Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/04/2015 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE Nº 2918-12274-67 LA RESOLUCIÓN Nº 706.070 DE
FECHA 8/06/11.
VISTO, el expediente Nº 2918-12274-67 iniciado en vida por el hoy fallecido CARLOS ALBERTO FLORIO, en virtud de la deuda pendiente de recupero y el fallecimiento de MERLO CARMEN ESTHER, y CONSIDERANDO, Que por Resolución dictada con fecha 1 de noviembre de 2007 se declaró legítimo el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente por MERLO Carmen Esther, durante el lapso comprendido entre el 31/07/53 y el 05/10/89 que asciende a la suma de $
1.204.336,64;
Que asimismo, en el decisorio citado se dispone la afectación del haber mensual de la nombrada;
Que notificada la interesada interpone recurso de revocatoria el que se rechaza por acto administrativo obrante a fs. 89/90;
Que ahora bien, surge del certificado que se glosa a fs. 100 que con fecha 14 de marzo de 2010 se produjo el fallecimiento de MERLO Carmen Esther, sin que este Instituto haya percibido las sumas adeudadas, motivo por el cual corresponde arbitrar el trámite pertinente a los fines de su recupero;
Que a fs. 103 se dictaminó dar intervención a la Dirección de Determinación y Liquidación de Haberes Dpto. Determinación de Haberes División Adecuaciones y Altas-;
Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 8 de junio de 2011, según consta en el Acta Nº 3053;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dar intervención a la Dirección de Determinación y Liquidación de Haberes Dpto. Determinación de Haberes División Adecuaciones y Altasa efectos que se sirva a confeccionar el pertinente título ejecutivo, para accionar contra el acervo sucesorio de MERLO Carmen Esther.
ARTÍCULO 2º. Registrar. Pasar a la Dirección de Recaudación y Fiscalización Sector Gestión y Recupero de Deudapara que tome la intervención de su competencia. Hecho dar intervención a la Dirección de Determinación y Liquidación de Haberes Dpto.
Determinación de Haberes División Adecuaciones y Altas a sus efectos. Cumplido siga trámite como por derecho corresponda. Oportunamente archivar.
Secretarías de Actas Sector Orden del Día.
Mariano Cascallares, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE Nº 21557-51956-06 LA RESOLUCIÓN Nº 798.829 DE
FECHA 24/09/14.
VISTO el presente expediente por el cual MARIO ALFREDO FLORES solicita el beneficio de Pensión en su calidad de conviviente en aparente matrimonio de CECILIA ELEUTERIA LEIVA, ex jubilado y fallecido el 28 de julio de 2005;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 7/09/2006 se presenta el interesado solicitando el beneficio pensionario en su calidad de conviviente en aparente matrimonio de la causante;
Que de las constancias de autos surge debidamente acreditada la convivencia alegada en los términos del art. 34 del Decreto-Ley 9.650/80 TO 1994, por lo que el titular se encontraba en condiciones de acceder al beneficio pensionario pretendido;
Que con fecha 24/08/2012 se produjo el fallecimiento de Mario Alfredo Flores, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al beneficio pensionario a partir del 7/08/2005 atento la fecha de presentación en autos y lo establecido por el art. 62 párrafo II del Decreto-Ley 9.650/80 TO 1994, día siguiente al fallecimiento de Cecilia Aleuteria LEIVA y hasta el 24/09/2012 fecha en que se produjo su fallecimiento;
Que habiéndose detectado extracciones de pesos un mil trescientos setenta con 49/100 $ 1.370,49 efectuadas con posterioridad al fallecimiento de la causante, se presento el solicitante asumiendo la autoría de las mismas y proponiendo que esa suma sea descontada de su haber pensionario;
Que el titular falleció sin haber saldado la deuda referida por lo que corresponde compensar la misma con los haberes pensionarios no percibidos y el saldo restante declararlo de legítimo abono a los herederos que formalmente lo soliciten;
Que habiéndose expedido los Organismos asesores y de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento de Relatoria;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer que a Mario Alfredo FLORES con documento DNI Nº 12.309-.036, le asistía el derecho al goce del beneficio de PENSIÓN equivalente al 40%
del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Servicio, Categoría 4-30 hs. con 21
años de antigedad desempeñado por el causante en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del día 7/09/2005 atento la fecha de presentación en autos y lo establecido por el art. 62 párrafo II del Decreto-Ley 9.650/80 TO
1994 y hasta el 24/09/2012 fecha en que se produjo su fallecimiento.
ARTÍCULO 2º. Imputar los haberes devengados a la cuenta del Instituto de Previsión Social-Sección Administración General.

