Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/06/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 4366

LA PLATA, MARTES 9 DE JUNIO DE 2015

derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 26 de mayo de 2015. Atento los informes policiales de fs. 107 y 114 y lo indicado a fs.
117 por la Defensa, le dan cuenta que el imputado Marcelo Sebastián Quintana se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 88, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo Arts. 150 del CPP. Fdo. Graciela M.
Buscarini. Juez. Paola Paglierani, Secretaria.
C.C. 6.596 / jun. 3 v. jun. 9


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo por disposición superior del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Diego Tatarsky cita y emplaza a MÁRQUEZ JUAN CARLOS DNI 23.632.033, desocupado, nacido el Coronel Suárez Pcia. Bs. As., hijo de Oscar Alberto y de Nora Zulma Martínez con último domicilio en calle 79 Nº 547 e/ 125 y 126 de La Plata en causa Nº 39903 IPP 06-00-42359-12 seguida a Márquez Juan Carlos por el delito de Evasion, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 21 de mayo de 2015. Atento los informes policiales de fs. 174/175 y de fs. 180 que dan cuenta que el imputado Márquez Juan Carlos no residiría más en el domicilio que constituyera en autos a fs. 144, ignorándose el lugar donde se encuentra actualmente, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5
días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo Art. 150 del CPP. Fdo. Diego Tatarsky. Juez. Dra. María Victoria Labombarda, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.597 / jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Pablo Nicolás Raele, Secretaría Única a mi cargo, en actuaciones relacionadas con Ia causa caratulada Battistoni Alejandro s/ P.I.L. y Robo agravado del ex Juzgado en lo Criminal Nº 9 Departamental, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 cinco días a BATTISTONI ALEJANDRO, titular del D.N.I. Nº 11.926.270 y/o a toda persona que posea derechos comprobables respecto del vehículo marca Peugeot modelo 505 SRSC, modelo 1988, motor número 478123, chasis Nº 2052621, para que comparezca ante este Juzgado a efectos de ejercer dichos derechos, en actuaciones relacionadas con la causa del ex Juzgado Criminal Nº 9
Departamental en Ia causa caratulada Battistoni Alejandro s/ P.I.L. y Robo de Automotor. Fdo. Dr. Pablo Nicolás Raele, Juez de Garantías. Manuel Guerrini, Auxiliar Letrado. La Plata, 20 de mayo de 2015.
C.C. 6.598 / jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría única a mi cargo, en relación a la causa Nº 1252-2013, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-6502
caratulada: Gómez, Cristian Antonio s/ Portación ilegal de arma de fuego de uso civil, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal s/Ley 11.922, la resolución que se
BOLETÍN OFICIAL

notifica al imputado CRISTIAN ANTONIO GÓMEZ, -titular de la Cédula de Identidad Paraguaya Nº 35306693-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe:
Quilmes, 18 de mayo de 2015. y Visto: y considerando: Resuelvo: I. Declarar la rebeldía de Cristian Antonio Gómez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo de la mencionada una vez que sea habida a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Gómez sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art.
305, CPP. III. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. IV. Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvense los actuados en Secretaría cf. Art.
305, tercer párrafo, CPP. .. Fdo. Julia Andrea Rutigliano -Juez., Ante mí: Marisa Vázquez -Secretaria-. Quilmes, 18 de mayo de 2015.
C.C. 6.603 / jun. 3 v. jun. 9


POR 5 DÍAS - En IPP 03-04-000257-14 caratulada Soto, Lautaro y otros s/Estupefacientes Tenencia simple Art. 14 primer párrafo - Ley 23.737 de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del Dr. Emiliano J. Láazzari por subrogación, Secretaría Única, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por termino de cinco días, a fin de notificar al imputado LAUTARO SOTO cuyo último domicilio conocido era en calle Saavedra Nº 1755 de Moreno Provincia de Buenos Aires, la siguiente resolución: , Dolores, 5 de marzo de 2015. Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede, se rechaza el recurso de apelación, se confirma la resolución recurrida disponiendo: I.. No hacer lugar a la solicitud de cambio de calificación legal, manteniendo la calificación penal de los hechos determinada prima facie como tenencia simple de sustancias de estupefacientes, previsto y penado por el articulo 14 primera parte de la Ley 23.737, II - No hacer lugar a la solicitud de sobreseimiento y consecuentemente, elevar la presente causa a juicio de acuerdo a lo establecido por el Art. 337 de C.P.P en relación a Soto Lautaro Augusto, por los hechos calificados prima facie como tenencia simple de estupefacientes previsto y penado por el Art. 14 primera parte de la Ley 23.737 descripto como hecho dos. Art. 439 siguientes y concordantes.
Notifíquese y oportunamente, devuélvase. Fdo. Luis Felipe Defelito. Susana Miriam Yaltone. María Lucrecia Angulo. Abogada. Secretaria. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Mar del Tuyú, 24 de abril de 2015 Atento a lo expuesto a fs. 165 por el superior en grado en la remisión de la presente a la Sede de este Juzgado, respecto de la imposibilidad de notificar al encartado Lautaro Soto, y atento a lo manifestado a fs.
167 por el Sr. Defensor Oficial, Dr. Leonardo Paladino, notifíquese al encartado por edictos.- Regístrese., Fdo.
Emiliano J. Lázzari. Juez Subrogante. Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores. Dra. María R. Ruiz, Auxiliar Letrado. Mar del Tuyú, 24 de abril de 2015.
C.C. 6.604 / jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - En el marco del Inc. Nº 3612, IPP Nº 0303-2253-14, caratulado Incidente de eximición de prisión en favor de Kevin Romero de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría a cargo del autorizante, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado KEVIN NAHUEL ROMERO cuyo último domicilio conocido era en calle Pedro de Mendoza Nº 2005 Pinamar, la siguiente resolución dictada por la Excma. Cámara de Apelación v Garantías en lo Penal Departamental: Dolores, 10 de febrero de 2015. Por los fundamentos expuesto en el acuerdo que precede, se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Oficial, doctor Paladino y se confirma la resolución de fs. 2/4 que dispuso I No hacer lugar al pedido de eximición de prisión impetrado en favor de Kevin Romero Arts. 169, 185, 186 y ccdtes., C.P.P.. Notifíquese y devuélvase. Fdo. Fernando Sotelo. Susana Miriam D.
Yaltone. María Lucrecia Angulo. Abogada Secretaria.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
Mar del Tuyú, 29 de abril de 2015. Atento el resultado
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

