Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/10/2011 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a FERNANDO ALBERTO MOYANO, DNI 30.930.791, que en la causa Nº 0000494, caratulada Moyano, Fernando Alberto s/ Resistencia a la Autoridad Art. 239 C.P la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Escobar, 21 de septiembre de 2011. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: Sobreseer a Fernando Alberto Moyano, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al delito calificado como resistencia a la autoridad Art. 239 del C. P. , hecho acaecido en la ciudad de Matheu, Partido de Escobar de esta provincia de Buenos Aires el día 20/01/2008, y por el cual se le recibiere declaración a tenor del. Art. 308 del C.P.P. Art. 323 inc. 7 del. C.P.P.. Regístrese la presente, notifíquese y firme que sea la misma, practíquense las comunicaciones al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Luciano Javier Marino, Juez.
Ante mí: Julio Andrés Grassi. Secretario. Julio Andrés Grassi. Secretario.
C.C. 12.306 / oct. 28 v. nov. 3


POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal del Departamento Judicial Dolores, Dr. Luis Esteban Nitti, notifica a CLAUDIO GABRIEL ALFREDO SOTO en causa Nº 2.831 la Resolución que a continuación de transcribe: Dolores, 30 de octubre de 2008. Autos y Vistos:
Por recibida la presente causa Nº 814/06 conjuntamente con lPP Nº 114486-06 proveniente del Juzgado Correccional Nº 1 Departamental y atento al estado de autos, correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. Art. 497 del C.P.P, Res.
1.317/05 y 1.741/05 de la S.C.J.P.B.A.. désele ingreso en los libros de registro de este Juzgado, bajo el Nº 2.831y hágase saber a las partes . Luis Esteban Nitti. Juez.
Asimismo se hace saber que se ha practicado el cómputo de pena y la liquidación de costas, que a continuación se transcriben: Señor Juez: Informo a V.S. que, conforme se desprende de fs. 195/196, Soto Claudio Gabriel Alfredo, fue condenado mediante sentencia dictada el 16 de septiembre de 2008 por el Juzgado Correccional Nº 1
Departamental, como coautor penalmente responsable del delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves, a la pena de un mes de prisión de ejecución condicional, pronunciamiento que a la fecha se encuentra firme y consentido. Que, conforme lo prescripto por el Art. 27, primer párrafo del Código Penal, el plazo de cuatro 4 años, para tener la condenación como no pronunciada para dicho penado, vence el día dieciséis de septiembre del año dos mil doce 16/09/12. Que, asimismo, el plazo de ocho o diez años, según que el eventual nuevo delito cometido fuera culposo o doloso, previsto por la citada norma legal en su segundo párrafo, durante el cuál no se podrá acordar la suspensión por segunda vez, vencerá, el día dieciséis de septiembre del año dos mil dieciséis 16/09/16 o dieciséis de septiembre del año dos mil dieciocho 16/09/18 respectivamente. Dolores, 30
de octubre de 2008. Jesús María Antonelli. secretario.
Costas: Corresponde abonar el importe de pesos Cuarenta y Seis $ 46.00, suma que deberá acreditar mediante boleta de depósito Judicial a la orden de este Juzgado en la sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, caso contrario se le decretará la inhibición general de bienes. Dolores, 30 de octubre de 2008. Jesús María Antonelli. Secretario.
C.C. 12.319 / oct. 28 v. nov. 3
POR 5 DÍAS - En causa Nº 382/05, I.P.P. Nº 10.553, de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto.
Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a mi cargo, seguida a SABORIDO LUIS ALBERTO por robo simple en Mar del Tuyú, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era Juan Cruz Varela Nº 4667 de la localidad de Gregorio de Laferrere, Partido de La Matanza, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 19 de octubre de 2011. Autos y Vistos Resuelvo: 1. Declarar extinguida la acción penal por prescripción en la causa Nº 382/05, sobreseyendo totalmente a Saborido Luis Alberto cuyos demás datos personales obran en autos
Notifíquese María Cristina Tramontini, Juez. Ante mí:
Florencia Virginia Doumic, Secretaría. 19 de octubre de 2011. Florencia Virginia Doumic. Secretaria.
C.C. 12.320 / oct. 28 v. nov. 3

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2011 PÁGINA 10201

POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza, Dra. Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 349/2006, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J-0003352, caratulada: Gómez, Federico Gustavo s/Encubrimiento simple, notifica por el término de cinco días y con las formalidades prescripta en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal /sLey 1.922, la resolución que se transcribe: Y Visto y.
Considerando: Resuelvo: I. Declarar La rebeldía de FEDERICO GUSTAVO GÓMEZ, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Gómez sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art. 305, CPP. 111.
Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. ..
Julia Andrea Rutigliano. Juez. Ante mí: Marisa Vázquez.
Secretaria.
C.C. 12.321 / oct. 28 v. nov. 3


