Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2020 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 01 de julio de 2020

Necochea, 22 de junio de 2020.
jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la Sra. NORMA ELSA FERNANDEZ y Sr. PEDRO SCHETTINO, con último domicilio conocido en Avda. General Paz N 2056 del Barrio Pompeya, partido de Merlo, al Sr. Ramón Gustavo Matto y Sra. Analía Mabel Lujan con último domicilio conocido en la calle Curupaytí N 58 de Merlo, a la Sra. Ada Antonia Martinez y Sr. Aldo Bonanni con último domicilio conocido en calle Curupaytí N 62 de Merlo, y a la Sra. Silvia Ema Fernandez, con último domicilio conocido en calle Curupaytí N 66 de Merlo, en causa N 16837 seguida a Flores Carlos Hector por el delito de incidente de ejecucion de pena la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 22 de junio de 2020. Autos y Vistos: Atento lo informado por el Tribunal Oral en lo Criminal N 3 del Depto. Judicial de Morón en el acta que antecede, en cuanto informa que en la causa Nº 2614, seguida a Dardo Nicolas Almeida, Pablo Ezequiel Carrea y Carlos Hector Flores por el delito de robo calificado, resultaron víctimas Norma Elsa Fernandez y Pedro Schettino, domiciliados en Avda.
General Paz N 2056 del Barrio Pompeya, partido de Merlo, Ramón Gustavo Matto y Analía Mabel Lujan domiciliados en la calle Curupaytí N 58 de Merlo, Ada Antonia Martinez y Aldo Bonanni domiciliados en Curupaytí N 62 de Merlo, y Silvia Ema Fernandez, domiciliada en Curupaytí N 66 de Merlo, ofíciese a la Jefatura Deptal. solicitando que por su intermedio remita la presente a la Jefatura Deptal. de Merlo a los fines de poder notificar a las víctimas de autos de lo dispuesto en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación. Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Sin perjuicio de lo antes dispuesto, a los fines de evitar la dilación de la presente, notifíquese a las victimas a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires." Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única a cargo del Dr. Sebastián Elguera, comunica por cinco 5 días que con fecha 8
de mayo de 2020 se dispuso la apertura del concurso preventivo de GEORGINA ELIDA BARRANTES, CUIT 23-175465324, domiciliada en La Rábida 1326, Beccar, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires. Pedidos de verificación hasta el 28 de agosto de 2020 ante el Síndico Sebastián Pablo Cammarata, con domicilio en Gervasio Méndez 3869, Munro, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires de Lunes a Viernes en el horario de 10 a 16 horas. Para el caso en que se mantengan las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio DNU 408/2020 que impida presentar la insinuación de los créditos por ante la oficina de la Sindicatura, se podrán presentar los mismos en formato PDF mediante escrito electrónico en los autos caratulados Barrantes Georgina Elida s/ Concurso Preventivo Pequeño, Expte. N SI2047-2020 al igual que las impugnaciones previstas por el Art. 34 LC, debiendo cumplir con el pago del arancel allí previsto, mediante depósito y/o transferencia a la cuenta de titularidad del síndico, cuyos datos podrán ser consultados en forma virtual. En el supuesto que el letrado del acreedor no cuente con poder que lo faculte a dichos fines, su presentación importará declaración jurada de que la misma resulta de idéntico contenido al que tiene en su poder suscripto por el interesado REs.10/20 SCPBA. Vencimiento impugnación: 10 de septiembre de 2020 Art. 34 LC. Informes Arts. 35 y 39
LC: 9 de octubre de 2020 y 24 de noviembre de 2020 respectivamente. Audiencia informativa: 28 de abril de 2021, venciendo el período de exclusividad el 4 de mayo de 2021. San Isidro, junio de 2020.
jun. 26 v. jul. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 10 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora de la Provincia de Buenos Aires el Juzgado, sito en calle Larroque 2450, piso 2, Edificio Tribunales, de la ciudad de Banfield, Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, comunica por 5 días que en autos ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. s/ Quiebra s/ Incidente de Enajenación Expte. 106930 se ha ordenado la enajenación de los activos de la fallida OCA como empresa en marcha. OCA es una de las más importantes empresas de correo privado y servicios logísticos de Argentina y Latinoamérica, con servicios de cobertura nacional y una red de más de 150 sucursales, que se complementa con un gran número de agentes oficiales distribuidos en todo el país.
Sólo podrán participar en el proceso de venta quienes adquieran el Pliego de Bases y Condiciones para la Enajenación el Pliego. Los ejemplares del Pliego serán numerados y podrán adquirirse hasta el 27 de julio de 2020 previa coordinación mediante comunicación que se dirigirá a enajenadoresoca@gmail.com. El valor de cada ejemplar del Pliego se establece en la suma de $ 120.000 ciento veinte mil pesos argentinos más IVA si correspondiera. Los adquirentes del Pliego los Interesados deberán identificarse y denunciar los datos de la persona jurídica en cuyo nombre actúan. Se hace saber que no podrán participar quienes invoquen el carácter de comisionistas o gestores de negocios. La adjudicación a un oferente no podrá ser objeto de cesión de ninguna naturaleza salvo a sociedades controladas directas del adjudicatario. La adquisición del Pliego no obliga a los interesados a presentar ofertas de adquisición de los activos de la fallida. Se ha fijado un precio base total para la enajenación de USD 36.100.000 treinta y seis millones cien mil dólares estadounidenses, compuesto por un precio fijo integrado por asunción de contingencia laboral de USD 18.500.000 dieciocho millones quinientos mil dólares y un precio base en efectivo de USD 17.600.000 diecisiete millones seiscientos mil dólares estadounidenses. Las ofertas deberán contemplar i una oferta económica de pago contado, que en ningún caso podrá ser inferior al precio base en efectivo y que deberá ser expresado en dólares estadounidenses; y ii la transmisión de los contratos de trabajo de al menos el 95% noventa y cinco por ciento de la dotación de personal de la fallida que presten servicios al momento en que se decida la adjudicación de la licitación, respetando, salvo en relación a aquellos empleados que han solicitado la verificación de sus créditos, la antigedad, salario y demás condiciones aplicables en virtud del Convenio Colectivo General aplicable. Se hace saber, en relación a lo indicado en el párrafo precedente, que se encuentran
SECCIÓN JUDICIAL > página 5

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2020 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date01/07/2020

Page count23

Edition count3379

First edition02/07/2010

Last issue05/07/2024

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