LA PLATA, MARTES 14 DE ABRIL DE 2015

PÁGINA 2579

ARTÍCULO 3º. Declarar legitimo el cargo deudor que asciende a la suma pesos un mil trescientos setenta con 49/100 $ 1.370,49 por haberes percibidos con posterioridad al fallecimiento del causante, debiendo procederse de acuerdo a los establecido por el art.
61 del Decreto-Ley 9.650/80 TO 1994.
ARTÍCULO 4º. Compenar las sumas resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el art. 1º de la presente con la deuda declarada legitima en el art. Que antecede y declara de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, en el saldo restante.
ARTÍCULO 5º. Registrar en Actas. Publicar los edictos de Ley. Remitir al Sector Gestión y Recupero de Deudas.
Departamento de Resoluciones.
Mariano Cascallares, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE Nº 21557-85012-07 LA VISTA DEL FISCAL DE ESTADO DE FECHA 24/09/14.
SEÑOR PRESIDENTE:
Vuelven las presentes actuaciones, que dan cuenta de la situación previsional de ZULMA ALEJANDRA ROMERO, con el precedente dictamen de Asesoría General de Gobierno respecto a la procedencia de computar los servicios nacionales para reajustar el beneficio pensionario.
Este organismo adelanta su postura adversa atento que su incorporación generaría el traslado del rol jubilatorio a la Caja Nacional conf. Art. 67 del Decreto-Ley 9.650/80, T.O.
1194 y su modificatoria Ley 13.524.
Destaco que este criterio fiscal ha sido receptado por decreto del Poder Ejecutivo en el expediente Nº 215579-61962-07 Greco, Osvaldo Alberto y por ese Instituto de Previsión Social en las actuaciones Nº 21557-105787-08, Pérez Manlio Antonio.
En las condiciones apuntadas, corresponde dar traslado a la titular para que efectúe la pertinente opción.
Cumplido vuelva.
Fiscalía de Estado. Hernán R. Gómez, Fiscal de Estado Adjunto.
INTIMA EN EL EXPEDIENTE Nº 21557-85012-07 A ZULMA ALEJANDRA ROMERO.
El Instituto de Previsión Social, intima por el plazo de quince 15 días a Zulma Alejandra ROMERO, expediente Nº 21557-85012-07 a ejercer la opción correspondiente respecto de la incorporación de los Servicios Nacionales traídos a reajuste Conf. Art. 66
y concordantes del Decreto Ley 7.647/70 y art. 67 del Decreto Le 9.650/80, TO 1994 y su modificatoria Ley 13.524.
Departamento Técnico Administrativo. Celina Sandoval, Jefe de Departamento.
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE Nº 21557-126073-09 LA RESOLUCIÓN Nº 806.336
DE FECHA 28/01/15.
VISTO el presente expediente por el cual MIRTA SUSANA ALBANESI, solicita el beneficio de Jubilación Ordinaria y;
CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación fallece el titular por lo que corresponde reconocer del derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio;
Que, se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el Decreto-Ley Nº 9.650/80 TO 1994;
Que, contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer que a MIRTA SUSANA ALBANESI con documento DNI Nº 6.370.509, le asistía el derecho al goce del beneficio de Jubilación Ordinaria equivalente al 80% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Preceptor-Desfavorabilidad 3Diferenciada-Espacial, con 24 años desempeñado por el causante en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del día 1º de junio de 2009
hasta el 31 de agosto de 2013, fecha en que se produjo su fallecimiento y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto. Se deberá tener en cuenta las diferencias entre el alta transitoria y lo consignado por la presente.
ARTÍCULO 2º. Liquidar dicho monto y las diferencias que correspondan con imputación a la cuenta del Instituto de Previsión Social-Sección Magisterio.
ARTÍCULO 3º. Registrar en Actas. Publíquese edictos.
Departamento de Resoluciones.
Mariano Cascallares, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
NOTIFICA EN EL EXPEDIENTE Nº 21557-279465-14 LA RESOLUCIÓN Nº 806.076
DE FECHA 28/01/15.
VISTO el presente expediente por el cual FEDORA CONTE, solicita se le acuerde el beneficio de Pensión, derivado del fallecimiento de MATEO ANTONIO MUSACCHIO y;
CONSIDERANDO:
Que pendiente el trámite de referencia fallece el titular por lo que corresponde reconocer del derecho que le asistía al goce del beneficio pensionario;
Que, se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el Decreto-Ley Nº 9.650/80 TO 1994;
Que, contando con la vista del Fiscal de Estado;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/04/2015 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date14/04/2015

Page count27

Edition count3420

First edition02/07/2010

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