Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 05 de abril de 2022

fs. 242, y desconociéndose el actual domicilio de los encartados de autos Leonel Eric Arias, Perez Enrique Eduardo y Gonzalez Víctor Hugo, por disposición de S.S. se los cíta por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezcan a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarados Rebeldes y decretarse su Comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P". Se hacer saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal. Dr. E. Osores Soler. Secretario.
mar. 31 v. abr. 6
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Sra. Juez Subrogante, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a PEREZ ENRIQUE EDUARDO, con último domicilio en Real: Calle Rodney Nro. 4307 Rafael Castillo, La Matanza, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N 4864, que se le sigue por Robo Calificado cometido en Poblado y en Banda, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse su Comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "Atento al informe policial obrante a fs. 242, y desconociéndose el actual domicilio de los encartados de autos Leonel Eric Arias, Perez Enrique Eduardo y Gonzalez Víctor Hugo, por disposición de S.S. se los cíta por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezcan a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarados Rebeldes y decretarse su Comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Se hacer saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal". Dr. E. Osores Soler. Secretario.
mar. 31 v. abr. 6
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Sra. Juez Subrogante, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a LEONEL ERIC ARIAS, con último domicilio en Real: Calle Rodney N 4307 Rafael Castillo, La Matanza Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N 4864, que se le sigue por Robo Calificado cometido en Poblado y en Banda, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse su Comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "Atento al informe policial obrante a fs. 242, y desconociéndose el actual domicilio de los encartados de autos Leonel Eric Arias, Perez Enrique Eduardo y Gonzalez Víctor Hugo, por disposición de S.S. se los cíta por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezcan a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarados Rebeldes y decretarse su Comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Se hacer saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal". Dr. E. Osores Soler. Secretario.
mar. 31 v. abr. 6
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría Nº: 38, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., Capital Federal, en autos caratulados Marine Sur S.A. s/Quiebra", Expte.: 38838/2018, comunica por 5 días que se ha decretado la Quiebra de MARINE SUR S.A.;
intimando a la fallida y a terceros para que entreguen los bienes de la misma; a ésta última para que cumpla con los requisitos del Art. 86 LCQ, si no lo hubiera efectuado y entregue al síndico en 24 hs. los libros de comercio y demás documentación contable; haciendo saber de la prohibición de hacer pagos a la fallida; e intimando a la fallida o administradores para que en 48 hs. constituyan domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. El síndico, Dra. Paola Núñez, con domicilio en Riobamba 719, piso 2, dpto. C, CABA, recibirá allí los pedidos verificatorios hasta el 24/4/22, y presentará los informes individual y general los días 6/6/22 y 13/7/22, respectivamente. El auto que ordena el presente dice: "Buenos Aires, 21 de febrero de 2022.
Publicar edictos por cinco días en el Boletín Oficial de la Nación por Secretaría y en el Boletín de la Provincia de Buenos Aires este último, se encomienda al síndico, en los que constarán los items 1, 3, 4, 5 y 7 del Art. 88 de la Ley Concursal y los acápites 5 y 6 de la presente". Gerardo D. Santicchia. Juez. Buenos Aires, febrero de 2022.
mar. 31 v. abr. 6
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a las víctimas de autos, Sras. MULET SILVINA LORENA; Sra. SPINA HIGINIA NORA PERLA;
Sra. SAAVEDRA ROBERTA BELEN; Sra. CIFUENTES CABRAL NADIA MARIEL; JIANXIANG DU; DIEGO ADRIÁN
ZERNI; EZEQUIEL SANTO ALDERETE, HERNÁN TABORGA; ARACA CONDORI; CÉSAR ARIEL ABECASIS; VICTORIA
CAÑETE; ANGEL ANDRES LUZARDO; JOAQUÍN CAPUTO; Sr. NELSON RODRIGUEZ; Sres. GONZALO DANIEL
MARTÍNEZ y LUZ MARILYN PACHECO CHAMPI, en causa N INC-17560-3 seguida a Romero Avila Carlos por el delito de Incidente de salida transitoria la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 30 de noviembre de 2021, fin de notificarlas que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13,
SECCIÓN JUDICIAL > página 8

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2022 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date05/04/2022

Page count77

Edition count3394

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Last issue31/07/2024

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