negativo de la notificación de fs. 27 y lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial a fs. 33, procédase a la notificación de la resolución dictada por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental a fs.
22/23 de la presente incidencia por Edicto Judicial el que se publicará por el término de 5 días en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal.
Regístrese. Fdo. Laura Inés Elías. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores. Mar del Tuyú, 29 de abril de 2015. Dra. María R. Ruiz, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.605 / jun. 3 v. jun. 9


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional N 1, Departamental, Dra. María Eva Merlo, en Causa Nº 726/14 Reg. Int. Nº 1652 Caratulada Cottet, Carlos Alberto Apela Sanción por Infracción al Artículo 72 Inc. 1 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires T.O. 2011 y modif. en Villa Gesell de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle Nº 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el termino de cinco días, a fin de notificar al infractor CARLOS ALBERTO
COTTET, cuyo último domicilio conocido era en calle Paseo 107 Nº 199 y Av. 2 de la localidad de Villa Gesell, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: Autos y Vistos Y Considerando
Resuelvo: 1.- Revocar la sanción impuesta mediante resolución Nº 245/14, del Departamento de Operaciones Mar del Plata de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires de fecha 17 de marzo de 2014, obrante a fojas 17/21 y vta., en cuanto dispone la sanción de multa de pesos nueve mil $ 9000 y cuatro 4 días de clausura del establecimiento del contribuyente Carlos Alberto Cottet, CUIT Nº 20-04259425-4, sito en Calle Paseo 107
Nº 199 de la localidad de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires, por infracción al artículo 72 inciso 1º del Código Fiscal T.O. 2011, dejando sin efecto la misma, y Absolver libremente al recurrente Carlos Alberto Cottet en orden a la infracción al Artículo 72 Inciso 1º del Código Fiscal Ley 10.397 T.O. 2011 y modif. Art. 4 y 75 del Código Fiscal T.O. 2011- y artículo 1º del C.P.P.. 2. No habiendo cumplido con el pago de los tributos de ley la Dra. María Eugenia Ochoa, intímase a su cumplimiento en el plazo de cinco días desde notificada, bajo apercibimiento de comunicar al Colegio de Abogados pertinente y a la Caja de Prevención Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Regístrese y Notifíquese. Oportunamente, devuélvase a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires; debiendo darse de baja en los libros del Juzgado y practicarse la correspondiente comunicación a la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Departamental a los fines del Art. 22 de la Acordada Nº 2840/98 de la S.C.J.B.A. Dada, firmada y sellada en la Sala de mi Público Despacho en la ciudad de Dolores a los diecisiete días del mes de abril de dos mil quince. Fdo.
María Eva Merlo Juez en lo Correccional Juzgado Correccional Nº 1 Departamental. Ante mí Dra. María Verónica Raggio Abogada Secretaría Juzgado en lo Correccional Nº 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: Dolores, 11 de mayo de 2015. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación del infractor Carlos Alberto Cotter, provenientes de la Comisaría de Villa Gesell, Seccional Primera, agréguese a la presente y atento a lo informado a fojas 82 y no habiéndose podido notificar de la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 69/72; procédase a su notificación por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P.
Notifíquese a la mencionada letrada al domicilio constituido de lo aquí resuelto. Fdo. Dra. María Eva Merlo Juez en lo Correccional Nº 1 Departamental. Dolores, 15 de mayo de 2015. María Verónica Raggio, Secretaria.
C.C. 6.606 / jun. 3 v. jun. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nro. 14 de Lomas de Zamora, del Dr. Salvador Mamanna, Secretaría Única a mi cargo, sito en Av.
Larroque y 10 de Septiembre de 1861, Edif. Tribunales, 4
Piso, Banfield, hace saber por 5 días que con fecha 20/02/2014 se ha decretado la apertura del concurso preventivo de MARCHETTI, MARÍA GRACIELA, con domici-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/06/2015 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date09/06/2015

Page count14

Edition count3381

First edition02/07/2010

Last issue12/07/2024

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