Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/09/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ALBERTO AGERO, de la siguiente resolución:
Mercedes, 01 de septiembre de 2014. Por recibido, agréguese, téngase presente y a fin de que no se altere el contenido del informe que antecede, producto de la degradación que sufren las impresiones en papel de fax, fotocópiese, glósese a la presente y atento a lo informado por la Comisaría de Marcos Paz a fs. 83, toda vez que el encartado Matías Alberto Aguero, no ha podido tomar conocimiento que se han fijado los días 04 y 05 de septiembre del corriente año, a las 10:00 horas, para celebrar la audiencia de debate oral dispuesta a fs. 74 y en virtud de que no hay tiempo material para notificarlo de otro modo, déjese sin efecto la misma y cítese al nombrado a primera audiencia, notificándoselo por edictos intimándose a presentarse ante este Juzgado en el término de 10 días a partir del último día de publicación, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, será declarado rebelde Art.129 del C.P.P.. Fdo.: Dra. María Laura Pardini. Juez.
Mercedes, 01 de septiembre de 2014.
C.C. 9.740 / sep. 18 v. sep. 24


POR 10 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 1285/14-4944, caratulada: Ríos Silva Emilio s/ Desobediencia en Moreno B, I.P.P. Nº 0901-004944-14, UFI 7, Flagrancia de Moreno/General Rodríguez, Juzgado de Garantías Nº 3 el Departamento Judicial de Moreno/General Rodríguez B, notifica al nombrado RÍOS SILVA EMILIO, de la siguiente resolución: En la audiencia del día catorce de agosto del año 2014
Visto lo peticionado por las partes, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129, 303, s.s. y c.c. Del C.P.P.;
Resuelvo: 1.- En virtud de lo informado y de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese al imputado Ríos por edictos, intimándoselo a presentarse ante este juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, sea declarado rebelde. Acto seguido, los comparecientes se notifican de la resolución. Con lo que termina el acto previa lectura que en alta voz da la Actuaria, firmando los comparecientes después de S.S. y por ante mí doy fe.. Fdo.: Dra.
María Laura Pardini. Juez Mercedes, 14 de agosto de 2014.
C.C. 9.741 / sep. 18 v. oct. 1
POR 5 DÍAS - El Juzg. de 1º Inst. en lo Civ. y Com. Nº 1, del Depto. Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Luis Alberto Ruiz Díaz, hace saber que en autos: West Winds S.A. s/Quiebra Expte. Nº 75.723, con fecha 30/06/14 se ha decretado la quiebra de WEST WINDS S.A., domicilio legal Monroe 2141, Boulogne, Pdo. de San Isidro, Prov. de Bs. As., CUIT 30-70962337-7. Se intima a la fallida entregue al Síndico, dentro de las 24 hs., todos sus bienes.
Intímase a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación de la fallida para que dentro de las 48
hs. de la última publicación edictal, los entreguen al Síndico o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello bajo apercibimiento de Ley. Se intima a la fallida para que en igual plazo constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Se prohíbe hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.
Los administradores del fallido no pueden ausentarse del país sin autorización judicial concedida en cada caso. Se han fijado las siguientes fechas: 5/11/14 como límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación ante el Síndico Julio César H. Harisgarat, domicilio Roque Sáenz Peña 57, 5 C, San Isidro, P.B.A. 47478525/4094; presentación de los Informes Individuales:
22/12/14, Informe General 12/3/2015. La sindicatura atenderá a los acreedores los días martes y jueves en el horario de 15 a 18 hs. Se deja constancia que el valor del arancel del art. 32 LCQ fue elevado a la suma de $ 350. San Isidro, 15 de agosto de 2014. Mariano Heredia Gandini, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.757 / sep. 19 v. sep. 25
POR 2 DÍAS - EL Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 16 a cargo del Dr. Sebastián Sánchez Cannavó, Secretaría Nº 32, a cargo del Dr. Jorge Yacante, sito en Avda. Callao 635, Planta Baja de Capital Federal, comunica que en los autos caratulados: TRINTER SCIF s/Quiebra se ha presentado el proyecto de distribución de fondos previsto por el artículo 218 L.C., el que
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA,VIERNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2014

será aprobado de no mediar objeción dentro de los diez días de publicado el presente. Buenos Aires, 5 de septiembre de 2014. Jorge Héctor Yacante, Secretario.
C.C. 9.767 / sep. 19 v. sep. 22


