Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/10/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 30 de octubre de 2019

que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la ley 25.990.- En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada "O.L.A. s/
recurso de casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo" cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos" 305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P.
61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P. . Así las cosas, destaco que la radicación de la presente causa ocurrió el día 18 de junio de 2013 fs. 111, y que habiéndose glosado las planillas de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y los informes del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones obrantes a fs. 238/240, 241/244, 248 y 249, se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art.67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, por lo que deberá declararse la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseer a los encartados Fredes y Saccella por los delitos endilgados en estos obrados. Asimismo y atento lo expuesto deberá revocarse la rebeldía y orden de comparendo compulsivo que pesa sobre Fredes Jonathan Nahuel ya que mantener la mismas implicaría un perjuicio a la libertad ambulatoria de la nombrada respecto de quien, el proceso conforme lo he puesto de manifiesto ha concluido extinción de la acción, no teniendo ningún sentido utilizar este medio tan solo para notificarlo de dicho resolutorio. En razón de ello es mi criterio librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo: I Revócase la rebeldía y orden de comparendo compulsivo del imputado Fredes Jonathan Nahuel.Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II Declarar extinguida la acción penal por prescripción, respecto de los encartados Fredes Jonathan Nahuel y Saccella Silvia Monica, en la presente causa Nº 07-03-1480-12 nº interno 4769 que se les sigue en orden a los delitos de amenazas y lesiones graves, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo.Artículos 62 inciso 2do. y 67 del Código Penal. III Sobreseer a los imputados Fredes Jonathan Nahuel, titular de D.N.I. Nº 37.244.303, de nacionalidad argentino, nacido el día 7 de enero de 1994, en Ezeiza, soltero, técnico en computación, hijo de Oscar Fredes y de Silvia Monica Saccella, domiciliado en calle Insua 2202 de Monte Grande, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U2623108 y a SAccella Silvia Monica, titular de D.N.I. Nº 17.834.607, de nacionalidad argentina, estudiante, nacida el día 8 de agosto de 1965 en Capital Federal, hija de Nestor Horacio Saccella y de Yolanda Esther Perez, domiciliada en calle Insua 2202 de Monte Grande, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U2599022, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1369430 AP, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, notifíquese a los Representantes del Ministerio Público Fiscal -por su ordeny al imputado Fredes por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Maximiliano Estevez. Auxiliar Letrado Banfield, 21 de octubre de 2019.
oct. 25 v. oct. 31
POR 5 DÍAS - En relación a la carpeta de causa N 5415, caratulada Sandoval, Ángel s/ abuso sexual correspondiente a la IPP N 19-00-13867-18 de la UFI N 8 de Moreno del registro del Juzgado de Garantías Nro. 3 del Departamento Judicial de Moreno-General Rodríguez, sito en la calle Sarmiento 564 de la Localidad de General Rodríguez, a cargo de la Dra. María Celina Ardohain, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación, durante el plazo de cinco días, por edictos art. 129 del CPP la siguiente resolución: En la ciudad de La Plata a los 12 días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal resuelve: I.- Declarar admisible la Queja interpuesta por la señora Defensora Oficial del Departamento Judicial Mercedes, doctora Verónica Esther Vieito, a favor de ÁNGEL SANDOVAL. II.- Rechazar la misma por improcedente, con costas en esta instancia. Arts. 18 y 75 inc. 22
de la C.N., 168 y 171 de la Const. de la Prov., 45, 54 119 párrafos 2 y 4, apartado b y 125 del C.P., 1, 106, 169 inc. 1 a contrario, 170, 185, 186, 210, 433, 530 y 531 del C.P.P.- III.- Tener presente la reserva del caso federal. Art. 14 de ley 48.
Regístrese. Notifíquese. Oportunamente devuélvase. Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello, Jueces de Casación.
oct. 25 v. oct. 31
POR 5 DÍAS - La Señora Juez integrante del Tribunal Oral en lo Criminal nro. 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Elisa Beatriz Lopez Moyano, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a BRAIAN
EZEQUIEL AMARILLA, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 9733-19, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Calificado. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, 16 de Octubre de 2019. En atención a lo que surge de los informes de fojas 57, 58, 66 y 68, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Braian Ezequiel Amarilla, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Dra. Elisa Beatriz Lopez Moyano.
Juez. Ante mi: María Cecilia Diaz. Secretaria." Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 16 de octubre de 2019.
oct. 25 v. oct. 31
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a Titular del Juzgado Correccional N 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra Andrea Viviana Ramos Perea cita y emplaza a GERMANIAN OSCAR ARNALDO, por el término de cinco días, a fin que el nombrado comparezca al Juzgado Correccional n 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora -sito en 4
piso sector F, del Ed de Tribunales, Camino Negro y Larroque de Banfield-, en la causa n RI 7884/4, seguida al mismo en orden a la Infracción a la Ley de Espectáculos Deportivos, transcribiendo la resolución que así lo dispone: "Lomas de Zamora, 17 de Octubre de 2019.-Atento el estado de las presentes actuaciones y lo informado a fs. 60, dispóngase la citación por edictos del encausado Germanian Oscar Arnaldo, debiéndose publicar los mismos en el Boletín Oficial y por el término establecido en el Artículo 129 del Ritual, haciéndose saber que éste Juzgado a mi cargo, cita y emplaza al
SECCIÓN JUDICIAL > página 14

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/10/2019 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date30/10/2019

Page count58

Edition count3379

First edition02/07/2010

Last issue05/07/2024

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