Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/05/2012 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DIEGO JAVIER GALLUCCI
POR 3 DÍAS - Juzgado de Prim. Inst. en lo Civil y Com.
N 12, de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Pablo Saúl Moreda, comunica que EL DÍA 24 DE MAYO DE 2012, A
LAS 8.30 HS., en E. Adrogué 1301/09 P.A. Unidad Funcional 4 de Alte. Brown, el martillero Diego Javier Gallucci, rematará un tercio indiviso de las unidades funcionales 3 y 4 de E. Adrogué 1301/09, P.A. Alte. Brown, e/
calles Macías y Espora de dicho Partido, Prov. de Buenos Aires. Nom. Cat.: I, K, 501, 7, Subparcelas 3 y 4 inscripto bajo Matrículas 004877/3 y 004877/4. Se trata de dos departamentos en regular estado de conservación, ambos ocupados por la Sra. Analía Verónica Espinillo de Acuña, quien ocupa la Unidad Funcional N 4 con su esposo y tres hijos, uno de ellos menor, y la Sra. Leila Silvina Lazota, en la Unidad Funcional 3. Existe además en trámite un juicio de posesión veinteañal caratulado Sanabria Roberto c/ Salvadores O.F. y otro s/ Posesión Veinteañal y que tramita por ante el Juz. de Prim. Inst. en lo Civil y Com. N
11 de Lomas de Zamora. Base $ 16.116 para la UF 3 y $
17.259 para la UF 4, seña 10 %, Comisión 3 % a cada parte, Ad Corpus. Al contado y al mejor postor, día de visita 23 de mayo de 2012 de 9:00 a 10:00 hs. El comprador deberá constituir domicilio procesal en el radio del Juzgado bajo apercibimiento de notificársele automáticamente conf. Art. 133 CPCC. No se admitirá compra en comisión y no será considerada en autos la eventual cesión del boleto de compraventa. Deudas Municipales UF 3 $ 80,60 fs. 318 y UF 4 $ 167,12 fs. 319 Arba, UF 3
$ 2.125 fs. 301 y UF 4 $ 2.471,90 fs. 291. La inscripción se realizará por protocolización de las actuaciones por escribano que propondrá el adquirente. Venta decretada en autos Carraro Marta B. c/ Buchbinder Enrique s/
Ejecución de Honorarios Expte. 49.834. Lomas de Zamora, 18 de abril de 2012. Leonardo Del Bene, Secretario.
L.Z. 46.164 / may. 4 v. may. 8


EDUARDO V. CASAL
POR 3 DÍAS - Dr. Maximiliano Colangelo. Juez Civil y Comercial a cargo del Juzgado N 13, de Mar del Plata, hace saber que el Martillero Público Sr. Eduardo V. Casal, Reg. 1173, subastará EL DÍA 11 DE MAYO DE 2012 A LAS
11:00 HS., en el Salón de Subastas del Colegio de Martilleros de Mar del Plata, sito en calle Bolívar 2958 de Mar del Plata. Una Cochera sita en calle Santiago del Estero 1760 N 37 Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc.
B, Manz. 125, UF 52, Parcela 0018 B, Matrícula 98308
Partido de General Pueyrredón. Base de venta inicial $
6.918,65. En caso de no registrarse postores se efectuará una segunda subasta el día 22 de mayo de 2012 a las 11:00 hs, con la base reducida en un 25% es decir $
5.189,50. Y si tampoco en esta se efectivizare por falta de postores se efectuará una tercera subasta el día 5 de junio de 2012 a las 11:00 hs, ordenándose la venta sin base.
Seña 10%, Comisión 4% c/p, con más el 10% de los honorarios en concepto de aporte previsional a cargo del comprador Art. 54, ap. IV de la Ley 10.973 modif. por la Ley 14.085 Sellado de Ley. Como horario de visitas al bien se fija el mismo día de subasta una hora antes. Se deja constancia que el bien sale a la venta libre de gravámenes, impuestos y contribuciones devengados hasta la fecha de toma de posesión por parte del adquirente en subasta y dejándose constancia en los mismos que el inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que indica el mandamiento glosado en autos Arts. 146, 574
del C.P.C.C.. Asimismo, hágase constar que el comprador deberá individualizar en el momento mismo de la realización del remate el nombre del eventual comitente con los recaudos legales establecidos, lo que habrá de ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro de los 5
días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de lo previsto por el Art. 582 del C.P.C.C. También deberá dejarse constancia en los aludidos edictos de la prohibición de la cesión de los derechos y acciones del comprador en subasta, en conformidad con la ratio legis del artículo citado y de su reforma operada por Ley 11.909. Teniendo en cuenta que la S.C.B.A. se ha pronunciado por el carácter própter rem de las deudas por expensas, razón por la cual se transmiten al sucesor particular, corresponde dejar sentado que el adquirente en subasta quedará obligado al pago de las expensas devengadas aún antes de su adquisición Arts. 2685 y conc. del c.c.; Art. 17 Ley 13.512; Art.
568 del C.P.C..Consígnese tal circunstancia, juntamente con el monto de la deuda en análisis, en los edictos a
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 4 DE MAYO DE 2012

