Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/06/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

nuación se transcribe: Merlo Bs. As.. 16 de diciembre de 2011. Vista y Considerando. Resuelvo: Que la Causa Nº 10.667, caratulada Trota, Roberto s/ Inf. Art. 10 Ley 11.929. En trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo: Conformada en cabeza de ALBERTO TROTA del que se aportan sus otros datos personales: al imputársele prima facie la supuesta comisión de la Infracción prevista y punida en el artículo 10 de la Ley 11.825, por lo prevenido el día veinte del mes de noviembre del año dos mil diez en este distrito: Emerge que ha transcurrido el plazo de un año desde la prevención hasta la fecha: no habiéndose interrumpido la prescripción de la acción por extremo hábil: por lo que corresponde declarar de oficio la extinción de esta acción contravencional de Índole Penal, por prescripción, a favor de dicho encausado artículos 32, 33 y 34 del Decreto Ley 8031/73.
Regístrese Fdo. Dr. Eduardo A. Diforte. Ante mí Dra.
Elena C. Boubeta Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As. 31 de mayo de 2012. Atento el estado de los presentes actuados y dada la falta de constitución de domicilio dentro de la Provincia de Bs. As. art. 119 C.P.P., es oportuno disponer que se Notifique por edictos, al encartado Alberto Trota la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs.
23/25 art. 129 C.P.P. por aplicación del art. 3º del C.F.
Bonaerense. Dr. Eduardo A. Diforte, Juez. Dado en Merlo Bs. As., a los 4 días del mes de junio de 2012. Dr. Sergio E. Alesandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.007 / jun. 18 v. jun. 25


POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. De Morón, en Causa Nº 9.861, caratulada; Ponce, Elsa s/ art. 1º Ley 13.081; notifíquese a ELSA PONCE, argentina; sin domicilio fijo. Notifíqueselo mediante edicto de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe:
Merlo Bs. As., 1º de diciembre de 2011. Vista y considerando. Resuelvo: Que la Causa Nº 9.861, caratulada Ponce, Elsa s/ art. 1º Ley 13.081, en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo; conformada en cabeza de Elsa Ponce del que se aportan sus otros datos personales; al imputársele prima facie la supuesta comisión de la Infracción prevista y punida en el artículo 86 del Decreto Ley 8031/73, por lo prevenido el día veintiuno de setiembre del año dos mil nueve en este Distrito; emerge que ha transcurrido el plazo de un año desde la prevención hasta la fecha; no habiéndose interrumpido la prescripción de la acción por extremo hábil ver fs. 50/51; por lo que corresponde declarar de Oficio la extinción de esta acción contravencional de índole penal, por prescripción, a favor de dicho encausado artículos 32, 33 y 34 del Decreto Ley 8031/73. Regístrese.
Fdo: Eduardo A. Diforte. Juez. Ante mí. Elena C. BoubetaAuxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As. 6 de junio de 2012.
Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar a la encausada Elsa Ponece, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 54/vta. art. 129 C.P.P. por aplicaciones del art. 3º del C.F. bonaerense. Fdo. Eduardo A. Diforte, Juez.. Dado en Merlo Bs. As., a los 7 días del mes de junio de 2012. Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.008 / jun. 18 v. jun. 25
POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud, de Morón, en Causa Nº 6.632, caratulada: Marcovich, Bárbara Lucila Alejandra; Marcovich, Marcelo Alejandro; Marcovich, Vanesa Yanina y Mitar, Jesús s/ Inf. arts. 85 y 86 Dec. Ley 8031/73; notifíquese a BÁRBARA LUCILA ALEJANDRA MARCOVICH; MARCELO ALEJANDRO MARCOVICH; VANESA YANINA MARCOVICH y JESÚS MITAR, argentinos, sin domicilios fijos.
Notifíqueselos mediante edicto de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 7 de mayo de 2012. Vista y Considerando Resuelvo: Que la Causa Nº 6.632, caratulada Marcovich, Bárbara Lucila Alejandra; Marcovich, Marcelo Alejandro; Marcovich, Vanesa Yanina y Mitar, Jesús s/ Inf. arts. 85 y 86 Dec. Ley 8031/73, en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo;
conformada en cabeza de Bárbara Lucila Alejandra Marcovich; Marcelo Alejandro Marcovich; Vanesa Yanina Marcovich y Jesús Mitar de los que se aportan sus otros datos; al imputárseles prima facie la supuesta comisión
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 22 DE JUNIO DE 2012

