Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/09/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 8132

LA PLATA, VIERNES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2012

parezca a estar a derecho en la presente causa Nº 2454212, seguida al nombrado en orden al delito de Hurto Agravado, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo Arts. 303, 304 y 306 del C.P.P. Lomas de Zamora, 29 de agosto de 2012, Analía Estanga. Auxiliar Letrada.
C.C. 9.810 / sep. 27 v. oct. 3


POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a FARÍAS, GABRIEL RAMÓN, en la causa Nº 1387-C Nº interno 1387-C seguida al nombrado en orden al delito de infracción Art. 10 de la Ley 11.929 y Art. 72 de la Ley 8031, cuya resolución se transcribe: Banfield, 4 de septiembre de 2012. Autos y Vistos: Esta causa Nº 1387-C Nº interno 1387-C del registro de este Juzgado caratulada Farías, Gabriel Ramón 51 infracción Art. 10 de la Ley 11.929 y Art.
72 de la Ley 8.031 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 16 de noviembre de 2008 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 10 de la Ley 11.929 y 72 de la Ley 8.031.
Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo:
I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Farías, Gabriel Ramón, en orden a la infracción Art. 10 de la Ley 11.929 y Art. 72 de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Gabriel Ramón Farías en virtud de lo resuelto en el acápite I.
Regístrese, notifíquese a la defensa y al Sr. Farías por intermedio de edictos la resolución que antecede, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Ana María Tenuta, Juez. Secretaría, 4 de septiembre de 2012. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 9.824 / sep. 27 v. oct. 3
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a GALVÁN, RICARDO DANIEL, en la causa Nº 1852-C Nº interno 1852-C seguida al nombrado en orden al delito de infracción artículo 96 inciso f de la Ley 8.031, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe:
Banfield, 13 de agosto de 2012. Autos y Vistos: Esta causa Nº 1852-C Nº interno 1852-C del registro de este Juzgado caratulada Galván, Ricardo Daniel s/ infracción artículo 96 inciso f de la Ley 8.031 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 23 de febrero de 2000 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 96 f de la Ley 8.031.Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Galván, Ricardo Daniel, en orden a la infracción artículo 96 inciso f de la Ley 8031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II
Sobreseer al imputado Ricardo Daniel Galván, titular de D.N.I. Nº 23.921.462, de nacionalidad argentino, domiciliado en calle Berti 1200, Avellaneda, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Regístrese, notifíquese.
Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaría, 14 de septiembre de 2012. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 9.811 / sep. 27 v. oct. 3

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a ROLDÁN, AGUSTÍN, en la causa Nº 1950-C Nº interno 1950-C
seguida al nombrado en orden al delito de infracción artículo 96 inciso f de la Ley 8031, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 14
de septiembre de 2012. Autos y Vistos: Esta causa Nº 1950-C Nº interno 1950-C del registro de este Juzgado caratulada Roldán, Agustín s/ infracción artículo 96 inciso f de la Ley 8031 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 27 de enero de 1999 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 96 inc. F de la Ley 8031.Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Roldán, Agustín, en orden a la infracción artículo 96 inciso f de la Ley 8031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley.Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Agustín Roldan, titular de D.N.I. Nº 5.862.839, de nacionalidad argentina, nacido el día 8 de marzo de 1937, hijo de Eduardo Flores y de Paula Roldan, domiciliado en calle Mariano Moreno Nº 4370 de la localidad de Villa Domínico, en virtud de lo resuelto en el acápite I.
Registrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial y al encartado por intermedio de edictos. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Ana María Tenuta, Juez.
Ante mí: Rosana Luciani, Secretaria. Secretaría, 14 de septiembre de 2012. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 9.812 / sep. 27 v. oct. 3


POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a SUCCOLO, LUIS HUMBERTO, en la causa Nº 1940-C Nº interno 1940-C seguida al nombrado en orden al delito de infracción artículo 85 de la Ley 8031, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 14
de septiembre de 2012. Autos y Vistos: Esta causa Nº 1940-C Nº interno 1940-C del registro de este Juzgado caratulada Succolo, Luis Humberto s/ infracción artículo 85 de la Ley 8031 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 27 de mayo de 2003 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en el artículo 85 de la Ley 8031.Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Succolo, Luis Humberto, en orden a la infracción artículo 85 de la Ley 8031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Succolo, Luis Humberto, titular de D.N.I. Nº 3.776.007, de nacionalidad argentina, jubilado, domiciliado en calle Basabilbaso 817, de Avellaneda. Registrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial y al encartado Succolo por intermedio de edictos. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Rosana Luciani, Secretaria. Secretaría, 14 de septiembre de 2012. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 9.813 / sep. 27 v. oct. 3
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a GONZÁLEZ,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LEONARDO, en la causa Nº 07-1960-C Nº interno 1960C seguida al nombrado en orden al delito de infracción arts. 4 y 5 del dec. Nº 490/98 de la Ley 11.748, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel.
Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 14 de septiembre de 2012. Autos y Vistos: Esta causa Nº 1960-C Nº interno 1960-C del registro de este Juzgado caratulada González, Leonardo s/ infracción arts. 4 y 5 del dec. Nº 490/98 de la Ley 11.748 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 29 de noviembre de 1998 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 4 y 5 del dec. Nº 490/98 de la Ley 11.748. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo:
I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado González, Leonardo, en orden a la infracción arts. 4 y 5 del dec. Nº 490/98 de la Ley 11.748, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la Ley 8031. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Leonardo González, titular de D.N.I. Nº 20.456.401, de nacionalidad argentina, nacido el día 16 de enero de 1969, hijo de Carlos González y de Marta Siberia, domiciliado en calle Lavalle Nº 390
piso 5º depto. 11, de Avellaneda, en virtud de lo resuelto en el acápite. I. Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial y al encartado González por intermedio de edictos.
Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Rosana Luciani, Secretaria.
Secretaría, 14 de septiembre de 2012. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 9.814 / sep. 27 v. oct. 3


POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a MENESES, LUIS HORACIO, en la causa Nº 1962-C Nº interno 1962C seguida al nombrado en orden al delito de infracción artículo 74 inciso a de la Ley 8031, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 14
de septiembre de 2012. Autos y Vistos: Esta causa Nº 1962-C Nº interno 1962-C del registro de este Juzgado caratulada Meneses, Luis Horacio s/ infracción artículo 74 inciso a de la Ley 8031 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 28 de abril de 1998 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 74 inc. a de la Ley 8031. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Meneses, Luis Horacio, en orden a la infracción artículo 74 inciso a de la Ley 8031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II
Sobreseer al imputado Luis Horacio Meneses, titular de D.N.I. Nº 13.742.135, de nacionalidad argentino, casado, nacido el día 24 de diciembre de 1960, en Dolores, mecánico, hijo de Luis Horacio, domiciliado en calle Las Heras Nº 538, Avellaneda, en virtud de lo resuelto en el acápite.
I. Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial y al encartado Meneses mediante edictos. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Ana María Tenuta, Juez.
Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. Secretaría, 14 de septiembre de 2012. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 9.815 / sep. 27 v. oct. 3
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de

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TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date28/09/2012

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