Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/10/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

domicilio en calle Almafuerte N 4124 de Mar del Plata.
Las solicitudes de verificación deberán presentarse hasta el 30/11/15 ante la síndica CPN Isabel Elena Suárez, en el domicilio de calle 25 de Mayo 3161 Piso 2 oficina 2, los lunes y jueves de 17 a 19 hs. Asimismo se dispuso que la Sindicatura presente el Informe Individual el 16/02/16 y el Informe General el 13/04/16. Intímese a terceros que tengan bienes del fallido los pongan a disposición de la sindicatura. Prohíbese hacer pagos al deudor, bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados. Stella Maris Dominella, Secretaria.
C.C. 12.540 / oct. 20 v. oct. 26


POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº -1933-2013 - 4681-1, caratulada:
incidente de cómputo de pena impuesta en causa Nº 1933/13-4681, caratulada: Ale, Jonatan Hugo Ezequiel s/
Robo Simple en Grado de tentativa en la localidad de Moreno B, notifica al nombrado Ale, de la siguiente resolución: Mercedes, 21 de septiembre de 2015. Por recibido, agréguese, téngase presente y atento a lo informado a fs. 32 por el Director de Convenios y Normativa del Registro Nacional de las Personas y a fs. 34, por la Cámara Nacional Electoral, como así también a lo que surge de fs. 39 de la causa Nº 1933/13 - 4681, notifíquese al imputado JONATAN HUGO EZEQUIEL ALE por edictos, intimándoselo a presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, sea declarado rebelde Art.
129 del C.P.P.. Fdo. Dra. María Laura Pardini - Juez.
Mercedes, 21 de septiembre de 2015.
C.C. 12.494 / oct. 20 v. oct. 26
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº -790-2011 - 3939, caratulada:
Barragán, Atilio Jorge s/Encubrimiento agravado por el ánimo de Lucro en Moreno, notifica al nombrado ATILIO
JORGE BARRAGÁN, de la siguiente resolución:
Mercedes, 21 de septiembre de 2015. Por recibido, agréguese, téngase presente y atento a lo informado a fs. 92, notifíquese al imputado Atilio Jorge Barragán por edictos, intimándoselo a presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, sea declarado rebelde Art. 129 del C.P.P. Fdo. Dra. María Laura Pardini - Juez. Mercedes, 21 de septiembre de 2015.
C.C. 12.495 / oct. 20 v. oct. 26
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes B, en causa Nº 410/3 caratulada: Villarreal Domingo s/
Inf. a los Arts. 72 y 74 Inc. a del Decreto Ley 8.031/73 en General Rodríguez B, notifica al encausado DOMINGO
VILLARREAL, de la siguiente resolución: Mercedes, 16 de diciembre de 2014.
Autos y Vistos
Y Considerando Basándome en lo expuesto hasta aquí y lo dispuesto en los Arts. 3, 33, 34, 72 y 74 Inc. a del Decreto Ley 8.031/73 y 67 Inc. d del C.P.; Resuelvo: I
Declarar la extinción de la acción penal por Prescripción, relacionado a Domingo Villarreal por la infracción a los Arts. 72 y 74 Inc. a del Decreto Ley 8.031/73 y proceder al archivo de las presentes actuaciones. Hágase saber.
Fdo: Dra. María Laura Pardini, Juez. Mercedes, 15 de septiembre de 2015.
C.C. 12.496 / oct. 20 v. oct. 26
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº ME-1493-2015 - 5367, caratulada:
BÁEZ, FEDERICO EMILIO s/ Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y Amenazas Agravadas en concurso real en Bragado B-, notifica al nombrado Báez, de la siguiente resolución: En la audiencia del día 10 de septiembre del año dos mil quince, Visto lo peticionado por las partes, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129, 303, s.s. y c.c. del C.P.P.; Resuelvo: I. En virtud de lo informado y de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese al imputado Báez por edictos, intimándoselo a presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 26 DE OCTUBRE DE 2015

hacerlo, sea declarado rebelde. Fdo.: Dra. María Laura Pardini, Juez. Mercedes, 10 de septiembre de 2015.
C.C. 12.497 / oct. 20 v. oct. 26


POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº -115-2015 - 5152, caratulada:
Moreyra Priscila Belén s/ Violación de domicilio, Lesiones Leves y Amenazas Simples dos hechos en concurso real General Rodríguez, notifica a la nombrada PRISCILA
BELÉN MOREYRA, de la siguiente resolución: En la audiencia del día 11 de septiembre del año dos mil quince Resuelvo: I. En virtud de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese a la imputada Priscila Belén Moreyra por edictos, intimándosela a presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10
días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, será declarada rebelde Fdo. Dra. María Laura Pardini, Juez.
Mercedes, 11 de septiembre de 2015.
C.C. 12.498 / oct. 20 v. oct. 26
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 el Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 435-3, caratulada: Vidable Marcelo Alejandro s/ Infr. a los Arts. 8 y 9 de la Ley 14.050 en Moreno B, notifica al nombrado MARCELO ALEJANDRO VIDABLE, de la siguiente resolución: Mercedes, 23
de abril de 2015. Autos y Vistos: Por recibidas las actuaciones que anteceden, elevadas por la Dirección Provincial de Registro y Control de la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, regístrese en los Libros de Secretaría y hágase saber a las partes la intervención de este Juzgado, para que en el término de tres días manifiesten si tienen recusaciones para interponer Arts. 138
del C.P.P. y 3 de la Ley Nº 8.031/73. Otórguese la intervención de ley a la Defensoría Oficial, como así también, encomiéndase a la Comisaría que por jurisdicción corresponda, notifique al presunto contraventor, las previsiones contenidas en el Art. 60 del C.P.P. Hágase saber. Dra.
María Laura Pardini - Juez. Mercedes, 09 de Septiembre de 2015.
C.C. 12.499 / oct. 20 v. oct. 26
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº Identificacion en Receptoría 3353, caratulada: Castro Alejandro Andrés s/ Inf. al Art. 43
del Decreto Ley 8.031/73 en Moreno B, notifica al nombrado ALEJANDRO ANDRÉS CASTRO, de la siguiente resolución: Mercedes, 02 de febrero de 2015. Autos y Vistos: Los de la presente causa seguida a Alejandro Andrés Castro por la infracción al Art. 43 Inc. a del Decreto Ley 8.031/73. Y Considerando: Que el Art. 33 del Decreto Ley 8.031, establece que la acción se prescribirá a un 1 año de cometida la falta estableciendo en el Art.
34 del mismo cuerpo legal que la prescripción de la acción y de la pena se interrumpirán por la comisión de una nueva falta, por la secuela de juicio o por la ejecución por vía de apremio respecto de la pena de multa. Que las presentes actuaciones se inician con fecha 06/07/2013
por la presunta comisión por parte del nombrado Castro, de la infracción prevista al Art. 43 Inc. a del Decreto Ley 8.031/73, siendo que en la misma fecha aludida, se lo llamó a recepcionarle declaración indagatoria. De todo lo expuesto surge que desde el momento en que el encausado Castro fue llamado a prestar declaración indagatoria, esto es, desde el día 06/07/2013 hasta la fecha, ha transcurrido el término de un año establecido en el Art. 33 del Dec. Ley 8.031/73 y que en virtud de lo prescripto por el Art. 34 del Decreto Ley 8.031/73, fueron solicitados los antecedentes del encartado y recibida la planilla, no consta que Alejandro Andrés Castro haya cometido una nueva falta ver fs. 24, como así tampoco surgen de autos actos procesales con la entidad suficiente como para constituir secuela de juicio, debiendo en consecuencia declararse la prescripción de la acción respecto del encausado nombrado. Basándome en lo expuesto hasta aquí y lo dispuesto en los Arts. 3, 33, 34 y 55 del Decreto Ley 8.031/73
y 67 Inc. d del C.P.; Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción contravencional por Prescripción, relacionado a Alejandro Andrés Castro por la infracción al Art. 43 Inc. a del Decreto Ley 8.031/73 y proceder al archivo de las presentes actuaciones. Hágase saber. Fdo.: Dra. María Laura Pardini, Juez en lo Correccional. Mercedes, 09 de septiembre de 2015.
C.C. 12.500 / oct. 20 v. oct. 26

