Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/02/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1310

LA PLATA, VIERNES 26 DE FEBRERO DE 2016

pena de un año y seis meses de prisión cuya ejecución se deja en suspenso e inhabilitación absoluta para ejercer cargos y empleos públicos, así como también al pago de las costas del proceso, por resultar partícipe necesario penalmente responsable del delito de Fraude a la administración pública, en los términos del Art. 174 Inc. 5º del Código Penal, hecho acaecido respecto de la designación efectivizada con fecha 1º de agosto de 2010 y que abarcó hasta el día 31/12/2011, en la localidad y partido de San Miguel, Pcia. de Buenos Aires, en perjuicio de la administración pública. Rigen los Arts. 174 Inc. 5º, 19 Inc. 1 y 3, 29 Inc. 3º, 40, 41, 46 y cctes. del Código Penal, Arts. 1, 375, 399, 530 y cctes. del CPP. III. Condenando a MARÍA
DEL LUJÁN ALTAMIRANO, de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de un año y seis meses de prisión cuya ejecución se deja en suspenso e inhabilitación absoluta para ejercer cargos y empleos públicos, así como también al pago de las costas del proceso, por resultar partícipe necesario penalmente responsable del delito de Fraude a la administración pública, en los términos del Art. 174 Inc. 5 del Código Penal, hecho acaecido respecto de la designación efectivizada con fecha 1º de agosto de 2010 y que abarcó hasta el día 31/12/2011, en la localidad y partido de San Miguel, Pcia.
de Buenos Aires, en perjuicio de la administración pública.
Rigen los Arts. 174 Inc. 5º, 19 Inc. 1 y 3,29 Inc. 3º, 40, 41, 46 y cctes. del Código Penal, Arts. 1, 375, 399, 530 y cctes. del CPP. IV. Imponer a Edith Noemí Cardozo, Justo Alejandro Osuna y María del Luján Altamirano, las reglas de conducta previstas en el Incs. 1º y 8º del Art. 27 bis del Código Penal por el término de dos 2 años, y a saber:
constituir domicilio -haciendo saber los cambios que se produzcany someterse al cuidado del Patronato de Liberados, autorizándose a los nombrados a concurrir a dicha institución cada tres meses; como también la realización de 40 horas de trabajo comunitario por cada uno de ellos. V. Haga saber la fiscalía el destino que deberá darse a la totalidad de los efectos secuestrados en autos, inclusive los registrados bajo Nº 352 de esta sede. VI.
Deberá la Fiscalía de intervención obtener copia certificada de la totalidad de la presente a los fines de investigar la posible comisión de un delito de acción pública en relación a maniobra de similar tenor respecto de los Sres.
María Cristina Ibarra y Mario Ramón Gutiérrez, quienes fueron designados como becarios en el mismo decreto que Bravo, que fue autorizado Osuna a cobrar sus haberes en el mismo documento y cesó el beneficio mediante el mismo decreto que el denunciante. VII. Regular los honorarios profesionales del Dr. Héctor Alberto López Tomo X Folio 420 del Colegio de Abogados de San Martín, Legajo Previsional Nº 2-07613684-01 CUIT 2007613684-0 en la suma de cincuenta jus 50, con más el 10% que adiciona la Ley 10.268, por su labor profesional desarrollada en autos, particularmente el pedido de sobreseimiento de fs. 271/277. Ello de conformidad con lo normado por los Arts. 1, 9 apartado 16 Inc. B, 15 ss. y cc., 28 Inc. e, 54, 57, 58 y cc. de la Ley 8.904/77, y sus modificaciones; Arts. 12, 13, 16 y cc. de la Ley 6.716, texto ordenado según Decreto 4.471, con sus modificaciones.
Notifíquese a quien corresponda, y consentida que sea, practíquese el cómputo respectivo, comuníquese y oportunamente, fórmese incidente de rigor y elévese al Juzgado de Ejecución por intermedio de Presidencia de Cámara.. Fdo. Dra. Ana María Luco Origone, Juez. Ante mí: Dra. Marina G. Cuchero, Secretaria. Secretaría, 2 de febrero de 2016.
C.C. 1.838


