Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/01/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Dra. Wagner. En consecuencia, remítase la presente causa a conocimiento de la Sra. Defensora General Departamental a efectos de que se desinsacule la Defensoría Oficial que por turno corresponda intervenir.
Sin perjuicio de ello, atento lo informado a fs. 322/327, e ignorándose la residencia actual del procesado Chamorro, procédase a disponer su citación y emplazamiento mediante notificación edictal, bajo apercibimiento de ordenar su comparendo compulsivo art. 150, última parte del CPP y ccdtes., para que en el término de tres días computables a partir de la última publicación, se presente para estar conforme a derecho. En consecuencia, líbrese oficio al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires a fin de que, durante cinco días, publique el emplazamiento antes mencionado, debiendo remitir un ejemplar del número de Boletín Oficial o constancia que pruebe el cumplimiento de la medida ordenada, la que será exenta de sellado y tasas judiciales. art. 129 del CPP Rodolfo Castañares, Presidente. Secretaría, diciembre 16 de 2013. Alejandro D. Fernández, Secretario.
C.C. 13.826 / ene. 3 v. ene. 9


POR 5 DÍAS - En la Causa N 20915, I.P.P. N 03-02001671-13, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, en el marco de la causa Reg. de Presid. N 60779 caratulada BÁEZ BRUNO s/ Recurso de Queja Art. 433 CPP., a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Avda. Tuyú entre Arias y Avda. Buenos Aires de la ciudad de General Madariaga, de la solución dictada por el Tribunal de Casación Penal, cuya parte resolutiva se transcribe: "La Plata, 29 de octubre de 2013 Resuelvo: Rechazar, sin costas, el recurso de queja interpuesto. Rigen los artículos 8.2h de la Convención Americana sobre Derechos Humanaos, 14.5
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 18
y 75 inc. 22 de la C.N.; 106, 433, 450, 465, 530 y 531 del Código Procesal Penal Benjamín Ramón Sal Llargues, Juez del Tribunal de Casación Penal de la Prov. de Bs. As.
Daniel Carral, Juez de Casación. Ante mí Jorge Andrés Álvarez, Secretario, Sala I del Tribunal de Casación Penal.
Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, 19 de diciembre del 2013. Autos y Vistos: Por recibido el escrito que antecede en contestación del traslado conferido a la defensa, sin perjuicio de lo manifestado por el señor Defensor Oficial, Dr. Rolando Enrique Brown, procédase a efectuar la notificación al imputado Bruno Báez de la resolución dictada por el Tribunal de Casación Penal, por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P. Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 19 de diciembre de 2013.
C.C. 13.831 / ene. 3 v. ene. 9
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra., Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría única, en relación a la causa N 3735/2010, registrada en esta Secretaría bajo el N J-0005611 caratulada: "Rodas, Claudio Germán s/ Amenazas en Concurso Real con Coacción Agravada", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el artículo 129 del Código Procesal Penal, la resolución que se notifica al imputado CLAUDIO GERMÁN RODAS, titular del D.N.I. N
28.569.918, nacido el día 6/03/1981 en la localidad de Lanús, Provincia de Buenos Aires, sin sobrenombres ni apodos, hijo de Amancio y de Mirta Ramona Borja, de estado civil soltero, de ocupación vendedor, con último domicilio conocido en calle Perdriel N 2922 de la localidad de Bosques, Partido de Florencio Varela, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Ciudad de Quilmes, 8 de noviembre de 2013. Resuelvo: I Declarar la Rebeldía de Claudio Germán Rodas, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los artículos 303 y 304 del Código Procesal Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado, una vez que sea habido, a primera audiencia. II Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado sea habido para ser sometido nuevamente a proceso conforme artículo 305 del Código Procesal Penal. III
Regístrese, notifiquese al señor Fiscal y a la Defensa, y por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el artículo 129 del Código Procesal. IV Fecho,
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 9 DE ENERO DE 2014

líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaría artículo 305, tercer párrafo, del Código Procesal Penal. Firmado: Dra. Julia Andrea Rutigliano -Juez correccionalo Ante mí: Dra. María Cecilia González, Secretaria. Quilmes, 26 de noviembre de 2013.
C.C. 13.833 / ene. 3 v. ene. 9


