Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 2612

LA PLATA, MARTES 12 DE ABRIL DE 2016

Alberto y de Lucía Liliana Reynoso, con domicilio en calle Roque Pérez N 1571 de Florencio Varela. Art. 323 Inc. 1
del C.P.P.. IV. Sobreseer total y definitivamente a Pablo Luis Viera, de nacionalidad argentina, nacido el 27 de diciembre del año 1989 en Misiones, con DNI N
40.622.863, hijo de Pablo y de Delia Silveira Benítez, con domicilio en calle Roque Pérez N 1541 de Florencio Varela. Art. 323 Inc. 1 del C.P.P.. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez, ante mí Karina Luján Castro, Secretaria.
C.C. 3.864 / abr. 8 v. abr. 14


POR 5 DÍAS Por disposición de la titular del Juzgado en lo Correccional N 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, en causa N 935, seguida a ROBERTO CARDOZO MARECO s/ Resistencia a la autoridad, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente:
Quilmes, 13 de octubre de 2015. Autos y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: I.- Declarar la extinción de la acción penal por prescripción de la presente causa N 935
seguida a Roberto Cardozo Mareco por el delito de Resistencia a la autoridad, de conformidad con lo normado por el Art. 239 del C.P. II.- Sobreseer a Roberto Cardozo Mareco, titular del D.N.I. N 95.223.662, de nacionalidad paraguaya, nacido en San Pedro, República del Paraguay el día 11 de febrero de 1982, hijo de Arciliano Cardozo y de Margarita Mareco, con último domicilio en calle Cabildo N 1751 del Barrio Zeballos, del Partido de Florencio Varela, por el hecho investigado en la presente causa, calificado como Resistencia a la autoridad, que le fuera oportunamente endilgado, presuntamente cometido el día 11 de abril de 2009 en la localidad de Dante Ardigo, del partido de Florencio Varela, de conformidad con lo normado por los Arts. 239 del C.P. y lo establecido en los Arts. 322, 323 Inc. 1 y 341 del C.P.P.
III. Dejar sin efecto la declaración de rebeldía dispuesta sobre el imputado Roberto Cardozo Mareco. A tal fin, comuníquese al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por planilla, solicitando a dicha dependencia la baja de la medida oportunamente inscripta, requiriendo comunique el número de secuencia con el que circula el sin efecto. Notifíquese a las partes. Firme que se encuentre, cúmplase con las comunicaciones de ley, procediendo para ello al desglose de un juego de fichas dactiloscópicas del imputado Roberto Cardozo Mareco, dejando debida constancia de ello y con el punto IV
Fecho, Archívese. Fdo. Dra. Sandra Claudia Martucci, Juez en lo Correccional. Carina Verónica Abregu, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.865 / abr. 8 v. abr. 14
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Andrea Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a YANINA ALDANA ALBORNOZ, con último domicilio en Yerbal 470 edificio 1 escalera 3 P.B. B de la localidad de Boulogne, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2347, que se le sigue por Hurto en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su comparendo.
Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 16 de marzo de 2016. En atención al informe policial obrante a fs. 155, y desconociéndose el actual domicilio de la encartada de autos Yanina Aldana Albornoz, cítesela por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art.
129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y C.P.P.. Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal. Fdo. Dra.
Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 16 de marzo de 2016.
C.C. 3.831 / abr. 8 v. abr. 14
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a IVÁN ANDRÉS LEZCANO, con último domicilio en Real: Calle Malaver Nº 1745 de la localidad de Olivos Partido de Vte. López Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 3307, que se le sigue por Hurto calificado en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su compa-

BOLETÍN OFICIAL

rendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 30 de marzo de 2016.
Atento el informe policial obrante a fs. 84 y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Iván Andrés Lezcano, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P..- Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E.
Osores Soler, Secretario. Secretaría, 30 de marzo de 2016.
C.C. 3.832 / abr. 8 v. abr. 14


