Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/03/2024 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 26 de marzo de 2024

agrado de dirigirme a ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-051556-19/00, caratulada "Giovanniello, Franco s/Abuso Sexual" a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe Autos y Vistos:
La presente I.P.P. Nro. PP-06-00-051556-19/00, caratulada "Giovanniello, Franco s/Abuso Sexual".Y Considerando. Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente . Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el termino de 5 días a los fines notificar a MAGALÍ DAMARIS DUFOUR, de lo resuelto precedentemente. Comuníquese al Sr. Juez de Garantías. A tal fin líbrese oficio." . Smolinsky de Lacki Betina Judith Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata.
mar. 20 v. mar. 26
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-016500-23/00, caratulada " s/Autolesiones" a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe Autos y Vistos: La I.P.P. N PP-0600-016500-23/00 caratulada "s/Autolesiones", Y Considerando: Resuelvo: Desestimar la presente I.P.P., de conformidad con lo normado por el Art. 290 del C.P.P. Comuníquese al Sr. Juez de Garantías. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el término de 5 días a los fines notificar a SALOMON BARZANTI, de lo resuelto precedentemente Smolinsky de Lacki Betina Judith Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata." Zitti Maximo, Secretario.
mar. 20 v. mar. 26
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Los Srs. MALENA GARIVIGLIA, NICOLÁS BELLORA, FEDERICO SVARTZ y ANDREA
RONSIVALLE Sra. VERÓNICA SUSANA LUNA y su hijo JONATHAN EZEQUIEL ANGÉLICA, en Causa Nro. 19587
seguida a Peluffo Braian Emanuel por el delito de "Robo Triplemetne Agravado" la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 11 de marzo de 2024. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aún cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado.-". "Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 15 de marzo de 2024.- Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
mar. 20 v. mar. 26
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-040370-08/00, caratulada "Poveda, Esteban Lucas s/Abuso Sexual - Art.
119 párr. 1ro." a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe Autos Y Vistos: La presente I.P.P. Nro. PP-06-00-040370-08/00, caratulada "POVEDA, ESTEBAN LUCAS
s/Abuso sexual - Art. 119 párr. 1ro ". Y Considerando: Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente. Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P.

SECCIÓN JUDICIAL > página 6

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/03/2024 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date26/03/2024

Page count75

Edition count3392

First edition02/07/2010

Last issue29/07/2024

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