Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/10/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

cribe: Dolores, 18 de septiembre de 2014. Autos y Vistos Por ello Resuelvo: l. Sobreseer totalmente a los coimputados Héctor Alfredo Cámara, DNI Nº 20.035.779, argentino, soltero, empleado, instruido, domiciliado en calle Azcuénaga Nº 01 del Barrio Plan Abuelo de la localidad de Castelli, Juan Carlos Alberto Cámara, DNI Nº 24.114.502, argentino, soltero, changarín, instruido, nacido el día 30
de julio de 1974 en Castelli, Pcia. de Bs. As., hijo de Miguel Alfredo f y de María del Carmen Fior, domiciliado en calle Hipólito Yrigoyen Nº 404 de la localidad de Dolores, Luis Alberto Cámara DNI Nº 21.978.816, argentino, soltero, empleado, instruido, domiciliado en calle Gemes Nº 680 de la localidad de Castelli, y Adriana Estela San Martín, DNI Nº 31.024.254, argentina, nacida el día 14 de enero de 1985 en la localidad de Dolores, Pcia.
de Bs. As., soltera, ama de casa, instruida, hija de Roberto Camilo v y de Marta Estela Juárez v, domiciliada en calle Hipólito Yrigoyen Nº 404 de la localidad de Dolores, en orden al delito de Lesiones Leves, Amenazas y Daño, por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59
Inc. 3º, 62 Inc. 2º en rel. al 89, 149 bis y 183 todos del C.P.
y 323 Inc. 1º del C.P.P. Regístrese. Notifíquese al Sr.
Agente Fiscal y Defensor Oficial en la forma de estilo, a los coencartados por oficio. Firme y consentida que sea la presente, cúmplase sin más trámite con las comunicaciones de ley. Fecho, de conformidad con lo normado por el Art. 268 cuarto párrafo del CPP, en rel. Art. 56 Bis del CPP
Ley 13.183, procédase al archivo, estando en condiciones de ser destruida el día 18/09/2019 Arg. Art. 115 c 3 Ac.
3397/08. Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 26 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: Por recibidas las actuaciones que anteceden provenientes de la Comisaría de Dolores, atento lo informado en relación a los coimputados Cámara Juan Carlos Alberto y San Martín Adriana, procédase a la notificación por Edicto Judicial que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Cámara Juan Carlos Alberto y San Martín Adriana sean debidamente notificados del auto del sobreseimiento total de los antes nombrados.
Cúmplase. Fdo. Gastón Giles. Juez de Garantías. Dolores, 26 de septiembre de 2014.
C.C. 10.973 / oct. 20 v. oct. 24


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 12 del Departamento Judicial San Isidro, a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única, comunica que en autos Grupo Mirapampa S.R.L. s/
Quiebra Pequeña - Expte. N 22.192, con fecha 2 de septiembre de 2014 se ha declarado la quiebra de GRUPO MIRAPAMPA S.R.L., con domicilio en la Colectora Este 1320 Km. 42.300, localidad de Alberti, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. De conformidad con lo previsto por el Art. 89, Ley 24.522, se ha ordenado lo siguiente 2 lntimar al fallido para que dentro del plazo de veinticuatro horas, ponga a disposición del Juzgado todos sus bienes en el modo previsto en el artículo 88 inc. 3 de la citada ley, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso y para que en dicho plazo constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tener por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, intímase a todos aquéllos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido, para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley. 3 Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza a la fallida conforme los términos del artículo 88 inc. 5 de la Ley en la materia. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 27 de noviembre de 2014 ante el Síndico designado en autos Cr. Jorge Luciano Cavana, con domicilio en la calle Martín y Omar N 129 Piso 3 Of. 301/02 de San Isidro con atención de lunes a viernes en el horario de 15 a 19. Se comunica que el día 17 de febrero de 2015 se presentará el Informe Individual de los créditos y el día 31 de marzo de 2015 se presentará el informe general Art. 35 y 39 Ley de Concursos. San Isidro, 29 de septiembre de 2014.
Sebastián Elguera, Secretario.
C.C. 10.998 / oct. 21 v. oct. 27

