PROSPERITAS FARMA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) INCAR JC BUSINESS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de los previsto en el artículo 43.1 y 70 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 20 de octubre de 2017, las Juntas Generales de Accionistas de "Prosperitas Farma S.L." e "Incar JC Business, S.L., reunidas en sus domicilios sociales con carácter universal en ambos casos, acordaron por unanimidad, la escisión parcial de "Prosperitas Farma, S.L.", mediante la escisión de la unidad económica consistente en la titularidad y explotación de arrendamientos de bienes inmuebles a favor de la sociedad beneficiaria "Incar JC Business, S.L.", la cual adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la referida unidad económica.

Asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, y se deja constancia del derecho de los acreedores de oponerse a la operación de escisión, todo ello en los plazos y términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009.

Xátiva, 21 de octubre de 2017.- Administrador único, Vicenta María Campos Herrero.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 219 del Viernes 17 de Noviembre de 2017. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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