Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/04/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N
2.405/14 que se le sigue por el delito de Suministro de Estupefacientes a título gratuito agravado por haberse cometido en las inmediaciones de un establecimiento de detención, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.
Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 27 de marzo de 2015. En atención a lo que surge de lo informado a fs. 99, 104vta. y 105vta., desconociéndose el actual domicilio de las encausadas
Yésica Mariana González, cíteselas por edicto, en la forma que establece el Art. 129 del CPP., para que dentro del término de cinco 5 días comparezcan a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declaradas rebeldes Art. 303 del CPP. Fdo.: Dr. Andrés Martín Mateo, Juez. Ante mí: Dr. Maximiliano Savarino, Secretario. Secretaría, 30 de marzo de 2015.
C.C. 4.775 / abr. 27 v. may. 4


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de San Isidro, de la Provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno 623, 1er. piso, de la localidad y partido de San Isidro, notifica a CAROLINA ANALÍA WOLBER, con el Documento Nacional de Identidad Nro. 27.208.678, nacida el día 6 de abril de 1979, de nacionalidad Argentina, de ocupación ama de casa, hija de Wilfredo Wolber y de María Cristina Mayor, y con último domicilio conocido en la calle Julián Agero N 3.230 de la localidad de Munro, partido de Vicente López, por el plazo cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa número 1.661/13, que se le sigue por los delitos de Daño, Lesiones leves y Amenazas, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 31 de marzo del año 2015. Atento a que la imputada Carolina Analía Wolber no reside en el domicilio informado a fs. 135 y 137 ver fs. 143, que la nombrada no compareció a las citaciones cursadas ver fs. 78, 96, 98, 102, 107, 110, 112, 118, 120, 125, 127, 130, 131, 138 y 145, y lo que se desprende de fs. 132, cítesela por edictos, en la forma que establece el artículo 129 del C.P.P., para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho en esta causa, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde artículos 303 y 304 del C.P.P.. Fdo. Dr.
Andrés Martín Mateo, Juez; Ante mí: Dr. Maximiliano Savarino, Secretario. Secretaría, 31 de marzo del año 2015.
C.C. 4.776 / abr. 27 v. may. 4
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 12 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única a cargo del Dr. Sebastián Elguera, comunica que en el marco de los autos GHIRINGHELLI ADRIÁN y otro/a c/NUNCIATO CARLA GABRIELA y otros s/Rescisión de contratos civiles/comerciales N de Expediente: SI38653-2010 se ha dictado sentencia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: San Isidro, 3 de diciembre de 2014. Por lo expuesto, normas legales, doctrina y jurisprudencia citadas, Fallo: 1. Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por los demandados contra Mariana Campini. Con costas a la actora vencida Art. 68 del CPCC-. 2. Haciendo lugar a la demanda por rescisión de contrato entablada por Adrián Ghiringhelli contra CarIa Gabriela Nunciato, Paola Angélica Nunciato, Leonardo Andrés Tejada, en nombre y representación de su hija menor Rocío Ana Tejada, Genaro Girini, y Félix Girini, imponiéndoles a éstos últimos la restitución de la suma de dólares estadounidenses billetes treinta y siete mil quinientos U$S 37.500 con más intereses que fijó al 6% anual. Los intereses deberán computarse, por tratarse de una restitución, desde la fecha en que la suma fue entregada, o sea desde el 24 de noviembre del año 2009, hasta el efectivo pago. Fíjase el plazo de diez días para su cumplimiento, bajo apercibimiento de ejecución. Las costas por la demanda admitida se imponen a los demandados Art. 68 del CPCC- 3. Rechazando la reconvención por resolución de contrato por culpa del comprador deducida por Paola Angélica Nunciato y Leonardo Andrés Tejada, en representación de su hija menor Rocío Ana Tejada, con costas a cargo de los demandados vencidos Art. 68 del CPCC.- Regístrese, Notifíquese, a la Asesora de Menores en su despacho, y
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 27 DE ABRIL DE 2015

oportunamente Archívese Fdo. Dra. Estela Robles, Juez. Se deja constancia que los datos de los demandados resultan: Félix Girini y Genaro Girini, con último domicilio conocido en Roque Sáenz Peña 727 propiedad de techos de tejas que está ubicada entre los 747 y 719
garage y 717 puerta de acceso vecino, Olivos Pdo.
Vicente López. San Isidro, 8 de abril de 2015. Juan Pablo Pérez, Auxiliar Letrado.
C.C. 4.777 / abr. 27 v. abr. 28


