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ARTICULO 19.. SUPUESTOS ESPECIALES 19.1. Períodos sabáticos Los Socios profesionales podrán ser dispensados temporalmente del cumplimiento de las Prestaciones Accesoria Profesionales. La negativa a dicha dispensa deberá ser motivada suficientemente en base a poderse ver sustancialmente afectado el.
T 10421, L 7702, F 203, S 8, H V 63108, I/A 48 ( 2.10.20).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 197 del Viernes 9 de Octubre de 2020. Empresarios, Empresarios.