Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/07/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 21 de julio de 2022

el escrito que antecede, agréguese y atento a lo solicitado por la Sra. Agente Fiscal -Dra. Claudia Victoria Fernández-, toda vez que no resulta posible notificar al encartado de autos Nicolas Alberto Sosa, cítese y emplácese al mismo mediante edictos, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a regularizar su situación procesal, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129 y 304 del C.P.P.. Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén.
Juez." Secretaría.
jul. 18 v. jul. 22
POR 5 DÍAS - En causa Nº 399/2018 ipp 03-02-4914/17 de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo del Dr. Jorge A. Martínez Mollard, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Florencia Virginia Doumic, seguida a Salvatierra Laura Edith por Robo en Grado de Tentativa, a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar a la nombrada cuyo último domicilio conocido era Francisco de las Carreras N 169 1 B de Mar de Ajó, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, de Julio 2022. Autos y Vistos Resuelvo: 1. Resuelvo:
I. Declarar extinguida la Acción Penal por prescripción en la presente Robo en grado de Tentativa, y en consecuencia Sobreseer Totalmente al nombrado SALVATIERRA LAURA EDITH, DNI 22.110.470 cuyos demás datos son de figuración en autos, por el hecho por el cual mediare requisitoria de elevación a juicio, tipificado como constitutivo del delito de "Robo Simple en Grado de Tentativa" , previsto y penado en el Art. 164 en relación al Art. 42 del C.P..II. Registrese. Notifiquese, a las partes y a la imputada mediante el boletín oficial en razón de no haber sido habida. Firme que quede el mismo, practíquense las comunicaciones de Ley, y oportunamente, archívese. Fdo.Dr. Jorge Agustin Martinez Mollard, ante mi Dra. Florencia Doumic, Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, Secretaría, julio de 2022.
jul. 18 v. jul. 22
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en el Proceso Penal Nº 03- 00-2280-17 seguido a Munche Karina Mariel por el delito de Desobediencia, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a cargo del Dr. Gastón E. Giles Secretaría a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar a la prevenida KARINA MARIEL MUNCHE, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Dolores, Pcia. de Buenos Aires, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 12 de julio de 2.022. Autos y Vistos Resultando y Considerando Por ello, Resuelvo: I. Sobreseer Totalmente a Karina Mariel Munche, argentina, DNI Nº 20.950.305, nacida el 22 de noviembre de 1969, hija de Leonidas Munche y de Mabel Candela; en orden al delito de Desobediencia, previsto y reprimido por el art. 239 del Código Penal, por encontrarse extinguida la Acción Penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, inc 3º y 62 del Código Penal y Art. 323, inc 1º, del Código Procesal Penal. II. Dejar sin efecto la Rebeldía y Orden de Comparendo que pesa sobre Karina Mariel Munche, el cual circula desde el día 07 de Julio de 2.018, bajo el registro COMP2973022. Líbrese oficio al Mrio. de Seguridad Pcial.. III.- Proceder a la notificación de Karina Mariel Munch por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese.
Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley. Fecho, remítase el Proceso Penal y sus agregados a la U.F.I.
interviniente por ser la conformadora del proceso, a los fines que estime corresponder, pudiendo ser destruida el día 12/07/2027, sirviendo el presente de atenta nota de remisión. Fdo. Gastón E. Giles. Juez".
jul. 18 v. jul. 22
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a RODRIGUEZ TARIFA FELIZ en causa nro. INC-18151-1 la Resolución que a continuación de transcribe: "rn del Plata, 13 de julio de 2022. Autos y Vistos: Atento lo informando por el Sr. Actuario, líbrese edictos electrónico a los fines de notificar a la victima de autos que conformo indica la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada. Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.-Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado, por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires.Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
jul. 18 v. jul. 22

SECCIÓN JUDICIAL > página 12

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/07/2022 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date21/07/2022

Page count74

Edition count3381

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Last issue12/07/2024

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