Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/10/2010 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 10360

LA PLATA, VIERNES 8 DE OCTUBRE DE 2010

se a las partes con vista de causa y al encausado mediante edictos art. 129 del C.P.P.; una vez firme, déjese copia certificada de esta resolución en la causa nro. 1919 y provéase en la misma lo que corresponda. Cumplidas las diligencias antes dispuestas, córrase vista a las partes para que se expidan en los términos del art. 303 del C.P.P.
Fdo. Gladys Mabel Cardozo, Ángeles María Andreíni y Daniel Claudio Ernesto Rópolo. Jueces. Ante mí, Francisco Javier Morell Otamendi. Auxiliar Letrado".
Campana, de septiembre de 2010.
C.C. 12.341 / oct. 6 v. oct. 13


POR 5 DÍAS - El Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana, Secretaría Única interinamente a cargo del Auxiliar Letrado Francisco Javier Morell Otamendi, con asiento en Andrés del Pino Nº 817
de la localidad de Campana, Pcia. de Buenos Aires, en causa Nº 891 IPP Nº 57573, caratulada "Luna, Juan Manuel, Luna, Lucas Leonardo s/ Robo Simple Perne, Fernando David", notifica por el presente a JUAN
MANUEL LUNA, de la resolución providencia dictada, cuya parte pertinente se transcribe a continuación:
"Campana, 5 de abril de 2010. Autos y Vistos: Y
Considerando: Resuelve: I Sobreseer a Lucas Leonardo Luna y Juan Manuel Luna respecto del delito de robo simple que se les imputara en el marco de la presente causa Nº 891: caratulada "Luna, Juan Manuel Luna, Lucas Leonardo s/ Robo Simple Perne, Fernando David", por extinción de la acción penal por prescripción artículo 323 inc. 1º del C.P.P, en función de los artículos 62 inc. 2º, 67 -según texto ordenado por ley nº 25.990- y 164, todos estos del C.P.. Notifíquese a las partes con vista del expediente, a Juan Manuel Luna mediante oficio y a Lucas Leonardo Luna mediante la publicación de edictos art. 129 C.P.P. Ofíciese a la Policía de la Provincia de Buenos Aires para que proceda a la anotación del sin efecto de la orden comparendo compulsivo que circula respecto de Lucas Leonardo Luna. Una vez firme comuníquese, cúmplase con el Ac. 2840 de la S.C.B.A., y oportunamente archívese. Fdo. Ángeles María Andreini, Guillermo Miguel Guehenneuf y Gladys Mabel Cardozo, Jueces. Ante mí: Matías Sebastián Ferreiros, Secretario".
Campana, 20 de septiembre de 2010. Francisco J. M.
Otamendi, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.344 / oct. 6 v. oct. 13
POR 5 DÍAS El Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Zárate Campana, Secretaría Única, con asiento en Andrés del Pino Nº 817 Planta Alta de la localidad de Campana, Prov. de Buenos Aires, en causa Nº 1843/671/2006 IPP Nº 2/99965 caratulada Monzón, Mario Andrés s/ Robo calif. por arma, pob. y banda con interv. de menor Díaz, Miguel Antonio" y su acollarada la causa Nº 2126 IPP. DZ392-09 caratulada "Monzón, Mario Andrés s/ Resistencia a la Autoridad ag.
por. arma y port. arma uso civil, notifica por el presente a JUAN GABINO BLANCO, de la providencia dictada, cuya parte pertinente se transcribe a continuación: "En la ciudad de Campana, al primero de julio de dos mil diez el Tribunal Resuelve: l. Admitir en la presente causa el juicio abreviado solicitado e imprimir a la presente el trámite previsto en el art. 395, ss. y ccs. del C.P.P. II. Condenar a Mario Andrés Monzón, cuyos demás datos obran en autos, a la pena de tres años de prisión en suspenso y al pago de las costas del proceso, como coautor penalmente responsable del delito de Robo Calificado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda, reiterado en tres oportunidades que concurren materialmente entre sí "Hecho 1", y como autor penalmente responsable del delito de resistencia a la autoridad agravada por el empleo de un arma de fuego "Hecho 2", con el cual también concurren materialmente los hechos identificados como "Hecho 1", todos los cuales ocurrieron en la ciudad de Zárate, partido homónimo, provincia de Buenos Aires, el 16 de febrero de 2006, resultando damnificados Juan Gabino Blanco, Eduardo Hernando Pucheta, Miguel Antonio Díaz y Rolando Agustín Barreta "Hecho 1"; y el 12 de febrero de 2009, en perjuicio de la Administración Pública "Hecho 2" arts. 5, 26, 29, inc. 3º, 40, 41, 41 bis, 45 55, 167, inc. 2º, y 239 del Código Penal; y 530, 531 y 533 del Código de Procedimiento Penal. III. Disponer que, durante el plazo de tres años, el condenado Mario Andrés Monzón fije residencia y se someta al cuidado del Patronato de Liberados correspondiente a su domicilio
BOLETÍN OFICIAL

