Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/03/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CASA CENTRAL

BOLETÍN OFICIAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 del Departamento Judicial de La Plata, a cargo del Dr. José María Pereda, hace saber que en los autos Assenti Carlos Alberto Empresa de Pinturas s/Concurso Preventivo Expte. 109.068, con fecha 19 de Septiembre de 2006 se ha decretado la quiebra de ASSENTI CARLOS ALBERTO EMPRESA DE PINTURAS, con domicilio real en calle 45 nº 968 de La plata, disponiéndose: Ordenar a la deudora y a terceros que entreguen al Síndico todos los bienes y documentación de aquélla, bajo las penas y responsabilidades de ley; intimar a la deudora para que dentro del plazo de cinco días, de cumplimiento con la totalidad de los requisitos previstos en el Art. 86 de la Ley 24.522, debiendo entregar al Sr.
Síndico dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y la documentación relacionada con la contabilidad, debiendo a su vez la Sindicatura dar cumplimiento a lo normado por los Arts. 177 y concs. de la Ley citada;
prohibir hacer pagos a la fallida, los que en su caso serán ineficaces; fijar hasta el día 9 de abril de 2012, como fecha hasta la cual podrán presentarse los pedidos de verificación ante el Sindico designado en autos Contador Armando Esteban Fernández, en el domicilio legal de aquél, sito en calle 48 Nº 726 Piso 3º dto. A de La Plata, los días lunes a viernes de 09:00 a 12:00 y de 16:00 a 18:00 horas. Asimismo se hace saber que el funcionario designado deberá presentar su informe individual, respecto de los insinuados anteriormente mencionados y su graduación, el día 22 de mayo de 2012 y el informe general el día 5 de Julio de 2012 Art. 14 inc. 9 Ley Concursal. Dr.
José M. Pereda. Roxana A. Ponce, Abogada Secretaria.
C.C. 1.910 / mar. 8 v. mar. 14


POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial 14 de San Isidro, comunica por cinco días en autos PANADERÍA
PARÍS y Otros s/ Quiebra Expte. 61763 que se ha prorrogado hasta el día 26 de marzo de 2012 pudiendo hacerse también dentro de las cuatro primeras horas del día hábil posterior la fecha de presentación de ofertas oportunamente comunicada mediante edictos firmados el 30/12/2011 y publicados en el B.O. los días 31/1/12 al 6/2/12 y en el diario Fomento de Tigre, los días 23, 24, 25, 26 y 27 de enero de 2012. Ello, con relación al 50% del inmueble de la fallida sito en la calle Buenos Aires entre Santiago del Estero y Salta del Partido de Tigre, Pcia. de Bs. As., Nom. Cat. Circ. II, Secc. A, Manz. 44, Parc. 12d, Matrícula 7699 y en las mismas condiciones indicadas en el edicto anterior. La apertura de las ofertas se practicará el día 28 de marzo de 2012 a las 10:00 hs. Se hace saber a las personas interesadas que ya presentaron al expediente las ofertas respectivas, que no resulta necesario realizar una nueva presentación para participar deI acto.
San Isidro, 28 de febrero de 2012. María G. Ugalde, Secretaria.
C.C. 1.919 / mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS Por Disposición del Dr. Alejandro Daniel Cattane, titular del Juzgado de Paz Letrado de Hurlingham, Departamento Judicial de Morón, en causa Nº: c/663, caratulada Gallegos Horacio Ismael s/ Inf. art.
5 Ley 14050, cita a: GALLEGOS HORACIO ISMAEL DNI:
21.850.813, con último domicilio conocido en la calle:
Argerich Nº 2.282, de la localidad y Partido de Hurlingham a comparecer a estar a derecho dentro del plazo de cinco días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Simón Bolívar Nº 2194 de Hurlingham. Asimismo, notifíqueselo mediante el presente edicto de la sentencia condenatoria, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Hurlingham, 15 de noviembre de 2011. Visto Resultando Considerando Fallo: I. Condenando a Horacio Ismael Gallegos, en su calidad de socio del comercio cuya razón social resulta ser Ahumada Gabriela, de las demás circunstancias personales obrantes en la presente causa, a la pena de multa de Pesos cinco mil $ 5.000 la que deberá ser abonada por el condenado dentro del plazo de cinco días hábiles de consentir el decisorio, mediante el depósito en la cuenta Fiscal de la casa Matriz Banco Provincia creada al efecto, bajo apercibimiento de su conversión en arresto, según
LA PLATA, MIÉRCOLES 14 DE MARZO DE 2012

