Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/06/2022 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 02 de junio de 2022

inc. 2 el Art. 62 del Código de Fondo. Por todo ello, Resuelvo: Declarar Extinguida por Prescripción la Accion Penal en la presente causa y Sobreseer al encartado Jonatan Emanuel Perlo Art. 323 inc. 1ro. del C. P. P., en orden al delito de Lesiones Graves previsto y reprimido por el Art. 90 del C. P. Notifíquese, regístrese y firme y consentida, líbrense los oficios de ley y, en su oportunidad, archívese". Fdo. Dra. María Teresa Bomaggio. Juez Subrogante.
may. 31 v. jun. 2
POR 3 DÍAS - Por disposición de S.S., en causa Nº ME-2397-2018-6991, caratulada: Ochetta Hernan Carlos s/Amenazas Calificada, Abuso de Armas en General Rodriguez -B-, que tramita ante este Juzgado en lo Correccional Nº 3 de Mercedes B, se notifica al nombrado HERNAN CARLOS OCHETTA, de la siguiente resolución: Autos y Vistos: Los de la presente causa Nº ME-2397-2018-6991 caratulada "Ochetta Hernan Carlos s/Amenazas Calificada, Abuso de Armas en General Rodriguez -B-", y el estado procesal en que se encuentra. Y Considerando: Que en principio, el instituto de la prescripción es de orden público y se produce de pleno derecho, por el transcurso del plazo pertinente, de tal suerte que debe ser declarada de oficio por cualquier Tribunal, en cualquier estado de la causa y en forma previa a cualquier decisión sobre el fondo. Así lo ha sostenido reiteradamente nuestra Corte Suprema. En esta línea de interpretación, se requirieron los antecedentes penales del encartado. Agregados los informes correspondientes, no surgen antecedentes condenatorios ni las causales previstas en el Art. 67 4to. párrafo del C.P. Que así las cosas, tengo en cuenta que con fecha 06 de septiembre de 2018 se citó a las partes a juicio fs. 97 en la presente causa. Por otra parte, el hecho investigado en la presente, se elevó como constitutivo de los delitos de amenazas calificadas por el uso de armas y abuso de armas, previstos y reprimidos por los Arts. 149 bis primer párrafo y 104 del C.P., cuya escala penal establece un máximo de pena de tres años. Teniendo en cuenta la fecha de la citación a juicio, siendo éste el último acto que interrumpió la prescripción, considero que conforme lo establece el Art. 59 inc. 3 del C.P., corresponde disponer la prescripción de la acción, toda vez que ha transcurrido en exceso el plazo previsto como sanción máxima para los tipos penales en trato, y ha transcurrido el plazo establecido por el Art. 62 inc. 2 del código de rito. Que conforme surge del análisis armónico de las disposiciones de los Arts. 62 inc. 2do. y 67 párrafo 4to. inc. d del Código Penal, puedo afirmar que desde ese acto procesal con entidad suficiente para interrumpir el curso de la prescripción citación a juicio, transcurrió en exceso el plazo al que alude en su inc. 2 el Art. 62 del Código de Fondo. Por todo ello, Resuelvo: Declarar Extinguida por Prescripción la Acción Penal en la presente causa y Sobreseer al encartado Hernan Carlos Ochetta Art. 323 inc. 1ro. del C.P.P. en orden a los delitos de amenazas calificadas por el uso de armas y abuso de armas previstos y reprimidos por los Arts. 149 bis primer párrafo y 104 del C.P. Notifíquese, regístrese y firme y consentida, líbrense los oficios de ley y, en su oportunidad, archívese". Fdo.
24/05/2022. Dra. María Teresa Bomaggio. Juez Subrogante.
may. 31 v. jun. 2
POR 3 DÍAS - Por disposición de S.S., en causa Nº ME-1289-2019-7454, caratulada: Garcia Gustavo Antonio s/Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y por mediar Violencia de Género, Amenazas Agravadas, Lesiones Leves, Resistencia a la Autoridad y Privacion Ilegal de la Libertad en Concurso ideal en Moreno -BP.P. N 19-00-005458-19/00, que tramita ante este Juzgado en lo Correccional N 3 de Mercedes B, se notifica al nombrado GUSTAVO ANTONIO GARCIA, de la siguiente resolución: cedes, 26 de mayo de 2022. Autos y Vistos: Los de la presente Causa N: ME-1289-2019-7454"Garcia Gustavo Antonio s/Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y por mediar Violencia de Género, Amenazas Agravadas, Lesiones Leves, Resistencia a la Autoridad y Privacion Ilegal de la Libertad en Concurso Ideal en Moreno -BP.P. N 19-00-005458-19/00", y el estado procesal en que se encuentra.Y Considerando: Que conforme surge de fs. 60
