Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/05/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 02 de mayo de 2022

autos el acta de procedimiento de fs. 1/7, y los informes médicos de fs. 11/15, de los que surgiría que cinco personas, cuatro mujeres siendo una de ellas la actual pareja y la otra ex pareja del varón que integraba el grupo, se encontraron en el vía pública y se habrían trenzado en una discusión llegando incluso a agredirse físicamente causándose lesiones leves.
Repárese que no obstante que los imputados en sus declaraciones obrantes a fs. 31/36 estando asistidos por su abogado defensor, el Dr. Agustín Dómina optan por su derecho de no declarar, lo cierto es que del informe del Centro de Atención a la Víctima surge la relación de pareja que existió entre la Sra. Noelia Penayo y Sebastián García, quienes tendrían hijos en común, indicándose en dicho informe los padecimientos que habría sufrido la nombrada de parte de su ex pareja. Vale recordar que la investigación penal preparatoria es una etapa preliminar dirigida a que el titular de la acción penal determine si tiene o no un caso respecto del cual requerir el juicio oral, siendo el debate el momento en que se producirá la prueba propiamente dicha. En este se ha sostenido que el centro de gravedad radica en el debate, en el cual la instrucción tiene mero carácter preparatorio de un complejo acreditante que, salvo medidas irreproducibles, recién adquirirá contornos definitivos en el curso de la audiencia Tribunal Casación Penal Pcia. Bs. As., Sala I, causa N 479 del 01/12/1999. Que en virtud de todo lo expuesto, se considera que no existen elementos que permitan arribar a la certeza negativa que requiere el sobreseimiento solicitado, y que las dudas planteadas por la Defensa corresponden ser evacuadas en el debate oral o juicio propiamente dicho, donde se cuenta con la posibilidad de producir toda la prueba a dichos fines y en cuyo marco el órgano jurisdiccional goza de mejores condiciones para su valoración principios de oralidad, inmediación, contradicción, etc. Por último se considera que la acción penal no se ha extinguido, que el hecho investigado ha existido, encuadrando en la figura legal del Lesiones Leves en Riña, previsto y sancionado por el Art. 96 del Código Penal, habiendo los imputados prestado declaración a tenor del Art. 308 del C.P.P. Por todo ello, Resuelvo: I No hacer lugar al Sobreseimiento de Sebastian Maximiliano Garcia, Anabela Melina Leguizamón, Maria Del Carmen Leguizamon, Noelia Marina Penayo, filiados en autos, por el delito de Lesiones Leves en Riña, previsto y sancionado por el art. 96 del Código Penal, en virtud de no encuadrar la cuestión en tratamiento en las previsiones del Art. 323 del C.P.P. Arts. 321 y 323 a contrario del C.P.P. II Tener por presentada en legal tiempo y forma la requisitoria de citación a juicio respecto de Sebastian Maximiliano Garcia, Anabela Melina Leguizamón, María Del Carmen Leguizamon, Noelia Marina Penayo por el delito de Lesiones Leves en Riña, previsto y sancionado por el Art. 96 del Código Penal, y de conformidad con lo establecido en el Art. 337 y C.C. del C.P.P. Elevar la presente causa a Juicio. III Regístrese. Notifíquese. Firme que sea la presente elévese a la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental para su radicación ante el Juzgado Correccional Nº 1 Departamental Art. 3 de la Ac. 2840 de la S.C.J.B.A Fdo. Dra. Aida Lhez. Juez de Garantías.
Necochea, a los 21 días del mes de abril de año 2022.
abr. 26 v. may. 2
POR 5 DÍAS - El Señor titular del Juzgado Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de La Plata, Dr. Diego Tatarsky, cita y emplaza a FLORENTINO CORONEL, argentino naturalizado, DNI 95.147.276, nacido el 05 de octubre de 1974, ser hijo de Evaristo Gonzalez y de Maria Coronel. Con último domicilio en calle 117 s/n entre 602 y 603, en causa Nº 6819
seguida al nombrado por el delito de Hurto en Grado de Tentativa para que en el término de 5 cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de La Plata, sito en calle 8 entre 56 y 57
planta baja de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: Visto lo manifestado por la Sra. Defensora Oficial en el escrito que antecede, cítese a Florentino Coronel por edictos, los que se publicarán durante cinco 5 días en el Boletín Oficial, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 5 de La Plata, bajo apercibimiento ser declarado Rebelde y ordenarse su Comparendo, de conformidad con el Art. 129 del C.P.P., a tal fin, ofíciese al Boletín Oficial". Diego Tatarsky. Juez.
abr. 26 v. may. 2
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, a cargo del Juzgado en lo Correccional número I del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Ignacio M. del Castillo, cita y emplaza a PABLO EZEQUIEL SOTO, para que en el término de 5 días comparezca a estar a derecho en la causa Nº 57467-21 caratulada "Soto Pablo Ezequiel s/Privación Ilegal de la Libertad Calif. Lesiones Lev. Calif. Art. 80 Inc. 1 y 11 CP-10442-", cuya Resolución se transcribe: "VR mas de Zamora, 21 de abril de 2022. Atento a la incomparecencia del imputado Pablo Ezequiel Soto la imposibilidad de ubicar al mismo para notificarlo en autos, en virtud de lo informado a fs. 48/vta, más lo manifestado por la Defensa a fs. 47. Cíteselo por medio de edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el Art. 129 del C.P.P. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía". Dr. Ignacio M. del Castillo. Juez. Secretaría, 21 de abril de 2022.
abr. 26 v. may. 2
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Isabel Ación, cita y emplaza por el término de 5 cinco días a MAXIMILIANO ALEXIS FERNANDEZ, de nacionalidad argentina, nacido el día 7 de mayo del año 2002 en Capital Federal, titular del DNI Nº 44.337.793, hijo de Alfredo Romero v y de Mónica Noemí Fernández v, de estado civil soltero, con estudios básicos completos, de ocupación changarín, y con domicilio en Mario Bravo y Chivilcoy, pasillo s/nº, casa nº 2 de la localidad de Villa Fiorito, del partido de Lomas de Zamora. a estar a derecho y presentarse en el Juzgado, sito en Talcahuano Nº 278, 1º piso de la localidad de Banfield, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Para mayor ilustración se transcribe el proveído que así lo ordena: mas de Zamora, 20 de abril de 2022. IIConforme el resultado de la notificación oportunamente dispuesta, habiéndose Fernandez ausentado de su domicilio residencia, y desconociéndose su paradero, intímaselo junto a su Defensa, a regularizar la situación, en el plazo de 5 cinco días. A tales efectos, respecto al encartado, publíquense edictos en el Boletín Oficial por igual plazo, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de declarar su Rebeldía Art.
129 del C.P.P. Notifíquese a la Defensa Art. 223 Ley 12.256 y 73 de la Ley 13.634". Isabel Ación. Juez. Úngaro Claudia Adriana. Auxiliar Letrado.
abr. 26 v. may. 2
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, a cargo del Juzgado en lo Correccional número 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Ignacio M. del Castillo, cita y emplaza a CRISTIAN EDUARDO RAMIREZ, para que en el término de 5 días
SECCIÓN JUDICIAL > página 5

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/05/2022 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date02/05/2022

Page count73

Edition count3379

First edition02/07/2010

Last issue05/07/2024

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