Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO OCTAVO: Excluir de aprobación la suma de Pesos veintinueve mil novecientos $ 29.900,00, mantener en reserva y subsistentes las responsabilidades de los señores Ernesto Onchalo, Alejandro Federico Collia y María del Carmen Esteben, acorde con lo indicado en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO NOVENO: Aplicar una sanción de multa de $ 3.000,00 al señor Ernesto Onchalo, en concordancia con lo indicado en el Considerando Decimoctavo.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar al señor Ernesto Onchalo de la multa que se le formula en el Articulo Undécimo y fijarle un plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1865/4 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículos 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el articulo 159 de la Constitución Provincial artículos 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas sobre los temas tratados en los Considerando Quinto y declarar que los señores Jorge Aquiles Sereni, Gerardo Daniel Pérez y María del Carmen Esteben no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de la cuestión cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Tener por cumplidas las tareas encomendadas a la Relatoría actuante por los Fallos de fecha 04 de junio de 2009 y 17 de junio de 2010
Considerandos Decimotercero a Decimosexto.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Mantener las reservas constituidas en ejercicios anteriores que se tratan en el Considerando Decimotercero: de $ 7.650,00 con subsistencia de la responsabilidad del Sr. Néstor Alberto Torres y en el Considerando Decimoquinto: de $ 207.117,05 con subsistencia de la responsabilidad del señor Francisco Arnaldo Attaguile.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Dejar sin efecto la reserva dispuesta por el Fallo de fecha 17 de junio de 2010 Considerando Tercero, aprobar la suma de Pesos ciento cuarenta y tres mil quinientos $ 143.500,00 correspondiente al Ejercicio 2008 y liberar de responsabilidad a los señores Néstor Alberto Torres, Ana Ester Praderio, Sergio Horacio Vázquez, Marcela Chaile, Víctor Aurelio Martín, Gerardo Oscar Monacci, Rubén Omar Rossi, Francisco Arnaldo Attaguile, Salvador Antonio Pace, Francisco Grosso y Marcelo Adrián Sánchez Ferré, tal como se indicó en el Considerando Decimotercero.
ARTÍCULO DECIMOQUINTO: Encomendar a la Relatoría designada para el estudio de las cuentas del Ejercicio 2010 que retome los temas inherentes a los Considerandos Cuarto, Quinto, Decimotercero a Decimoquinto y Decimoséptimo.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO: Comunicar la presente sentencia al señor Gobernador Artículo 144 de la Constitución Provincial, al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros Acuerdo del 23 de abril de 2009; a los señores Presidente del Consejo Provincial del S.A.M.O., Secretario Ejecutivo del Consejo Provincial S.A.M.O., en particular por la recomendación del Artículo Séptimo y Director General de Administración del Ministerio de Salud, a los señores Presidentes de las H. Cámaras de Diputados y Senadores como complemento de la Cuenta General del Ejercicio control de mérito y al señor Contador General de la Provincia artículos 91 a 96 de la Ley de Administración Financiera y Sistemas de Control Nº 13.767, en especial por lo indicado en el Artículo Séptimo.
ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO: Rubricar esta sentencia que consta de diecinueve fojas por el señor Secretario General, firmarla en doble ejemplar a los fines establecidos en el Reglamento Interno, comunicarla a las autoridades y funcionarios citadas en el Artículo Decimosexto; al alcanzado en el Artículo Noveno, Sr. Ernesto Onchalo; a los funcionarios cuya responsabilidad queda subsistente por los Artículos Octavo, Undécimo y Decimotercero, señores Ernesto Onchalo, Alejandro Federico Collia, Jorge Aquiles Sereni, Gerardo Daniel Pérez, María del Carmen Esteben, Néstor Alberto Torres y Francisco Arnaldo Attaguile; a los funcionarios que fueron liberados de responsabilidad en el Artículo Decimocuarto, señores Néstor Alberto Torres, Ana Ester Praderio, Sergio Horacio Vázquez, Marcela Chaile, Víctor Aurelio Martín, Gerardo Oscar Monacci, Rubén Omar Rossi, Francisco Arnaldo Attaguile, Salvador Antonio Pace, Francisco Grosso y Marcelo Adrián Sánchez Ferré; a los funcionarios trasladados por el Artículo 27º de la Ley Nº 10869 y modificatorias y que no integran las nóminas precedentes, señores Hugo Oscar Casarsa, Julio Ainstein, Mario Rubén Pérez, Manuel Fernández, Mario Oscar Aued, Ricardo Maffei, Néstor Alberto Landoni, Gustavo Enrique Silva, Claudio Mate Rothgerber, Claudio Zin, Ana Lucia Tello, Héctor Emilio Bertana, María del Carmen Hernández y Alejandro José Escaray; a los funcionarios de la Vocalía Administración Central conforme lo establecido en el Artículo 1º de la Resolución de este H. Tribunal del 21/05/86 y a la Relatoría y a la Delegación que tengan a su cargo el estudio de cuentas del Ejercicio 2010, con copia de la presente sentencia que se agregará a las actuaciones respectivas y por lo indicado en el Artículo Decimoquinto. Devolver a la repartición de origen la documentación requerida para el estudio, excepto aquella alcanzada por las reservas indicadas en la presente sentencia. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del H. Tribunal de Cuentas. Hecho, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 30/06/2011
Nº de expediente: 2.323.0/09
Ente u organismo: AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES A.R.B.A.
Ejercicio: 2009

