Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/08/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO TERCERO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas sobre el tema tratado en el Considerando Segundo y disponer que la Relatoría tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO CUARTO: Declarar que el Intendente Jorge Marcelo Coronel, los Contadores Humberto José Guibaud y Fernando Miguel Aguirre y la Tesorera María Cristina Castro, funcionarios alcanzados por las Reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Jorge Marcelo Coronel, Humberto José Guibaud, Fernando Miguel Aguirre y María Cristina Castro de las reservas dispuestas en el Artículo Tercero.
ARTÍCULO SEXTO: Disponer por Secretaría General la caratulación de un Expediente Especial para el tratamiento de las cuestiones referenciadas en el Considerando Segundo ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XI, con sede en la ciudad de Mercedes.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de cinco fojas; firmarlo en dos ejemplares y comunicarlo a quienes corresponda.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web del Honorable Tribunal de Cuentas.
Cumplido, archívese.Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 28/10/2010
Nº de expediente: 3.326.0/09
Ente u organismo: GRUPO SERVICIOS JUNÍN S.A.
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los Estados Contables auditados presentados por el Grupo Servicios Junín Sociedad Anónima, por el Ejercicio comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2009, en lo que hace a los derechos y obligaciones de la Municipalidad de Junín, en base a los fundamentos expuestos en el Considerando Único.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XVI
con sede en la ciudad de Junín.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el señor Secretario General la presente sentencia que consta de cuatro fojas, firmarla en doble ejemplar, comunicarla a los responsables y al señor Intendente Municipal de Junín, publicarla en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 10/03/2011
Nº de expediente: 3.057.0/09
Ente u organismo: HIPÓLITO YRIGOYEN
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de HIPÓLITO YRIGOYEN, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de $ 1.839.759,78 Pesos Un Millón Ochocientos Treinta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta y Nueve con 78/100 que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Sexto.ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo y Tercero.ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo aplicar llamados de atención al Intendente Enrique Tkacik, al Contador Ricardo Horacio Cano y al Tesorero Alfredo Alberto Pérez Artículos 243 de la Ley Orgánica Municipal y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas sobre los temas tratados en los Considerandos Cuarto y Quinto, y disponer que la Relatoría tome nota para informar en su próximo estudio.ARTÍCULO SEXTO: Declarar que el Intendente Enrique Tkacik, los Contadores Héctor Sandro Mateos y Ricardo Horacio Cano, el Tesorero Julio César Espiña, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante Carlos Abilio Cabral, el Asesor Legal Juan Mario Vicente, la Ex Intendente Olga María Beatriz Arpigiani y la Ex Contadora Ana Alicia Zunino, todos ellos alcanzados, según el caso, por las Reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Enrique Tkacik, Héctor Sandro Mateos, Ricardo Horacio Cano, Carlos Abilio Cabral, Julio César Espiña, Alfredo Alberto Pérez, Juan Mario Vicente, Olga María Beatriz Arpigiani y Ana Alicia Zunino lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos.ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente Sentencia a la Delegación Zona XV, con sede en Pehuajó.ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

LA PLATA, VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2011 PÁGINA 7505

ARTÍCULO DÉCIMO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente Fallo que consta de siete fojas; firmarlo en dos ejemplares y comunicarlo. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 31/03/2011
Nº de expediente: 3.007.1/09
Ente u organismo: BAHÍA BLANCA - HOSPITAL
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas del Hospital Municipal Dr. Leónidas Lucero de la Municipalidad de BAHÍA BLANCA, ejercicio 2009, con arreglo a los libros y documentos examinados.ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de $ 4.057.481,97 Pesos Cuatro Millones Cincuenta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Uno con 97/100 que el Hospital acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Cuarto.ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo y Tercero.ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo, aplicar llamado de atención a la Directora General María Angélica Nigro y a la Contadora Ursula Conradi Artículos 243 de la Ley Orgánica Municipal y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.ARTÍCULO QUINTO: Notificar a María Angélica Nigro y Ursula Conradi lo resuelto en los Artículos precedentes.ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Sentencia a la Delegación Zona IX, con sede en Bahía Blanca.ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO OCTAVO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente Fallo que consta de cinco fojas; firmarlo en dos ejemplares y comunicarlo. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 24/02/2011
Nº de expediente: 3.122.2/09
Ente u organismo: VEINTICINCO DE MAYO - HOSPITAL SATURNINO UNZUÉ
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas del Hospital Saturnino Unzué de Veinticinco de Mayo, ejercicio 2009, con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar que el saldo de Pesos Cuarenta y nueve mil, ochocientos setenta y seis, con treinta y siete centavos $ 49.876,37, que el Hospital acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Sexto, no significa la convalidación de los valores en caja y bancos.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el Considerando Segundo y Tercero.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo, aplicar multas de $ 2.400,00 al Director Fabián Marcelo Galeano y de $ 2.400,00 al Contador Ramón Matías Eguía, y amonestación al Tesorero Hugo Aníbal Castoldi.
Artículos 243 de la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Buenos Aires y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Cuarto, y en base a lo allí expuesto, formular cargo de $ 606,81 al Director Fabián Marcelo Galeano. Artículo 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Según jurisprudencia del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en falloMunicipalidad de Nueve de Julio, ejercicio 1989, Acuerdo del 20/05/92.
ARTÍCULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en los Considerandos Segundo inciso 11 y Quinto inciso 2, y disponer que la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que los Directores Médicos Héctor Hugo Ambrosino y Fabián Marcelo Galeano, las Directoras Administrativas Sandra Fabiana Roldán y Sonia Cristina Morales, el Contador Ramón Matías Eguía, el Tesorero Hugo Aníbal Castoldi, la Agente Marinela López y el Asesor Letrado Abel Ricardo Otaola, alcanzados por las reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Hugo Aníbal Castoldi, Fabián Marcelo Galeano y Ramón Matías Eguía de las sanciones que particularmente se les imponen a cada uno de ellos por los Artículos Cuarto y Quinto, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales nº 1.865/4 multas-pesos y/o nº 108/9 cargos-pesos, ambas a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten, dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/08/2011 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date19/08/2011

Page count35

Edition count3403

First edition02/07/2010

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