Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/07/2011 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 5810

LA PLATA, MIÉRCOLES 6 DE JULIO DE 2011

su captura y consecuentemente revocar la excarcelación oportunamente otorgada arts. 129, 189 y 304 del C.P.P.P.B.A.. Fdo.: Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 21 de junio de 2011. Carola Melconian, Auxiliar Letrado.
C.C. 7.376 / jul. 1 v. jul. 7


POR 5 DÍAS Por el presente la Titular a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial de Junín, Dra. Marisa Muñoz Saggese, hace saber que en las actuaciones caratuladas Hurto, causa Nº 10.798 de este Juzgado, se ha dictado la siguiente resolución: Junín, 21
de junio de 2011. Por ello, Resuelvo: I Ordenar la Publicación de edictos en el Boletín Oficial, durante cinco días, a fin de notificar a ANDRÉS RENÉ MENDOZA, DNI
Nº 33.373.830 con último domicilio conocido en Guaminí 253 de Lomas de Zamora de que en el marco de la Investigación Penal Preparatoria Nº 8927/10, deberá comparecer a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 5, del Departamento Judicial de Junín, sito en calle Comandante Escribano Nº 226 de la ciudad de Junín B, dentro del término de quince días desde la última publicación de edictos a fin de dar cumplimiento con la audiencia prevista por el art. 308 del C.P.P. ordenada a fs.
33/34, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde arts.
129 y ccs. del C.P.P.. Firmando Dra. Marisa Muñoz Saggese Juez, ante mí Dra. Pilar Campenni, Auxiliar Letrada. Junín, 21 de junio de 2011. Pilar Campeen, Auxiliar Letrado.
C.C. 7.361 / jul. 1 v. jul. 7
POR 5 DÍAS El Juzgado de Garantías Nº 2 de Bahía Blanca a cargo de la Dr. Guillermo G. Mercuri, Secretaría a cargo de la Dra. Claudia Gabriela Lamoth, cita y emplaza a CARLOS JOSÉ CABRERA, DNI 5.480.265, con último domicilio conocido en quinta existente en la intersección de calles Rodríguez y Estanislao López de esta ciudad, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de la U.F.I.J. Nº 3 a primera audiencia a los fines de prestar declaración en los términos del art. 308 del C.P.P. bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 129 del C.P.Penal. Bahía Blanca, 22 junio de 2011. Anabel Martínez, Auxiliar Letrada.
C.C. 7.346 / jul. 1 v. jul. 7
POR 5 DÍAS La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio en lo Criminal y Correccional Nº 1 del Departamento Judicial La Matanza, a cargo de la Sra. Agente Fiscal, Dra.
Pamela L. Piatelli, secretaría Única, sita en la calle Florencio Varela Nº 2601 de la Ciudad de San Justo, Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por el término de cinco 5 días, a contar desde la fecha de la última publicación ESTELA LEONOR BELOSO
de nacionalidad argentina, de 29 años de edad, DNI Nº 27.676.990, estado civil soltera, instruida, desocupada, domiciliada en la calle Lorenzini Nº 7170 de la localidad de González Catán, Pdo. de La Matanza, nacida el 17 de noviembre de 1980, en la localidad de González Catán, hija de Francisco Robustiano de Trípodi y de Élida María Belso a fin que comparezca ante estos estrados en la Investigación Penal Preparatoria Nº 05-00-394149-08
caratulada Beloso, Estela L. s/ Robo Calificado por haber sido cometido con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada en grado de tentativa, Vtma. Colque Eduardo bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Se transcribe a continuación el auto que ordena el presente, a saber: San Justo, 06 de abril del 2011. Conforme a lo que emana de fs. 24, cítese por edicto as la imputada Estela Leonora Beloso, conforme art. 129 del C.P.P., bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. A tal fin líbrese oficio al Boletín Oficial. Fdo. Pamela L. Piatelli Pase para su diligenciamiento a la Oficina del Boletín Oficial del Departamento Judicial de La Matanza, debiendo remitir oportunamente un ejemplar de las publicaciones correspondientes.
Secretaría, 06 de abril del 2011. La Secretaria.
C.C. 7.358 / jul. 1 v. jul. 7
POR 5 DÍAS El Señor Juez a cargo P.D.S. del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, Notifica a BOGADO, CARLOS ALBERTO, en la causa Nº 1426-C Nº interno 1426-C seguida al nombrado en orden al delito de Infracción artículo 67 inciso 6 de la Ley 8.031, de trámite
BOLETÍN OFICIAL

ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 interno 2354-fax automático-, e-mail: juzcorr3lz@jusbuenosaires.gov.ar,de la resolución que a continuación se transcribe: Avellaneda, 10 de mayo de 2006
Resuelvo: 1 Declarar prescripta la pena que se deriva de la Falta que se investiga en la presente causa contravencional art. 32, 33 y 34 del Dec. Ley 8031/73. Rodolfo Alberto Natiello, Juez Interinamente a cargo del Juzgado de Paz Letrado de Avellaneda. Secretaría, 15 de junio de 2011. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 7.386 / jul. 1º v. jul. 7


POR 5 DÍAS El Señor Juez a cargo P.D.S. del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Antonio Michilini, notifica a BELIZAN, YESICA VANESA, en la causa Nº 1550-C Nº interno 1550-C seguida a la nombrada en orden al delito de Infracción artículo 68 de la Ley 8.031 de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 interno 2354 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 15 de junio de 2011.
Autos y Vistos: Esta causa Nº 1550-C Nº interno 1550-C
del registro de este Juzgado caratulada Belizan, Yesica Vanesa s/ Infracción artículo 68 de la Ley 8.031 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 23 de mayo de 2000 por la cual se le imputa a la infraccionada la comisión de la falta tipificada en el artículo 68 de la Ley 8031.Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Asimismo entiendo que deberá dejarse sin efecto la captura ordenada a fs. 25 en virtud del tiempo transcurrido y la falta imputada a la Sra. Belizan. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto de la encartada Belizan, Yesica Vanesa, en orden a la infracción al artículo 68 de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley.
Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer a la imputada Yesica Vanesa Belizan, D.N.I. indocumentada, de nacionalidad argentina, soltera, nacida el día 24 de diciembre de 1977, desocupada, domiciliada en calle Montes de Oca y Lavalle s/n, Avellaneda, en virtud de lo resuelto en el acápite I. III Dejar Sin Efecto la Captura dispuesta a fs. 25, en virtud del tiempo transcurrido y la falta imputada a la Sra. Belizan. Regístrese, notifíquese a la defensa y al imputado por medio de edictos.
Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Dr.
José A. Michilini. Juez PDS. Ante mí: Rosana Luciani, Secretaria. Secretaría, 15 de junio de 2011. Rosana M.
Luciani, Secretaria.
C.C. 7.385 / jul. 1º v. jul. 7
POR 5 DÍAS El Señor Juez a cargo P.D.S. del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Antonio Michilini, notifica a FERNÁNDEZ, DANIEL ANDRÉS, en la causa Nº 1478-C
Nº interno 1478-C seguida al nombrado en orden al delito de infracción artículo 72 y 74 de la Ley 8.031, cuya resolución se transcribe: Avellaneda, 3 de mayo de 2007.
Autos y Vistos Resuelvo: 1 Declarar la Nulidad Insanable del acta de constatación de fs. 1/1 vta., y en adelante de todo lo actuado, por aplicación del art. 3 y 122
apartado I inc. d del Código de Faltas y art. 201 y 203 del CPP Regístrese. Notifíquese. Rodolfo Alberto Natiello.
Juez Interinamente a cargo del Juzgado de Paz Letrado de Avellaneda. Secretaría, 15 de junio de 2011. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 7.384 / jul. 1º v. jul. 7
POR 5 DÍAS El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a HÉCTOR JAVIER BENÍTEZ, D.N.I. 34.923.766, que en la causa, Nº 0001984, caratulada Benítez, Héctor Javier s/
Hurto Simple en Grado de Tentativa Sánchez, Amanda Aide la resolución que a continuación en su parte perti-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

