Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/08/2015 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Mariano Cascallares Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 21557-202541-11 la Resolución N 816.491 de fecha 01/07/2015.
Resolución Nº 816.491
VISTO el presente expediente por el cual Susana Haydeé OJEDA, solicita REAJUSTE
de su beneficio en base a servicios desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación, y los reconocidos por ANSeS, y;
CONSIDERANDO:
Que, durante la tramitación fallece el titular por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio;
Que asimismo corresponde suspender las actuaciones de conformidad con el artículo 12 del Decreto Ley N 7.647/70;
Que, se encuentran reunidos los requisitos establecidos por el Decreto-Ley N
9.650/80 T.O. 1994;
Que contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. REVOCAR la Resolución Nº 804.947 de fecha 14 de enero de 2015.
ARTÍCULO 2. RECONOCER que a Susana Haydeé OJEDA, con documento LC Nº 5.468.305, le asistía el derecho al REAJUSTE de su beneficio jubilatorio en base al 75%
del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Maestra de grado EPC, al 51% de sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Profesora 6 horas y al 51% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Profesora 2 módulos media, todos con 24 años en la Dirección General de Cultura y Educación, sin efectos patrimoniales.
ARTÍCULO 3. SUSPENDER el procedimiento respecto de la solicitud de Susana Haydeé OJEDA, toda vez que se produjo su fallecimiento con fecha 27/09/2014, de conformidad con los dispuesto el artículo 12 del Decreto Ley N 7.647/70.
ARTÍCULO 4. NOTIFICAR que contra las Resoluciones del Instituto de Previsión Social los interesados podrán interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificado artículo 74 del Decreto-Ley Nº 9.650/80 T.O. 1994.ARTÍCULO 5. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos. Remitir al Archivo de Beneficiarios.Departamento Resoluciones Mariano Cascallares Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 21557-24888-05 la Resolución N 687.890 de fecha 01/09/2010.Resolución Nº 687.890
VISTO el expediente N 21557-24888/05 iniciado por José Abel SAUCEDO en su calidad de esposo de Ana María CORREA AGUIRRE, en virtud de detectarse cargo deudor con afectación de haberes pendiente con motivo del deceso del titular de beneficio pensionario y, CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 571.160 de fecha 29/03/07 se acordó beneficio de Pensión a José Abel SAUCEDO, a liquidarse a partir del 07/09/04, y en base al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Maestra de Grado desempeñado por Ana María CORREA AGUIRRE fallecida 14/7/04 en la Dirección General de Escuelas;
Que asimismo, por Resolución de este Organismo de fecha 10/02/10 fs.70, se declaró legítimo el cargo deudor practicado por haberes percibidos indebidamente, que ascendía a la suma de $ 4.349,49, disponiéndose la afectación del 10% de los haberes mensuales a efectos de su cancelación;
Que sin embargo, a fs.75 se informa el deceso de José Abel SAUCEDO con fecha 25/10/07, vale decir ya se había producido el deceso al momento en que se iba a materializar la afectación, siendo que de esta forma se mantiene en la suma declarada legítima por el acto administrativo de fs.70;
Que a fs. 76 se dictaminó declarar legítimo el cargo deudor e intimar a los derechohabientes;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 1 de septiembre de 2010, según consta en el Acta Nº 3013;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Declarar legítimo el saldo deudor dispuesto por Resolución de este Organismo de fecha 10/02/10, aprobada por Acta N 2986, que asciende a la suma de $
4.349,49.
ARTÍCULO 2º. Intimar a los derecho habientes de José Abel SAUCEDO a fin de proponer forma de pago de la deuda impuesta en el artículo precedente bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por derecho correspondan par su recupero.
ARTÍCULO 3º. Establecer que en caso de resultar negativa la notificación a los derecho habientes del causante, practíquese la misma por Edictos.
ARTÍCULO 4º. Registrar. Pasar a la Dirección de Planificación y Control de GestiónDepartamento Control Legala efectos que proceda a agregar copia certificada del Certificado de Defunción del causante de autos. Cumplido, dar intervención a la Dirección de Recaudación y FiscalizaciónSector Gestión y Recupero de Deuda-.
Sector Orden del Día Alberto Javier MASSA Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-

