Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/05/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

invocada por el presentante para fundar su pretensión artículo 98 inciso 2 del Decreto Ley 7647/70 refiere a la facultad que ostenta la Administración para suspender la ejecución de un acto administrativo cuando el interés que invoque fundamente el perjuicio irreparable exclusivamente durante la tramitación de los recursos administrativos articulados contra la decisión adoptada. Por tanto, en el caso, el acto que impusiera la sanción se encuentra firme, habiéndose agotado desde entonces su vigencia, motivo por el cual la pretensión deducida es inconducente, correspondiendo su rechazo por su manifiesta improcedencia formal;
Que este Organismo comparte los informes producidos a fs. 334, 335 y 338, respectivamente;
Por ello, EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Rechazar la pretensión articulada por ALIMENTOS GENERALES
S.A. Proveedor Nº 100.020, conforme los argumentos vertidos en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º. Registrar, notificar, publicar.
Carlos Alberto Machiaroli Contador General C.C. 4.969 / may. 16 v. may. 20

LA PLATA, JUEVES 19 DE MAYO DE 2011 PÁGINA 3963

ARTÍCULO 3º. La multa impuesta deberá abonarse dentro de los cinco 5 días hábiles siguientes a la notificación de la presente en el Banco de la Provincia de Buenos Aires por medio de una boleta de pago electrónico. A efectos de obtener esta última deberá:
1 ingresar a la página www.maa.gba.gov.ar - link Pagos y Tasas, opción infracciones, 2
desplegada la misma, seleccionar multas e infracciones y elegir cualquiera de las opciones desplegadas en el portal, 3 consignar el DNI o CUIT o CUIL e imprimir la Boleta de Pago. Por último, abonar la suma de pesos siete $ 7 en concepto de timbrado provincial, ingresando a tal efecto al citado link en donde se desplegará la opción de impresión de pago de timbrado provincial, debiéndose cargar nuevamente los datos consignados en el apartado 3 del presente artículo. Efectuados los pagos, remitir el original o copia certificada de éstos a la Dirección de Gestión, Control y Estadística, sita en calle 51 esquina 12, Torre I, piso 5º La Plata Código Postal 1900, consignando para identificación número de expediente y/o Disposición.
ARTÍCULO 4º. El incumplimiento de la obligación de pago, emergente de la multa impuesta, en el plazo estipulado en el artículo 3º de la presente, facultará a la Fiscalía de Estado a solicitar como medida precautoria la Inhibición General de Bienes y/o Embargo de los mismos.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, notificar. Cumplido, archivar.
Mónica Casciaro Directora de Flora y Fauna C.C. 5.057 / may. 17 v. may. 23

ALIMENTOS NATURALES - NATURAL FOODS S.A.