nente se transcribe: Escobar, 6 de abril de 2011. Autos y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I Declarar extinguida la Acción Penal respecto de Héctor Javier Benítez en virtud del cumplimiento de las reglas fijadas durante la suspensión del proceso a prueba art. 76 ter del Código Penal. II
Sobreseer a Héctor Javier Benítez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en orden al hecho por el que se le recibiera declaración a tenor de lo normado en el art. 308 del C.P.P. calificado legalmente por el Ministerio Público Fiscal como delito de Hurto Simple en Concurso Real con Resistencia a la Autoridad arts. 55, 162 y 239 del Código Penal, hecho cometido el día 12 de octubre de 2009 en la Localidad de Ingeniero Maschwitz, Partido de Escobar de esta Provincia de Buenos Aires en perjuicio Amanda Aide Sánchez y de la Administración Pública, de conformidad con lo normado en el art. 323 inc.
1º del Código de Procedimiento Penal. Regístrese, notifíquese y, firme que sea, acumúlese materialmente el presente incidente al principal, foliándoselo en forma correlativa, cúmplase con las comunicaciones de rigor; y archívese. Luciano Javier Marino, Juez. Secretaría, 9 de junio de 2011. Julio Andrés Grassi, Secretario.
C.C. 7.379 / jul. 1º v. jul. 7


POR 5 DÍAS El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a ELVIO SAÚL ANDRÉS REALES; D.N.I. 34.393.348, que en la causa Nº 0003426, caratulada Elvio Saúl Andrés s/
Amenazas Calificadas Port. Ileg. Arma de Fuego Uso Civil la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Escobar, 10 de febrero de 2011.
Autos y Vistos: y Considerando Resuelvo: I Sobreseer a Elvio Saúl Andrés Reales de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al delito calificado como Amenazas Calificadas y Portación Ilegal de Arma de Fuego en Concurso Ideal Entre si arts. 149 bis, 189 bis inc. 2, segundo párrafo, 54 del Código Penal, hecho acaecido en la Ciudad de Escobar, Partido de Escobar de esta Provincia de Buenos Aires, el día 30 de junio de 2008, en perjuicio de Viviana Nieves Delgado y de la Seguridad Común, por el cual se le recibiere declaración a tenor del, art. 308 del C.P.P. art. 323 inc. 7º del C.P.P.. Graciela Adriana Cione, Jueza. Secretaría, 14 de junio de 2011.
Julio Andrés Grassi, Secretario.
C.C. 7.378 / jul. 1º v. jul. 7
POR 5 DÍAS - La secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la ciudad mencionada, notifica RUBÉN
ADRIÁN SALAS, D.N.l. Nº 23932495, nacido el día 13 de mayo de 1970 en la ciudad de Concordia, Entre Ríos, hijo de Julio Emilio Salas y de Sara Esther Rivas; por el término de cinco días de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, de junio de 2011. Autos y Vistos y Considerando: Resuelvo: 1 Declarar extinguida por prescripción la acción penal en la presente causa Nº 247848 seguida a Rubén Adrián Salas por el delito de Lesiones Graves en los términos del art. 90 del Código Penal, por el hecho ocurrido el día 29 de diciembre de 1990. 3 Notifíquese al nombrado por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129
del C.P.P., la presente resolución dictada en favor. A tal fin ofíciese al Sr. Director del Boletín Oficial de la Plata, adjuntado copia de la parte dispositiva, para su publicación. Regístrese, Notifíquese, Ofíciese. María Laura Vázquez, Juez. Marcos A. Sabbatini, Secretario.
C.C. 7.381 / jul. 1º v. jul. 7
POR 5 DÍAS - En IPP 02-001001-11 caratulada Mansilla Alan; Mansilla Dionel s/ Robo Agravado por Efracción de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto, a fin de notificar a ALAN MANSILLA argentino, DNI
34.861.914, de apodo negro, de 20 años de edad, nacido el 2/5/1990 en la Localidad de Mar de Ajó, empleado, soltero, hijo de Horacio Manuel Mansilla y de Doña María Cristina Paz y a DIONEL EDUARDO MANSILLA, argentino, DNI 33.986.121, de apodo Leo, de 22 años de edad, nacido el 21 de julio de 1988 en la localidad de Ezeiza, ayudante de albañil, soltero, hijo de don Victo Eduardo y de María Isabel Fernández, cuyo último domicilio conocido era en calle 1 esquina 34 de la Localidad de Las Toninas,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/07/2011 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date06/07/2011

Page count15

Edition count3382

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Last issue15/07/2024

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