LA PLATA, LUNES 3 DE AGOSTO DE 2015

PÁGINA 6159

El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 2918-5133-70 la Resolución N 816.933 de fecha 01/07/2015.Resolución Nº 816.933
VISTO el expediente Nº 2918-5133-70, iniciado en vida por Irma Esther LÓPEZ, atento el error incurrido en la Resolución N 800.200 de fecha 15 de octubre de 2014, y CONSIDERANDO:
Que en el artículo 1, 3 y 4 de la Resolución N 800.200 de fecha 15/10/2014, obrante a foja 101, se consignó erróneamente el nombre del titular de autos, como Juan Carlos CEPANI, siendo Juan Carlos CERANI el correcto;
Que en virtud del error involuntario en que se incurriera al momento de dictar el Acto Administrativo de foja 101, corresponde sanear la situación descripta en el marco de las facultades conferidas por el Art. 114 del Decreto-Ley N 7.647/70;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 1 de julio de 2015, según consta en el Acta N 3263;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Revocar el Art. 1 de la Resolución N 800.200 obrante a foja 101, de fecha 15 de octubre de 2014, aprobada por Acta N 3226, en orden a lo normado por el Art. 114 del Decreto-Ley N 7.647/70, el cual queda redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 1. Declarar legítimo el cargo deudor liquidado a Juan Carlos CERANI por extracciones realizadas con posterioridad al fallecimiento de la causante de autos, Irma Esther LÓPEZ, que ascienden a la suma de $ 2.965,07.ARTÍCULO 2. Revocar el Art. 3 de la Resolución N 800.200 obrante a foja 101, de fecha 15 de octubre de 2014, aprobada por Acta N 3226, en orden a lo normado por el Art. 114 del Decreto-Ley N 7.647/70, el cual queda redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 3. Intimar a los derecho-habientes de Juan Carlos CERANI, atento su fallecimiento, para que en el lapso de diez 10 días realicen propuesta de pago de lo adeudado a este IPS, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales pertinentes para el recupero de las sumas adeudas.ARTÍCULO 3. Revocar el Art. 4 de la Resolución N 800.200 obrante a foja 101, de fecha 15 de octubre de 2014, aprobada por Acta N 3226, en orden a lo normado por el Art. 114 del Decreto-Ley N 7.647/70, el cual queda redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 4. Dar intervención al Departamento Técnico-Administrativo -Área Edictospara que por su intermedio se notifique a los derecho-habientes de Juan Carlos CERANI.ARTÍCULO 4. Ratificar, en lo demás, lo dispuesto en el acto administrativo en cuestión, ello por resultar ajustado a derecho.ARTÍCULO 5. Notificar a los interesados que contra las resoluciones de este Organismo se podrá interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20
días de notificadas artículo 74 del Decreto-Ley N 9.650/80, T. O. 1994.ARTÍCULO 6. Registrar. Pasar las actuaciones al Departamento TécnicoAdministrativo -Área Edictospara que tome la intervención de su competencia. Hecho seguir su trámite como por derecho corresponda. Cumplido, archivar.
Sector Orden del Día Mariano Cascallares Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 21557-091224-08 la Resolución N 805.693 de fecha 21/01/2015.
Resolución Nº 805.693
VISTO el expediente N21557-091224-08 correspondiente a RIVERO AURELIANO
MANUEL S/SUC, en el cual se ha practicado deuda a la Sra. Stella Maris Rodríguez, atento haber percibido haberes pensionarios en forma transitoria y siendo que con posterioridad se denegó el beneficio solicitado, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 742.441 de fecha 17/4/2013 se denegó el beneficio pensionario solicitado por la Sra. Stella Maris Rodríguez, atento encontrarse alcanzada por los términos del Art.39 del Decreto-Ley 9.650/80 T.O 600/94;
Que el Sector Gestión y Recupero de Deudas, procedió a calcular cargo deudor a la Sra. Rodríguez, por haberes percibidos indebidamente desde la fecha de alta en planillas de pago, esto es 16/3/2008 a la fecha baja 30/8/2013 y la citada deuda asciende a la sumas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y
CUATRO PESOS CON 69/100 CENTAVOS $ 247.274,69;
Que, se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, que faculta a este IPS
a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte de la beneficiaria lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 499, 784, 792 y concordantes del Código Civil;
Que la deuda en estudio se calculó en orden a lo establecido en el artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 7 de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Declarar legítimo el cargo deudor practicado a la Sra. Stella Maris Rodríguez, el cual asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS CON 69/100 CENTAVOS $ 247.274,69, por haberes indebidamente percibidos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80, a los lineamientos establecidos en la Resolución N8/12 y argumentos vertidos precedentemente.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/08/2015 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date03/08/2015

Page count28

Edition count3423

First edition02/07/2010

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