Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/04/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 2698

LA PLATA, JUEVES 16 DE ABRIL DE 2015

POR 5 DÍAS El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N 9, a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec.
N 17 a mi cargo, sito en M.T. de Alvear 1840, piso 4
CABA, hace saber por cinco días que con fecha 12/02/15
en el Expte. N 8496/2013 se decretó la quiebra de ZENTIUM S.A. -CUIT 30-70750475-3, con domicilio en Maza 759, piso 1, CABA inscripta en la IGJ bajo el N 1876 de L 14 T de Sociedades Anónimas. Los acreedores podrán presentar al síndico Daniel Alberto Coto con domicilio en Montevideo 711 piso 5 9 CABA y tel.
42922075-, los títulos justificativos de sus créditos hasta el 11/05/15, oportunidad en que deberán acompañar copia de DNI o constancia de CUIT/Ly dentro de los siete días del vencimiento del período de observación de créditos, podrán presentarle una contestación a las observaciones formuladas. El síndico presentará los informes que disponen los Art. 35 y 39 los días 23/06/15 y 05/08/15
respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 07/07/15. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el 13/07/15 a las 11:00 hs. Se intima al fallido y a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímase al deudor y a sus administradores para que dentro de las 48 hs. cumplan los requisitos previstos por el Art. 86 LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 17 de marzo de 2015. Claudio Marjanovic Telebak, Secretario.
C.C. 4.033 / abr. 13 v. abr. 17


POR 5 DÍAS - Dra. Silvia González, presidente del Tribunal -Oral en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, Secretaría Única a cargo del Dr. Javier Oscar Vitale, cita y emplaza por el término de cinco días -contados a partir de la última publicación, a ACUÑA MARTÍN ALBERTO en causa Nº 637783/2 seguida, en orden al delito de Tva. de Robo Agrav. por ser un vehículo dejado en la Vía Púb., comparezca ante los estrados de este Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, sito en calle Larroque y Cno. Negro, Edificio de Tribunales, 4to. Piso, Sector A de la localidad de Banfield, partido de Lomas de Zamora, a los efectos de notificarse en los presentes obrados y su deber de estar a derecho, bajo apercibimiento de declarado rebelde y decretarse su comparendo compulsivo. Arts. 129, 303, 304 del C.P.P. Fdo. Dres. Silvia González, Luis M. Gabian y Daniel Julio Mazzini, Jueces. Banfield, 10 de marzo de 2015. Silvia Susana González, Juez.
C.C. 4.052 / abr. 13 v. abr. 17
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a SUÁREZ, JOSÉ
LUIS, en la causa Nº 07-00-40681-11 Nº interno 4723
seguida al nombrado en orden al delito de Hurto tentado, cuya resolución Infra se transcribe: Banfield, 24 de febrero de 2015. y Vistos: Esta causa Nº 07-00-40681-11 Nº interno 4723 del registro de este Juzgado y Nº 2594/2011
del registro de la Secretaría de Gestión de la Excma.
Cámara de Apelación de Garantías Departamental, caratulada Maido, Carlos Alberto o Mosser, Jonathan Claudio; Salinas, Gonzalo Matías y Suárez, José Luis s/
Hurto tentado y sus acumuladas 00-61497-11 Mosser, 00-75579-11 Salinas y 00-63272-11 Salinas Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de Hurto tentado presuntamente ocurrido el 9 de julio de 2011 en Esteban Echeverría, del que fuera víctima Gustavo Suárez. Así las cosas con fecha 19 de agosto de 2011 la causa se radicó ante el Juzgado Correccional Nº 4 Departamental, organismo éste que resolvió excusarse en los términos de los artículos 47 inciso 13 y 49 del CPP.
Por su parte y habiendo sido desinsaculado el Juzgado Correccional Nº 1 local el Dr. Ignacio Del Castillo Titular de dicho Organismo dispuso declinar la competencia y excusarse conforme reza el artículo 47 inciso 1 del CPP fs.
328/vta.. En razón de ello los presentes obrados llegaron a esta sede y se radicaron 2/5/2013, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispuesto en el artículo 338
del Ceremonial. Que a fs. 369/70 la Sra. Defensora Oficial Dra. María del Mar Volpara Vigon solicitó la prescripción de la acción penal respecto de los imputados Jonathan Claudio Mossser y José Luis Juárez, planteo éste que fue consentido a foja 421 por el Sr. Fiscal de Juicio Dr. Jorge Michelini. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de
BOLETÍN OFICIAL