con fecha 16 de mayo de 2019, se dictó en la presente causa el auto de citación a juicio, y se prosiguió el trámite hasta que se declaró la rebeldía del encausado y se dispuso la paralización de la causa ver. fs. 81. Que habiéndose agregado las planillas de antecedentes del encausado a fs. 91/93, se corrió vista al Ministerio Público Fiscal, la que fue contestada a fs.
95 por el Señor Agente Fiscal, Doctor Guillermo Massaroni, quien postuló que ha transcurrido en autos el plazo previsto en el Art. 62 inc. 2 del C.P, y ha operado en consecuencia la prescripción de la acción penal. Que en atención a lo expuesto y de conformidad con lo normado en los Arts. 62 inc. 2, 45, 89 y 92 en función del 80 incs. 1 y 11, 149 bis primer párrafo última parte, 239 y 141 del C.P. y 341 del C.P.P; Resuelvo: I Declarar Extinguida la Acción Penal por haber operado la Prescripción, y, en consecuencia, Sobreseer a Gustavo Antonio Garcia, por los delitos de Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y por mediar Violencia de Género, Amenazas Agravadas, Lesiones Leves, Resistencia a la Autoridad y Privacion Ilegal de la Libertad en Concurso Ideal que le fueran atribuidos. II Déjese sin efecto la orden de comparendo dispuesta a fs. 81. Notifíquese, regístrese, firme y consentida, líbrense las comunicaciones de ley, y cumplido, vuelva a despacho". Fdo:
Dr. Santiago Luis Marchio. Juez Correccional.
may. 31 v. jun. 2
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 1, Sede Pilar, del Departamento Judicial de San Isidro, con asiento en la calle Colectora 12 de Octubre 714 entre Soler y Las Piedras de la Ciudad de Pilar, Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra.
Mariana S. Valentini, Secretaría Única a cargo de la Dra. Yolanda I. Polledrotti, y de la Dra. María Teresa Oneca, en los autos caratulados: "A. Z. .Z s/Abrigo", expte. Nº PL-3677-2021, a los fines de dar traslado a la progenitora de la niña de autos, la Sra. ALBORNOZ JOHANNA LUISA a los efectos de dar traslado de la legalización firmada el día 27/05/2021 por el término de 5 días arg. Art. 150 del C.P.C.C.B.A. y a los efectos de hacerle saber que deberá presentarse en los presentes actuados con el debido patrocinio letrado, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia, de resolverse lo que mas convenga a los intereses de la niña de autos con. Art. 484 C.P.C.C.B.A., Art 264 del C.C., Arts. 3, 24 y 27 C.D.N.
Ma. Florencia Fernandez. Auxiliar Letrado.
may. 31 v. jun. 2
POR 3 DÍAS - El Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes del Departamento Judicial de La Plata, hace saber que el día 30 de junio de 2022, a las 8:00 horas, se llevará a cabo la DESTRUCCIÓN, autorizada por Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires N 851 del 9 de mayo de 2022 en un total de 43.339 causas iniciadas entre los años 1945 y 2003 pertenecientes a la SECRETARÍA 23 DEL JUZGADO N 25, SECRETARÍA 24 DEL JUZGADO N 8, SECRETARÍA 25 DEL JUZGADO N 26, SECRETARÍA 26 DEL JUZGADO N 2, SECRETARÍA 27 DEL JUZGADO N 15, SECRETARÍA 28 DEL JUZGADO N 4, SECRETARÍA 29 DEL JUZGADO N 27 Y
DEL JUZGADO N 25, TODOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL LA PLATA, los que fueron analizados por el Programa
SECCIÓN JUDICIAL > página 21

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/06/2022 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date02/06/2022

Page count86

Edition count3380

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2022>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930