Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/09/2015 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Que pese a las medidas investigativas desplegadas levantamiento de rastros del lugar por parte de la policía científica, autopsia, testimoniales, pericias histopatológicas de cotejo de pelos, química, etcétera, sobre elementos relevados en el lugar del hecho, e informe con metodología del FBI no se han obtenido resultados suficientes para la individualización y detención de los autores del hecho delictivo, razón por la cual se considera viable el ofrecimiento de recompensa propuesto;
Que en su mérito, deviene menester ofrecer pública recompensa a quienes aporten información que permita la individualización y detención de el o los autores del homicidio de ABY MARIBEL ULLUA, fijándose un monto entre la suma de pesos cincuenta mil $
50.000 y pesos ciento cincuenta mil $ 150.000 de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde;
Que la Dirección General de Administración, por intermedio de la Dirección de Presupuesto, ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria fs. 11;
Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de cualquier Departamento Judicial de la Provincia quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3
Distrito Pilar, del Departamento Judicial de San Isidro o ante la Dirección de Registro de Personas Desaparecidas, haciendo saber que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento;
Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea trasmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y locales del lugar donde se produjo el hecho para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá el presente y su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires;
Que se ha dado cumplimiento al procedimiento previsto en la Resolución Ministerial Nº 2.390/07;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, los Decretos Nº 2.052/98 y Nº 997/03;
Por ello, EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, entre la suma de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000,00 y PESOS CIENTO CINCUENTA MIL $ 150.000,00 a quienes aporten información fehaciente que contribuya a la individualización y detención de los autores del homicidio de ABY MARIBEL ULLUA, cuyos datos personales obran en el Anexo de la presente.
ARTÍCULO 2. El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información en los términos del Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio, la Resolución Ministerial Nº 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.
ARTÍCULO 3. Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes, podrán hacerlo con reserva de identidad presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3 Distrito Pilar, del Departamento Judicial de San Isidro, o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.
ARTÍCULO 4. Remitir copia de la presente con su anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires, para que arbitre los medios necesarios a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local del lugar donde se produjo el hecho Localidad de Manuel Alberti, Partido de Pilar.
ARTÍCULO 5. Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial.
Comunicar a la Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3 Distrito Pilar, del Departamento Judicial de San Isidro. Comunicar a la Dirección General de Administración y a la Dirección General de Comunicación Institucional. Cumplimente con ello la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, dejando debida constancia en este expediente.
Cumplido, pase a la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y, posteriormente, archivar.
Alejandro S. Granados Ministro de Seguridad ANEXO
PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA
HOMICIDIO DE ABY ULLUA

LA PLATA, JUEVES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2015

PÁGINA 7359

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa entre la suma de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000,00 y PESOS CIENTO CINCUENTA MIL $ 150.000,00, de conformidad a lo previsto por el Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio a las personas que aporten información fehaciente que contribuya a individualizar y detener a los autores del homicidio de ABY MARIBEL ULLUA, argentina, DNI Nº 35.254.546, hija de Nilda Noemí Domínguez y Mario René Ullúa, quien fuera hallada sin vida el día 24 de agosto de 2008, en el domicilio sito en calle Oliden Nº 6938 de la localidad de Manuel Alberti, Partido de Pilar, cuando autor/es ignorados ingresaron a la propiedad, alrededor de las 15:00 horas, lugar donde se encontraba la víctima ABY MARIBEL
ULLUA, de 18 años de edad. Luego de un forcejeo y golpes el autor procedió con sus manos a atacarla desde atrás, provocándole asfixia. La apuñaló, presumiblemente con un cuchillo de la casa, a la altura del pecho, causándole lesiones, que no le provocaron por sí la muerte. El sujeto, luego de acondicionar el lugar y borrar rastros, se dio a la fuga. La víctima fue hallada sin vida a las 20:00 horas por su progenitora.
Interviene la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3 Distrito Pilar, del Departamento Judicial de San Isidro IPP Nº 14-02-85786-08.
Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3 Distrito Pilar, del Departamento Judicial de San Isidro sita en calle Tucumán Nº 501, Piso 2, Pilar, provincia de Buenos Aires, teléfonos: 0230-4424876/78, o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas sita en calle 2 entre 51 y 53, Oficina 118, La Plata, teléfonos 0221-4293015 y 429-3211.
El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas, haciendo conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio, la Resolución Ministerial Nº 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme el mérito de la información aportada.
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD.
C.C. 10.299

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución Nº 1.545
La Plata, 13 de agosto de 2015.
VISTO que por expediente Nº 21.100148.255/14 el Fiscal General del Departamento Judicial de San Martín, solicita al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires tenga a bien ofrecer públicamente recompensa tendiente a lograr la captura de FACUNDO RAÚL BOYER la cual fuera ordenada al ser considerado autor del homicidio de Jonathan Fernando VEGA IPP Nº 15-004273-13, y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;
Que de conformidad a lo previsto por el Decreto Nº 997/09, el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;
Que por intermedio de la Dirección de Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales se han recabado los antecedentes del caso;
Que la autoridad judicial a cargo de la investigación informa fs. 3 y 18/21 que se emitió orden de captura de FACUNDO RAÚL BOYER al suponérselo autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en perjuicio de Jonathan Fernando VEGA, hecho acaecido el día 3 de febrero de 2013, alrededor de las 3.00 horas en la esquina de Rivadavia y Pueyrredón de la localidad de Billinghurst, partido de San Martín, provincia de Buenos Aires;
Que teniendo en cuenta el despliegue de medidas investigativas con resultado negativo, se considera viable el ofrecimiento de recompensa solicitado;
Que a su mérito, deviene menester ofrecer pública recompensa a quienes brinden información que permita la detención de FACUNDO RAÚL BOYER fijándose un monto entre la suma de pesos cincuenta mil $ 50.000 y pesos ciento cincuenta mil $ 150.000
de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde y el resultado que se logre en su aprehensión;
Que la Dirección General de Administración, por intermedio de la Dirección de Presupuesto, ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria fojas 34;
Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán hacerlo ante los Señores Fiscales Generales de Cámaras de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 7 del Departamento Judicial San Martín o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad, haciendo saber que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento;
Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea trasmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y local del lugar donde se produjo el hecho, para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá copia de la presente y su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires;
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, el Decreto Nº 2.052/98 y su modificatorio y la Resolución Ministerial Nº 2.390/07;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/09/2015 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date03/09/2015

Page count26

Edition count3407

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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