Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2010 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 11852

LA PLATA, MARTES 16 DE NOVIEMBRE DE 2010

POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 11653 IPP nº 95387 Díaz López Juan Moisés Robo Calificado uso de arma en tentativa, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Junín y Rosales de Valeria del Mar, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 03 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a DÍAZ LÓPEZ JUAN MOISÉS por el delito de Robo Simple en Grado de Tentativa, previsto y penado por el art. 164 y 42 del Código Penal en virtud de haberse extinguido la acción penal, por haber operado la Prescripción. Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 245 del Código Penal y 323 lnc. 1º del C.P.P.. 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. 3º Levántese la Rebeldía y Comparendo Compulsivo del encartado.
Fecho, realícense las comunicaciones de Ley. Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 3 de noviembre de 2010. Laura I. Elías, Juez.
C.C. 14.418 / nov. 16 v. nov. 23


POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 3418 IPP Nº 7204
Nicoloso Javier E./Tamagno Juan S. D Denuncia, de trámite ante este Juzgado de Garantías nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido JAVIER EDGARDO NICOLOSO cuyo último domicilio conocido era Paseo 118 y Avenida 8 nº 1896 de la localidad de Villa Gesell, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 03 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:
Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a Javier Edgardo Nicoloso, por el delito de Defraudación, previsto y penado por el art. 173 del Código Penal en virtud de haberse extinguido la acción penal, por haber operado la Prescripción. Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 173 del Código Penal y 323 inc. 1º del C.P.P.. 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. 3º Levántese la Rebeldía y Comparendo Compulsivo del encartado.
Fecho, realícense las comunicaciones de Ley. Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1". Dolores, 3 de noviembre de 2010. Laura I. Elías, Juez.
C.C. 14.417 / nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 703 IPP Nº 1091 Luchetti Rodrigo J./Odriozola Eduardo/Suárez José V. V Estafa, de trámite ante este Juzgado de Garantías nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado RODRIGO JAVIER LUCHETTI, argentino, soltero, nacido el 2 de octubre de 1972, maestro mayor de obra, DNI 23.013.473, hijo de Carlos y de Margarita Fischer, último domicilio conocido en calle De las Tres Gracias Nº 1016 de Pinamar, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 03 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
Autos y. Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1º Sobreseer totalmente a Rodrigo Javier Luchetti y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Frustración Maliciosa de Cheque en concurso ideal con Falsa Denuncia art. 54, 245 y 302 inc. 3, 59, inc.
3º; 62 inc. 2º del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P..
2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputada por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. 3º Levántese la Rebeldía y Captura de la encartada. Fecho, realícense las comunicaciones de Ley.- Fdo.:
Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 3 de noviembre de 2010. Laura I. Elías, Juez.
C.C. 14.416 / nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 11570 IPP Nº 93661
Lund Andrés Cristian Defraudación/Estafa, de trámite ante
BOLETÍN OFICIAL

este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Costanera nro. 586 de Valeria del Mar, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 03 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: ..Resuelvo: Sobreseer totalmente a ANDRÉS
CRISTIAN LUND, por el delito de Falsa Denuncia, previsto y penado por el art. 245 de Código Penal en virtud de haberse extinguido la acción penal, por haber operado la Prescripción Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 245 del Código Penal y 323 inc. 1º del C.P.P.. 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual.-3º Levántese la Rebeldía y Comparendo Compulsivo del encartado.
Fecho, realícense las comunicaciones de Ley. Fdo: Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Ante mí Marcela García Cuerva. Abogada-Secretaria. Dolores, 3 de noviembre de 2010. Laura I. Elías, Juez.
C.C. 14.415 / nov. 16 v. nov. 23