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías del Joven Nº 3
del Departamento Judicial La Plata, sito en calle 56 y 8 2º Piso a cargo de la Sra. Juez Inés N. Siro, en el marco de la causa Nº 74.552 notifica a CARTELLE FACUNDO
NICOLÁS que se ha resuelto: "La Plata, 29 abril de 2013
Fallo: I. Declarando coautores penalmente responsables a Jonathan Gustavo Hoses DNI 34.954.181, nacido el 27 de febrero de 1990, hijo de Hoses Gustavo y Moreno Norma Susana; Facundo Nicolás Cartelle DNI 38.129.626, nacido el 2 de octubre de 1990, hijo de Cartelle Mario Alberto y López Melo María del Carmen; Cesar Javier Córdoba DNI
35.500.035, nacido el 21 de septiembre de 1990, hijo de Córdoba Guillermo y Correa Mónica; Juan José Silveira DNI 35.270.532, nacido el 18 de mayo de 1990, hijo de Piñeyro Estelita y de Silveira Juan Carlos y Olivera Oscar Javier DNI 35.455.851, nacido el 1 de agosto de 1990, hijo de Olivera Ernesto y de Leguizamón Delia. II.
Condenándolos a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por aplicación del Art. 4 de la Ley 22.278 y Art. 26 y 27 bis del Código Penal. III. Disponer como condiciones a cumplir durante el período de condena condicional, las siguientes condiciones: a Fijar residencia en los domicilios declarados en la presente causa, manteniendo su actual situación de vida. b Prohibición de acercarse a la víctima. c Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes. d Concurrir a una actividad laboral con supervisión y conocimiento de este Juzgado de Garantías del Joven Nº 3. e Realizar estudios o prácticas necesarias para su capacitación laboral o profesional.
Notifíquese. Regístrese. Fdo. Inés Noemí Siro, Juez. La Plata, 19 de diciembre de 2013.
C.C. 13.893 / ene. 6 v. ene. 10
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a RODRIGO NICOLÁS SAENKO, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Argentina, soltero, hijo de Víctor Pedro y de María Dolores Viegas, nacido en Monte Grande con fecha 19 de junio de 1986, DNI Nº 32.998.521 y con último domicilio conocido en Ñandubay Nº 1113, de la localidad de Adrogue, partido de Alte. Brown, para que en el término de cinco 5 días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 3956 IPP 030892-12, caratulada Saenko, Rodrigo Nicolás y otro s/ Robo en grado de tentativa J. Gtías. Nº1 - gestión Nº 2140/12 Flagrancia, cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 16 de diciembre de 2013. Atento lo informado a fs. 123/126 y de las reiteradas citaciones a las cuales no se hizo presente -ver fs.93/97, fs.103/106, fs.113/117, cítese a Saenko.
Rodrigo Nicolás por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 de ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. En la misma fecha se cumplió. Conste." Fdo: Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí: Dra. María Carola Origone, Auxiliar Letrada. Secretaría, 17 de diciembre de 2013.
C.C. 13.892 / ene. 6 v. ene. 10
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, en la Causa Nº 2817, caratulada Lucero, Leandro Manuel s/ Inf. Ley 11.929 en función del Art. 43 de la Ley 8031, Notifica ALEANDRO
MANUEL LUCERO, cuyos datos filiatorios son los siguientes: nacionalidad Argentina, Soltero, hijo de René y de Marta Sosa, nacido en Lanús con fecha 13 de octubre de 1988, D.N.I. Nº 34.085.015 y con último domicilio conocido en Calle Klosterman Nº 2532 de la Localidad de Villa Barceló Partido de Lanús de la resolución que a continuación se transcribe: "Lomas de Zamora, 17 de diciembre de 2013. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: 1.
Dejar sin efecto y rebeldía dispuesta a Fs. 58/ Vta., y declarar la prescripción de la pena impuesta a Leandro
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Manuel Lucero o Leonardo Lucena en la presente Causa Nº 2817, de conformidad con lo preceptuado por los Arts.
32 y 33 de la Ley 8031.- II.- A fin de no dilatar la tramitación de los presentes obrados, procédase a notificar el presente resolutorio, por medio de edictos ante el Boletín Oficial, cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fín líbrese oficio de estilo. Notifíquese al Sr. Defensor Oficial. Fdo: Dr. José Antonio Michilini, Juez. Ante mí: María Carola Origone Auxiliar Letrado.
C.C. 13.891 / ene. 6 v. ene. 10


