Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2019 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 08 de marzo de 2019

Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Marcela S. Rama, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Sol Bacman Ravera, en los autos "Isabella Walter c/ Bruno Marina Alicia s/ Divorcio Vincular", cita a la Sra. MARINA ALICIA
BRUNO para que en el término de diez días comparezca a hacer valer sus derechos en el presente juicio, bajo apercibimiento de nombrar un defensor de pobres y ausentes para que la represente. San Isidro, 10 de diciembre de 2018. María Sol Bacman Ravera, Secretaria.
mar. 8 v. mar. 11
POR 1 DÍA - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3 del Departamento Judicial de Quilmes, a cargo de la Dra. Diana Ivone Español, hace saber en los: Autos: QUILMES ATLÉTICO CLUB S/ Concurso Preventivo Grande 16, EXP Nº45559, en providencia de fecha 23/11/2018 se declaró concluido el proceso concursal de referencia y ha dado por concluida la intervención de la Sindicatura, sin perjuicio de la labor que se le encomendará como controladora del cumplimiento de acuerdo preventivo presentado por la concursada a fs. 6377 art. 289 LCQ y homologado por auto de fecha 04/05/2018.
Se ordenó la publicación de edictos por un día en el diario de las publicaciones legales y en el diario El Sol de la ciudad de Quilmes, imponiéndose dicha carga a la concursada. Se transcribe la parte pertinentede los siguientes resolutorios:
Quilmes, 23 de noviembre de 2018 Resuelvo: I Declarar concluido el presente proceso concursal. II Dar por concluida la intervención de la Sindicatura, sin perjuicio de la labor que se le encomendará como controladora del cumplimiento del acuerdo art. 289 LCQ. III Ordenar la publicación de edictos por un día en el diario de publicaciones legales y en el diario El Sol de la ciudad de Quilmes, imponiéndose dicha carga a la concursada, quien deberá acreditarlo en autos en la forma prevista en el art. 28 párrafo segundo de la ley falencial. Regístrese. Notifíquese por Secretaría a la concursada y a la sindicatura. Firmado: Diana Ivone Español Jueza.- Y, Quilmes, 4 de mayo de 2018, Por lo expuesto, lo normado por los arts. 1, 2, 3, 6, 15, 52, 53, 54, 55, 56, 257, 265, 266, 271, y cctes. de la Ley 24.522, Resuelvo:
I.- Homologar la propuesta de acuerdo preventivo presentada por la concursada a fs. 6377 Firmado por: Diana Ivone Español Jueza. -Quilmes, 20 de diciembre de 2018. Patricia G. Derdak, Auxiliar Letrada.
POR 5 DÍAS - En la I.P.P. nº PP-03-03- 004520-10/00 seguida a OSVALDO HORACIO GRANEROS por el delito de Usurpación, de trámite ante este Juzgado de Garantías nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elias, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle De las Artes y Ballena Edificio Marbella II, Depto "C", Piso 2 de la localidad de Pinamar , la resolución que dictara este Juzgado con fecha de 8 de febrero de 2.019 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: I.P.P. Nº PP-03-03-004520-10/00 Dolores, 8 de febrero de 2019 Autos y Vistos: Advirtiendo la Suscripta, que por error involuntario, en la parte dispositiva de la resolución Nº 12/19 , se consignó: Sobreseer Totalmente a Empresa de Seguridad Nn, por el delito de usurpación de inmueble, previsto y penado por el art.181 inc. 1 del Código Penal Aclárese que debió decir Sobreseer Totalmente a Osvaldo Horacio Graneros, por el delito de usurpación de inmueble, previsto y penado por el art.181 inc. 1 del Código Penal El presente forma parte integrante de la resolución Nº12/19 , obrante a fs.56/57 y vta Fdo. Laura Inés Elias, Juez de Garantías N
1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 8 de febrero de 2019 . Autos y Vistos Desconociéndose el domicilio del encartado Graneros, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P.-Fdo: Dra. Laura Inés Elias Juez de Garantías nº 1." Monica Adela Barrionuevo, Secretaria.
mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por disposición del Juez Titular del Juzgado de Garantías Nro. 6 del Departamento Judicial de Dolores, Dr. David Leopoldo Mancinelli, Secretaría única a cargo de la Dra. Gisela Amabella Icardi, en el marco del incidente de eximición número uno, formado en la investigación penal preparatoria Nro. 03-03-42219/00 seguida a RODRIGO SEBASTIÁN CANTERO, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad Nro.
37.682.580, nacido el 17 de julio de 1991; a fin de solicitarle tenga a bien publicar durante cinco 5 días, las partes pertinentes de la resolución que a continuación se transcribe: "Villa Gesell, 08 de febrero de 2019.- Autos y Vistos: Para resolver en el presente Incidente de Eximición de Prisión formado en la IPP N 03-03-000422-19 en favor de Rodrigo Sebastian Cantero, de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Nro. 6 Departamental, registrado bajo el número 1429 en la Secretaría de este Juzgado de Garantías Nro. 6 Y Considerando Resuelvo: No Hacer Lugar a la Eximición de Prisión solicitada en favor de Rodrigo Sebastian Cantero DNI 37.682.580.- Arts. 171, 185, 186 y 169 "a contrario sensu"
del Código de Procedimiento Penal.- Fdo. David Leopoldo Mancinelli, Juez de Garantías. Gisela A. Icardi, Secretaria.
mar. 8 v. mar. 14
POR 3 DÍAS - Cítase y emplácese por el término de tres días arts. 145/147 del C.P.C.C a la Sra. MARIA DE LOS
ANGELES VEGA, titular del D.N.I. Nro. 25.244.687, progenitora del niño Alejandro Vega y a todo aquel que se crea con derechos, a fin de notificarlos que con fecha 15 de Agosto de 2017: Autos y Vistos: Y Considerando Por Ello Resuelvo:
IDeclarar la Privación de responsabilidad parental de la Sra. María de los Angeles Vega, titular del DNI Nro. 25.244.687, respecto del niño Alejandro Vega y en consecuencia Declarar la Situación de Adoptabilidad del Niño Alejandro Vega, nacido el día 2 de mayo de 2006 en la localidad de González Catán, Provincia de Buenos Aires, titular del D.N.I. Nro.
47.684.860, hijo de María de los Angeles Vega, titular del D.N.I. Nro. 25.244.687, y sin filiación paterna, Rigen los artículos 75 inc. 22 de la Constitución Nacional; 3, 5, 7, 8, 9, 18, 19, 20, 21 inc. a de la ley 23.849; 607 inc. a y c, 608, 609, y 610 del Código Civil y Comercial de La Nación Ley 26.994, y 7 inc. 1ro. y último párrafo de la Ley 14.258.- II.- Mantener al niño Alejandro Vega, en su actual situación bajo la guarda del matrimonio compuesto por el Sr. Carlos Marques, titular del D.N.I.
Nro. 11.473.713 y la Sra. María Estela Fernandez, titular del D.N.I. Nro. 92.714.423.- III.- Notifíquese a la Sra. Asesora titular de la Asesora de Incapaces Nro. 3 Deptal.- IV.- Pase la presente a la Defensoría Oficial en turno y a la Asesora Civil Nro. 1 Dptal. en relación a la progenitora del niño de autos, a fin de Notificar la presente Resolución.- V.- Notifíquese al matrimonio Marques-Fernandez, a tal fin cítese a los mismos para el día 24 de agosto del cte. año a las 09:00 hs.- VI.Firme que sea la presente, conviertase la guarda que detenta el matrimonio integrado por el Sr. Carlos Marques, titular del D.N.I. Nro. 11.473.713 y la Sra. María Estela Fernandez, titular del D.N.I. Nro. 92.714.423, en favor del niño Alejandro Vega, titular del D.N.I. Nro.47.684.860, en Guarda con Fines de Adopción, Retrotrayendo los Efectos de la Presente Guarda Preadoptiva a la fecha de otorgamiento de la guarda simple, esto es 20 de noviembre de 2006; extiéndase el
SECCIÓN JUDICIAL > página 22

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2019 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date08/03/2019

Page count40

Edition count3380

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31