Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/04/2011 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Gustavo A. Cosentino, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Paula Álvarez Echage, hace saber en los autos Martel Rosalía Inés c/ Natale Miguel Rodolfo y otros s/ Despido, Expte. Nº 3877/2000, que el martillero Mariano Visocaro, Col. 1822. CMCPLZ, Subastará EL DÍA 18 DE ABRIL DE
2011 A LAS 11,00 HORAS en la Sala del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, sito en la calle Portela N
625 de la ciudad y partido de Lomas de Zamora, EL 100
% del bien inmueble propiedad de Miguel Rodolfo Natale, ubicado frente a la calle 1486, entre las calles 1455 y Av.
Eva Perón, Ruta Prov. N 53, Partido de Florencio Varela.
Designado según plano característica 32-24-73 que cita su título como lote número cinco de la quinta número cinco, que mide. 37 m. con 50 cm. de frente al S.E. por 74
m. con 212 cm. de fondo, Superficie: 2.782 m.2 con 88
cm2. Nomenclatura catastral: Circ. II, Secc. K, Quinta 5, Parc. 5, Matrícula 61.751 del Partido de Florencio Varela.
La subasta se realiza con la base de las 2/3 partes del 100
% de la valuación fiscal. Base: $ 19.884. Seña 10% del Precio. Comisión 3 % cada parte, más el 10% de aporte.
Sellado del Boleto 1 %. Al contado, mejor postor y efectivo, en el acto de la firma del boleto, deberá el comprador constituir domicilio procesal en el radio asiento del juzgado, bajo apercibimiento de que la sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente conforme el Art. 133 del CPCC: Hágase saber a quien resulte comprador, que quedará a su cargo la confección y tramitación de la cédula catastral exigida por resolución 2045/94 de la Dirección Prov. de Catastro. Visitas y exhibición: día 14 de abril de 2011, en el horario de 10 a 11 horas. Más información consultar expediente o al martillero interviniente Tel. 4290-1886. Natalia Pena, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.750 / abr. 11 v. abr. 13

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS Se cita y emplaza a RAMÍRO
OLAVARRÍA, en la causa Contravencional Nº 3271, que por Arts. 10 y 15 de la Ley Nº 11.929, en Bahía Blanca, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 2 a cargo del Dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Teresa Caviglia, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, para que en el término de tres días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba Nº 34, piso 3º, de la ciudad de Bahía Blanca, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Bahía Blanca, 11 de marzo de 2011.
María Teresa Caviglia, Secretaria.
C.C. 3.533 / abr. 5 v. abr. 11


POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., Dr. Carlos Alberto Pocorena, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 de Tandil, Secretaría Única a mi cargo, en la Causa Nº 3104 2169 caratulada Contrera, Juan Gonzalo s/
Robo y alternativamente encubrimiento en concurso real con tenencia ilegal de arma de guerra; a fin de solicitarle, tenga a bien publicar como edicto el siguiente texto, en forma gratuita, por el término de cinco días: En Causa Nº 3104 2169 caratulada Contrera, Juan Gonzalo s/ Robo y alternativamente encubrimiento en concurso real con tenencia ilegal de arma de guerra; se ha dispuesto notificar a JUAN GONZALO CONTRERA, con último domicilio conocido en calle Los Tulipanes Nº 1948 de Tandil, el Juez interviniente en la presente causa y cíteselo a juicio por el plazo individual de diez días corridos Art. 139 del C.P.P., a los fines previstos en el Art. 338 primer párrafo del C.P.P., a cuyo fin deberá comparecer a este Juzgado, sito en calle Uriburu Sur Nº 750 de Tandil, y fijar domicilio, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en el plazo de diez días será declarado rebelde en los términos de los Arts. 303 y concs. del C.P.P. Fdo. Dr. Carlos Alberto Pocorena, Juez Correccional. Asimismo se solicita se sirva acompañar constancia de la publicación de la notificación para su agregación a la causa. Tandil, 17 de marzo de 2011. Fernando Falivene, Secretario.
C.C. 3.523 / abr. 5 v. abr. 11
POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., Dr. Carlos Alberto Pocorena, titular del Juzgado en lo Correccional
LA PLATA, LUNES 11 DE ABRIL DE 2011

