Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/08/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Miercoles 1 de agosto de 2018

disposición del señor síndico en el término de cinco 5 días art. 88 inc. 5, lcq. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante la Sindicatura hasta el día 14 de agosto de 2018 en el domicilio de calle 49 Nº 945, La Plata, los días lunes, miércoles y jueves de 10,00 a 12,30 hs. y de 16,00 a 18,00 horas. El plazo de presentación de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522 vencen los días 2 de octubre de 2018 y 14 de noviembre de 2018, respectivamente.
La Plata, 2 de junio de 2018. Sandra Patricia Peña, Secretaria.
C.C 8.066 / jul. 31 v. ago. 6

Notificaciones y Edictos Sucesorios Electrónicos POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notificar a GIUFFO MANUELA, LOZA AMELIA MOYRA, MACIEL ANAHÍ NOELIA, VELAZQUEZ NATALIA
BELÉN, MARÍA JOSÉ ETCHEGARAY, JIMÉNEZ ALEJANDRA PAULA, ETCHECHURY EDITH LILIANA, CANCINO SOLEDAD ROMINA, con domicilios actualmente desconocidos, en causa nro. INC-14082-9 seguida a Corvalan Isaias Hugo Daniel por el delito de Robo en Grado de Tentativa, s/ Incidente de Libertad Asistida la Resolución que a continuación de transcribe:
del Plata, 5 de Junio de 2018. Autos y Vistos: Con la presentación que precede fórmese incidente de libertad asistida respecto del causante Corvalan Isaias Hugo Daniel Art. 104 y ccdtes. Ley 12.256, 25, 498 y cctds CPP y dispónense las siguientes medidas: 1.- Solicítese al Dpto. Técnico Criminológico del establecimiento penitenciario que aloja al causante, copia del legajo técnico criminológico requiriendo se eleve: a El pertinente dictamen de conveniencia sobre la aplicación del instituto de libertad asistida. b Informe ambiental en el domicilio en el que residiría el nombrado dato que deberá ser aportado oportunamente por el condenado, en caso de acceder al beneficio solicitado, y c Gráfico de conducta correspondiente al mismo con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido.-2.- Déjese constancia que atento a lo resuelto por la Excma.
Cámara de Apelación y Garantías Deptal. en la causa nro. 5209 seguida a Diagne Reynoso - incidente de salidas transitorias - en cuanto entendió necesario contarse con informes de una antigedad no mayor a tres meses para resolver la cuestión, es que se hace saber que en caso de existir un Informe Integral del Grupo de Admisión y Seguimiento anterior que se halle aún vigente, deberá acompañarse a este Juzgado copia de dicho dictamen, junto con una Resolución General del Depto. Técnico Criminológico actualizada en relación al régimen que aquí se trata.-3.- Requiérase a la unidad de alojamiento, en el plazo de 5 días, los sumarios disciplinarios que no hayan sido revisados judicialmente impuestos al nombrado para su debido control jurisdiccional, previo a la audiencia de resolución que se designará en el presente.- 4.- A los fines de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 11 bis de la Ley 24.660 modificada por la L. 27.375, ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de las víctimas informadas por la Sra. Actuaria, a fin de notificarlas del presente, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión negativa a ello.-A idénticos fines, líbrese oficio al Juzgado de Garantías n6 Departamental , solicitando informe el domicilio de Antillanca Ana Victoria, Giuffo Manuela, Etchegaray María José, Jiménez Alejandra Paula y Velázquez Natalia Belén, víctimas de la IPP 5522/15.- Fdo.
Ricardo Perdichizzi, Juez. del Plata, 23 de julio de 2018. - En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del Art. 100 y Ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra pruebe ofrecida incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción.Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los Arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 29 de agosto de 2018 a las 10.00 hs.- Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada Salazar Martin Adrián s/Incidente de salidas transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por ley y su consecuente resolución en esos términos - En cumplimiento de lo dispuesto a fs. 5 apartado cuarto, y lo comunicado por las autoridades policiales, notifíquese a las víctimas por medio de publicación de edictos en el Boletín Oficial a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 11 bis de la Ley 24.660. Fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
C.C. 200.144 / jul. 26 v. ago. 1
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a los Herederos del del Sr. ZALAZAR NARIANO PABLO, víctima de autos, cuyos domicilios son desconocidos en causa nro. 15259 seguida a Rivera Esteban Maximiliano por el delito de Robo la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 8 de febrero de 2018.- Autos y Vistos: A los fines de dar cumplimiento con lo normado por el art. 11 bis de la Ley 24.660 modificada por la L. 27375, ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la
SECCIÓN JUDICIAL > página 75

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/08/2018 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date01/08/2018

Page count7

Edition count3380

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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