publicarse en autos. El comprador deberá individualizar en el momento mismo de la realización del remate el nombre del eventual comitente con los recaudos legales establecidos, lo que habrá de ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro de los 5 días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de lo previsto por el Art. 582 del C.P.C.C.
También deberá dejarse constancia en los aludidos edictos de la prohibición de la cesión de los derechos y acciones del comprador en subasta, en conformidad con la ratio legis del artículo citado y de su reforma operada por Ley 11.909. Deudas: Municipalidad al 6-10-2010 $
9.331,85, ARBA al 3-5-10 $ 423,60, OSSE al 13-9-2010 $
5.274,38. Expensas al 31-1-2012 $ 41.230,27, último período liquidado a enero 2012 $ 180,47. Venta decretada en autos: Cons. Edif. Bahía Blanca c/ Orofino, Néstor R. s/
Ejecución. Expte. 8862. Mar del Plata, 19 de abril de 2012.
Federico Font, Auxiliar Letrado.
M.P. 33.957 / may. 4 v. may. 8

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a GUSTAVO EZEQUIEL TORRILLA, D.N.I. 35.171.113, que en la causa Nº 0002190, caratulada Álvarez, OmarGarays, Marcelo Ricardo Lencinas, Pablo Adolfo - Torrilla, Gustavo Ezequiel Torrilla, Gustavo Juan Car s/ Robo Calificado Marciano, Juan Pablo la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Campana, 23 de febrero de 2012. Autos y Vistos y Considerando el Tribunal Resuelve: Hacer lugar a la apelación impetrada por la Defensa Oficial y en consecuencia, revocar la resolución glosada a fs. 204/209, en cuanto fuera materia de agravio, debiendo continuar el trámite según su estado. Notifíquese. Fdo: Roberto Patricio Ortenzi, Humberto Bottini y María Pía Leiro, Jueces.
Secretaría, 10 de abril de 2012. Julio Andrés Grassi, Secretario.
C.C. 3.881 / abr. 26 v. may. 4


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a GUSTAVO JUAN CARLOS TORRILLA, D.N.I. 18.393.151, que en la causa Nº 0002190, caratulada Álvarez, Omar Garays, Marcelo Ricardo - Lencinas, Pablo Adolfo - Torrilla, Gustavo EzequielTorrilla, Gustavo Juan Car s/ Robo Calificado Marciano, Juan Pablo la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Campana, 23 de febrero de 2012. Autos y Vistos y Considerando: el Tribunal Resuelve: Hacer lugar a la apelación impetrada por la Defensa Oficial y en consecuencia, revocar la resolución glosada a fs. 204/209, en cuanto fuera materia de agravio, debiendo continuar el trámite según su estado.
Notifíquese. Fdo: Roberto Patricio Ortenzi, Humberto Bottini y María Pía Leiro, Jueces. Secretaría, 10 de abril de 2012. Julio Andrés Grassi, Secretario.
C.C. 3.882 / abr. 26 v. may. 4
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a MARCELO ABOLARDO DOMÍNGUEZ, D.N.I. 24.365.930, que en la causa Nº 0003671, caratulada Quispe, Esteban - Barrionuevo, Horacio Emmanuel s/ Infracción a la Ley 23.
737 la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Escobar, 7 de marzo de 2012. Autos y Vistos Resulta Resuelvo: I Dictar Sobreseimiento total respecto de los imputados José Luis Herrera, Jorge Ariel Pezzullo y Marcelo Abelardo Domínguez, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden a los hechos que se le imputaran en este proceso, que se calificarán oportunamente como Tenencia de Estupefacientes para consumo personal art. 14 segunda parte de la Ley 23.737, ocurridos el día 13 de mayo de 2011, en la localidad de Ingeniero Maschwitz, Partido de Escobar de esta Provincia de Buenos Aires, por los que fueran notificados en los términos del art. 60 del C.P.P.; de conformidad con lo normado en el art. 323 inc. 3º del C.P.P. art. 19 de la C.N.. II Regístrese, notifíquese lo dispuesto en el punto I y, firme que sea, comuníquese a
PÁGINA 3439