POR 1 DÍA - El Juzgado de Primera lo Civil Comercial Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra. Alicia Ángela Ortolani, Secretaría Única, sito en Ituzaingo 340, Piso 6º de San Isidro notifican al Sr. JORGE
KEON, la regulación de honorarios y su confirmación, practicadas a fs. 210, 223 y la incidencia de fs. 247 en los autos caratulados Perrone Pedro Fernando y otro/a c/
Keon José s/ Prescripción Adquisitiva. San Isidro, 5 de noviembre de 2012 Agréguese y de conformidad con lo pedido y lo normado por el Art. 10 de la Ley 10.268 regúlanse los honorarios de los profesionales intervinietes:
Demandada: Luisa Irene Lai, titular de la Defensoría Civil Nº 3 Departamental por su intervención en autos en la suma de sesenta y nueve mil pesos $ 69.000, con más los aportes de Ley. Art. 8 de la Ley 12061 Regístrese.
Notifíquese. Firmado Alicia Ángela Ortolani. Juez San Isidro, siete de marzo de 2013.- Mediante resolución de fs.
210, se han fijado los honorarios de la Dra. Luisa Irene Lai, a cargo de la Unidad de Defensa Civil Nº 3, ver fs. 139 en la suma de sesenta y nueve mil pesos. En consecuencia, teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y mérito de los trabajos realizados por la mencionada profesional, los emolumentos que le fueran regulados en Primera Instancia, a criterio de este Tribunal, no resultan ser reducidos y por ende se los confirma. Asimismo y por la actuación ante esta instancia, se regulan en la suma de quince mil pesos Regístrese y devuélvase. Firmado. Carlos Enrique Ribera, Juez. Hugo O. H. Llobera, Juez; Miguel Luis Álvarez. Secretario..San Isidro, 24 de octubre de.
2013 ante esta instancia en la incidencia resuelta a fs.
236/7, por la Dra. Luisa Irene Lai, a cargo de la Unidad de Defensa Civil Nº 3 se fijan sus honorarios en la suma de tres mil quinientos pesos. .. Regístrese y devuélvase.
Firmado. Carlos Enrique Ribera, Juez. Hugo O. H. Llobera, Juez; Miguel Luis Álvarez. Secretario. - Art. 54 Decreto Ley 8904/77. San Isidro, 23 de abril de 2014. Atento lo pedido y siendo exacto lo expuesto; líbrense edictos a fines de notificar los honórarios regulados en autos, por un día en el Boletín Oficial. - Fdo. Alicia Ángela Ortolani.
Juez. Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez 10 días de quedar firme el auto regulatorio. Los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez 10 días de intimado su pago, cuando sea exigibles. Operada la mora, el profesional podrá optar por: a Reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido en el Art. 24, con más un interés del ocho 8 por ciento anual, b Reclamar los honorarios, con más el interés que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento.
Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real. En la cédula de notificación, en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad, deberá transcribirse este artículo.. Diana Cecilia Segovia, Secretaria.
C.C. 9.758
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita.. y emplaza a IRENE LILIANA MARINI, quien resulta ser titular del Documento Nacional de Ientidad Nº 11.423.659, argentina, nacida el 23 de septiembre de 1953
en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, instruida, viuda, de ocupación empleada, hija de Domingo Marino y de Raquel Casineri y con domicilio en la avenida Juan B.
Justo 9100, Torre 5, Departamento 209, entrada E de Liniers, Capital Federal, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararla rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129, 303 y sstes. del C.P.
P.. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 2 de septiembre de 2014. Por recibido, agréguese y téngase presente. En virtud de lo informado a fs. 112/113, 117, 120 remítase la presente causa a la Defensoría Oficial interviniente, a fin de que se procure la comparecencia de su asistida, bajo apercibimiento de declararla rebelde y ordenar su comparendo artículos 129, 303 y sstes. del Código Procesal Penal.
Finalmente, sin perjuicio de la remisión dispuesta en el
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párrafo que precede, en virtud a la naturaleza de este proceso, intímese a la encausada por edictos a que dentro del quinto día de publicados comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo el mismo apercibimiento ordenado en el párrafo precedente Art.
129 del C.P.P.. Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Mariela C. Quintana. Secretaria. Secretaría, 2 de septiembre de 2014.
C.C. 9.759 / sep. 19 v. sep. 25


POR 2 DÍAS - La Sala I de la Excma. Cámara de Apelación del Departamento Judicial de San Isidro en autos caratulados Harari Miguel Matías c/ López Ventura Luciano Tomás y otro s/ Daños y perjuicios -sumario-, notifica al demandado LUCIANO TOMÁS LÓPEZ VENTURA que con fecha 14 de julio de 2014, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, se modifica la sentencia de fs.
343/50, elevando la indemnización por tratamiento psicológico a la suma de $ 10.000, y la concedida por daño moral a $ 4.000, confirmándose todo lo restante que fuera materia de agravios. En cuanto a las costas devengadas ante esta Alzada, por el recurso interpuesto por la actora, en un 60% a su cargo, y en un 40% a la citada en garantía;
por el recurso de esta última, a su cargo. La regulación de honorarios se difiere para su oportunidad conf. Arts. 31 y 51 Ley 8.904. Regístrese, notifíquese y devuélvase a la instancia de origen. Firmado: Carlos Enrique Ribera. Juez.
Hugo Oscar Héctor Llobera. Juez. Miguel Luis Álvarez.
Secretario San Isidro, 29 de agosto de 2014.
C.C. 9.761 / sep. 19 v. sep. 22
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a GABRIELA NOEMÍ GONZÁLEZ, con último domicilio en Carlos Eberth 3168 de la localidad de El Talar, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2864, que se le sigue por lesiones leves, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 26 de agosto de 2014. En atención al informe policial obrante a fs. 116, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Gabriela Noemí González, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 de PPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.- Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez;
Ante mí: Dr. E. Osores Soler Secretario. Secretaría, 26 de agosto de 2014. Estanislao Osores Soler, Secretario.
C.C. 9.762 / sep. 19 v. sep. 25
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C, Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a MARÍA DOLORES ROFFE IBÁÑEZ, con último domicilio en Guemul 187- Casa 2 de la localidad de Calafate -Pcia. Santa Cruz, por el plazo de tres 3 días a contar: desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2865, que se le sigue por usurpación de propiedad, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 22 de agosto de 2014. En atención al informe policial obrante a fs. 183/186, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos María Dolores Roffe Ibáñez, cítesela por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez;
Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Estanislao Osores Soler, Secretario.
C.C. 9.763 / sep. 19 v. sep. 25
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 7 del

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/09/2014 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date19/09/2014

Page count14

Edition count3377

First edition02/07/2010

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