PÁGINA 9167

POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, en causa Nº 776/09 caratulada Aguirrem Juan Ramón s/Incidente de ejecución de suspensión del juicio a prueba formado en carpeta decausa Nº 733 del Juzgado de Garantías Nº 1
del Departamento Judicial de Moreno Gral. Rodríguez, notifica por edictos durante cinco 5 días al encausado JUAN RAMÓN AGUIRRE, la resolución que se transcribe a continuación: Mercedes, 11 de septiembre de 2015.
Autos y Vistos Considero conforme lo dispuesto por el Art. 76ter. párrafo cuarto parte primera del Código Penal; Resuelvo: l. Declarar extinguida la acción penal en atención a la presente suspensión de juicio a prueba de la que resultara favorecido Juan Ramón Aguirre procediéndose a su sobreseimiento en relación al delito de Robo calificado por su comisión mediante efracción materia de la causa Nº 733 del Juzgado de Garantías Nº 4 del Departamento Judicial de Mercedes, actual Jº de Garantías Nº 1 del Depto. Judicial MorenoGral.
Rodríguez. Arts. 167 Inc. 3º del Código Penal, y 323 Inc.
1º del Código de Procedimiento Penal. II. Dejar sin efecto el decreto de averiguación de paradero y rebeldía que pesaba sobre Juan Ramón Aguirre -v. fs. 72, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal, hágasele saber por edictos durante cinco 5 días al nombrado el presente decisorio.
Notifíquese. Fdo. Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, Juez de Ejecución. Luján de los Ángeles Arbizu, Secretaria.
Secretaría, 14 de septiembre de 2015.
C.C. 12.501 / oct. 20 v. oct. 26


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del juzgado de Ejecución Penal Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, en causa Nº 635/09 caratulada Gómez Hernán s/Incidente de ejecución de suspensión del juicio a prueba formado en causa Nº 546/09-634 del Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de Mercedes, notifica por edictos durante cinco 5 días al encausado GREGORIO LÓPEZ
HERRERA, la resolución que se transcribe a continuación:
Mercedes, de septiembre de 2015. Autos y Vistos:
Considero: conforme lo dispuesto por el Art. 76 ter párrafo cuarto parte primera del Código Penal; Resuelvo:
I. Declarar extinguida la acción penal en atención a la presente suspensión de juicio a prueba de la que resultara favorecido Hernán Gómez procediéndose a su sobreseimiento en relación al delito de Robo Simple -materia de la causa Nº 546/09-634 del Juzgado en lo Correccional Nº 4
del Departamento Judicial de Mercedes. Arts. 164 del Código Penat y 323 Inc. 1º del Código de Procedimiento Penal. II. Dejar sin efecto los decretos de averiguación de paradero y rebeldía que pesaban sobre Hernán Gómez -v.
fs. 19-, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal hágasele saber por edictos durante cinco 5 días al nombrado el presente decisorio. Notifíquese. Fdo. Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, Juez de Ejecución. Secretaría, 8 de septiembre de 2015.
Luján de los Ángeles Arbizu, Secretaria.
C.C. 12.502 / oct. 20 v. oct. 26
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Ejecución Penal Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, en causa Nº 2.149/10 caratulada Ojeda Juan Ramón s/Ejecución de suspensión del juicio a prueba resuelta en -carpeta decausa Nº 19.094 del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes, notifica por edictos durante cinco 5 días al encausado JUAN RAMÓN OJEDA
-poseedor de D.N.I. Nº 36.178.258-, la resolución que se transcribe a continuación: Mercedes, 15 de junio de 2015. Autos y Vistos Considero Conforme lo dispuesto por el Art. 76ter párrafo cuarto parte primera del Código Penal; Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal en atención a la presente suspensión de juicio a prueba de la que resultara favorecido Juan Ramón Ojeda procediéndose a su sobreseimiento en relación al delito de Hurto de vehículo dejado en la vía pública en concurso material con evasión en grado de tentativa -materia de la instrucción penal preparatoria Nº 3.180 y carpeta de causa Nº 19.094 del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento judicial de MercedesArts. 42, 55, 163 Inc.
6º y 280 del Código Penal y 323 Inc. 1º del Código de Procedimiento Penal. Notifíquese. Fdo. Dr. Ricardo F.
Oliveira Buscarini, Juez de Ejecución. Secretaría, 4 de septiembre de 2015. Horacio Luis Ostinelli, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.503 / oct. 20 v. oct. 26

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/10/2015 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date26/10/2015

Page count12

Edition count3376

First edition02/07/2010

Last issue02/07/2024

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