Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/07/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 5092

LA PLATA, MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2014

día 11 de junio de 1998 en la ciudad de Lanús Oeste, con Documento Nacional de Identidad N 41.210.109, hija de Julio Ignacio y de Delavalle Carolina, con domicilio en calle Esquiú N 1169 de la localidad de San Bernardo, en orden al delito de Lesiones Leves previsto y penado en el art. 89
del Código Penal, por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 inc. 5 del CPP.
Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. III Encontrándose los menores bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar los menores antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa. IV Notifíquese a la Señora Defensora Oficial del Joven y a la Señora Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. V Líbrese oficio a Comisaría de San Bernardo para notificar a los menores y persona mayor responsable. Fecho, archívese la causa sin más trámite. Regístrese. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores.
Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Carpeta de Causa N 2368-12 - IPP N: 03-00-006548-12
- Dolores, de junio del 2014. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 2368-12, provenientes de Destacamento Nueva Atlantis y Comisaría de San Bernardo, y en atención a lo allí expresado, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución N 867-12 de fecha 22 de noviembre de 2012 a fin de notificar a los menores Oscar Alberto Duarte y Aylén Luciana González y sus respectivos mayores responsables por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del CPP por el término de 5 días. Fdo. María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Deptal.
Dolores. Dolores, 4 de junio de 2014. Agustina M. Franco, Secretaria.
C.C. 6.813 / jul. 1 v. jul. 7


POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 310614 autos caratulados Gómez, Maximiliano Ezequiel y Longo, Thomas Juan Manuel s/ Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a THOMAS JUAN MANUEL LONGO y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle 7 y Naval de la localidad de San C.
Del Tuyú, provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente:
Resolución: 152-14 // Carpeta de Causa N 3106-14 Dolores, de marzo de 2014. Autos y Vistos: II
Considerando: Resuelvo: 1 Sobreseer definitivamente por hecho al menor: I Thomas Juan Manuel Longo, nacido el 10 de octubre de 1998, con DNI N41739090, hijo de Daniel Abel Longo, con domicilio en calle 73 N
1775 y Avenida Naval de la localidad de San C. Del Tuyú, II Maximiliano Ezequiel Gómez, nacido el 9 de agosto de 1996, con DNI N 39748870, hijo de Juan Pablo Gómez, domiciliado en calle 7 N 2152 entre calle 17 y Avenida Cuarta de San Clemente, orden al delito de Hurto Simple delito previsto y penado en los Arts. 162 del CP conforme lo normado en el Art. 323 inc. 5 del CPP. 2 Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3 Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar el menor antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa, sin perjuicio de la facultad propia del Ministerio Público Fiscal de requerir por propia iniciativa y en forma directa al servicio de promoción y protección de los derechos del niño su intervención ante la posible vulneración de derechos del menor encausado. Notifíquese al Defensor Oficial del Joven y señor Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. Líbrese oficio a Comisaría para notificar al menor y persona mayor responsable. Fecho, archívese la causa sin más trámite. Regístrese. Fdo.:

BOLETÍN OFICIAL

María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Carpeta de Causa N
3106-14 - IPP N: 03-00-001363-14. Dolores, de junio del 2014. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 3106-14, provenientes de Comisaría de San Clemente del Tuyú, y en atención a lo allí expresado, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución N 152 - 14 de fecha 7 de marzo de 2014 a fin de notificar al menor Thomas Juan Manuel Longo con DNI
41.739.090 persona mayor responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P. por el término de 5 días. Fdo. María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Deptal. Dolores. Dolores, 9 de junio de 2014. Agustina M. Franco, Secretaria.
C.C. 6.814 / jul. 1 v. jul. 7


POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 307914 autos caratulados Frangi, Wanda y Ponce, Keila Mariana s/Encubrimiento, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a WANDA FRANGI y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle 33
entre 9 y 10 N 959 de la localidad de Santa Teresita, provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: Resolución N: 11914 // Carpeta de Causa N 03079-14//IPP N 03-00000856-14 - Dolores, 19 de febrero del 2014. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 2. Sobreseer definitivamente por edad a la joven Frangi Wanda nacida el 21 de setiembre de 1998, argentino, soltero, con domicilio en calle 33 entre 9 y 10 N 959 de la ciudad de Chascomús, Pdo. del mismo nombre, Pcia. de Buenos Aires, hija de Digiusto María Eugenia y Frangi Facundo, titular del DNI 41.434.603 en orden al delito, de Encubrimiento delito y penado en el Art. 277 inc. 1 del Código Penal, por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 inc. 5 del CPP.
Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3 Líbrese oficio a la comisaria para notificar al menor y persona mayor responsable.
Regístrese. Notifíquese al Defensor Oficial del Joven y Señor Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos.
Fecho, archívese la causa sin más trámite. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente: Carpeta de Causa N 3079-14 - IPP
N: 03-00-000856-14 - Dolores, de mayo de 2014. Por recibidas las actuaciones que anteceden provenientes de Comisaría de Santa Teresita en el marco de la presente Carpeta de Causa N 3079-14, caratulada Frangi, Wanda y Ponce, Keila Mariana s/Encubrimiento, y en atención a lo allí expresado respecto a la infructuosa notificación a la joven Frangi, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución N 119-14 de fecha 19 de febrero de 2014 a fin de notificar a la menor Frangi Wanda con DNI 41.434.603 y persona mayor responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P. por el término de 5 días.-
Fdo.: María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Dolores, 23 de mayo de 2014. Agustina M. Franco, Secretaria.
C.C. 6.815 / jul. 1 v. jul. 7
POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N
01644-11 autos caratulados Abril Jorge Alberto y Corbalán Joel Ezequiel s/ Hurto en Tentativa, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a JORGE ALBERTO ABRIL cuyo último domicilio conocido fuera calle Paseo 121 y Avenida 14 de la localidad de Villa Gesell, provincia de Buenos Aires y JOEL
EZEQUIEL CORBALÁN cuyo último domicilio conocido
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