los organismos correspondientes y remítase la presente causa, junto con la I.P.P. a la Excma. Cámara de Apelaciones y de Garantías en lo Penal Dptal., a los efectos que se sortee al Tribunal en lo Criminal con integración unipersonal que corresponda, para la sustanciación del juicio oral y público art. 22 del C.P.P.. - Fdo: Luciano Javier Marino, Juez. Secretaría, 10 de abril de 2012. Julio Andrés Grassi, Secretario.
C.C. 3.884 / abr. 26 v. may. 4


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a JORGE ARIEL PEZZULLO, D.N.I. 27.996.145, que en la causa Nº 0003671, caratulada Quispe, Esteban Barrionuevo,. Horacio Emmanuel s/ Infracción a la Ley 23.737 la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Escobar, 7 de marzo de 2012. Autos y Vistos Resulta:. . . Resuelvo: I Dictar Sobreseimiento Total respecto de los imputados José Luis Herrera, Jorge Ariel Pezzullo y Marcelo Abelardo Domínguez, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden a los hechos que se le imputaran en este proceso, que se calificarán oportunamente como Tenencia de Estupefacientes para consumo personal art. 14 segunda parte de la Ley 23.737, ocurridos el día 13 de mayo de 2011, en la localidad deI Ingeniero Maschwitz, Partido de Escobar de esta Provincia de Buenos Aires, por los que fueran notificados en los términos del art. 60 del C.P.P.; de conformidad con lo normado en el art. 323 inc. 3º del C.P.P. art. 19 de la C.N.. II Regístrese, notifíquese lo dispuesto en el punto I y, firme que sea, comuníquese a los organismos correspondientes y remítase la presente causa, junto con la I.P.P. a la Excma. Cámara de Apelaciones y de Garantías en lo Penal Dptal., a los efectos que se sortee al Tribunal en lo Criminal con integración unipersonal que corresponda, para la sustanciación del juicio oral y público art. 22 del C.P.P.. Fdo: Luciano Javier Marino, Juez. Secretaría, 10 de abril de 2012. Julio Andrés Grassi, Secretario.
C.C. 3.883 / abr. 26 v. may. 4
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a MAXIMILIANO LEONEL ESPINDOLA, D.N.I. 23.190.995, que en la causa Nº 0002455, caratulada Espindola, Maximiliano Leonel s/ Robo Cal. en poblado y en banda y por Part. de un menor la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Escobar, 22 de junio de 2011. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: I
Declarar extinguida la acción penal respecto de Maximiliano Leonel Espindola en virtud del cumplimiento de las reglas fijadas durante la suspensión del proceso a prueba art. 76 ter del Código Penal, II Sobreseer a Maximiliano Leonel Espindola, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en orden al hecho por el que se le recibiera declaración a tenor de lo normado en el Art. 308 del C.P. P., calificado legalmente por el Ministerio Público Fiscal como delito de Robo Doblemente Calificado por ser cometido en lugar poblado y en banda y con la participación de menores de edad en grado de tentativa arts. 167 inc. 2º 41 quater y 42 del Código Penal ocurrido el día 19 de marzo de 2010 en la localidad de Garín, partido de Escobar de esta Provincia de Buenos Aires en perjuicio de Mónica Adriana Tablada, de conformidad con lo normado en el art. 323 inc. 1º del Código de Procedimientos Penal. Regístrese, notifíquese y, firme que sea, acumúlese materialmente el presente incidente al principal, foliándoselo en forma correlativa, cúmplase con las comunicaciones de rigor, y archívese. Fdo: Luciano Javier Marino, Juez. Secretaría, 27 de marzo de 2012.
Ariel Edgardo Basso, Auxiliar Letrado.
C.C. 3.880 / abr. 26 v. may. 4
POR 5 DÍAS - En causa Nº 187/07 de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a mi cargo, seguida a MICLE LUIS, ERNESTO por Inf. Ley 13.944, a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era Loria y Cairo de Ostende, el siguiente texto que a continuación se transcri-

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/05/2012 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date04/05/2012

Page count13

Edition count3393

First edition02/07/2010

Last issue30/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2012>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031