio: GODOY DARIO BIL.
10 2147-047-1771/09. Catastro: III-L-106-3; Los Olivos 7754, Loma Hermosa. Titular de Dominio: FINANCIERA NAMUR SOCIEDAD ANONIMA-DAREN SOCIEDAD ANÓNIMA.
11 2147-047-1721/07. Catastro: II-G-41B-20; Gral. Roca 1584, José León Suárez.
Titular de Dominio: MURCIA SOCIEDAD DE REASPONSABILIDAD LIMITADA-MAURICIO
RAICHBERG.
12 2147-047-1762/09. Catastro: III-O-13-24; Cuba 4364, Villa Ballester. Titular de Dominio: DESCALS TERESA-DESCALS RAMÓN-DESCALS ELVIRA-DESCALS SALVADOR y DESCALS DURA SALVADOR.
13 2147-047-59/2010. Catastro: III-K-27-01; Buenos Aires 7498, José León Suárez.
Titular de Dominio: LANZONE, ROBERTO HÉCTORYAFA INDUSTRIAL Y COMERCIAL
SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES.
14 2147-047-6/2012. Catastro: II-L-94-03; Bahía Blanca 633, Villa Ballester. Titular de Dominio: PETRELLI HERALDO TITO AURELIO.
15 2147-047-62/2011. Catastro: II-J-33-35; Bahía Blanca 633, Villa Ballester. Titular de Dominio: GARCÍA Y FERNÁNDEZ HÉCTOR.
16 2147-047-1747/09. Catastro: III-G-62-27; Zárate 551, Villa Ballester. Titular de Dominio: CARRIL ROGELIO.
17 2147-047-10/2010. Catastro: III-L-35-20; El Jazmin 4856, Loma Hermosa. Titular de Dominio: LIBERTADOR SAIAIF.
18 2147-047-48/2010. Catastro: III-B-90-17; Estrada 4286, José León Suárez. Titular de Dominio: TORRES VICENTE.
19 2147-047-45/2010. Catastro: II-A-54-11; Fratini 1384, José León Suárez. Titular de Dominio: KINOR COMPANY SA.
20 2147-047-27/2010. Catastro: III-K-52-32; Ibarbourou 4460, José León Suárez.
Titular de Dominio: BOTANA de GROSSI MARÍA INÉS.
21 2147-047-44/2010. Catastro: V-E-14-14; Vuelta de Obligado 5081, Villa Lynch.
Titular de Dominio: HUDER AMBROSIO.
22 2147-047-21/2010. Catastro: II-P-60-14-SP 1; Echeverría 1735, Villa Maipú. Titular de Dominio: BARAJA JORGE CARLOS-JACOB GRISELDA NORMA.
23 2147-047-43/20110. Catastro: III-M-56-23; Las Hortensias 7679, Loma Hermosa.
Titular de Dominio: GLANSAL SACIFI.
24 2147-047-56/2010. Catastro: III-M-56-15; Los Pinares 5141, Loma Hermosa.
Titular de Dominio: GLANSAL SACIFI.
25 2147-047-53/2010. Catastro: III-M-81-8; Las Hortensias 7684, Loma Hermosa.
Titular de Dominio: GLANSAL SACIFI.
26 2147-047-57/2010. Catastro: III-M-56-27; Las Hortensias 7745, Loma Hermosa.
Titular de Dominio: GLANSAL SACIFI.
27 2147-047-41/2010. Catastro: II-R-14-27; Perdriel 1356, Villa Maipú. Titular de Dominio: HAJICKOVA de BARRON MARTA.
28 2147-047-14/2010. Catastro: III-M-34-30; Los Pinares 5200, Loma Hermosa.
Titular de Dominio: GLANSAL SACIFI.
29 2147-047-15/2010. Catastro: III-S-101-32; Belgrano 6216, Loma Hermosa. Titular de Dominio: PUJOL PEDRO RICARDO.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/09/2015 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date16/09/2015

Page count25

Edition count3406

First edition02/07/2010

Last issue05/07/2024

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