de la Infracción al artículo 85 del Decreto Ley 8.031/73, por lo prevenido el día seis del mes de junio del año dos mil seis en este Distrito: emerge que ha transcurrido el plazo de un año desde la prevención hasta la fecha; no habiéndose interrumpido la prescripción de la acción por extremo hábil ver fs. 58/59, 61/62, 64/65; por lo que corresponde Declarar de Oficio la extinción de esta acción contravencional de índole penal, por prescripción a favor de los encausados artículos 32, 33 y 34 del Decreto Ley 8031/73. Respecto de los efectos secuestrados estése al artículo 13 apartado 4º del Decreto Ley 8.031/73.
Regístrese Fdo: Eduardo A. Diforte. Juez. Ante mí: Dra.
Elena C. Boubeta Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As. 31 de mayo de 2012. Atento el estado de los presentes actuados y dado que los coencausados Bárbara Lucila Yanina Marcovich y Jesús Mitar, no se encuentran residiendo en los domicilios oportunamente denunciados en autos: es oportuno disponer que se notifique por edictos, a los mismos la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs.
68 art. 129 C.P.P. por aplicación del art. 3º del C.F. bonaerense. Fdo. Eduardo A. Diforte. Juez. Dado en Merlo Bs.
As., a los 31 día del mes de mayo de 2012. Dr. Sergio E.
Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.005 / jun. 18 v. jun. 25


POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Eduardo A.
Fiforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. De Morón, en Causa Nº 10.842, caratulada Almirón, Franco Ezequiel s/ inf. art. 85 Dec. Ley 8031/73; cítaselo a FRANCO EZEQUIEL ALMIRÓN;
Argentino; sin domicilio fijo. Notifíqueselo mediante edicto de la siguiente Provincia cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 20 de abril de 2011. Y
vista Resulta Fallo: Condenando a Franco Ezequiel Almirón con mayores datos personales en la Causa por considerarlo autor responsable de una Infracción prevista y punida en el artículo 85 del Decreto Ley 8031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires, al probarse que fue hallado por un preventor policial idoneo vendiendo mercaderías elementos de limpieza, en el caso Kits de limpieza, pastillas de desodorante para inodoros y cajas de curitas en forma ambulante, en la vía pública, sin cumplir con los requisitos exigidos por la autoridad administrativa competente. En la especie la Municipalidad de Merlo conforme lo emergente de su Ordenanza Nº 2.596 del año 1.984; en razón del hecho acaecido, y prevenido policialmente, el día veintiocho del mes de marzo del año dos mil once, aproximadamente a las diecisiete horas con diez minutos, en la vía Gemes Nº 800 en la encrucijada con su idéntica Cisneros de la ciudad de San Antonio de Padua del Partido de Merlo de la Provincia de Buenos Aires.
Aplicándole, por ende, a Franco Ezequiel Almirón, la pertinente Multa, en su mínimo ilegal, fijándola así en la suma de pesos cuatrocientos veintidós con sesenta y dos centavos $ 422, 62., equivalente al quince por ciento 15% del haber total mensual hábil de la Policía de esta Provincia a la prevención el del Oficial de Policía en la suma de $
2.817.47.; la que deberá ser abonada, mediante el sellado provincial administrativo de estilo, en el término de cinco días consentirlo, bajo apercibimiento de su conversión en arresto. Rigen artículos 3º, 5º, 21, 85, 134, 136 y ccdtes, del Decreto Ley 8031/73; 40 y 41 del Código Penal, y 1º y ccdtes de la Ordenanza Nº 2.596/1.984 de la Municipalidad de Merlo. 2 Declarando el comiso de los efectos secuestrados, al ser indispensables para cometer la Falta sentenciada, y con forme su naturaleza y características, désele oportuno destino artículos 13, párrafos 1º, 2º, 6º, 135 y ccdtes, del decreto Ley 8031/73. 3 Costas de estos actuados al procesado, quien las deberá abonar con sellado administrativo provincial usual dentro de los cinco días hábiles de consentirlo, bajo apercibimiento de Ley artículo 149 del Código de Faltas de esta Provincia. 4 Regístrese Fdo. Eduardo A. Diforte. Juez. Ante mí Dra. Elena C.
Boubeta Como recaudo legal se transcribe el decreto del caso: Merlo Bs. As., 31 de mayo de 2012. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Franco Ezequiel Almirón, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 30/34 y que deberá presentarse en calidad de citado dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante esta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo con ferido, será declarado Rebelde art. 129 C.P.P. por aplicación del art. 3º del C.F. bonaerense. Fdo. Dr. Eduardo A. Diforte, Juez. Dado en Merlo Bs. As., a los 31 días del mes de mayo de 2012.
Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.006 / jun. 18 v. jun. 25

