Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/11/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 13 de noviembre de 2023

2023. Autos Y Vistos y Considerando Por todo lo expuesto; Resuelvo: Tener presente el acuerdo al que arribaran las partes y por ello Declarar Extinguida la Accion Penal en la presente causa N 997/23, seguida a Leonel Sergio Labbe Bavera argentino, nacido el 19/02/1997, pintor y Maico Alan Labbe Bavera argentino, nacido el 23/3/1992, pintor y carpintero, ello conforme el Art. 59 inc. 6 del C.P. Regístrese. Notifíquese al Fiscal y Defensor Particular. Notifiquese al imputado y víctima Art. 83 del C.P.. Oportunamente, practiquense las comunicaciones de ley Dr. Emiliano J.
Lazzari. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Ante mi Dr. Matis Flores, Auxiliar Letrado, Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente:
"Dolores, de noviembre de 2023. Autos Y Vistos: Atento el tiempo transcurrido sin haberse recepcionado el oficio librado a la Comisaría de Ostende a los fines de notificar a los imputados Labbe Bavera Leonel Sergio, Labbe Bavera Maico Alan y sin perjuicio de ello; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P. del auto dictado con fecha 14 de septiembre de 2023. Notifíquese al Agente Fiscal y Defensor Particular". Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional. Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental.
nov. 7 v. nov. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 1 del Departamento Judicial de Junín, Secretaría Única, hace saber que en el, Expte. Nº JU-8260-2023, caratulado "Lazarte Lautaro Leandro s/Quiebra Pequeña", con fecha 24 de agosto de 2023 se ha decretado la Quiebra de la siguiente persona física: Sr. LAUTARO LEANDRO LAZARTE, DNI 35.505.121, con domicilio real en calle Jean Joures Nº 910 la localidad de Junín B, ordenando a la fallida y a terceros que tengan en su poder bienes del mismo, su entrega al Síndico designado Mauro Alfredo Jacobs con domicilio constituido en calle 20 de Septiembre Nº 68 de la ciudad de Junín, prohibiendo la realización de pagos al fallido, ordenando la intercepción de su correspondencia, la que será entregada al Sr. Síndico en su domicilio, fijando la fecha del día 15 del mes de Diciembre del año 2023 como límite para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al Síndico, art.
200. Las solicitudes deberán presentarse en el domicilio del Síndico en días hábiles de lunes a viernes en horario de oficina. Se fija la fecha del día 1 del mes de febrero del 2024 como límite para las impugnaciones ante el Síndico. Fijar la fecha del día 29 del mes de febrero del año 2024 para la presentación de los informes individuales por el Síndico. Fijar la fecha del día 11 del mes de abril del año 2023 para la presentación por el Síndico del Informe General. Se ordena la publicación de edictos en el "Boletín Oficial" y en el Diario "La Verdad" de la ciudad de Junín B por el término de cinco días en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 89 de la Ley 24522. En atención al aislamiento social, preventivo y obligatorio vigente y tomando en consideración que el art. 6 de la Resolución Nº 480/2020 de la S.C.J.B.A., autoriza el uso de las herramientas tecnológicas para la realización a distancia de actos procesales que de otra forma pudieran verse impedidos, ello con el objeto de evitar el traslado de personas, se denuncia la casilla de correo electrónico de la sindicatura como estudiomoralejo@gmail.com al cual podrán los pretensos acreedores que eventualmente no residan en la localidad de Junín, enviar sus pedidos de verificación, adjuntando en formato pdf copia de la documentación fundante del pedido y constancia del depósito del arancel. Además, todos los acreedores insinuantes deberán indicar en la solicitud de verificación: a casilla de e-mail; b teléfono de contacto; y c denunciar el domicilio real y constituir domicilio procesal. Asimismo, se informa el CBU 0140301303666252256399, Cuenta en Pesos N 6662-522536-/9, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Junin, a los fines de que los acreedores insinuantes depositen el importe correspondiente al arancel, Arts. 32 y cc. del Ley 24.522. Una vez formuladas las solicitudes de verificación por parte de los acreedores, a los fines dispuestos por el Art. 34 de la Ley 24.522, deberá la sindicatura cargar dichas solicitudes en una plataforma digital, haciendo saber el link de acceso a los acreedores. El informe de la sindicatura se realizará en base a dichas piezas, sin perjuicio de lo cual los acreedores deberán exhibir los originales ante el primer requerimiento de la sindicatura o del Juzgado. Junín B, 2 de noviembre de 2023. Fabio Italiano, Auxiliar Letrado.
nov. 7 v. nov. 13
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a GISELE PENNACH DE ALAN ISLAS y LUNA MORENA PENNACHI, en causa nro. INC18878-1, la Resolución que a continuación de transcribe: "rn del Plata, 2 de noviembre de 2023. Autos Y Vistos: Atento el estado del presente incidente, no habiendo podido notificar personalmente al menos a dos de las victimas de autos, correspondera librar edicto electrónico a los fines de cumplimentar con tal fin, haciendo saber que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II.
Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad.
Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se
SECCIÓN JUDICIAL > página 7

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/11/2023 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date13/11/2023

Page count75

Edition count3396

First edition02/07/2010

Last issue02/08/2024

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