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppen. Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa correccional Nº 1.718 seguida a Viviana Elizabeth Tomas por el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a VIVIANA ELIZABETH TOMAS, apodada Vivi argentina instruida, casada, empleada, hija de Nelson Tomas y de Cristina Sedo, nacida el 17 de marzo de 1.982 en la localidad de Fco.
Solano, titular del DNI Nº 29.440.069, con último domicilio en la calle Rodríguez Nº 526 entre plaza y Senillosa de la localidad de Pontevendra, Partido de Merlo, Pcia. de Buenos Aires, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta 30 días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado, sito en la calle Colón y Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sección k de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su comparendo. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 9 de abril de 2015. I.
II. Atento al estado de estos obrados, no habiendo recibido hasta el momento contestación alguna respecto del edicto librado a fojas 518/vta., reitérese el mismo a idénticos fines que el anterior.- III.- Fdo.: Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 9 de abril de 2015. Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria.
C.C. 4.680 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1
del Departamento Judicial Morón, en causa Nº 1791
seguida a ARTURO JAVIER MANGURIAN por el delito de Hurto Agravado por haber sido cometido con la intervención de un menor de 18 años de edad, del registro de esta Secretaría Única a mi cargo, cítese y emplácese al nombrado Mangurian, argentino, soltero, argentino, desocupado, titular del D.N.I. Nº 36.335.980, hijo de Jorge Samuel Mangurian V y de Adriana Alicia Reynoso V, con 23 años de edad, nacido en Marón, provincia de Buenos Aires el día 20 de septiembre de 1.991, con último domicilio sito en la calle Callao Nº 1363, Barrio San José, de la localidad de Gervasio Pavón, partido de Marón, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón, esquina Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sector K, de la mencionada localidad, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura. Art. 129 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 8 de abril de 2015. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I II. Citar y Emplazar mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Arturo Javier Mangurian por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129 y 304
del C.P.P.. Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional; Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria.
Secretaría, 8 de abril de 2015.
C.C. 4.681 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Marón, en causa Nº 1.986
seguida a JENNIFER MACARENA PILIÚ por el delito de encubrimiento, del registro de esta Secretaría Única, cítese y emplácese a la nombrada Piliú, argentina, sin apodos, soltera, empleada, nacida en la Localidad de y partido de Morón, el día 3/12/93, instruida, hija de Fernando Piliú, y de Carina Orellana, titular del D.N.I. Nº 38.042.031, con último domicilio en el Horacio Julián Nº 676, de la localidad y partido de Morón, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en
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la calle Brown y Colón 4º piso, Sector K, de la Localidad y Partido de Marón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Art. 129 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 13 de abril de 2015. I.. .II y III. En relación a lo informado a fs. 147 y vta.
respeto del domicilio de la causante Jennifer Macarena Piliú, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a la nombrada por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Art. 129 y 304 del C.P.P.. Pdo. Daniel A. Leppén. Juez. Por ante mí Dra.
Silvia L. Caparelli, Secretaria.
C.C. 4.682 / abr. 27 v. may. 4


POR 5 DÍAS - La Fiscalía de Cámaras del Departamento Judicial de General San Martín, Unidad Funcional de Instrucción Nº 14, sita en Yapeyú 1934 de San Martín, Partido homónimo, en el marco de la IPP Nº 15-00-040110-14 caratulada - Fernández, María Eunice y otros s/ Encubrimiento Art. 277 1º cita y emplaza a ZULMA VERÓNICA LÓPEZ con domicilio de la calle Gualeguay, Manzana Nº 1 lore 2 o calle Gualeguaychú Manzan 12 casa 11 esquina Tulissi, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo, conforme lo normado por el Art. 129 segundo párrafo y 303, a presentarse ante esta Fiscalía para recibirle declaración a tenor del Art. 308 del CPP el día 15 de mayo de 2015. A continuación se transcribe el autos que así lo ordena San Martín, a los 10 días del mes de abril del año 2015. En atención a las constancias de la causa de las que se desprenden que el imputado de autos fue citado a su domicilio de la calle Gualeguay, Manzana Nº 1
lore 2 o calle Gualeguaychú Manzana 12 casa 11 esquina Tulissi a efectos que compareciera a esta Fiscalía, desígnase nueva audiencia para el día 15 de mayo de 2015 - a las 9.00 horas a fin de que Zulma Verónica López se presente a estar a derecho, debiéndose practicar la misma por edictos en el Boletín Oficial durante cinco días, bajo apercibimiento de Declararlo Rebelde y ordenar su comparendo compulsivo.- Firmado Mario Alfredo Marini Agente Fiscal. Para su diligenciamiento pase a la Oficina del Boletín Oficial del Departamento Judicial de San Martín. a los 10 días del mes de abril del año 2015.
Carolina Lorena Galardi, Ayudante Fiscal.
C.C. 4.683 / abr. 27 v. may. 4
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional Nº 3 Dra. Susana González La Riva, dirijo a Ud. el presente en la causa Nº 273/15 Carátulada Vázquez Valeria Romina por Amenazas en Bahía Blanca, a efectos de citar a la imputada VÁZQUEZ VALERIA
ROMINA Titular del DNI 32.978.381, como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe: Bahía Blanca, 7 de abril de 2015. Atento lo informado por el Actuario, no habiendo sido habida Vázquez Valeria Romina, desconociéndose su actual paradero, cítese a la mencionada imputada, para que en el plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado, sito en la calle Estomba 32, de la ciudad de Bahía Blanca, 2do. piso, bajo apercibimiento de declararlo rebelde. Publíquese edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Art.129
C.P.P.B.A.. Notifíquese Fdo. Susana González La Riva, Juez. Pablo Sebastián Isgro, Secretario. Bahía Blanca, 7
de abril de 2015.
C.C. 4.685 / abr. 27 v. may. 4
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia núm. 1 de Bahía Blanca, de titularidad del Sr. Juez Jorge E. Longás, Secretaría Única a cargo de la Srta. Abogada Lucía P.
Gallego, del Departamento Judicial Bahía Blanca, sito en Avenida Colón núm. 46, piso cuarto de Bahía Blanca, en autos caratulados Moyano Sandra Nelli c/ Hernández Jorge Alejandro s/Divorcio contradictorio expediente número 45340, que tramitan por ante este Juzgado, cita y emplaza a JORGE ALEJANDRO HERNÁNDEZ para que en el término de diez días con más la ampliación que por la distancia correspondacomparezca a contestar la demanda promovida en su contra, bajo apercibimiento de designársele por sorteo un Defensor de Pobres y Ausentes para su representación en el proceso Arts. 145
y ss., CPC. Bahía Blanca, 17 de marzo de 2015. Juan Pablo Polla, Auxiliar Letrado.
C.C. 4.686 / abr. 27 v. may. 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/04/2015 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date27/04/2015

Page count16

Edition count3397

First edition02/07/2010

Last issue05/08/2024

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