Nº 1 de Tandil, Secretaría Única a mi cargo, en el Incidente Nº I/1186 caratulado Drazeta, Lucas Emiliano s/ Incidente de suspensión de juicio a prueba en Causa Nº 452/2010
2137; a fin de solicitarle, tenga a bien publicar como edicto el siguiente texto, en forma gratuita, por el término de cinco días: En Incidente Nº I/1186 caratulado Drazeta, Lucas Emiliano s/ Incidente de suspensión de juicio a prueba en Causa Nº 452/2010 2137; se ha dispuesto notificar a LUCIANO ÁLVAREZ; con último domicilio conocido en calle 25 de Mayo Nº 2279 departamento 4 de Olavarría, que deberá comparecer a este Juzgado sito en calle Uriburu Sur Nº 750 de Tandily fijar domicilio, bajo el apercibimiento que si no lo hiciere en el plazo de diez días será declarado rebelde en los términos de los Arts. 303 y concs. del C.P.P. Fdo. Dr. Carlos Alberto Pocorena, Juez Correccional. Asimismo se solicita se sirva acompañar constancia de la publicación de la notificación, para su agregación a la causa. Tandil, 17 de marzo de 2011.
Fernando Falivene, Secretario.
C.C. 3.522 / abr. 5 v. abr. 11


POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., Dr. Carlos Alberto Pocorena, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 de Tandil, Secretaría Única a mi cargo, en el Incidente Nº I/1195 caratulado Cuviller, Eduardo Ezequiel s/
Incidente de suspensión de juicio a prueba en Causa Nº 3065; a fin de solicitarle, tenga a bien publicar como edicto el siguiente texto, en forma gratuita, por el término de cinco días: En Incidente Nº I/1195 caratulado Cuviller Eduardo Ezequiel s/ Incidente de suspensión de juicio a prueba en Causa Nº 3065; se ha dispuesto notificar a EDUARDO EZEQUIEL CUVILLER, con último domicilio conocido en calle Ugalde Nº 2030 de Tandil, que deberá comparecer a este Juzgado -sito en calle Uriburu Sur Nº 750 de Tandily fijar domicilio, bajo el apercibimiento que si no lo hiciere en el plazo de diez días será declarado rebelde en los términos de los Arts. 303 y concs. del C.P.P. Fdo. Dr. Carlos Alberto Pocorena, Juez Correccional. Asimismo se solicita se sirva acompañar constancia de la publicación de la notificación para su agregación a la causa. Tandil, 17 de marzo de 2011.
Fernando Falivene, Secretario.
C.C. 3.521 / abr. 5 v. abr. 11
POR 5 DÍAS La Fiscalía de Cámaras Departamental, Unidad Funcional de Investigaciones Complejas Nº 9 del Dpto. Judicial de San Martín, a cargo del Dr. Edgardo Ledesma sita en Av. Ricardo Balbín Nº 1635 de la localidad de San Martín, Prov. de Buenos Aires, en los autos Nº 15-00-033372-10, caratulados Silvia Mónica Lema, Samaniego Florentín Agustín y otros por tentativa de estafa en concurso ideal con falsificación de instrumento público, cita por el término de cinco días a SILVIA
MÓNICA LEMA DNI 23.010.597, imputada de los delitos de tentativa de estafa en concurso ideal con falsificación de instrumento público, para que se presente en la sede de la Unidad Funcional de Investigaciones Complejas Nº 9 de San Martín a fin de prestar declaración a tenor del art.
308 del CPP el día 20 de abril de 2011 a las 10:00 hs., bajo apercibimiento de ser declarada rebelde en caso de incomparencia injustificada, conforme lo normado por el art. 129 y 303 del C.P.P. Se transcribe el auto que lo ordena: Martín, 22 de marzo de 2011 atento a lo informado a fs. 121/2, 186/8, 195/8, 199/202 y 203/7 cítese a Silvia Mónica Lema por edictos, para que se presente en esta sede a fin de recibirle la declaración prevista por el art.
308 del C.P.P. el día 20 de abril de 2011 a las 10:00 horas, el que se publicará durante cinco días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde en caso de incomparencia injustificada, conforme a lo normado en los artículos 129 y 303 del C.P.P. Fdo.: Edgardo Ledesma, Agente Fiscal. Ante mí: Bautista Mathieu, Ayudante Fiscal. San Martín, 22 de marzo de 2011.
C.C. 3.537 / abr. 5 v. abr. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº dos a cargo del Dr. Iber M. J. Piovani, Secretaría Única, de la ciudad de Tres Arroyos;. Hace saber por cinco días que en autos caratulados Osorio, Ricardo Ignacio s/ Quiebra Expte. Nº 38.333 se ha decretado la quiebra de RICARDO IGNACIO OSORIO, DNI
11.043.612, domiciliado en calle Olivero Duggan Nº 775