PÁGINA 5127

POR 5 DÍAS El Señor Juez Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, Dr. José Luis Arabito, notifica a CELSO AYTIGAS y ORLANDO ALBERTO REY, en causa Nº 00-064371-11, la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 14 de mayo de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo:
Disponer el sobreseimiento total de Celso Aytigas, Juan Abel García y Orlando Alberto Rey, en esta Investigación Penal Preparatoria Nº 00-064371-11, en orden al delito de privación ilegal de la libertad agravada. Artículos 142, inc.
2do. del Código Penal y 323 inciso 2do. y 324 del C.P.P..
Fdo: José Luis Arabito, Juez de Garantías. A los fines que correspondan, se transcribe el auto que ordena la presente medida: Banfield, 5 de junio de 2012. Por recibido
notifíquese a Celso Aytigas y a Orlando Alberto Rey, mediante la publicación de edictos la resolución de fs.
115/116, a cuyo fin, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires artículo 129 del Código. Procesal Penal. Fdo. José Luís Arabito. Juez de Garantías. Diego C. Maceratesi, Secretario.
C.C. 5.992 / jun. 18 v. jun. 25


POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, Anastasia Marqués, notifica a SILVIA GIMENA MAGRA, la resolución que en su parte pertinente se transcribe:
Trenque Lauquen, 20 de marzo de 2012 Resuelvo:
Declarar la extinción de la acción penal en la presente carpeta de causa Nº 6691 seguida a Silvia Gimena Magra argentina, titular del D.N.I. Nº 28.831.658, nacida el 13 de abril de 1981 en Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, domiciliada actualmente en la Estancia El socorro de Salazar, partido de Daireaux, provincia de Buenos Aires, Teléfono Nº 02392-15528533, hija de Alberto Bernardo Magra y de Graciela Dora Fernández , en orden al delito de lesiones leves art. 89 del C.P, que se le atribuyera.
Regístrese. Notifíquese, practíquense las comunicaciones pertinentes y oportunamente archívese. Fdo. Anastasia Marqués Jueza de Garantías. Ante mí: Fdo. Dra. Verónica L. Felice. Auxiliar Letrada. Trenque Lauquen, 4 de junio de junio de 2012.
C.C. 5.984 / jun. 18 v. jun. 25
POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, Anastasia Marqués, notifica a PABLO JAVIER PERALTA, la resolución que en su parte pertinente se transcribe:
Trenque Lauquen, 23 de abril de 2012. Resuelvo: 1
Sobreseer por extinción de la acción penal por prescripción en la presente carpeta de Causa Nº 9189 seguida el Pablo Javier Peralta argentino, D.N.I. Nº 29.147.806, albañil, domiciliado en calle Perito Moreno Nº 150 de Pehuajó en relación al delito de daño art. 183 del Código Penal investigado en la LP.P. Nº 2955/08 por el disvalioso cometido el día 13 de mayo de 2008 en la ciudad de Pehuajó, en Yanina Paola Zarate art. 323 .l del CPP. II
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la IPP Nº 2955/08, firme comuníquese y oportunamente archívese Fdo.
Anastasia MarquésJueza de Garantías. Ante mí: fdo.:
Dra. Manuela Figueroa Auxiliar Letrada. Trenque Lauquen, 4 de junio de 2012. Dra. Verónica L. Felice, Auxiliar Letrada.
C.C. 5.985 / jun. 18 v. jun. 25
POR 5 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Rodolfo M. Lanza, por medio del presente, notifica por el término de cinco días a GABRIEL MERELE
OJEDA artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 612/1, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Agra por ser en poblado y banda - empleo Arma de Fuego de la resolución que transcribo: Banfield, 22 de febrero de 2012. En atención al estado de autos, practíquese por Secretaría el cómputo de vencimiento de pena y liquidación de costas del proceso art. 500 del CPRP .Fdo.:
Rodolfo M. Lanza, Juez. Computo: Que practico a los efectos de determinar el vencimiento de la sanción impuesta a Gabriel Merele Ojeda mediante el veredicto y sentencia dictado el día 27 de diciembre de 2007 por la Sala Primera del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires en el marco del Recurso de Casación Nº 9.551, cuando se lo condenó a la pena de cinco años de prisión accesorias legales y costas con más la declaración de reincidencia por tercera vez en orden al delito de Robo Calificado por su comisión en lugar poblado y en

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/06/2012 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date22/06/2012

Page count15

Edition count3401

First edition02/07/2010

Last issue09/08/2024

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