POR 5 DÍAS - En Causa Nº 2-7796, seguida Favio Manuel Cipolletti por el delito de Encubrimiento, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido Cipolletti cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 3 de noviembre de 2010. IDeclarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente causa que se le sigue a FAVIO MANUEL CIPOLLETTI por el delito de Encubrimiento art. 277 inc. 2º del CP por la prescripción operada conforme lo normado por los arts. 59 inc. 3º y 62
inc. 2º del C.P. IILevantar la averiguación de paradero oportunamente decretada contra el imputado Cipolletti, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. Prescíndase de librar oficio de estilo a Jefatura de Policía por no emerger de fs. 582 que se hubiese cumplido con el mismo ni así fluir la toma de razón en los autos IIINotifíquese al imputado Cipolletti mediante el Boletín Oficial, al Sr. Agente Fiscal, y Defensor Oficial mediante cédula. Fecho devuélvase al PADE a los efectos legales pertinentes. Fdo. Gastón E. Giles, Juez. Dolores, 3 de noviembre de 2010. Gastón E. Giles, Juez.
C.C. 14.414 / nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - En Causa Nº 926, seguida Gabriel Guiñazu por el delito de Privación Ilegal de la Libertad Agravada de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido Guiñazu, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe:
Dolores, 3 de noviembre de 2010. IDeclarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente causa que se le sigue a GABRIEL GUIÑAZU por el delito de Privación Ilegal de la Libertad agravada art. 141 inc. 2 del CP por la prescripción operada conforme lo normado por los arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del C.P. IILevantar la averiguación de paradero oportunamente decretado contra el imputado Guiñazu, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. A tal fin líbrese oficio de estilo a Jefatura de Policía. IIINotifíquese al imputado Guiñazu mediante el Boletín Oficial, al Sr. Agente Fiscal, y Defensor Oficial mediante cédula. Firme destrúyase el día 3/11/2015. Fecho devuélvase al PADE a los efectos legales pertinentes. Fdo Gastón Giles. Juez. Dolores, 3 de noviembre de 2010. Gastón E. Giles, Juez.
C.C. 14.413 / nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - En Causa Nº 2-398 caratulada Pavone Víctor Fabián, Villarruel Martín Roberto por Robo Simple Atentado y Resistencia la Autoridad; de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 Dpto. Judicial Dolores a mi cargo, Secretaría a cargo de la Dra. Sonia R. Cardinali;
a fin de notificar a MARTÍN ROBERTO VILLARRUEL la siguiente resolución: "Dolores, 26; de octubre de 2010
Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal nacida del
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

delito de Robo en esta causa Nº 398 seguida a Martín Roberto Villarruel por haber transcurrido con creces los seis años exigidos por el juego armónico de los arts. 59, 62 en rel. 164 y 67 del CP Fdo. Gastón Eduardo Giles, Juez". Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente "Dolores, 26 de octubre de 2010: Ofíciese al imputado mediante publicación por cinco días en el Boletín Oficial art.129 CPP Fdo: Gastón Eduardo Giles Juez".
Dolores, 28 de octubre de 2010. Gastón Giles, Juez.
C.C. 14.411 / nov. 16 v. nov. 23


POR 5 DÍAS - En causa Nº 820/06 de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a mi cargo, seguida a DIEGO VIDAL, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Ramos Mejía 1002 Maipú, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, noviembre 4 de 2010.
Autos y Vistos Resuelvo:- 1. Declarar extinguida la acción penal por prescripción en forma definitiva en la causa Nº 820/06 sobreseyendo totalmente a Diego Vidal cuyos demás datos personales obran en autos
Notifíquese. María Cristina Tramontini Juez. Ante mí.
Florencia Doumic-Abogada-Secretaria. Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, noviembre 4 de 2010. Florencia Virginia Doumic, Abogada.
C.C. 14.410 / nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - En Causa Nº 3-56013 caratulada Sánchez Germán Alberto y Otros por Robo en Mar de Ajó;
de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 Dpto.
Judicial Dolores a mi cargo, Secretaría a cargo de la Dra.
Sonia R. Cardinali, a fin de notificar a GERMÁN ALBERTO
SÁNCHEZ la siguiente resolución: "Dolores, 26 de octubre de 2010 Resuelvo: Declarar extinguida por la prescripción operada la acción penal en esta causa Nº 3-56013
seguida a Germán Alberto Sánchez por robo en Mar de Ajó. Regístrese Fdo. Gastón E. Giles, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores 26
de octubre de 2010: Ofíciese al imputado mediante publicación por cinco días en el Boletín Oficial art. 129 del CPP Fdo. Gastón Eduardo Giles, Juez. Dolores, 26 de octubre de 2010. Gastón Giles, Juez.
C.C. 14.412 / nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS En Causa Nº 56.480, seguida Ruiz Guillermo Norberto por el delito Doble Homicidio en Grado de Tentativa en Concurso Real con Lesiones Leves, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido RUIZ GUILLERMO
NORBERTO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de Morón, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 16 de octubre de 2010.
Autos y vistos.. Por ello Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente causa seguida a Ruiz Guillermo Norberto en orden al delito de Doble Homicidio en Grado de Tentativa en concurso real con Lesiones Leves, por la prescripción operada conforme lo normado por los arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del C.P.
II Levantar la averiguación de paradero oportunamente decretada contra Guillermo Norberto Ruiz, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo.
A tal fin líbrese oficio de estilo. III. Prescindir del elevar la presente a la suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a fin de dar tratamiento al recurso pendiente contra la resolución obrante a fs. 490/492 por haber devenido en abstracto en relación a lo resuelto en el punto I. Notifíquese al imputado Ruiz mediante el Boletín Oficial y al Sr. Agente Fiscal y Defensor Oficial mediante cédula.
Firme destrúyase el día 26/10/2015. Fecho devuélvase al pade a los efectos legales pertinentes. Regístrese. Fdo.
Gastón Eduardo Giles. Juez. Dolores, 26 de octubre de 2010.
C.C. 14.431 / nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS En Causa Nº 68, seguida Alderete Miguel Alejandro y Medina Juan Carlos por el delito de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2010 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date16/11/2010

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Edition count3394

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