POR 1 DÍA - Santiago Sommariva, Instructor Judicial de la Unidad funcional del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil Dptal por disposición de la Dra. Mónica Ferre Agente Fiscal, en el marco de la IPP 03-00-00061613/00 seguida a Diego Nahuel Barriopedro, Sacha Nahuel Gallo a fin de solicitarle que se notifique por ese medio a la denunciante DELLAMARCA DANIEL ALFONSO domiciliado en calle Manuel Artigas Nº 425 de San Justo Tel.
44845814 la resolución que a continuación se transcribe, procediéndose en la fecha de acuerdo con lo normado en el Art. 268 cuarto párrafo del C.C.P., al archivo de los presentes actuados: Dolores, 28 de enero de 2013. Vistos:
Los de las presentes actuaciones que llevan el número 0300-000616-13 de esta Unidad Funcional de Responsabilidad Penal Juvenil, Y Considerando: Que la presente investigación se inicia por denuncia penal de fs.

BOLETÍN OFICIAL

1 y vta. formulada por el Sr. Daniel Alfonso Dellamarca, quien manifiesta que había sido víctima de un ilícito, que se encontraba en un bar cafetería de nombre Honorio de calle 33 y 6 de la localidad de Santa Teresita, y siendo aproximadamente las 6:00 hs. del día 19 de enero de 2013, le avisan que dos chicos estaban queriendo abrir su camioneta Toyota Hilux dominio GRP 172, por lo que el dicente sale a la vereda y observa que se había olvidado el vidrio delantero del lado del acompañante bajo hasta la mitad aproximadamente. Que observa hacia el interior del vehículo y constata el faltante del frente del estereo. Que con posterioridad salió en búsqueda de estos sujetos con los masculinos que desconocía de quienes se trataba procediendo a recuperar el frente y se ubicó a uno de los presuntos autores que tenía una lesión producto de haberse quedado colgado de una reja. Que de las constancias colectadas en la misma no se cuenta con elementos suficientes para convocar en los términos del arto 308 del CPP a los sindicados de autos, no pudiendo haberse obtenido el testimonio de aquellos masculinos que anoticiaron del hecho al denunciante, manifestando el propio denunciante que desconoce las circunstancias personales de los mismos. Que a la fecha no se cuenta con ningún elemento objetivo que amerite proseguir con la presente y endilgarles a los sindicados el evento enrostrado, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el Art. 268 cuarto párrafo del CPP, Resuelvo: 1. Proceder al archivo de las presentes actuaciones. Firmado Mónica Ferre, Agente Fiscal. Dolores, 03 de febrero de 2016. Santiago J.
Sommariva, Instructor Judicial.
C.C. 1.839


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Estela Robles; Secretaría Única a cargo del Dr. Sebastián Elguera, comunica que en el marco de los autos Di Paolo Celia María c/ Novogrudsky César y Ots. s/ Tercería de dominio Nº de Expediente:
SI-3774-2010 se ha dictado sentencia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: San Isidro, 24 de noviembre de 2015: Por las consideraciones vertidas, citas legales, y jurisprudencia expuestas, Fallo: 1º Haciendo lugar a la demanda entablada por Celia María Di Paolo, declarando el mejor derecho de la accionante y la oponibilidad a los demandados Ilda Vicente, Manuel Raffo, Raffo Hnos. Inmibiliaria S.R.L. y Ediftar SACIFIAM, de los derechos emergentes del boleto de compraventa y la posesión que detenta la actora en relación al inmueble ubicado en la calle Francia Nº 1319 de la localidad de Don Torcuato, Partido de Tigre, cuya nomenclatura catastral es: Circ. II, Sec. J, Manz. 171, Parcela 20, identificado como Lote 20 de la Manzana 16. 2º Imponiendo las costas a los demandados en su condición de vencidos Art.
68 CPCC. Difiero la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes para el momento en que obren en autos elementos que permitan efectuarla con precisión Conf. Art. 27 Decreto Ley 8.904/77. Regístrese.
Notifíquese y, oportunamente, archívense. Fdo. Dra.
Estela Robles. Juez. Se deja constancia que los datos de los demandados resultan: RAFFO HERMANOS INMOBILIARIA S.R.L. y MANUEL RAFFO, con último domicilio conocido en Lavalle 1994, 5º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y EDIFTAR SACIFIAM, con último domicilio conocido en Pedro Ignacio Rivera 5051
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. San Isidro, 12 de febrero de 2016. María del Rosario, González Lonzieme, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.840 / feb. 26 v. feb. 29
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 2 , Secretaría Única del Departamento Judicial San Martín, sito en calle Avenida Ricardo Balbín 1753 piso 7 de San Martín, partido de General San Martín, comunica por dos días, que en los autos caratulados: Gayoso, Rodrigo Román c/
Anilchem S.R.L. y otros s/ Despido Accidente de Trabajo Expte. 36.188 se ha proveído: General San Martín, 11 de septiembre de 2015. Sin perjuicio de lo solicitado a fs.
193, atento lo que resulta de las constancias de autos, habiendo la parte actora tomado los recaudos suficientes para notificar la demanda, publíquense edictos a fin de notificar el traslado de demanda a ANÍBAL SANTIAGO
PETROZZINO en el diario La Nueva Página Social y en el Boletín Oficial por el término de dos 2 días Art. 341

