Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/02/2011 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1084

LA PLATA, VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2011

de Hurto Simple imputado en la presente causa, por encontrarse extinguida la acción penal por prescripción, cerrando definitiva e irrevocablemente el proceso a su respecto, a cuyo favor se dicta; archivándose la presente
Fdo. Dra. María Laura Pardini. Juez. Mercedes B, 30 de diciembre de 2010.
C.C. 1.335 / feb. 16 v. feb. 22


POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Doctor Roberto Daniel Vila, se notifica a HUGO
ALBERTO ROMANO que en la causa N 2508/01-407
seguida al nombrado por Lesiones Culposas se ha dictado la resolución cuya parte pertinente se transcribe:
Mercedes, 12 de octubre de 2010 Atento al estado de autos, desvincúlese de la presente causa la bicicleta y el automotor que fueran incautados oportunamente, quedando desvinculados los depositarios judiciales de tal carácter.
Fdo. Roberto Daniel Vila, Juez. Secretaría, 30 de diciembre de 2010. María Griselda Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.336 / feb. 16 v. feb. 22
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Roberto Daniel Vila, Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial Mercedes, se notifica a ORLANDO
DANIEL PAZ, DNI 20.405.191, que en la causa N
1276/08-3143, caratulada Paz Orlando Daniel s/
Tenencia de Estupefacientes, se ha dictado la resolución cuya parte pertinente a continuación se transcribe:
Mercedes, 30 de diciembre de 2010. Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: I Declarar la prescripción de las penas de prisión y de multa impuestas al encausado en el pronunciamiento obrante a fs. 1/7 de este legajo Arts. 5, 65 inc. 3, 66 y 67 del CP. II Dejar sin efecto la declaración de rebeldía y la paralización de la causa dispuestas a fs. 58 de este legajo. III Eximir al encausado del pago de la reposición de sellado Art. 532 del CPP.
Notifíquese, y hágase saber al encausado en la forma prevista en el Art. 129 del CPP; cumplido, vuelva a despacho. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila, Juez en lo Correccional. Secretaría, 30 de diciembre de 2010. María Griselda Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.337 / feb. 16 v. feb. 22
POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial Mercedes, Doctor Roberto Daniel Vila, se notifica a JUAN
ANDRÉS BARREIRO, DNI 31.759.104, que en la causa N
589/10-3615, caratulada Barreiro Juan Andrés s/ Robo, se ha dictado la resolución cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Mercedes, 6 de enero de 2011.
Autos y Vistos: Por recibido el informe que antecede, agréguese, y sin perjuicio de su contenido, atento a la fecha en que fue recibido en esta sede, estése al cómputo de pena efectuado a fs. 60/vta. y a lo dispuesto en el Art. 16 del Código Penal. Atento a lo resuelto precedentemente, careciendo en este caso de virtualidad la notificación al imputado del cómputo de pena, dispónese la notificación de la presente en la forma prevista en el Art. 129
del CPP. Por otra parte, no obstante lo resuelto en la sentencia, habiendo variado la situación procesal del imputado desde el dictado de la misma, y surgiendo de fs.
24/vta. de la IPP que el mismo residía en una casilla, que trabajaba como albañil y percibía la suma de cuarenta pesos por día $ 40, teniendo en cuenta el dispendio jurisdiccional y económico que ocasionaría la formación de legajo de ejecución al sólo efecto de liquidar las costas del proceso cuando el encausado no pudo ser habido, corresponde eximir lo del pago de la reposición de sellado, de conformidad con lo previsto en el Art. 532 del Código ritual. Notifíquese. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila, Juez en lo Correccional. Secretaría, 6 de enero de 2011.
María Griselda Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.338 / feb. 16 v. feb. 22
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la Sra. VIOLETA CALAFATE
GHERZI, para que lo acrediten en el término de treinta días. La Plata, 2 de febrero de 2011. Marcos Miguel Maldonado Palacios, Auxiliar Letrado.
C.C. 1.339 / feb. 16 v. feb. 18

BOLETÍN OFICIAL

POR 2 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia N 3, en lo Civil y Comercial, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en los autos caratulados: Calvete Hilda Alicia y otros c/ Miño Adela Verónica s/ Daños y Perjuicios, Expte. N 57834, notifica por este medio a ADELA VERÓNICA MIÑO, para que dentro del plazo de diez días, conteste el traslado de la demanda conferido en autos, conforme Arts. 354 y 486 del CPCC y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de nombrársele Defensor Oficial de Pobres y Ausentes de este Departamento Judicial. Bahía Blanca, 2
de diciembre de 2010. Claudia Verna, Secretaria.
C.C 1.474 / feb. 17 v. feb. 18


POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo N 1, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en los autos caratulados: Moya Miriam Isabel c/ Di Buo Italo Marcelo y otros s/ Fondo de desempleo, Expte. N
22104, cita y emplaza por este medio a JOSÉ MAURICIO
MONSALVE SILVA, para que dentro del plazo de diez días comparezca el nombrado a estar a derecho en estos autos, bajo apercibimiento de nombrarle Defensor al de Ausentes en turno del Departamento. Bahía Blanca, 10 de diciembre de 2010. Elvira Germano, Secretaria.
C.C. 1.473 / feb. 17 v. feb. 18
POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón, en causa correccional N
1187, seguida a Sebastián Córdoba, por el delito de Tenencia de Estupefacientes para Consumo Personal, del registro de la Secretaría Única a cargo del suscripto notifíquese a FERNANDO SEBASTIÁN CÓRDOBA, sin apodos, argentino, soltero, estudiante, nacido el día 21 de mayo de 1.988 en el partido de Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires, instruido, hijo de Juan Carlos y de Marcela Beatriz Pérez, con último domicilio conocido en la calle Poeta Rizzo N 2493 de la localidad y partido de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, titular del DNI N
34.576.814, por el término de cinco días, a fin de poner en conocimiento del mismo lo resuelto en la causa en la que me dirijo: Morón, 3 de febrero de 2011. Autos y Vistos:
y Considerando: Resuelvo: I. Declarar extinguida la acción penal por prescripción en la presente causa correccional N 1187 seguida a Fernando Sebastián Córdoba, por el delito previsto y reprimido por el Artículo 14 según párrafo de la Ley N 23.737, del registro de este Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón Arts. 62 inc. 2do. del CP II. Sobreseer en estas actuaciones a Fernando Sebastián Córdoba, cuyas demás condiciones personales obran en autos, en los términos del artículo 341 in fine del CPPPBA. III. Déjese sin efecto la rebeldía del causante dispuesta a fs. 129/30, como así también la consecuente averiguación de paradero, que sobre aquel recaía, librándose las correspondientes comunicaciones a los organismos oficiales pertinentes. IV. Notifíquese a las partes, debiéndolo hacer mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días, al imputado Córdoba por encontrarse rebelde al día de la fecha. V Fdo.: Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente:
Morón, 3 de febrero de 2011. Autos y Vistos: y Considerando Resuelvo: I II III IV. Notifíquese a las partes, debiéndolo hacer mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días, al imputado Córdoba por encontrarse rebelde al día de la fecha Fdo.: Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 3 de febrero de 2011. Luis R. Lamperti, Secretario.
C.C. 1.460 / feb. 17 v. feb. 23
POR 2 DÍAS - El Tribunal de Trabajo N 2 del Departamento Judicial de San Isidro, presidencia a cargo del Dr. Gonzalo Miguel Nieto Freire, Secretaría Única a cargo del Dr. Roberto Alejandro De Cillis, sito en la calle Ituzaingó 340, Piso 7, del partido de San Isidro, en los autos caratulados Guzmán Oscar Lui c/ Transporte Automotor Savio S.R.L. y otros s/ Despido Expte. N
38.329, notifica a la empresa TRANSPORTE GONZALÍA
S.R.L., TRANSPORTE AUTOMOTOR SAVIO S.R.L. y a los Sres. OSCAR ALBERTO GONZALÍA, HUGO ADRIÁN