lo emergente del artículo 6º del Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires; por encontrarlo autor penalmente responsable de la infracción a lo dispuesto en el art.
5º de la Ley 14.050, hecho ocurrido el día 11 de diciembre de 2010, a las 02.45 horas en la localidad y Partido de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires. II. Imponiendo la Clausura por el término de cinco 5 días Art. 10 de la Ley 14.050 del establecimiento denominado Ahumada Gabriela, ubicado en la calle Gutenberg Nº 1.809 de la localidad y Partido de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, del cual el condenado Sr. Horacio Ismael Gallegos, resulta ser su socio, con deducción del tiempo de clausura preventiva oportunamente impuesta. A tal efecto consentida que sea la presente sentencia, el personal policial de la Comisaría con jurisdicción en el lugar, procederá a precintar todos los accesos mediante fajas rubricadas por el personal actuante, con expresa mención de la Causa, Juzgado y Secretaría intervinientes invitándose al propietario a retirar del lugar todos los elementos perecederos y de uso personal, haciéndosele saber que los daños producidos en los bienes que quedan dentro del local son de su exclusivo cargo y responsabilidad, debiendo el personal policial velar por el fiel cumplimiento, labrando diariamente actas de rigor. Asimismo hágase saber al condenado lo dispuesto por el art. 16 del Dec. Ley 8031/73 en cuanto al quebrantamiento de la clausura impuesta. Fdo.
Alejandro Daniel Cattaneo Juez de Paz Letrado de Hurlingham. A mayor abundamiento se transcribe el decreto del caso: Hurlingham, 28 de febrero de 2012 Por recibida. Atento lo que surge de lo actuado por la Seccional Instructora, corresponde disponer que se notifique por edictos al encartado de autos Horacio Ismael Gallegos, de lo dispuesto en la parte resolutiva de la sentencia dictada a fs: 86/92, en la forma de estilo. art. 129
del C.P.P., por aplicación del art. 3 del Decreto 8031/73.
Debiendo constar en dicho instrumento que el mencionado encartado deberá comparecer en calidad de citado dentro del plazo de cinco días de su publicación, en esta sede Judicial a sus efectos. Fdo Dr. Alejandro Daniel Cattaneo Juez de Paz Letrado de Hurlingham. Dado en la Ciudad y Partido de Hurlingham, a los 28 días del mes de febrero de 2012. Dr. Ángel Antonio Almeyra, Secretario.
C.C. 1.923 / mar. 8 v. mar. 14


POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 5.316, caratulada Palacios, Patricia Edith s/ Inf. art. 86 Dec. Ley 8031/73; cítasela a PALACIOS, PATRICIA EDITH; argentina; de cuarenta y dos años; sin domicilio fijo. Notifíquesela mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la siguiente Providencia cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 10 de noviembre de 2011. Vista. y considerando. Resuelvo: Que la Causa Nº 5.316, caratulada Palacios, Patricia Edith s/ Inf. art. 86
Dec. Ley 8031/73, en trámite ante el Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo; la que aparece conformada en cabeza de Patricia Edith Palacios, titular del DNI Nº 20.187.428 y del Prontuario Policial Provincial Nº 770.893, Sección R.C., sin domicilio fijo en la misma; fundada en razón del hecho prevenido, policialmente, el día diez del mes de Junio del año dos mil cinco, en las cercanías de las once horas con treinta minutos, en un local comercial con instalaciones de un negocio del rubro Cyber, sin razón social, inmerso en la arteria Rondeau, sin número catastral, entre las idénticas Homero y Heredia, de la Localidad Mariano Acosta de este Partido de Merlo de la Provincia de Buenos Aires; al imputársele prima facie la supuesta comisión de la Infracción prevista y reprimida en el artículo 86 del Decreto Ley 8031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires. De la vista de la misma, en el actual derrotero, emerge que ha transcurrido en más el plazo de un año desde la prevención fundante de la misma hasta la actualidad; no habiéndose interrumpido la prescripción de la acción por extremo hábil a favor de la aludida procesada ver lo aportado a fs. 220/221 en concordancia con lo emergente de fs. 117/121 vta., 125, 138/139, 142/vta., 146, 151 y 153/vta., a todas las fojas predescriptas me remito en sus íntegras visiones por cuestiones de economía procesal; por lo que corresponde, sin más, Declarar de Oficio la extinción de la presente acción contravencional de índole penal, por prescripción, a favor de dicha Patricia Edith Palacios a tenor de las previsiones que surgen de los artículos 32, 33 y 34 del
PÁGINA 1863

Decreto Ley 8031/73. Regístrese. Notifíquese a la inculpada de premención librándose, al efecto por Secretaría, debiendo constar en ellos, además, que deberá presentarse la misma, dentro de los cinco días, a estar a derecho en esta Sede judicial; y anotíciese este por la Instrucción policial actuante a su Defensa Oficial departamental competente y a la Policia de esta Provincia, a sus efectos registrales. Gírese allí, a tales fines y efectos, los presentes actuados, por el lapso improrrogable de siete días, Oportunamente, archívese. Fdo. Dr. Eduardo A. Diforte.
Asimismo, deberá comparecer a estar a derecho dentro del plazo de cinco días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado, sito en Solanet Nº 68 de Merlo, bajo apercibimiento de ser declarada Rebelde, y ordenar su comparendo compulsivo arts. 129 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As. 24 de febrero de 2012. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar a la encausada Patricia Edith Palacios, es oportuno disponer que se Notifique por edictos, a la misma de la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 230/vta. y que deberá presentarse en calidad de citada dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante esta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será declarada Rebelde art. 129 C.P.P.
por aplicación del art. 3º del C.F. bonaerense. Dr.
Eduardo A. Diforte. Juez, Dado en Merlo Bs. As., a los 24 días del mes de febrero de 2012. Dr. Sergio E.
Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 1.922 / mar. 8 v. mar. 14


POR 5 DÍAS El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.
Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a PABLO RICARDO
MACARIO en causa Nº 642 la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 24 de junio de 2011.
Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a Pablo Ricardo Macario a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que podrá presentarse por ante este Juzgado dentro de los cinco días de notificado del presente munido de su DNI de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 horas a los efectos que se le extienda cheque por la suma de cuarenta pesos $ 40 en concepto de reparación del daño causado, haciéndole saber que en caso de no presentarse dentro del plazo establecido se tendrá por no aceptada la suma de mención quedándole expedita la acción civil correspondiente. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Mar del Plata, 24 de junio de 2011. Autos y vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a Pablo Ricardo Macario a tenor del art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que podrá presentarse por ante este Juzgado dentro de los cinco días de notificado del presente muñido de su DNI de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 a los efectos que se le extienda cheque por la suma de cuarenta pesos $ 40 en concepto de reparación del daño causado, haciéndole saber que en caso de no presentarse dentro del plazo establecido se tendrá por no aceptada la suma de mención quedándole expedita la acción civil correspondiente. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal. María Luisa del Papa, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.926 / mar. 8 v. mar. 14
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Sr. Juez interino Hernán Archelli, sito en la calle. Moreno Nº 623 del Partido de San Isidro, cita y emplaza a RAÚL, ALEJANDRO AGURTO MORA, con último domicilio en Aranguren Nº 2528 Esquina Artigas Hotel Casa Grande Habitación 306 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2076, que se le sigue por Hurto en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 15 de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/03/2012 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date14/03/2012

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Edition count3384

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