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial Marón, en causa Nº J-0822 seguida a Ariel Alejandro Fernández por el delito de hurto simple en grado de tentativa, del registro de la Secretaría única, cítese y emplácese a ARIEL ALEJANDRO
FERNÁNDEZ, con último domicilio en la calle Zorrila Nº 2.730 de la localidad y partido de Merlo, nacido el día 30
de diciembre de 1.986, hijo de Ernesto Ceferino y Liliana Graciela Guevara, con D.N.l. Nº 32.691.100, por el término de 5 cinco días, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón Nº 151 esquina Alte. Brown 4to. piso, sector "D" del Palacio de Tribunales, Partido de Marón, provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente:
"Morón, 16 de diciembre de 2013 cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a por el término de 5 cinco días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca Ariel Alejandro Fernández a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y de ordenar su Comparendo Compulsivo Arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A." Fdo.:
Graciela Julia Angriman, Jueza en lo Correccional.
Secretaria, 16 de diciembre de 2013. Verónica Vieito, Secretaria.
C.C. 13.889 / ene. 6 v. ene. 10
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Graciela Julia Angriman, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial Marón, en causa Nº J:0746 seguida a David Daniel Falón por el delito de robo simple, del registro de la Secretaría única, cítese y emplácese a DAVID DANIEL FALÓN de nacionalidad argentina, estado civil soltero, domiciliado en la calle Pedro. Elizalde Nº 1.419 de la localidad de Ciudadela, nacido el 30 de marzo de 1.994 en Morón, D.N.l. Nº 38.056.168, hijo de Marcelo y María Rosa Pereyra, titular del 38.056.168, por el término de 5 cinco días a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la ultima publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón Nº 151 esquina Alte. Brown 4to. Piso, sector "D" del Palacio de Tribunales, Partido de Marón, Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. Arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente:
"Marón, 16 de diciembre de 2013 Cítese y Emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, a por el término de 5 cinco días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca David Daniel Falón a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y de ordenar su comparendo compulsivo Arts. 129 y 304 del C.P.P.P.B.A." Fdo.: Graciela Julia Angriman, Jueza en lo Correccional. Secretaría, 16 de diciembre de 2013. Verónica Vieito, Secretaria.
C.C. 13.888 / ene. 6 v. ene. 10
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra.
Graciela Julia Angriman, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial Marón, en causa Nº J-0831 I.P.P. Nº 10-00-032089-09 caratulada "Cruz, Alejandro Horacio s/Amenazas simples reiteradas y otros", del registro de la Secretaría única, cítese y emplácese a ALEJANDRO HORACIO CRUZ, titular del D.N.l. Nº 29.486.728, argentino, estado civil soltero, nacido el día 11 de junio de 1982 en Santiago del Estero, hijo de Carlos Norberto y de Noemí del Carmen Juárez, con estudios pri-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/01/2014 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date09/01/2014

Page count6

Edition count3396

First edition02/07/2010

Last issue02/08/2024

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