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 23 DE OCTUBRE DE 2014

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaría Única del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace que en los autos: Mazzaferro Silvio Carlos y otro/a s/Quiebra Pequeña, Expte. N
48750, con fecha 18 de septiembre de 2014 se ha decretado la quiebra de SILVIO CARLOS MAZZAFERRO, D.N.I.
N 17.673.143, con domicilio en calle Argerich N 2057 de la ciudad de Bahía Blanca, intimándose al deudor y a quienes detentan bienes de aquél los entreguen al Síndico Christian Carlos Petersen con domicilio en calle Rodríguez 252 oficina 14 de esta ciudad, prohibiéndose hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímase al deudor para que cumpla los requisitos a que se refiere el Art. 86 L.C. y para que entregue al síndico dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Intímase al fallido para que constituya domicilio procesal en el plazo de 48 hs., bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado. Se ha fijado el día 22 de diciembre de 2014 hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al síndico. Bahía Blanca, 9 de octubre de 2014. Ingrid J. Guglielmi, Secretaria.
C.C. 11.039 / oct. 21 v. oct. 27


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez Titular a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Morón, Dr.
Ricardo Fraga, Secretaría Única a mi cargo, sito en la calle Alte. Brown esquina Colón, edificio de Tribunales, 2º piso cuerpo F de la Ciudad y Partido de Morón, notifica a DANIEL GERMÁN AÑEZ, de nacionalidad argentina, empleado, soltero, nacido el 21 de diciembre de 1985 , hijo de María Hilda Cajal y Luis Roberto, titular del DNI
32.379.645, con último domicilio en calle Las Hortensias, de la resolución recaída en la I.P.P. Nº 10-00-024155-10
que tramitara ante la UFIyJ Nº 6, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Morón, 16 de septiembre de 2014. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I.Hacer lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y Sobreseer Totalmente a Daniel Germán Añez en la presente I.P.P. Nº 10-00-024155-10, en orden a la comisión del delito de Hurto Simple en grado de tentativa, toda vez que la acción penal se ha extinguido por prescripción.
Rigen Arts. 323 Inc. Ira. del C.P.P. y 62 Inc. 2 del C.P..
Fdo. Dr. Ricardo Fraga. Juez de Garantías, debiendo publicarse por cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Morón, Secretaría, 29 de septiembre del 2014. Pablo A. Busolin, Secretario, C.C. 11.000 / oct. 21 v. oct. 27
POR 5 DÍAS - En causa contravencional Nº 1534 de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Depto.
Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Florencia Doumic, seguida a LÓPEZ, LUCAS EMANUEL, por infracción al artículo 74 inciso A del Decreto Ley 8.031/73 en Dolores a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Pellegrini Nº 1718 de la ciudad de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 18 de septiembre de 2014. Autos y Vistos Y considerando Por Ello Fallo la presente causa contravencional Nº 1534: 1. Absolviendo libremente a López, Lucas Emanuel, cuyos demás datos obran en autos, en la infracción al Art. 74 Inc. A del Decreto Ley 8.031/73, que diera motivo a la formación de estas actuaciones, por no haberse probado la materialidad contravencional. Notifíquese Dolores, de octubre de 2014
Autos y Vistos procédase a su notificación por edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de la Pcia.
de Bs. As., conforme lo preceptuado en el Art. 129 del C.P.P. Fdo. María Cristina Tramontini. Juez. Ante mí:
Florencia Doumic. Abogada Secretaria. Dolores, Juzgado Correccional N 2, Secretaría. Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, Secretaría, 6 de octubre de 2014.
C.C. 11.009 / oct. 21 v. oct. 27
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Presidente del Tribunal Criminal Nº Uno, Dra. María Elena Baquedano en la Causa Original Nº 431/14 Orden Interno Nº 2719
caratulada: Anriquez Gastón Claudio s/ Lesiones agravadas, a los efectos de hacerle saber a Ud. la resolución que a continuación se transcribe Bahía Blanca, 22 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: Visto el estado de autos, habiendo quedado firme la sentencia condenatoria
PÁGINA 8773