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CABRAL y GISELA VANESA GONZALÍA la Sentencia, Liquidación y Regulación de Honorarios recaída en estos autos mediante la siguiente resolución: San Isidro, 20 de Octubre de 2009: Por Ello, y demás fundamentos dados en el Acuerdo que antecede, el Tribunal Falla: 1 Hacer lugar a la demanda promovida por Oscar Luis Guzmán contra Transporte Automotor Savio S.R.L. y Hugo Adrián Cabral por la suma total de $ 38.128, en concepto de salarios, SAC, vacaciones, indemnización por antigedad, por omisión del preaviso y las previstas en los Arts. 2 Ley N
25.323, 8 y 15 Ley N 24.013, 45 Ley N 25.345 y 16 Ley N 25.561. Al monto total se aplicarán los intereses que se calcularán según el promedio mensual de la tasa activa fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para el otorgamiento de préstamos desde el 8 de mayo de 2007
hasta el efectivo pago. El importe resultante deberá ser depositado en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales a la orden del Tribunal y como perteneciente a estos autos, en el plazo de diez días de notificada la presente. 2 Imponer las costas del juicio a los demandados vencidos, a cuyo efecto estimo en el 20%
del monto final los honorarios del Dr. Narváez y 2% los del contador Facciuto, ya que no practicó dictamen. Arts. 19, 63 Ley N 11.653; 68 C.P.C.C., 21; 28 y conc. Ley N
8.904; Art. 12 Ley N 6.716,193 Ley N 10.620, Art. 175 y 207 Ley N 13.750 Art. 27 y 33 Ley N 12.724 y Dec.
6732/87 3 Rechazar la demanda entablada contra Transporte Gonzalía S.R.L., Oscar Alberto Gonzalía, Gisela Vanesa Gonzalía y Valeria Soledad Gonzalía, con costas a la actora a cuyo efecto regulo en $ 3360 los honorarios del Dr. Narváez y $ 4200 los del Dr. Stillo, con mas los porcentajes de Ley. Arts. 19, 63 Ley N 11.653;
21; 23 y conc. Ley N 8.904; Art. 12 Ley N 6.716 y 10.620
Asimismo deberá adicionarse al monto regulado el 21% a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos.
Regístrese. Practíquese Liquidación. Notifíquese.
Firmado: Dr. Carlos Alberto Stortini Presidente. Dr.
Gonzalo Miguel Nieto Freire. Vicepresidente. Dra. Irma Edith Carnero. Vocal. San Isidro, 20 de Octubre de 2009:
Liquidación que practica el Actuario de conformidad a lo dispuesto por el Art. 48 Ley N 11.653 de acuerdo al siguiente detalle a cargo de la demandada: Capital: $
38.128. Intereses Banco Prov. Bs. As. tasa activa desde 8/5/07 a 20/10/09 coef. 0.6341294: $ 24.178,08. Total Capital e Intereses: $ 62.306,08. Tasa de Justicia: $
1.370,73., 10% Art. 38 inc. a de la Ley N 12.576: $
137,07.: $ 1.507,80. Total: $ 63.813,88. S.E.U.O. Importa la presente liquidación la suma de pesos sesenta y tres mil ochocientos trece con ochenta y ocho centavos, S.E.U O.
De la misma traslado a las partes por cinco días.
Notifíquese con copias. Firmado: Dr. Roberto Alejandro de Cillis. Auxiliar Letrado. San Isidro, 20 de octubre de 2009: Liquidación que practica el Actuario de conformidad a lo dispuesto en el punto 2 de la sentencia respecto a los honorarios de los profesionales intervinientes: Total Capital e Intereses: $ 62.306,08. Dr. Jorge Alberto Narváez, 20%: $ 12.461,22. Aportes, 10%: $ 1.246,12.
Total: $ 13.707,34. Perito Contador Facciuto, 2 %: $
1.246,12. Aportes, 10%: $ 124,61. Total: $ 1.370,73.
Hácese saber a las partes que deberán adicionarse a los montos regulados el 21 % en concepto de I.V.A. a aquellos profesionales que sean responsables inscriptos.
Notifíquese con copias. Firmado: Dr. Roberto Alejandro de Cillis. Auxiliar Letrado. San Isidro, 27 de diciembre de 2010: Por devueltos, tiénese presente lo informado y a fin de dar cumplimiento con lo ordenado por el superior, déjase sin efecto lo dispuesto a fs. 272 punto 1 y notifíquese la Sentencia, liquidación y regulación de honorarios a los accionados Oscar Alberto Gonzalía, Hugo Adrián Cabral, Gisela Vanesa Gonzalía, Transporte Gonzalía S.R.L. y Transporte Automotor Savio S.R.L. por medio de edictos en el Boletín Oficial y en el diario El diario de Escobar por dos días. Los referidos autos deberán proceder a la publicación en forma gratuita y remitir a este Tribunal a efecto de su oportuno abono por parte de quien resulte condenado en costas. conf. Jurisprudencia de este Tribunal en autos Zuk c/ Atlántida Art. 22 Ley N
11.653 Arts. 145, 146, 147 del C.P.C.C. y 63 Ley N
11.653 Firmado: Dr. Gonzalo Miguel Nieto Freire, Presidente. San Isidro, 3 de febrero de 2011. Pablo Sebastián Chaparro, Auxiliar Letrado.
C.C. 1.457 / feb. 17 v. feb. 18


POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional N 2, a cargo de la Dra. Gloria Aboud, Secretaría Única a cargo de la

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/02/2011 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date18/02/2011

Page count10

Edition count3399

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Last issue07/08/2024

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