Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2024 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 08 de marzo de 2024

323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent.
del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P. Así las cosas, destaco que la radicación de la presente causa ocurrió el día 18 de junio de 2014, y que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones obrantes, se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del Art. 67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, por lo que deberá declararse la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseer al encartado Pesantes por el delito endilgado en estos obrados. Asimismo y atento lo expuesto deberá revocarse la rebeldía y orden de comparendo compulsivo que pesa sobre Pesantes, ya que mantener la mismas implicaría un perjuicio a la libertad ambulatoria del nombrado respecto de quien, el proceso conforme lo he puesto de manifiesto ha concluido extinción de la acción, no teniendo ningún sentido utilizar este medio tan solo para notificarlo de dicho resolutorio. En razón de ello es mi criterio librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley Art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo: I Revócase la rebeldía y orden de comparendo compulsivo del imputado Pesantes Alexis Nicolas. Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción, respecto del encartado Pesantes Alexis Nicolas, en la presente causa Nº 07-00-26772-14 Nº interno 5082 que se le sigue en orden al delito de robo, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo. Artículos 62
inciso 2do. y 67 del Código Penal. III Sobreseer al imputado Alexis Nicolas Pesantes, titular de DNI Nº no recuerda, de nacionalidad Argentina, soltero, nacido el día 8 de abril de 1996, en Mendoza, desocupado, hijo de Mónica Pesantes, domiciliado en calle Calle Bruselas Nº 2701 de Villa Amelia, Budge, Lomas de Zamora, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U2947121 y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1406875 en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, notifíquese a los Representantes del Ministerio Público Fiscal -por su ordeny al imputado por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese el mismo. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese". Fdo.: Antonio Balicki. Juez P.D.S. Ante mi: Maximiliano Estevez, Auxiliar Letrado.
mar. 6 v. mar. 12
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús, Dr. Ramiro G. Varangot, por medio del presente, cita y emplaza, por el termino de cinco días, a GUSTAVO SEBASTIAN
ZUBINI, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2000-9837-23, seguidas al nombrado en orden al delito de Hurto Calificado. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lanús, fecha de firma digital. Asimismo, en atención a lo que surge del informe de fecha 29 de febrero de 2024 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Gustavo Sebastian Zubini, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Notifíquese al Sr. Defensor Oficial Fdo.: Ramiro G. Varangot, Juez. en fecha 1 de marzo de 2024. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado Rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 1 de marzo de 2024.
mar. 6 v. mar. 12
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez a cargo por disposición superior del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Morón, Dra. Mariela Moralejo Rivera, en el marco de la causa correccional Nro. 5383 IPP 10-00039604-22 - UFIJ Nro. 3 Deptal. - Cámara 1864/22 seguida a Velazquez Víctor Hugo s/Lesiones leves y otros, del registro de la Secretaría única, cítese y emplácese, por el términos de cinco 5 días, a VÍCTOR HUGO VELAZQUEZ, argentino, DNI 22.707.159, nacido el 13 de mayo de 1972, con último domicilio en la calle Medina nro. 1097 de la localidad de Libertad, partido de Merlo, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón No 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sección "A" de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y Ordenar su Comparendo artículos 129,303 y 304 del C.P.P..
Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: "Atento la contestación a la vista conferida a la Defensa Oficial, con relación al encartado Velazquez y lo informado por la Actuaria, habida cuenta lo que surge de las actuaciones policiales y toda vez que el causante no fue habido en el domicilio denunciado, desconociéndose su paradero actual, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Velazquez, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su Comparendo arts. 129,303 y 304 del C.P.P Mariela Moralejo Rivera. Jueza PDS.
Secretaría, febrero de 2024. Salimbeni Laura Ivana, Secretario.
mar. 6 v. mar. 12
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 1, interinamente a cargo del Dr. Fabio Isaac Arriagada, Secretaría Única, del departamento judicial de Mercedes B, en los autos caratulados "Villasanti Campuzano Liliana Elizabeth c/Rivas Pedro David s/Alimentos", Expte. N 38.075, cita y emplaza por el término de 10 días, a fin de que se presente a estar a derecho y ofrezca la prueba de la que intenta valerse Confr. Art. 640 del CPCC al Sr. PEDRO DAVID RIVAS, DNI N 95.757.997, para que se presente a estar a derecho y conteste la demanda de autos, bajo apercibimiento en caso de que vencido el plazo allí consignado no compareciere, de nombrársele Defensor Oficial para que lo represente. Mercedes, 28 de febrero de 2024. Ballestry Maria, Secretario.
mar. 7 v. mar. 8
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 6 del Departamento Judicial Mar del Plata, cita y emplaza a ROMINA ALEJANDRA
CARDOZO para que dentro del termino de diez días se presente a hacer valer sus derechos en el Expte MP - 22004-2023
caratulado: "Pozo Fernando s/Materia a Categorizar Declaración de Adoptabilidad", que tramita por ante el Juzgado de Familia Nº 6 sito en la calle San Martín Nº 3544, teléfono 472-5886 de esta ciudad, bajo apercibimiento de designársele al
SECCIÓN JUDICIAL > página 22

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2024 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date08/03/2024

Page count72

Edition count3396

First edition02/07/2010

Last issue02/08/2024

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