LA PLATA, MIÉRCOLES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2011 PÁGINA 8419

Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas presentada por la AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Ejercicio 2009 por un monto de $ 818.618.734,62, en las condiciones que se expresan en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos diez millones cuatrocientos ochenta y nueve mil doscientos seis con diecisiete centavos $ 10.489.206,17 que se transfiere al Ejercicio 2010, acorde con lo expresado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia de la labor de Auditoría llevada a cabo por la División Relatora y que las recomendaciones efectuadas por ella, fueron puestas en conocimiento de las autoridades de la Agencia de Recaudación por medio de las Actas tratadas como se expone en el Considerando Primero.
ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el señor Secretario General la presente sentencia que consta de diez fojas, firmarla en doble ejemplar, comunicarla a las autoridades de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y al señor Ministro de Economía de la Provincia de Buenos Aires, publicarla en el Boletín Oficial y en la Página Web del H.
Tribunal de Cuentas y devolver a la Agencia de Recaudación los libros y demás documentos presentados a estudio. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 30/06/2011
Nº de expediente: 2.299.0/09
Ente u organismo: AGUAS BONAERENSES S.A.
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los Estados Contables presentados por AGUAS BONAERENSES S.A. por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2009
conforme a la documentación presentada a estudio y en base a las normas de auditoria aplicadas, en virtud de los fundamentos expresados en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia de la recomendación efectuada por la División Relatora tratada en el Considerando Segundo y comunicar la misma a las autoridades de la Asamblea de Accionistas, a través del Presidente del Directorio de Aguas Bonaerenses S.A.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia que se ha dado cumplimiento a los requerimientos efectuados por la Relatoría mencionados en los Considerandos Primero y Tercero.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar constancia de la labor realizada por la División Relatora conforme lo expresado en los Considerandos Primero y Tercero.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el Señor Secretario General la presente sentencia que consta de doce fojas, firmarla en doble ejemplar, a los fines de lo establecido por el Artículo 2 del Reglamento Interno, comunicarla al Ministerio de Infraestructura y al Presidente del Organismo. Publicarla en el Boletín Oficial y en la Página Web del H.
Tribunal de Cuentas y devolver a Aguas Bonaerenses S.A. los libros y documentos presentados a estudio. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 30/06/2011
Nº de expediente: 2.283.0/09
Ente u organismo: AUTORIDAD DEL AGUA A.D.A.
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas presentada por la AUTORIDAD DEL AGUA A.D.A. - Ejercicio 2009 por la suma total de $
108.643.701,88 de acuerdo a lo expresado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos un millón ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro con ochenta y siete centavos $ 1.194.464,87 que se transfiere al Ejercicio 2010 acorde con lo expresado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia de lo expresado en el Considerando Primero ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el Señor Secretario General la presente sentencia que consta de cinco fojas, firmarla en doble ejemplar a los fines del Reglamento Interno, comunicarla a las autoridades de la Autoridad del Agua y al Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires; publicarla en el Boletín Oficial y en la Página Web del H.
Tribunal de Cuentas y devolver al Organismo los libros y demás documentos presentados a estudio. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión..
Tipo: Revisión Fecha de acuerdo: 30/06/2011
Nº de expediente: 3.007.0/06
Ente u organismo: BAHÍA BLANCA
Ejercicio: 2006
Resuelve: Revisión - ARTÍCULO PRIMERO: No hacer lugar a las argumentaciones esgrimidas en la revisión intentada por el Intendente Cristian Breitenstein, la Contadora María Marcela Clark y el Tesorero Gabriel Omar Carella contra las multas de $ 2.200,00, $ 2.700,00 y $ 1.200,00 que respectivamente se les aplicaran en el Artículo Cuarto de la Sentencia de fecha 26/05/08, Municipalidad de Bahía Blanca, ejercicio 2006, manteniéndose firme las mismas, conforme los fundamentos indicados en el Considerando Primero, dejándose constancia del depósito de $ 1.200,00 efectuado por el Tesorero Gabriel Omar Carella en cumplimiento de la multa impuesta en dicho articulado a su persona.ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el fallo de fecha 26/05/08, Municipalidad de Bahía Blanca, ejercicio 2006, en su Artículo Quinto, dejándose sin efecto el cargo de $
170.103,96 formulado, en forma solidaria, al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Juan Pedro Tunessi y la Contadora María Marcela Clark, conforme los fundamentos explicitados en el Considerando Segundo.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2011 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date14/09/2011

Page count47

Edition count3426

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