recaída en el expediente de marras, practíquese por Secretaría el cómputo de pena respecto del imputado GASTÓN CLAUDIO ANRIQUEZ Art. 533 Inc. 2º del ritual.
Notifíquese a la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal Departamental, al RUAP. y Registro Nacional de Reincidencia. Fdo. Dra. María Elena Baquedano. Juez cómputo legal de pena Sr. Presidente del Excmo. Tribunal en lo Criminal Nº 1 Departamental.
Cumplo en informar a V.S. que, en la causa original Nº 431/14 Orden interno 2719, con fecha 15 de julio de 2014, se condenó a Gastón Claudio Anriquez fs. 107/112
a la pena de 9 nueve meses de prisión de ejecución condicional, con más las costas en orden al delito de Lesiones Leves Art. 89 del Código Penal. Se fijaron como reglas de conducta, por el término de dos 2 años, la fijación de residencia, el sometimiento al cuidado del Patronato de Liberados, el someterse a un tratamiento psicológico para tratar conductas relacionadas con la problemática de autos, tratamiento cuya conveniencia deberá ser evaluada por el Profesional Psicólogo actuante en el Patronato indicado o Secretaría de Acción Social del Municipio de Punta Alta, en caso de no contar el referido Patronato con personal idóneo. La resolución no fue recurrida. El causante nunca estuvo privado de su libertad. La condena restó firme el 29 de agosto de 2014 vide notificaciones de fs. 118. Siguiendo para ello la tesis que este Tribunal ha fijado en los autos 61/07, o.i. 1863, donde se receptó la doctrina del plenario capitalino Barba, Horacio D., del 23/03/1979 La Ley, 1.979- B-169, indicándose no es relevante la notificación al Defensor para la firmeza del resolutorio que por otra parte según el cargo obrante a fs. 298 acaeció el 13 de septiembre del corriente, sino que es doctrina del Art. 66 del C.P. que es el tutelado el que debe anoticiarse certeramente del fondo a fin de ejercer sus derechos, de donde, la sentencia, conforme resolución de fs. 298 quedó firme el día 12 de septiembre de 2011 si bien no se me escapa que el mentado plenario tiene por norte de análisis los plazos prescriptivos de la pena, no es menos cierto es que el holding es trasvasable en la especie. Ahondando en la cuestión, conforme lo normado por el Art. 451. 3º párr. del C.P.P.B.A., no recurrida temporariamente la resolución, esta se declarará firme y consentida, pero ello no implica que se adquiera la firmeza en el plazo que regla dicha norma, sino que, no ejercido el derecho recursivo, cobra plena virtualidad la firmeza de la sentencia en el momento de su notificación oportuna. Consecuentemente, la pena vencerá el día 28
de mayo de 2015. En tanto que las reglas de conducta operarán su vencimiento el día 28 de agosto de 2016. Es todo cuanto tengo para informar a V.S. Bahía Blanca, 22
de setiembre de 2014. fdo. Dr. Guillermo Pazos Crocitto Secretario liquidación de costas y gastos. En concepto de costas el nombrado deberá abonar en sellado provincial la suma de $ 228,00 doscientos veintiocho pesos, según Art. 83 Ley 14.553. Secretaría, Bahía Blanca, 22 de setiembre de 2014 fdo. Dr. Guillermo Pazos Crocitto.
Secretario Bahía Blanca, 25 de septiembre de 2014.
Apruébase el cómputo de pena practicado por el Actuario, y téngasela como parte integrante de la sentencia condenatoria impuesta al penado Gastón Claudio Anriquez.
Asimismo notifíqueselo del estado de las presentes actuaciones e intímeselo al pago correspondiente a las costas para que haga efectiva la misma dentro del plazo de 10
días, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 520 del ritual, a cuyo fin líbrese oficio recuérdese e impóngase al encausado la carga de someterse a tratamiento psicológico, el que a partir de haber quedado firme la resolución se ha tornado deber del causante acompañar constancia de inicio de dicho trámite como se resolviera en la sentencia condenatoria. Notifíquese, a la delegación local del Patronato de Liberados y al Boletín Oficial. Cúmplase fdo.
Dra. María Elena Baquedano. Juez Asimismo se le hace saber a usted que los datos personales del imputado son:
Gastón Claudio Anriquez, de nacionalidad argentina, DNI:
30.823.412, nacido el 10 de febrero de 1984, en la ciudad de Bahía Blanca, soltero, instruido, de ocupación marino mercante, hijo de Roberto Carlos Anriquez v y de Nélida Fragetta, con último domicilio en calle Ayala Torales Nº 426 de Villa Arias, Partido de Punta Alta. José Ignacio Pazos Crocitto, Abogado Secretario. Bahía Blanca, 22 de septiembre de 2014.
C.C. 11.010 / oct. 21 v. oct. 27
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Depto. Judicial de Dolores, en causa Nº 16417, I.P.P. 02-2778-09 caratulada: Teves, Carlos Javier y otros s/ Peculado culposo en conc. real e/encubrimiento agravado Apel inter x Dr.
Paladino c/den. sobreseim. y elev. a juicio, a fin de que

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/10/2014 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date23/10/2014

Page count12

Edition count3380

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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