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS
DIRECCIÓN DE FLORA Y FAUNA
Disposición Nº 448
La Plata, 26 de noviembre de 2010.
POR 5 DÍAS - VISTO el expediente Nº 22500-9844/10 mediante el cual tramitan las actuaciones previstas en el Decreto Ley Nº 8785/77 y modificatorias, por infracción al Decreto Ley Nº 10.081/83 Código Rural de la Provincia de Buenos Aires, cometida por Fabián Norberto CORVALÁN, Sergio Daniel LENCINA, Adrián Alberto CHIAPANA, Martín Juan CASTILLO, Carlos Eugenio CRUZ, César Antonio LENCINA, David Germán CORVALÁN, Oscar CORVALÁN, Oscar Miguel LOZADA y Juan Carlos PAPALUCA, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4 obra acta de comprobación de fecha 10 de julio de 2008 por personal perteneciente a la Comisaría de Dolores, de la cual surge que constituidos en calle Espora e/ Victoriano Montes y Libres del Sur, de la localidad de Dolores, constataron que los encartados tenía en su poder una especie protegida de la fauna silvestre, constituyendo prima facie una infracción al artículo 287 del Decreto Ley Nº 10.081/83;
Que la especie protegida resultó ser un 1 carpincho;
Que habiéndose realizado las correspondientes notificaciones a los encartados y conferido el traslado, los mismos presentaron descargo conjunto, obrante a fojas 44/45, donde reconocen la falta imputada;
Que revistiendo la precitada acta el carácter de denuncia en los términos del artículo 12 del Decreto Ley Nº 8785/77, y hallándose satisfechos los recaudos legales determinados por los artículos 14, 15 y concordantes del citado Decreto Ley, y analizado por el área respectiva los elementos destacados, permiten considerar fehacientemente probada la responsabilidad del imputado, teniéndose por acreditada la infracción al artículo 287 del Decreto Ley Nº 10.081/83;
Que a foja 50 obra Informe Técnico aconsejando el dictado del pronunciamiento sancionatorio por resultar indubitable la comisión de la infracción dictaminando en igual sentido la Asesoría General de Gobierno a foja 51;
Que observado el debido proceso, corresponde la aplicación de pena de multa la que deberá fijarse teniendo en cuenta, para el cálculo del monto total, el sueldo básico mínimo de la Administración Pública Provincial, conforme al artículo 2º del Decreto Nº 271/78, el cual asciende a la suma de pesos seiscientos setenta y ocho con siete centavos $
678,07, todo de acuerdo a lo establecido por los artículos 3º inciso a, 6º y 8º del Decreto Ley Nº 8.785/77, y los montos fijados por el Decreto Nº 271/78 modificado por Decreto Nº 4.044/90;
Que la suscripta se halla facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo normado en los artículos 2º, 3º y 17 del Decreto Ley Nº 8.785/77, Ley Nº 13.757, modificada por la Ley Nº 13.881, el Decreto Nº 2.870/08 y Decreto Nº 3.397/08;
Por ello, LA DIRECTORA DE FLORA Y FAUNA, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Sancionar a Fabián Norberto CORVALÁN DNI Nº 21.841.789, con domicilio en calle Luna Nº 2200, manzana 27, casa 15, David Germán CORVALÁN DNI
Nº 22.879.001, con domicilio en calle Santo Domingo Nº 2972, Juan Carlos PAPALUCA
DNI Nº 25.833.001, con domicilio en calle Luna Nº 1987, Oscar CORVALÁN DNI Nº 14.884.942, con domicilio en calle Luna Nº 2200, Sergio Daniel LENCINA DNI Nº 26.517.805, con domicilio en calle Luna, manzana 28 bis, casa 35, Adrián Alberto CHIAPANA DNI Nº 26.177.540, con domicilio en calle Luna Nº 2205, manzana 27, casa 68, Carlos Eugenio CRUZ DNI Nº 16.786.948, con domicilio en calle Luna Nº 2005, manzana 27, casa 4, Oscar Miguel LOZADA DNI Nº 92.511.595, con domicilio en calle Luna, manzana 28 bis, casa 3, César Antonio LENCINA DNI Nº 26.010.892, con domicilio en calle Luna Nº 2005, manzana 27, casa 4, todos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Martín Juan CASTILLO DNI Nº 17.392.046, con domicilio en calle Espora, casa 12, de la localidad y partido de Dolores, con una multa de pesos ciento sesenta y nueve con cincuenta y un centavos $ 169,51, a cada uno, equivalente a un cuarto sueldo básico mínimo remunerado en la Administración Pública Provincial conforme al Decreto Nº 271/78 modificado por Decreto Nº 4.044/90, por infracción al artículo 287 del Decreto Ley Nº 10.081/83 Código Rural de la Provincia de Buenos Aires, y por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO 2º. Ratificar el comiso de las especies secuestradas de acuerdo con el artículo 3º inciso b del Decreto Ley Nº 8785/77.

POR 3 DÍAS - Alimentos Naturales - Natural Foods S.A., inscripta DPPJ Pcia. Bs. As.
Matrícula 40712, Legajo 74766, domicilio Lavalle 1168, Tandil. Se modifica publicación en este medio de fechas 17 a 19 de enero de 2011: Donde dice aprobó reducir su capital en $ 501.073,55 debe leerse aprobó reducir su capital en $ 368.001.Graciela Depetris, CPN.
Tn. 91.981 / may. 17 v. may. 19