art. 27 bis, inc. 1º, del Código Penal. Fdo. Ángeles María Andreíni. Juez. Ante mí: Matías Sebastián Ferreirós.
Secretario. Campana, 20 de septiembre de 2010.
Francisco J. M. Otamendi, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.343 / oct. 6 v. oct. 13


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial San Isidro a cargo de la Dra. María Emma Prada, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1º piso de San Isidro, CP: B1642BXM, Te/Fax: 011 45754494/4492, correo electrónico juzcorr2@jusbuenosaires.gov.ar, en causa Nº 0.746/02 Sorteo Nº 9134 e I.P.P. Nº 126/628/1SI, caratulada Aguilar Marcela Aurora o Benítez Fabiana s/ Portación ilegal de arma de uso civil en los términos del art. 129 del C.P.P., cita a MARCELA AURORA AGUILAR o FABIANA BENÍTEZ, nacionalidad argentina, indocumentada, progenitores desconocidos, nacida el 27/09/80 en Vicente López, provincia de Buenos Aires, y posee último domicilio Mendoza y Joaquín V.
González, Casilla nº 1218, Villa "La Rana", de la localidad de Villa Ballester, Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires, a los fin de notificarlo de lo resuelto en la causa de referencia, cuyo encabezamiento y la parte resolutiva que se notifica dice: San Isidro, 21 de septiembre de 2010 Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: I
Sobreseer en la presente causa nº 0.746/02 respecto de Marcela Aurora Aguilar ó Fabiana Benítez, por prescripción de la acción penal en orden al delito de portación ilegal de arma de uso civil en los términos de los arts. 321, 322 y 323 inc. 1º del C.P.P. y art. 62 inc. 2 y 67 y 189 bis del C.P. II Dejar sin efecto la averiguación de paradero dispuesta a fs. 121 sobre Marcela Aurora Aguilar ó Fabiana Benítez. Notifíquese a las partes, y a la imputada mediante edictos. Tómese razón, y firme que sea, comuníquese y archívese. . Fdo: Dra. María Emma Prada. Juez".
Secretaría, 23 de septiembre de 2010. María S. Foschi, Secretaria.
C.C. 12.359 / oct. 6 v. oct. 13
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial San Isidro a cargo de la Dra. María Emma Prada, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1º piso de San Isidro, CP: B1642BXM, Te/Fax: 011 45754494/4492, correo electrónico juzcorr2@jusbuenosaires.gov.ar, en causa Nº 0.741/02 Sorteo Nº 9067, caratulada "Palavecino Antolin Elizaldo s/ Violación de domicilio y Lesiones leves", instruida por los delitos de Violación de Domicilio y lesiones leves, en los términos del art. 129 del C.P.P. cita a ANTOLlN ELlZALDO PALAVECINO,argentino, posee DNI Nº 18.572.515, hijo de Raymundo Ignacio y de Teresa Jesús Silva, nacido el 15/12/67 en la Prov. de Tucumán y posee como último domicilio en la calle Rioja nº 732, de Boulogne, Partido de San Isidro, a los fines de notificarlo de lo resuelto en la causa de referencia y como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica: San Isidro, 21 de septiembre de 2010. Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: I
Sobreseer en la presente causa nº 0.741/02 respecto de Antolin Elizaldo Palavecino, por prescripción de la acción penal en orden a los delitos de Lesiones leves y violación de domicilio en los términos de los arts. 321, 322 y 323
inc. 1º del C.P.P. y art. 62 inc. 2 y 67, 89 y 150 del C.P. II
Dejar sin efecto el comparendo compulsivo dispuesto a fs.
291/293 sobre Antolin Elizaldo Palavecino. Notifíquese al Fiscal, a la Defensa y líbrese edicto afín de notificar al imputado. Firme que sea, comuníquese y archívese. Fdo.
Dra. María Emma Prada. Juez. Secretaría, 23 de septiembre de 2010. María S. Foschi, Secretaria.
C.C. 12.360 / oct. 6 v. oct. 13
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional nº 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, notifica a MAURICIO
FABIÁN GONZÁLEZ con último domicilio conocido en Máximo Paz Nº 1078 Lanús, en la causa nº 2674, caratulada González, Mauricio Fabián s/ Infracción a los arts. 72
y 74 Inc. A Ley 8031 Expte. Avell. 12.430, cuya resolución se transcribe: Lanús, 15 de Septiembre de 2009 Fallo: Decretando la nulidad el acta de Fs. 1 y de todo lo actuado en su, consecuencia, art. 122, dec-ley 8031/73 y art., 201/208 del CPPBA Fdo:, Juez de Paz Letrado Avellaneda. José A. Michelini, Juez.
C.C. 12.361 / oct. 6 v. oct. 13