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a HÉCTOR DANIEL LUJÁN con último domicilio en Richieri 2926, de la localidad de Ricardo Rojas, Partido de Tigre , Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2920, que se le sigue por Robo en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 30 de marzo de 2016 cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art.
129 del CPP, para que en el término de tres 3 las comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Art. 303, 304 y concordantes del C.P.P.. Fdo. Dra.
Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 30 de marzo de 2016.
C.C. 3.833 / abr. 8 v. abr. 14
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Firmado por, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a JAVIER ANDY ESCOBAR, con último domicilio Constituido: calle La Rioja 277 Hotel Los Aldeanos del barrio de Once, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa -3007, que se le sigue por Robo, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 23 de marzo de 2016. En atención al informe policial obrante a fs. 123, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Javier Andy Escobar, cíteselo por edicto que se publicará por 5
cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3
días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 concordantes del C.P.P.. Fdo.
Dra. Andrea C. Pagliani, Jueza. Ante mí Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 23 de marzo de 2016.
C.C. 3.834 / abr. 8 v. abr. 14
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Sra.
Juez Andrea Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a GERMÁN DANIEL LAURIA PIKANEN, con último domicilio en Ameghino y Lago Argentino Nº 995 de la localidad de Escobar Partido de Escobar, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 3135, que se le sigue por Portación ilegal de arma de fuego de uso civil, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 21 de marzo de 2016. En atención al informe policial obrante a fs. 152/152vta., y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Germán Daniel Lauria Pikanen, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.. Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal.
Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Jueza; Ante mí: Dr. E.
Osores Soler, Secretario. Secretaría, 21 de marzo de 2016.
C.C. 3.835 / abr. 8 v. abr. 14

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial San Isidro, a cargo interinamente P.D.S. del Dr. Diego E. Martínez, Secretaría Única, desempeñada por la Dra. Julieta Makintach, notifica a la Sra. SANDRA MARCELA BANEGAS, con último domicilio real conocido en la calle Bailen Nº 1690 de la localidad de Pablo Nogues, partido de Malvinas Argentinas, que en la I.P.P. Nº 14-06-004492-14 con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Distrito Vicente López Este, del registro de este Juzgado, la Sala IV del Excmo.
Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires ha resuelto lo siguiente: En la Ciudad de La Plata a los 30
días del mes de diciembre del año 2015 Antecedentes
Cuestiones Sentencia: I.- Declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Señora Defensora Oficial del Departamento Judicial San Isidro, Doctora María Eugenia Nigro, en favor de Sandra Marcela Banegas con costas en esta instancia. Arts. 18 y 75 Inc. 22 C.N., 172 del C.P., 1, 3, 106, 148, 171, 186 a contrario, 210, 450, 530 y 531 del C.P.P. II. Tener presente la reserva del caso federal planteada, a tenor de lo normado por el artículo 14 de Ley 48
Fdo.: Dr. Carlos Ángel Natiello. Mario Eduardo Kohan.
Jueces de Casación, Ante mí: Dra. Olivia Otharán.
Secretaria. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 29 de marzo de 2016. Por recibido, tómese conocimiento de lo resuelto por la Sala IV
del Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en cuanto con fecha 30 de diciembre del año 2015 resolvió declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Sra. Defensora Oficial, Dra. María Eugenia Nigro, en favor de Sandra Marcela Banegas, y atento a lo ordenado por el órgano superior, notifíquese a la imputada de mención de dicho interlocutorio. Es por ello, que a los efectos de dar cumplimiento a lo encomendado, y teniendo en consideración lo actuado a fs. 13, 17 y 21 del incidente de eximición que corre por cuerda a la presente, corresponde notificar a Sandra Marcela Banegas, mediante edicto sin cargo, durante cinco 5 días. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dr. Diego Martínez Juez P.D.S., Ante mí: Dra. Julieta Makintach, Secretaria.
Secretaría, 29 de marzo de 2016.
C.C. 3.836 / abr. 8 v. abr. 14


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Firmado por sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a BENAVÍDEZ WALTER ADRIÁN, con domicilio desconocido, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 3315, que se le sigue por Amenazas Calificadas, y Resistencia a la Autoridad bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 17 de marzo de 2016. Sin perjuicio de lo anteriormente dispuesto en atención a lo que surge de lo actuado en la causa, desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Walter Adrián Benavides cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.. Fdo. Dra.
Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 17 de marzo de 2016.
C.C. 3.837 / abr. 8 v. abr. 14
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo interinamente de la Dra. Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 1º Piso de San Isidro, cita y emplaza a EZEQUIEL
EDGARDO PUCCIO BIANCHI, con último domicilio en Arnoldi 401, ed. 6, piso 1, Depto. 6, Barrio Infico, San Fernando, partido del mismo nombre, provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 4452 que se le sigue por Robo en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención.
Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 22 de marzo de 2016. En atención al informe policial obrante a fs. 99/106 y lo informado a fs.
93, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Ezequiel Edgardo Puccio Bianchi, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2016 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date12/04/2016

Page count12

Edition count3372

First edition02/07/2010

Last issue26/06/2024

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