Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
comitente art. 582 del CPCC.. Queda expresamente prohibida la cesión del boleto. Deudas: Municipalidad $ 22.693,22 10/06/2016 - fs.142. Obras Sanitarias: $ 27.946,25 29/04/2016 - fs. 122. Arba: $ 16.639 26/04/2016
- fs. 125. Mar del Plata, 8 de noviembre de 2017. Alejandra V. Graziano, Auxiliar Letrada.
M.P. 36.388 / nov. 16 v. nov. 17

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón, en causa contravencional N 1 CON. 574 seguida Jorge Eduardo López por infracción Art. 43 de la Ley 8.031/73, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a JORGE EDUARDO LÓPEZ, nacido el 8 de febrero de 1961 en Capital Federal, D.N.I. 14.433.428; mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta 30 días corridos a contar desde la publicación, a este Juzgado, sito en la calle Colón y Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sección k de la Localidad y Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 29 de septiembre de 2017.- Habida cuenta de lo que surge del contenido de las actuaciones glosadas a fs. 78, 97, 104, 105 y 117/118, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Jorge Eduardo López por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro de los treinta 30
días contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. Arts. 129, 304 y cctes. del C.P.P.P.B.A. Fdo.: Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional.
Secretaría, 29 de septiembre de 2017. Dra. Silvia Caparelli, Secretaria.
C.C. 12.949 / nov. 10 v. nov. 16


