Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/07/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 24 de julio de 2023

pretende usucapir, ubicado en Abraham Tapia 380 sur. Capital, Provincia de San Juan NC N 0162/300330, Superficie s/m 854,00 m2, Plano N 01-30377/2018; cuyos límites y medidas son al Norte NC 0162/395362 puntos 3-4= 10.71 mts; al Este NC 0162/308-348 y 0162/340420 puntos 4-1= 87,99 mts; a la Sur calle Abraham Tapia puntos 1-2= 12,12 mts; al Oeste NC 0162/300-320, 0162/312-318 y 0162/320-300 puntos 2-3= 78,86 mts; con destino a vivienda familiar, para que en el plazo de once días a contar desde la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial en caso de incomparecencia art.634 del CPC. Fdo. Dr. Walter Otiñano, Juez. San Juan, 7 de julio de 2023. Claudia del Zotto. Abogada. Secretaria jul. 24 v. jul. 25
POR 2 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 6, Secretaría Única del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por 5 días a Herederos de Sr. CARLOS SORUCO y a quien se considere con derecho a presentarse en autos caratulados "Sacco Hugo c/Soruco Carlos y Subinquilinos y/u Ocupantes s/Desalojo Excepto por falta de pago", bajo apercibimiento de designar Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente.
Lomas de Zamora, julio de 2023. Ricart Ignacio Jose, Auxiliar Letrado.
jul. 24 v. jul. 25
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a EDUARDO GABRKIEL CASTRO, en causa N PP-07-00-056616-21/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Lomas de Zamora, 23 de marzo de 2023. Declarar Extinguida la Acción Penal en la presente causa respecto de Gabriel Eduardo Castro y Norman Hector Pinto Ribero" Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mi. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: "Lomas de Zamora, 19 de julio de 2023. De acuerdo con lo informado con fecha 3 de mayo de 2023 notifico a Gabriel Eduardo Castro de la resolución correspondiente a su Sobreseimiento, de fecha 22 de marzo de 2023, mediante la publicación de edictos. Notifíquese por el funcionariado al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 129 del Código Procesal Penal". Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
jul. 24 v. jul. 28
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora Descentralizado Esteban Echeverría, Javier L. Maffucci Moore notifica a ELIAS ULISES GRANICH en la I.P.P. N PP-07-03-008585-22/00
UFIyJ N 1 - Esteban Echeverría la resolución que a continuación se transcribe: "Argumentos Considerando Resuelvo:
I. Sobreseer a Elias Ulises Granich DNI N 42.296.910, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Violación de Medidas - Propagación Epidemia, por el cual fuera formalmente imputado arts. 45 y 205 del C.P. y 321, 322 y 323, inciso 3º del Código Procesal Penal. II. Dejar sin efecto la captura que registra Elias Ulises Granich en el marco de esta causa". Fdo.: Javier L. Maffucci Moore, Juez.
jul. 24 v. jul. 28
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo PDS del Juzgado Correccional N 3 del Departamneto Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Antonio Balicky notifica a JAVIER FRANCISCO SERVIAN en su carácter de víctima de la causa Nº 07-0010217-23 nº interno 8768 seguida a Hernán Darío Lopez, en orden al delito de Abuso de Armas de trámite ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, la siguiente resolución que infra se trasncribe: En Banfield, partido de Lomas de Zamora, a los quince días del mes de junio de dos mil veintitrés, luego de deliberar sobre los antecedentes de autos y las pruebas colectadas durante la Investigación Penal Preparatoria, a los efectos de dictar Veredicto, y en su caso Sentencia, en la causa Nº 07-00-10217-23 nº interno 8768 del registro de este Juzgado en lo Correccional Nº 3 departamental, a cargo del Juez P.D.S. Dr. Carlos Gualtieri, Secretaría Única, y registrada bajo el Nº 1393/23 de la Secretaría de Gestión dependiente de la Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal local, seguida a Hernán Darío López, apodado "Fisu", titular de DNI Nº 25.824.954, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido el día 28 de marzo de 1977 en la localidad de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, changarín, hijo de Víctor Ramón López y de Eleodora Molina, domiciliado en calle Tucumán N 442 de la Localidad de José Marmol, partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº O5586452, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 946630 Sección A.P, por el delito de Abuso de armas. Resulta:
A El Dr. Gerardo Mohoraz, Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 6 Departamental, elevó la causa a juicio por considerar a Hernán Darío Lopez autor del delito de abuso de armas conforme lo normado por los Arts.
45 y 104 del Código Penal. Artículos 334 y 335 del Código Procesal Penal. B Que el Dr. Gerardo Mohoraz, Agente Fiscal de la Unidad de Funcional de Instrucción y Juicio N 6, solicitó la aplicación del Instituto de Juicio Abreviado, pidiendo en ese acto la pena de un 1 año de prisión de efectivo cumplimiento mas las costas del proceso y la declaración de reincidencia en orden al delito de abuso de armas en los términos de los arts. 45, 104 del Código Penal. Es así que la defensa como su asistido extendieron su conformidad, tanto respecto de la calificación legal como del monto de pena requerido. C Que, mantenida la entrevista con el imputado, por video conferencia según constancias de las actuaciones el mismo comprendió acabadamente los alcances del instituto que se plantea. En consecuencia, visto el acuerdo alcanzado deviene pertinente resolver sobre lo peticionado por las partes de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 398, inciso 2 del ritual. Cuestión previa: Resulta admisible el trámite de juicio abreviado peticionado por las partes? Habida cuenta la conformidad alcanzada por las partes y designada que fue la audiencia prescripta por los Artículos 41 del fondal y 398
inciso 2 párrafo segundo, del compendio procedimental, oportunidad en la que, luego de tomar el Suscripto contacto de visu por video conferencia en presencia de la secretaria, con el imputado e imponerlo de las consecuencias de la vía adoptada, el mismo expresó comprender los alcances del instituto escogitado, ratificando la petición incoada. Así entiendo que corresponde declarar formalmente admisible la conformidad alcanzada por las partes, pasando sin más trámite a dar cumplimiento con lo establecido por el artículo 399 del Digesto Adjetivo, e ítems b.1.1, b.1.1.2 i.i, b.1.2.1 de la resolución 10/20 de presidencia de la SCJPBA del 18/3/20, quedando así la presente causa en estado de resolver. Así lo voto, por ser mi sincera e íntima convicción. Arts. 395, 396, 397, 398 inciso 2 del C.P.P.. Así, a los efectos de dictar veredicto y en caso de corresponder sentencia, deberé tratar las siguientes Cuestiones: Primera: Se encuentra acreditada la materialidad
SECCIÓN JUDICIAL > página 14

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/07/2023 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date24/07/2023

Page count41

Edition count3380

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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