PÁGINA 2645

de la ciudad de Tres Arroyos. Ha sido designado en el cargo de síndico el Cr. Domingo Fortunato Leonel Elías con domicilio constituido en calle Colón Nº 535, 2º Piso, Of. 4 de Tres Arroyos.- Se ha dispuesto que los acreedores soliciten la verificación de sus créditos ante el Síndico hasta el día 27 del mes de abril de 2011. Se fijó plazo hasta el día 9 del mes de junio de 2011, para que el Sr.
Síndico presente el Informe Individual art. 35 L.C.Q. y hasta el día 22 del mes de julio de, 2011, para que presente el Sr. Síndico presente el Informe General art. 39
L.C.Q.. Se intima al fallido y a terceros que posean bienes y/o papeles del mismo, los entreguen al Síndico en el plazo de cinco días, prohibiéndoles a los terceros efectuarle pagos al causante, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Tres Arroyos, 21 de marzo de 2011.
Mariana Claudia Druetta, Secretaria.
C.C. 3.538 / abr. 5 v. abr. 11


POR 5 DÍAS - Tribunal en lo Criminal Nº 4 del Departamento Judicial San Martín, Buenos Aires, a cargo de los Dres. Mónica de Benedetto, Julio César Di Giorgio y Agustín Pablo Gossn y Secretaría Única a cargo de la Dra. Marta Berkich, en causa Nº 687 SI homicidio culposo. destinatario: Ricardo Miguel Bustamante, argentino, casado, hijo de Ricardo Pator y Gladys Errazo, titular del DNI: 11.338.219, se cita y emplaza al nombrado, a fin que comparezca a estar a derecho en la causa de referencia, transcribiéndose a tal fin el decreto que así lo ordena:
San Martín, 14 de Marzo de 2011 cítese a RICARDO
MIGUEL BUSTAMANTE mediante edicto, por el término de tres días, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y disponer su comparendo a primera audiencia, de conformidad con lo previsto por los arts. 129, 303 y 304 del C.P.P Fdo: Agustín Pablo Gossn juez Secretaría, 14 de Marzo de 2011. Andrea Mirna Aravena, Auxiliar Letrada.
C.C. 3.509 / abr. 5 v. abr. 11
POR 5 DÍAS - En IPP 97229 caratulada Vargas Oscar Pedro S/ Usurpación de Propiedad de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 2, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado OSCAR PEDRO VARGA argentino, DNI 12.453.124, nacido el día 8 de septiembre de 1956 en Capital Federal hijo de Pedro Oscar v y de doña Gioconda Storniolo v cuyo último domicilio conocido era en Avda. Pavón Nº 501 de la ciudad de Avellaneda el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 27 de abril de 2010. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento por prescripción de la acción penal impetrada por los Sres. Codefensores Particulares, Dres. Alberto Daniel Apaz y Adrián Enrique Fernández, en favor de Oscar Pedro Varga, y teniendo para ello a la vista la I.P.P de referencia, y Considerando: Primero: Que en fecha 13 de noviembre de 2009, los Sres. Codefensores Particulares, Dres. Alberto Daniel Apaz y Adrián Enrique Fernández, solicitan se sobresea al imputado Oscar Pedro Varga, por el delito de Usurpación de Propiedad, previsto y reprimido en el Art. 181 Inc. 1 del C. Penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción en autos, y por el cual se le recepcionará declaración en los términos del Art. 308 del C.P.P. Fundan su petición en la circunstancia de considerar que desde la fecha de perpetración del hecho en estudio 13 de agosto de 2004, ha transcurrido en exceso el término previsto por el Art. 62 Inc. 2 en su relación con el Art. 181. Inc. 1 del C. Penal. Segundo: En consecuencia de conformidad con lo estatuido por el Art.
324 del Código de Procedimiento Penal, y luego de analizar las causales en el orden dispuesto por el Art. 323 del ritual, arribo a la conclusión de que, le asiste razón a la Defensa.-Si bien existen constancias fehacientes a efectos de acreditar la perpetración del hecho y por ende la autoría de Varga en el mismo, lo cierto es que desde la fecha de la denuncia 13 de agosto de 2004, al presente ha transcurrido en exceso el término de Tres años que la citada norma y el Art. 62 prevee como plazo de prescripción de la acción, sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito. Art. 67 inc. 4 del C. Penal.
Consecuentemente, entiendo debe sobreseerse al imputado en orden al delito que se le imputa, por lo que omito

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/04/2011 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date11/04/2011

Page count10

Edition count3380

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2011>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930