los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la Ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa Nº 5.429 caratulada O.L.A. s/ Recurso de casación, mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo transcurso del tiempo cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr.
C.S.J.N., Fallos 305:1236; 311:2205; 313:1224;
323:1785; 324:2778 y en el ámbito local, P. 50.959, sent.
del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P.
62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras. Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos b, c y d y aún el a del C.P. que se refiere a la comisión de otro delito, resultando que los tres primeros fueron realizados entre el 11 de julio de 2011 fs.
36 y el 19 de agosto de 2011 fs. 119, por lo que se encuentra cumplido el plazo de prescripción previsto en el Art. 62 Inc. 2 del Código Penal, conforme surge de la certificación que antecede. En relación al Sr. Jonathan Mosser debo destacar que si bien es cierto que efectivamente incurrió en un nuevo hecho conforme se advierte de las copias glosadas a fs. 288/293 fecha del hecho 12/4/2011 de estos obrados, ello no resulta ser una causal interruptiva del instituto en estudio toda vez que a partir de la fecha del dictado de la sentencia realizada por el Tribunal Oral Criminal Nº 10 de Lomas de Zamora 20/3/2012 han transcurrido nuevamente los plazos previstos por la normativa vigente por cuanto también corresponde decretar la prescripción de la acción penal por el delito de Hurto tentado respecto del nombrado. Que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones obrantes a fs. 391/400 y 404/409
respectivamente, con los cuales se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del Art. 67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la Ley 25.990. Por último debo señalar que atento lo informado a foja 355, 364 y lo peticionado a foja 367 como así también el estado de estos obrados corresponde, notificar al incusado Suárez Aguero o Aguero Mamani o Aguilera Mamani o Aguilera, José Luis por intermedio de edictos los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129
del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción, respecto de los encartados Mosser Becerra, Jonathan y Suárez Aguero o Aguero Mamani o Aguilera Mamani o Aguilera, José Luis, en la presente causa Nº 07-00-40681-11 Nº interno 4723 que se les sigue en orden al delito de Hurto tentado, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo.Artículos 62
inciso 2do. y 67 del Código Penal.II Sobreseer al imputado Jonathan Mosser Becerra, titular de D.N.I. Nº 36.676.843, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el día 1 de diciembre de 1991, en Lanús, ayud. albañil, hijo de Claudio Marcelo Mosser y de Gloria Teresa Becerra, domiciliado en calle El Rosedal Nº 1824 de Ezeiza, Ezeiza, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U2203843, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1326395AP, en virtud de lo resuelto en el acápite I. III Sobreseer al imputado José Luis Suárez Aguero o Aguero Mamani o Aguilera Mamani o Aguilera, titular de D.N.I. Nº 28.214.153, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el día 20 de noviembre de 1981, en Pcia. de Tucumán, changarín, hijo de José Luis Suárez y de Ester Aguero, domiciliado en calle San Martín y 9 de Julio S/N de Monte Grande, Esteban Echeverría, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U2203660, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 987797 Ap, en virtud de lo resuelto en el acápite I.Artículo 341 del Ceremonial. IV
Notificar a José Luis Suárez Aguero o Aguero Mamani o Aguilera Mamani o Aguilera por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio regístrese, notifíquese y comuníquese a quien corresponda. V Atento el planteo efectuado por el Sr. Fiscal de Juicio a fs. 426/vta. en relación a Jonathan
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Mosser, córrase vista a la Defensoría Penal interviniente a fin que su Titular se expida junto con su asistido al respecto. VI Líbrese oficio al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y al Registro de Antecedentes Personales de la Pcia. de Bs. As., a los efectos de actualizar los antecedentes penales de Gonzalo Salina.. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí:
Rosana Luciani, Secretaria. Secretaría, Banfield, 24 de febrero de 2015.
C.C. 4.053 / abr. 13 v. abr. 17


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo por disposición superior de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a GALARRAGA, LEONARDO, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 8001-11, seguida al nombrado en orden al delito de Robo Simple en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Arts. 303, 304 del C.P.P.. Lomas de Zamora, 11 de marzo de 2015, Analía Estanga, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.077 / abr. 13 v. abr. 17
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo por disposición superior de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a LÓPEZ, FACUNDO, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 24492-11, seguida al nombrado en orden al delito de Amenazas calificadas por el empleo de armaDaño, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención. Arts. 303, 304 del C.P.P..
Lomas de Zamora, 12 de marzo de 2015. Analía Estanga, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.078 / abr. 13 v. abr. 17
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora a cargo por disposición superior de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única, cita y emplaza a VILLAREAL, JORGE MARCELO, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 75625-14, seguida al nombrado en orden al delito de Hurto simple en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Arts. 303, 304 del C.P.P.
Lomas de Zamora, 12 de marzo de 2015. Analía Estanga, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.079 / abr. 13 v. abr. 17
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora a cargo de la Sra. Juez, Dra. Andrea Viviana Ramos Perea, Secretaría Única, cita emplaza a VELÁZQUEZ, LEONARDO FABIÁN, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº AV -15953-13, seguida al nombrado en orden al delito de Tenencia de estupefacientes, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención. Arts. 303, 304
del C.P.P. Lomas de Zamora, 17 de marzo de 2015.
Leonardo Calabrese, Auxiliar Letrado.
C.C. 4.080 / abr. 13 v. abr. 17
POR 5 DÍAS - El Señor Juez integrante del Tribunal oralen lo Criminal Nº 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Roberto A. W. Lugones, por medio del presente, cita y emplaza por el término de cinco días, a RAMÓN GUSTAVO MORINIGO y a SEBASTIÁN JORGE
SÁNCHEZ, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 014734-13, seguida a los nombrados en orden al delito de Robo Agravado por comisión en poblado y banda tentado. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 18 de marzo de 2015. En atención a lo que surge de los informes de fojas 167 y 169 y en razón de ignorarse el domicilio de los encartados de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Ramón Gustavo Morinigo y Sebastián Jorge Sánchez, por el término de cinco días, a estar a derecho.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/04/2015 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date16/04/2015

Page count15

Edition count3384

First edition02/07/2010

Last issue17/07/2024

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