ATANOR S.C.A.
POR 3 DÍAS - Comunica que la asamblea extraordinaria de socios del 18 de septiembre de 2009 resolvió elevar el capital social de $ 71.000.000.- a $ 107.940.000
mediante la emisión de 36.940.000 acciones preferidas clase A con las siguientes condiciones: i serán nominativas o escriturales de $ 1 un peso valor nominal cada una, ii con un derecho de preferencia respecto de las acciones ordinarias en caso de liquidación de la Sociedad; iii sin derecho a voto; iv rescatables total o parcialmente por la Sociedad a partir del año de su emisión por decisión del Directorio de acuerdo con la situación financiera y disponibilidades de la Sociedad siendo el valor de rescate del total de la emisión una suma equivalente al valor de 6.628.135 SDR. A los efectos de la determinación del valor del SDR a la fecha de rescate se consultará la paridad informada por el sitio oficial del Fondo Monetario Internacional www.imf.org. Asimismo, y dado que su paridad al 26/3/2009 fue de SDR 1=1,50872 U$S, se entiende que si al momento del rescate el dólar estadounidenses se encuentra por debajo del 4% o por encima del 6% respecto de la paridad del 26/03/2009 U$S 1,50872, se considerará a los efectos del cálculo del rescate que 1 SDR no puede equivaler a i menos de U$S 1,44837 y ii más de U$S 1.59924 respectivamente; y con derecho a dividendo acumulativo anual de U$S
1.200.000 dólares estadounidenses un millón doscientos mil para el total de la emisión de esta Clase A; y v convertibles en Acciones Ordinarias nominativas o escriturales de $ 1 un peso valor nominal cada una y con derecho a 1 un voto por acción, por decisión de asamblea especial de la clase, para el caso que no se paguen dividendos en 2
dos ejercicios consecutivos, siendo la ratio de conversión el resultante de distribuir el total de acciones ordinarias a emitir entre el total de las acciones preferidas a convertir, y para determinar el total de acciones ordinarias a emitir se calculará el valor total de rescate, dividido el valor de libros unitario de una acción de las acciones ordinarias en circulación. Asimismo se reformó el artículo 4º del estatuto social, reflejando el nuevo capital social. El derecho de opción podrá ser ejercido dentro del plazo de treinta días siguientes al de la última publicación del presente aviso en la sede social sita en Albarellos 4914, Munro, Provincia de Buenos Aires. Sociedad no comprendida art. 299
Ley 19.550. Maximiliano Ruiz, Abogado.
L.P. 19.719 / may. 17 v. may. 19

REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Nº 1
Del Partido de Moreno POR 3 DÍAS - El Registro Notarial de Regularización Dominial Nº 1 del Partido de Moreno, cita y emplaza al/los titular/es de dominio, o quien/es se considere/n con derecho sobre el/los inmueble/s que se individualiza/n a continuación, para que en el plazo de 30 días, deduzcan oposición a la regularización dominial L. 24.374. Art.65. Incs.e,f y g la que deben presentarse debidamente fundada, en el domicilio: Bme. Mitre 2580, de la Ciudad y Partido de Moreno, de lunes a viernes en el horario de 10 a 18.
1. 2147-074-1-80-2011 - II - F. 81 B - 2 - KRALJ ESTEBAN ADERJAN DE KRALI ANA
- H. IRIGOYEN 2589.
2. 2147-074-1-71-2011 - II - G - 51 - 14 - PUJALES ANSELMO Y OTRO - M. OBARRIO 313.
3. 2147-074-1-5035-09 III - A QTA. 51 - P - 2 G PETRUCELLI ENZO Y OTRO VUCETICH 7076.
4. 2147-074-1-5466-2010 V - B - MZ. 3 B - P - 7 - CORONEL HUGO Y OTRA
EBERT 10704 PESTALOZZI 4580.
5. 2147-074-1-4703-06 - IV - T - 48 - 27 - FIORITO COMERCIAL S.R.L. EST. DEL
CAMPO 1931.
6. 2147-074-1-3641-98 - I - C - MZ. 220 - 31 - MONACO Y VICICONTE FILOMENA
- H. YRIGOYEN 1820.
7. 2147-074-1-4919-09 - II - B - CHACRA 20 - MZ. 20 X - 23 - MADERA LEONARDO
- TOLEDO 2853.
8. 2147-074-1-5111-09 - IV - A QTA. 15 - MZ. 15 D - 2 - BERGALLI ALEJANDRO VERACRUZ 2125.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/05/2011 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date19/05/2011

Page count37

Edition count3424

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Last issue05/08/2024

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