POR 5 DÍAS - El señor juez a cargo PDS del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. María Fernanda Ferreira, cita y emplaza a PIZARRO RIVERA, XIMENA STEPHANIE y RIVERA
DURAN, XIMENA ESTER, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, Sector F del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, Tel. 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail:
juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-015408-11 Nº interno 4293 seguida al nombrado en orden al delito de hurto, cuya resolución se transcribe:Banfield, 11 de octubre de 2011. Y Visto Considerando
Resuelvo: 1 Citar a Pizarro Rivera, Ximena Stephanie y Rivera Durán, Ximena Ester por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su rebeldía, Art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Notifíquese. María Fernanda Ferreira. Juez PDS. Secretaría, 11 de octubre de 2011.
Marcela V. Di Marco. Auxiliar Letrada.
C.C. 12.258 / oct. 28 v. nov. 3
POR 5 DÍAS - El señor juez a cargo PDS del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. María Fernanda Ferreira, notifica a N.N o RICARDO, en la causa Nº 1.360-C Nº interno 1.360-C
seguida al nombrado en orden al delito de infracción artículo 74 de la Ley 8.031, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, Sector F del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, Tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Avellaneda, 7 de julio de 2008 Resuelvo: 1º Declarar Prescripta la acción que se deriva de la falta investigada en este proceso Art, 32, 33 y 34 de la Ley 8.031 Notifíquese. Archívese. Rodolfo Alberto Natiello. Juez interinamente a cargo del Juzgado de Paz Letrado de Avellaneda. Secretaría, 14 de octubre de.2011. Rosana M. Luciani. Secretaria.
C.C. 12.257 / oct. 28 v. nov. 3
POR 5 DÍAS - El señor juez a cargo PDS del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. María Fernanda Ferreira, notifica a PÉREZ, CRISTIAN DAMIÁN, en la causa Nº 07-1607-C Nº interno 1607-C seguida al nombrado en orden al delito de infracción artículos 9º y 10 Ley 11.929, cuya resolución se transcribe:Banfield, 13 de septiembre de 2011. Autos y Vistos: Esta causa Nº 1607-C Nº interno 1607-C del registro de este Juzgado caratulada Pérez, Cristian Damián s/Infracción artículos 9º y 10 Ley 11.929 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 5 de agosto de 2006 por la cual se le imputa al infraccionado la
comisión de la falta tipificada en los artículos 9º y 10 de la Ley 11.929. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Pérez, Cristian Damián, en orden a la infracción artículos 9º y 10 Ley 11.929, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Francisco Pérez Díaz, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Regístrese, notifíquese. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. José A. Michilini. Juez PDS. Secretaría 13 de octubre de 2011. Marcela V. Di Marco. Auxiliar Letrada.
C.C. 12.256 / oct. 28 v. nov. 3
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 21 a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría N 41 a cargo de la Dra.
Andrea Rey, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 3
Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 2 de Septiembre de 2011 se ha decretado la quiebra de INDUSTRIAS CARSIGOM SA, con CUIT 3059582579-9. Los acreedores deberán presentar las peticiones verificatorias de sus créditos y los títulos pertinentes hasta el día 2 de diciembre del 2011 al Estudio de Sindicatura-Sabsay, Mejica y Asociados en el horario de 10 a 18 horas, en el domicilio de Viamonte 708 piso-5 oficina 28 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, telfax 4813-8008, con los alcances del Art. 200 de la LCyQ.
Los informes de sindicatura previstos por los Arts. 35 y 39
Ley 24.522 deberán ser presentados los días 17/2/2012 y 30/3/2012 respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces.
Intímase a presidente del directorio de la fallida para que dentro del plazo de veinticuatro horas entregue a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. El presente se libra por mandato de S.S. en los autos caratulados Industrias Carsigom S.A. s/Quiebra Expediente N 54347, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría. Buenos Aires, 13 de octubre de 2011. Dra. Andrea Rey, Secretaria.
C.C. 12.337 / oct. 31 v. nov. 4
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 - sito en Camino Negro esq.
Larroque, Lomas de Zamora - a cargo, del Dr. Luis A.
Conti, secretaría a mi cargo, comunica por cinco días en autos: Olivero Enrique Eduardo s/ Pedido de Propia Quiebra, que por auto de fecha 20 de septiembre de 2011 se Decretó la Quiebra de ENRIQUE EDUARDO OLIVERO, DNI 6.151.576, con domicilio en la calle Cabrera 64
PB Dpto. 4, Banfield, Prov. de Buenos Aires, haciéndole saber a éste y a los terceros que tengan bienes del nombrado en su poder, a ponerlos a disposición del Síndico en el término de cinco días. Asimismo, previénese a los terceros de la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerar los mismos ineficaces.
Intímase a los acreedores para que en el término del Art.
32 de la Ley 24.522 presenten a la Sindicatura los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 19 de diciembre de 2011, debiendo el Síndico presentar los informes previstos por el Art. 35 y 39 LC los días 2 de marzo de 2012
y 13 de abril de 2012, respectivamente, sin que resulten operativas las disposiciones emergentes del Art. 124 in fine del rito en virtud de la concatenación de los plazos concursales. El Síndico designado es el Contador Rogelio Santos Arias, con domicilio en la calle Portela 721, Lomas de Zamora, de lunes a viernes en el horario de 11 a 14 hs.
Lomas de Zamora, 30 de septiembre de 2011. Darío Cecchin, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.332 / oct. 31 v. nov. 4
POR 2 DÍAS - El Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en la calle Azara 1648 de la locali-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/10/2011 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date31/10/2011

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