Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/06/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 122

27 de junio de 2023

2. Cuando se produzca la necesidad de personal, se efectuará el oportuno llamamiento. Podrá llamarse a los aspirantes telefónicamente.
3. Los aspirantes incluidos en la bolsa que se forme serán llamados por el orden establecido y en la medida en que hayan surgido necesidades de personal.
4. El aspirante dispondrá de un plazo de 48 horas para incorporarse al servicio cuando sea requerido. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se entenderá que rechaza la oferta y pasará al último lugar de la bolsa.
5. El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en último puesto de la misma.
6. La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias, en cuyo caso mantendrá el orden que originalmente ocupaba:
a. Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
b. Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
c. Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
7. La contratación incluirá un periodo de prueba cuya duración se fijará en el contrato, durante el cual se valorará su capacidad para el trabajo, pudiendo ser causa de rescisión la no superación de dicho periodo. El aspirante que no supere el periodo de prueba será excluido de la bolsa.
8. Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 4 años, sin perjuicio de la posibilidad de que antes del cumplimiento de dicha vigencia, sea creada una nueva, una vez agotada la anterior.
9. Por el Ayuntamiento se podrá proceder, transcurrido un año desde la constitución de la bolsa, a la apertura de un plazo de diez días para la solicitud de inclusión en la bolsa, valoración de nuevos méritos o la exclusión de la misma, siempre de conformidad con los mismos criterios que los fijados en las presentes bases, requiriendo calificación de tribunal reunido con arreglo a las presentes bases.
Décima. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en distinta provincia, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 27/06/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date27/06/2023

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Edition count3639

First edition04/01/2010

Last issue05/07/2024

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