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a CRISTIAN
WALTER ALARCÓN N.N. DNI no recuerda, nacido el día 29 de Diciembre de 1983, hijo de Élida María Alarcón a estar a derecho artículo 129 del Código de Procedimiento Penal, en el marco del Incidente de Ejecución de Condena en Suspenso Nº 468825/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena Lomas de Zamora, 23 de septiembre de 2010. En atención a lo que surge de fs. 13, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Cristian Walter Alarcón N.N, de conformidad con lo normado en el art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa Nº 468825 del registro del Tribunal Oral en lo criminal nro. 7.
Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada.-En igual fecha se libró edicto. Conste. Fdo. Dra. Etel B. Bielajew Juez de Ejecución". Se hace constar que de no presentarse el mencionado Cristian Walter Alarcón N.N. en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de seis meses de prisión de ejecución condicional que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata Captura Arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal.
Secretaría, 23 de septiembre de 2010. Cecilia Vázquez, Secretaria.
C.C. 12.363 / oct. 6 v. oct. 13


POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a GASTÓN
ARMANDO SAMUDIO VILLALBA de nacionalidad Argentina, titular del DNI 30.815.742, apodado "Lampa", nacido el día 05 de febrero del año 1984 en Capital Federal, de ocupación futbolista, soltero, hijo de Gabriel Armando y de Mirta Norma Villalba, a estar a derecho artículo 129 del Código de Procedimiento Penal, en el marco del Incidente de Ejecución de Condena en Suspenso Nº 660146/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena Lomas de Zamora, 16 de septiembre de 2010. En atención a lo que surge de fs. 21, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Gastón Armando Samudio Villalba, de conformidad con lo normado en el art.
129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa Nº 660146/15 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 7. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. En igual fecha se libró edicto. Conste.
Fdo. Dra. Etel B. Bielajew Juez de Ejecución". Se hace constar que de no presentarse el mencionado Gastón Armando Samudio Villalba en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de tres 3 años que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata captura arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Secretaría, 16 de septiembre de 2010. Cecilia Vázquez, Secretaria.
C.C. 12.362 / oct. 6 v. oct. 13
POR 5 DÍAS La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a VILLAVICENCIO LEONARDO RAMÓN, argentino, DNI 17.731.856, hijo de Leonardo Villavicencio y de Norma Elvira Alderete, con último domicilio en calle 126 Nº 2055 e/ 127 y 129 bº los Pinos de Guernica, en causa Nº 3145-3 IPP Nº 06-02848-10 UFF, JG Nº 4 seguida al nombrado por el delito de Tentativa de Hurto Calificado, para que en el término de

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/10/2010 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date08/10/2010

Page count15

Edition count3399

First edition02/07/2010

Last issue07/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2010>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31