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón, en causa contravencional N CON. 574 seguida Jorge Eduardo López por infracción arto 43 de la Ley 8031/73, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a JORGE EDUARDO LÓPEZ, nacido el 8 de febrero de 1961 en Capital Federal, D.N.I. 14.433.428; mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta 30 días corridos a contar desde la publicación, a este Juzgado, sito en la calle Colón y Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sección k de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo.- Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 29 de septiembre de 2017. - Habida cuenta de lo que surge del contenido de las actuaciones glosadas a fs. 78, 97, 104, 105 y 117/118, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Jorge Eduardo López por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro de los treinta 30 días contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. Arts. 129, 304 y cctes. del C.P.P.P.B.A..- Fdo.: Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Morón, 30 de octubre de 2017. Atento a no encontrarse acreditado en autos la constancia de publicación del edicto cuya copia luce a fs. 121, líbrese nuevo edicto a los mismos fines que el anterior. Fdo.
Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez. Secretaría, 30 de octubre de 2017. Dra.
Silvia Caparelli, Secretaria.
C.C. 12.947 / nov. 10 v. nov. 16
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de Morón, en Causa Correccional N 1791 caratulada: Mangurián, Arturo Javier y Otro s/Hurto Simple cometido con la intervención de un menor de 18 años, del registro de esta Secretaría Única, se ha dispuesto notificar mediante edicto a ARTURO JAVIER MANGURIÁN, argentino, de 26 años de edad, nacido el día 20 de septiembre de 1991 en la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, hijo de Jorge Samuel Mangurián v y de Adriana Alicia Reynoso v , desempleado, titular del DNl 36.335.980; del auto que para mayor ilustración a continuación transcribo: Morón, 9 de octubre de 2017.
Autos y Vistos: Los de la presente Causa Correccional N 1791, caratulada:
Mangurián, Arturo Javier s/Hurto Simple cometido con la intervención de un menor de edad, del registro de esta Secretaría Única del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón. Y Considerando:
Que corresponde abordar de oficio en estos actuados el tratamiento del instituto de la prescripción, por tratarse esta de una cuestión de orden público. En primer lugar he de señalar que teniendo en cuenta el monto de pena previsto para el delito que se le reprocha en los presentes obrados a Arturo Javier Mangurián Hurto Simple cometido por con la intervención de un menor de 18 años de edad, arts. 41 quater y 162 del CP., conforme la requisitoria de elevación a juicio de fojas 84/88 y vta., el plazo de prescripción de la acción resulta ser de dos años y 8 meses, conforme la manda del art. 62 inc. 2 del CP., el que comenzó a correr desde la
LA PLATA, JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2017
medianoche del día en que se reputa cometido el hecho. Ahora bien, dicho plazo ya ha transcurrido con holgura, pero sin perjuicio de ello el Código Penal en su art. 67 prevé taxativamente causales interruptivas del curso de la prescripción, siendo la última verificada en estos actuados el auto de citación a juicio obrante a fojas 111, el que ha sido pronunciado con fecha 2 de octubre de 2013. Sin perjuicio de las causales interruptivas citadas en el párrafo que antecede, también existen causales de índole suspensiva, como el instituto de la suspensión de juicio a prueba, concedida al encartado Mangurián el día 13 de junio del año 2014 y revocada el día 8 de abril del año 2015. Sentado cuanto precede, desde la fecha del dictado del auto de citación a juicio 2/10/13 hasta el presente, teniendo en cuenta incluso el lapso en el cual el curso de la prescripción se mantuvo suspendido, ha transcurrido el término prescriptivo de dos años y ocho meses, previsto por el citado inc. 2 del art. 62 del CP. Por otro lado, cabe destacar que dentro del período enmarcado en el párrafo anterior, tampoco se ha verificado por parte del imputado, la comisión de otros delitos que importen la interrupción del mismo, circunstancia ésta que queda demostrada a la luz de los informes que corren glosados a fojas 345 y 356/361. Por todo lo hasta aquí expuesto corresponde declarar extinguida la acción penal por prescripción y consecuentemente el sobreseimiento de Arturo Javier Mangurián en los términos del art. 341 del Código de rito. Es así que:
Resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción penal por prescripción, en la presente Causa Correccional N 1791 del registro de la Secretaría Única de este Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón, de conformidad con lo normado por el 59 inc. 3, 62 inc. 2 y 67 del Código Penal. II.- Sobreseer en estas actuaciones a Arturo Javier Mangurián, en orden al delito de Hurto Simple cometido con la intervención de un menor de 18 años de edad, cuyas demás condiciones personales obran en autos, en los términos de los artículos 41 quater y 162 del Código Penal y 341
in fine del CPPPBA. III.- Regístrese, archívese copia y notifíquese. Fdo.
Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Luis Roque Lamperti, Secretario. Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente:
Morón, 20 de octubre de 2017. Atento a que se desconoce el paradero del encartado Mangurián, notifíqueselo mediante edicto con copia completa de resolución, a publicarse en el Boletín Oficial de esta provincia, a efectos de anoticiarlos de lo dispuesto por el suscripto en la resolución que antecede por el término de cinco 5 días art. 129 del CPP.. Fdo. Daniel Alberto Leppén, Juez; Luis Roque Lamperti, Secretario.
C.C. 12.945 / nov. 10 v. nov. 16
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón, en causa correccional N 1696 seguida a Darío Andrés Terzaghi por el delito de Hurto Agravado por Escalamiento en grado de Tentativa, del registro de esta Secretaría Única, notifíquese a DARÍO ANDRÉS TERZAGHI, titular del DNI 36.520.770, argentino, nacido en la ciudad de Morón, provincia de Buenos Aires, el 8 de mayo de 1992, soltero, instruido, changarín, con último domicilio conocido sito en la calle Amberes N 970 de la localidad de Barrio Mitre, partido de Hurlingham, hijo de padre desconocido y de Norma Beatriz Maldonado, mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días de aquéllo que a continuación se transcribe en su parte pertinente: Morón, 12 de septiembre de 2017. Autos y Vistos:
Considerando: Resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción penal por prescripción, en la presente causa N 1696 del registro de la Secretaría Única de este Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón, de conformidad con lo normado por el 59 inc. 3, 62 inc. 2 y 67
del Código Penal. II.- Sobreseer en estas actuaciones a Darío Andrés Terzaghi, cuyas demás condiciones personales obran en autos, en los términos del artículo 341 in fine del CPPPBA. III.- Regístrese, archívese copia y notifíquese. Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Dra. Silvia L.
Caparelli, Secretaria. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 19 de septiembre de 2017. Atento al estado de estos obrados y de conformidad con lo normado por el artículo 129 del CPP., líbrese edicto a publicarse por el plazo de cinco días en el Boletín Oficial de esta provincia, a afectos de notificar al encausado de lo resuelto a fojas 171/172. Fdo. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 17 de octubre de 2017. Luis Roque Lamperti, Secretario.
C.C. 12.946 / nov. 10 v. nov. 16
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civ. y Com. N 7 del Depto. Judic. de Mar del Plata, a cargo de la Dra. Daniela V. Basso de Cirianni hace saber que en los autos: Apolo Segurity Group S.R.L. s/Quiebra Exp. N 125.825 se ha decretado, con fecha 30 de agosto de 2016, la apertura de la quiebra de la firma APOLO SEGURITY GROUP S.R.L., CUIT: 30-71015231-0
con domicilio en calle La Rioja N 4372 de la ciudad de Mar del Plata ordenándose las siguientes medidas: Establecer el día 1 de diciembre de 2017 fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación ante el síndico CPN. María Castro, con domicilio en la calle Avellaneda N 3889 de la ciudad de Mar del Plata de lunes a miércoles de 14:00 a 18:00 hs. Hágase saber al síndico que deberá presentar los informes que establecen los arts. 35 y 39 de la Ley citada los días 23 de febrero de 2018
y 12 de abril de 2018, respectivamente art. 200 L.C.Q.. Mar del Plata, 25
de octubre de 2017. Dominique E. Arnaud, Abogada Secretaria.
C.C. 12.915 / nov. 10 v. nov. 16

SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 10184

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2017 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date16/11/2017

Page count26

Edition count3381

First edition02/07/2010

Last issue12/07/2024

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