fuera calle Paseo 118 y Avenida 14 de la localidad de Villa Gesell provincia de Buenos Aires y persona mayor responsable de los mismos, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: Dolores, 9 de noviembre de 2011. Autos y Vistos. Resuelvo: 1
Sobreseer definitivamente por edad y por hecho al menor Corbalán, Joel Ezequiel, nacido el día 14 de junio de 1997
en la ciudad de Pinamar, con DNI 43.852.368, hijo de Bautista y de Sonia Edith Luján, domiciliado en calle Paseo 118 y Avenida 14 de la localidad de Villa Gesell, en orden al delito de Hurto en Tentativa previsto y penado en el Art. 162, 44 y 42 del Código Penal 183 por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el art.
323 inc. 5 del CPP. 2 Sobreseer definitivamente por hecho al menor Abril Jorge Alberto, nacido el día 27 de mayo de 1995 en la ciudad de Villa Gesell, con DNI
43.969.771, hijo de José y de Elsa Noemí Nadales, domiciliado en calle Paseo 121 y Avenida 14de la localidad de Villa Gesell, en orden al delito de Hurto en Tentativa previsto y penado en el art. 162, 44 y 42 del Código Penal 183
por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 inc. 5 del CPP. 3 Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 4
Encontrándose en conocimiento el Servicio Local de Villa Gesell que el menor Abril, Jorge Alberto, se encuentra imputado en reiterados delitos y en consecuencia se ha dado intervención mediante comunicación efectuada por el MPF a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa. 5 Notifíquese a la Señora Agente Fiscal y al Señor Defensor Oficial del Joven. Líbrese oficio a Comisaría para notificar a los menores, y personas mayores responsables. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite. 6 Devuélvase la I.P.P. ante la Sra. Agente Fiscal con copia del presente a sus efectos. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente: Dolores, de mayo de 2014. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 01644-11, caratulada Abril, Jorge Alberto y Corbalán, Joel Ezequiel s/ Hurto en tentativa provenientes de Comisaría de Villa Gesell, y en atención a lo allí expresado, ofíciese al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la Resolución N 2206-11 de fecha 09 de noviembre de 2011
a fin de notificar al menor Abril, Jorge Alberto con DNI
43.969.771 y Corbalán Joel Ezequiel D.N.I. 43.852.368 y personas mayores responsables por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P. por el término de 5 días.
Fdo.: María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Dolores, 15 de mayo de 2014. Agustina M. Franco, Secretaria.
C.C. 6.816 / jul. 1 v. jul. 7


POR 5 DÍAS - En relación a Carpeta de Causa N
1257-11, IPP N 03-00-006896-10 seguida a Flecha Carlos Nahuel y Silpitucla Braian Alberto por el delito de robo en tentativa de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, al menor SILPITUCLA BRAIAN ALBERTO DNI N 40.139.179 y persona mayor responsable cuyo último domicilio conocido es diagonal 20 e/ 10 y 11 de la localidad de Santa Teresita.
A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución N 001767-11, a notificar: Dolores, 21 de enero de 2011. Autos y vistos: y Considerando Resuelvo: 1.
Sobreseer definitivamente por edad: I Al menor Flecha Carlos Nahuel, nacido el día 17 de diciembre de 1995, Argentino, con DNI N 38.437.270, hijo de Julio Norberto Flecha y de Emma Beatriz Torres, con domicilio en Calle 11 N 945 e/36 y 37 de la localidad de Santa Teresita, II
Al menor Silpitucla Braian Alberto, nacido el día 18 de diciembre de 1996, con DNI N40.139.179, hijo de Tomas Alberto Silpitucla con domicilio en Calle Diagonal 20 e/ 10
y 11 de la localidad de Santa Teresita, por el delito de Robo Simple en tentativa previsto y penado en el Art. 164
en relación con el Art. 42 y Art. 44 del C.P., por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art.
323 inc. 5 del CPP. Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3 En relación a la solicitud de derivación al Servicio Local de promoción y protección de derechos, estese a la intervención ordena-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/07/2014 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date02/07/2014

Page count18

Edition count3398

First edition02/07/2010

Last issue06/08/2024

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