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

del C.P.C.C., citando o emplazando al mismo por el término de diez 10 días a fin que comparezca a estar a derecho, retirar dentro de dicho plazo copias de demanda y documental acompañada con la misma para proceder a su contestación, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial. Fdo. Dr. Carlos Miguel Longo, Presidente. Gral. San Martín, 6 de noviembre de 2015. Dr.
Esteban Federico Coda, Secretario.
C.C. 1.842 / feb. 26 v. feb. 29


POR 5 DÍAS - EI Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Firmado por, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1º piso de San Isidro, CP: B1642BXM, Te/Fax: 011 4575-4494/4492, correo electrónico juzcorr2-sibuenosaires.gov.ar, en causa Nº CP-4385-15 Sorteo Nº SI-2514-2015 e IPP Nº 1426647-13, caratulada Coronel Nora Nancy s/ Usurpación Propiedad , instruida por el delito de Usurpación de propiedad, en los términos del Art. 129 del C.P.P. cita a NORA
NANCY CORONEL, con DNI 27.382.343, nacida el 15/06/1979 en CABA, de estado civil casada, ocupación empleada, con último domicilio en La Rioja 2129 de Pilar, hija de Vicenta Alcaraz González y Silvestre Coronel, a los fines de que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarada rebelde. Como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica: San Isidro, 15 de febrero de 2016. Por devuelta la presente causa, téngase presente lo peticionado por el Sr. Fiscal en la foja que antecede. Toda vez que Nora Nancy Coronel no fue encontrada en el domicilio aportado, intímesela a que comparezca a estar a derecho dentro del quinto día de notificada, bajo apercibimiento de declararla rebelde y ordenar su comparendo compulsivo. Arts. 151 quinto párrafo, 303 y 304 del C.P.P. Líbrese oficio al último domicilio designado por la imputada y publíquense edictos. Asimismo, córrase vista a la Defensa Oficial, a fin de que se expida respecto de lo solicitado por el Sr. Fiscal y que en el caso de ser posible aporte algún dato respecto del nuevo lugar de residencia de su asistida, tomando conocimiento a su vez de la intimación cursada. Sirva el presente proveído de atenta nota de envío. Fdo: Dra. María Emma Prada, Juez. María Sandra Foschi, Secretaria.
C.C. 1.845 / feb. 26 v. mar. 3
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a EDUARDO ANDRÉS BARRIOS, con último domicilio en Teodoro Plaza 3955 de la localidad de Ciudadela, Partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 2778, que se le sigue por Amenazas Calificadas y Portación Ilegal de Arma de Uso Civil, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 11 de febrero de 2016. En atención al informe policial obrante a fs. 166/170, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Eduardo Andrés Barrios, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derechos en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.. Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal. Fdo. Dra.
Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 11 de febrero de 2016.
C.C. 1.846 / feb. 26 v. mar. 3
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de San Isidro, cita y emplaza a VENTIMIGLIA FRANCISCO ANTONIO, para que en el plazo de 60 días comparezca en los autos caratulados Ventimiglia Francisco s/ Ausencia con presunción de fallecimiento.
San Isidro, 17 de febrero de 2016. Dra. María Cecilia Gallardo, Secretaria.
C.C. 1.841 / feb. 26 v. mar. 1º

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/02/2016 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date26/02/2016

Page count11

Edition count3385

First edition02/07/2010

Last issue18/07/2024

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