Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/06/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Lunes 18 de junio de 2018

adjunta; la que quedó firme y consentida el día 29 de noviembre de 2016. Segundo: Asimismo informo a V.S. que practicada la correspondiente liquidación de gastos y costas, teniendo en cuenta el total de tres expedientes que integra la causa, a razón de Pesos Ciento Cuarenta y Tres $143, corresponde abonar al obligado al pago Diego Ricardo Cardozo la suma de pesos cuatrocientos veintinueve $429, conforme lo establecido en los artículos 4 de la Ley 4552 y 83 de la Ley Impositiva Provincial 14.653 B.O. 19/12/14.- Es cuanto debo informar a V.S.- Secretaría, Dolores, 29 de noviembre.- Fdo. Dra. María Verónica Raggio, Abogada - Secretaria - Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Dolores, 29 de noviembre de 2016.- Autos y Vistos: Atento el cómputo de pena y liquidación de costas practicadas por la Señora Actuaria precedentemente, apruébase el mismo.- Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4 de la Ley 4.552 y 83 de la Ley Impositiva Provincial 14.653 B.O. 19/12/14, dispónese trabar embargo preventivo en los bienes de Diego Ricardo Cardozo, hasta cubrir la suma de pesos cuatrocientos veintinueve $429, que se fijan para responder a los gastos y costas de este proceso, debiendo el mismo manifestar en el acto de su notificación que bienes da a esos fines o depositar dicha suma en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, dentro del tercer día de notificado bajo apercibimiento de decretarse la Inhibición General de Bienes.- Notifíquese al Agente Fiscal y al Defensor Oficial y al condenado Cardozo, librándose el oficio de estilo a la Comisaría de Villa Gesell.- Fdo. Dra. María Eva Merlo, Juez en lo Correccional N 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: Dolores, 23
de mayo de 2018. Autos y Vistos Asimismo, surgiendo que no se ha podido notificar al imputado Diego Ricardo Cardozo de la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 123/124; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P.- Proveo por licencia de la Titular.- Fdo. Dr. Emiliano Lazzari, Juez Interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental.
C.C. 6.049 / jun. 12 v. jun. 18
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Emiliano Lazzari, interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1
Departamental, en causa N 129/13, Investigación Penal Preparatoria N 03-03-001824-13;U.F.I.J. Flagrancia Deptal.
caratulada: Cardozo, Diego Ricardo Robo Simple a Mannocchi Jorge Antonio en Villa Gesell, de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al imputado DIEGO RICARDO CARDOZO, cuyo último domicilio conocido era en calle 114 e/13
y 14 de la localidad de Villa Gesell, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: Dolores, 2 de febrero de 2017.- Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado la presente causa proveniente de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires; desestimando -por inadmisibleel recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Defensa Oficial; agréguense las actuaciones obrantes en Secretaría y encontrándose firme y consentida la Sentencia dictada a fojas 118/119, practíquese por la Actuaria el cómputo del vencimiento de la pena impuesta a Diego Ricardo Cardozo y liquidación de costas procesales. Hágase saber, asimismo que si el cómputo de pena y la liquidación de costas no son impugnados en el término de cinco días, quedarán firmes y consentidas, procediéndose a efectuar las comunicaciones de rigor arts. 500, 530
y concs. del C.P.P. Ley 11.922.- Fdo. Dra. María Eva Merlo, Juez en lo Correccional N 1 Departamental. Sra. Juez: Primero:
Informo a V.S. que Diego Ricardo Cardozo, fue condenado por sentencia dictada por este Juzgado con fecha 1 agosto de 2013, a la pena de dos 2 meses de prisión de ejecución condicional y pago de costas procesales, confirmada por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental con fecha 29 de octubre de 2013 cfr. fs. 149/152 y vta.; siendo desestimado -por inadmisibleel recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Suprema corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires con fecha 29 de diciembre de 2015 cfr. fs. 210/213; la que quedó firme y consentida el 21 de noviembre de 2016.
Segundo: Que en consecuencia los plazos contemplados en el artículo 27 del Código Penal, de cuatro, ocho y diez años, vencerán el día uno 1 de agosto del año dos mil diecisiete 2017; el día uno 1 de agosto del año dos mil veintiuno 2021 y el día uno 1
de agosto del año dos mil veintitrés 2023; respectivamente. Por último destaco que Diego Ricardo Cardozo permaneció detenido en el marco de la presente causa desde el día 21 de febrero de 2013 cfr. fs. 1 y vta. de la I.P.P. N 03-03-001824-13, adjunta a la presente hasta el día 22 de febrero de 2013 cfr. fs. 40; 102/103 de la mencionada I.P.P.. Tercero: Asimismo informo a V.S. que practicada la correspondiente liquidación de gastos y costas, teniendo en cuenta el total de un expediente que integra la causa, a razón de Pesos Ciento Cuarenta y Tres $143, corresponde abonar al obligado al pago Diego Ricardo Cardozo la suma de pesos ciento cuarenta y tres $143, conforme lo establecido en los artículos 4 de la Ley 4.552 y 83 de la Ley Impositiva Provincial 14.653
B.O. 19/12/2014.- Es cuanto debo informar a V.S.- Secretaría, Dolores, 2 de febrero de 2017. Fdo. Dra. María Verónica Raggio, Abogada - Secretaria - Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Dolores, 2 de febrero de 2017 Autos y Vistos: Atento el cómputo de pena y liquidación de costas practicadas por la Señora Actuaria precedentemente, apruébase el mismo.- Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4 de la Ley 4.552 y 83 de la Ley Impositiva Provincial 14.653 B.O. 19/12/2014, dispónese trabar embargo preventivo en los bienes de Diego Ricardo Cardozo, hasta cubrir la suma de pesos ciento cuarenta y tres $143, que se fijan para responder a los gastos y costas de este proceso, debiendo el mismo manifestar en el acto de su notificación que bienes da a esos fines o depositar dicha suma en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, dentro del tercer día de notificado bajo apercibimiento de decretarse la Inhibición General de Bienes.- Notifíquese al Agente Fiscal y a la Defensora Oficial y al condenado Cardozo, librándose el correspondiente oficio a la Comisaría de Villa Gesell.- Fdo. Dra. María Eva Merlo, Juez en lo Correccional N 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: Dolores, 23 de mayo de 2018 .- Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado el oficio proveniente de la Jefatura de Policía de Pinamar; agréguense a la presente y atento a lo allí informado respecto de la localización del imputado Diego Ricardo Cardozo; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P.;
del auto dictado a fojas 243/244 y vta.- Proveo por licencia de la Titular.- Fdo. Dr. Emiliano Lazzari, Juez Interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Héctor G. Franco, Secretario.
C.C. 6.050 / jun. 12 v. jun. 18
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Carlos E. Colombo, interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1
Departamental, Dra. María Eva Merlo, en causa N 698/17 Investigación Penal Preparatoria N 03-04-001644-16, Fiscalía de Juicio N 6, Deptal., caratulada: Passarelli, Carlos Alberto Tenencia Ilegitima de Estupefacientes en Nueva Atlantis, de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al imputado CARLOS ALBERTO PASSARELLI, DNI
14.337.775, cuyo último domicilio conocido era en calle 834 N 32 entre Mosconi y Mallorca de la localidad de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: Dolores, 23 de diciembre de 2017. Autos y Vistos: Encontrándose firme y consentida la Sentencia dictada a fojas 54/63, practíquese por el Actuario el
SECCIÓN JUDICIAL > página 110

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/06/2018 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date18/06/2018

Page count25

Edition count3372

First edition02/07/2010

Last issue26/06/2024

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