Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 6290 LA PLATA, MARTES 19 DE JULIO DE 2011

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de catorce fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en Secretaría durante los términos fijados en el artículo noveno y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 08/02/2011
Nº de expediente: 4.071.0/09
Ente u organismo: MAGDALENA
Ejercicio: 2009
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Magdalena, ejercicio de 2009, con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Dos millones cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta con 32/100 $ 2.056.460,32 que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expresado en el resultando VIII.
ARTÍCULO TERCERO: Disponer que la Municipalidad tome nota de lo expresado en los considerandos tercero apartado 3 y cuarto apartado d.
ARTÍCULO CUARTO: Disponer que la División Relatora tome nota de lo manifestado en el considerando tercero apartado 1.
ARTÍCULO QUINTO: Disponer que la Delegación Zona I tome nota de lo manifestado en los considerandos tercero apartado 2 y cuarto apartados 2-g y 2-h.
ARTÍCULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal sobre el tema tratado en el considerando cuarto apartado 1-b Plan Ganadero Nacional - y disponer que la D. Relatora tome nota a efectos de informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que los funcionarios alcanzados por las reservas del artículo anterior, a saber Intendente Municipal Sr. Fernando Gabriel Carballo, Secretario de Gobierno Dr. Mauricio Gustavo Carrillo, Director de Producción Ingeniero Alberto Iacovone y Contador Municipal Sr. Nelson Gustavo Varini. no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal no se pronuncie concreta y definitivamente sobre los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a los Sres. Fernando Gabriel Carballo, Mauricio Gustavo Carrillo, Alberto Iacovone y Nelson Gustavo Varini. de la reserva dispuesta por el artículo sexto.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona I de este H. Tribunal.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DECIMOPRIMERO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de doce fojas; firmarlo en dos ejemplares; comunicarlo a quien corresponda y publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas.
Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 09/12/2010
Nº de expediente: 4.223.3/09
Ente u organismo: MALVINAS ARGENTINAS - VIVERO MUNICIPAL
Ejercicio: 2009
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de la Municipalidad de Malvinas Argentinas Vivero Municipal, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar el saldo de Pesos Un mil quinientos cuarenta y cuatro con sesenta y cinco centavos $ 1.544,65 que el Vivero Municipal acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando tercero, no significa la convalidación de los valores en caja y bancos.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el considerando cuarto, apartados 1 y 3.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando décimo, aplicar una amonestación al Tesorero Sr. José Luis Méndez artículos 243 inciso 4 de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 2 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando décimo aplicar multas de $ 6.000 al Administrador Sr. Emilio Rubén Acosta y de $ 4.000 a la Contadora Sra. Laura Paulina Bournissen artículos 243 inciso 2 de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 4 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando séptimo, apartado 1 con formulación de cargo de $ 2.261,54 por el que deberá responder el Administrador Sr. Emilio Rubén Acosta en solidaridad con la Contadora Sra. Laura Paulina Bournissen artículos 243 inciso 1 de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 3 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Disponer por Secretaría General la formación de un Expediente Especial a los fines de canalizar el tratamiento de las cuestiones tratadas en los considerandos tercero: Prueba del Saldo; sexto: Ingresos; séptimo, apartado 2: Pago anticipado, octavo, apartado 2: Donaciones y noveno: Nuevas Observaciones: Remesas.
ARTÍCULO OCTAVO: Declarar que los Sres. José Luis Méndez, Jesús Cataldo Cariglino y Emilio Rubén Acosta y Sra. Laura Paulina Bournissen, alcanzados por la formación del Expediente Especial dispuesto en el artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar sin efecto la reserva de ejercicios anteriores tratada en el considerando octavo, apartado 1, liberando de responsabilidad a los funcionarios actuantes.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar al Sr. José Luis Méndez de la amonestación que se le formula en el artículo cuarto.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar al Sr. Emilio Rubén Acosta y a la Sra. Laura Paulina Bournissen de las multas que se les formulan en el artículo quinto y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, 1865/4 a la orden conjunta del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial Art. 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755 .
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Notificar al Sr. Emilio Rubén Acosta y a la Sra. Laura Paulina Bournissen del cargo que se les formula en el artículo sexto y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden conjunta del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial Art. 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755
. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Notificar a los Sres. José Luis Méndez, Jesús Cataldo Cariglino y Emilio Rubén Acosta y Sra. Laura Paulina Bournissen de la formación del Expediente Especial dispuesto por el artículo octavo.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el considerando quinto.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona VI de este Honorable Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de quince fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en Secretaría durante los términos fijados en los artículos undécimo y duodécimo y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 24/02/2011
Nº de expediente: 4.078.2/09
Ente u organismo: MORENO - IDUAR INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, AMBIENTAL Y REGIONAL
Ejercicio: 2009
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas del Instituto de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional de la Municipalidad de Moreno, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Un millón doscientos cuarenta mil quinientos diecinueve con 83/100 $ 1.240.519,83 que el Instituto acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona VI de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de cuatro fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el Art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 24/02/2011
Nº de expediente: 4.078.3/09
Ente u organismo: MORENO - IMDEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DESARROLLO
ECONÓMICO LOCAL
Ejercicio: 2009
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Moreno, Instituto de Desarrollo Económico Local I.M.D.E.L. ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Dos millones ochocientos sesenta y seis mil trescientos seis con 25/100 $ 2.866.306,25 que el Instituto de Desarrollo Económico Local de la Municipalidad de Moreno acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando tercero.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2011 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date19/07/2011

Page count50

Edition count3409

First edition02/07/2010

Last issue15/07/2024

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